{"html": "<div class=\"lf-doc\"><div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se abonarán, al cierre del ejercicio, por el importe del inventario de existencias iniciales, con cargo a la cuenta 610.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se cargarán por el importe del inventario de existencias de final del ejercicio que se cierra, con abono a la cuenta 610.</div>\n<p class=\"lf-p\">Si el material deportivo en camino es propiedad de la entidad, según las condiciones del contrato, figurará como existencias al cierre del ejercicio en las respectivas cuentas del subgrupo 30. Esta regla se aplicará igualmente cuando se encuentren en camino artículos incluidos en los subgrupos siguientes.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">31.</span>Medicamentos y material sanitario de consumo (*) 310. Medicamentos A (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">311.</span>Medicamentos B (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">315.</span>Material sanitario A (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">316.</span>Material sanitario B (*).</div>\n<p class=\"lf-p\">Medicamentos, material de botiquín y material sanitario destinados al uso y consumo de la entidad.</p>\n<p class=\"lf-p\">Las cuentas 310/319 figurarán en el activo del balance y su movimiento es análogo al señalado para las cuentas 300/309.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">32.</span>Material de propaganda y comercialización (*) 320. Material de propaganda A (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">321.</span>Material de propaganda B (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">326.</span>Material de comercialización A (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">327.</span>Material de comercialización B (*).</div>\n<p class=\"lf-p\">Objetos adquiridos por las entidades y destinados a la venta o regalo a socios, peñas deportivas, visitantes, simpatizantes, etc. Se citan a título indicativo banderines, insignias, escudos, fotografías, postales, folletos, etc.</p>\n<p class=\"lf-p\">También se incluirán en este subgrupo los objetos destinados a conseguir ingresos de comercialización.</p>\n<p class=\"lf-p\">Las cuentas 320/329 figurarán en el activo del balance y su movimiento es análogo al señalado para las cuentas 300/309.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">33.</span>Otros aprovisionamientos (*) 330. Combustibles (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">331.</span>Repuestos (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">335.</span>Materiales diversos (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">336.</span>Material de oficina (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">330.</span>Combustibles (*).–Materias energéticas susceptibles de almacenamiento.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">331.</span>Repuestos (*).–Piezas destinadas a ser montadas en instalaciones, equipos o máquinas en sustitución de otras semejantes. Se incluirán en esta cuenta las que tengan un ciclo de almacenamiento inferior a un año.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">335.</span>Materiales diversos (*).–Otras materias de consumo que no han de incorporarse a la actividad de la entidad.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">336.</span>Material de oficina (*).–El destinado a la finalidad que indica su denominación, salvo que la entidad opte por considerar que el material de oficina adquirido durante el ejercicio es objeto de consumo en el mismo.</div>\n<p class=\"lf-p\">Las cuentas 330/339 figurarán en el activo del balance y su movimiento es análogo al señalado para las cuentas 300/309.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">39.</span>Provisiones por depreciación de existencias 390. Provisión por depreciación de material deportivo (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">391.</span>Provisión por depreciación de medicamentos y material sanitario de consumo (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">392.</span>Provisión por depreciación de material de propaganda y comercialización (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">393.</span>Provisión por depreciación de otros aprovisionamientos (*).</div>\n<p class=\"lf-p\">Expresión contable de pérdidas reversibles que se ponen de manifiesto con motivo del inventario de existencias de cierre de ejercicio.</p>\n<p class=\"lf-p\">Las cuentas 390/393 figurarán en el activo del balance minorando las existencias.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se abonarán por la dotación que se realice en el ejercicio que se cierra, con cargo a la cuenta 693.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se cargarán por la dotación efectuada al cierre del ejercicio precedente, con abono a la cuenta 793.</div>\n<p class=\"lf-p\">Grupo 4 Acreedores y deudores de la actividad Cuentas personales y efectos comerciales activos y pasivos que tienen su origen en la actividad de la entidad, así como las cuentas con las Administraciones Públicas, incluso las que correspondan a saldos con vencimiento superior a un año. Para estas últimas y a efectos de su clasificación se podrán utilizar los subgrupos 42 y 45 o proceder a dicha reclasificación en las propias cuentas.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">40.</span>Proveedores 400. Proveedores (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">401.</span>Proveedores, efectos comerciales a pagar.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">402.</span>Proveedores, entidades del grupo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">403.</span>Proveedores, entidades asociadas.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">407.</span>Anticipos a proveedores (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">400.</span>Proveedores (*).–Deudas con suministradores de material deportivo y de los demás bienes definidos en el grupo 3.</div>\n<p class=\"lf-p\">En esta cuenta se incluirán las deudas con suministradores de servicios utilizados directamente en su actividad.</p>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el pasivo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento, generalmente, es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se abonará por la recepción «a conformidad» de las remesas de los proveedores, con cargo a cuentas del subgrupo 60.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se cargará: b1) Por la formalización de la deuda en efectos de giro aceptados, con abono a la cuenta 401. b2) Por la cancelación total o parcial de las deudas de la entidad con los proveedores, con abono a cuentas del subgrupo 57. b3) Por los «rappels» que correspondan a la entidad, concedidos por los proveedores, con abono a la cuenta 609. b4) Por los descuentos, estén o no incluidos en factura, que le concedan a la entidad por pronto pago sus proveedores, con abono a la cuenta 765. b5) Por las devoluciones de compras efectuadas, con abono a la cuenta 608.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">407.</span>Anticipos a proveedores (*).–Entregas a proveedores, normalmente en efectivo, en concepto de «a cuenta» de suministros futuros.</div>\n<p class=\"lf-p\">Cuando estas entregas se efectúen a entidades del grupo, multigrupo o asociadas deberán desarrollarse las cuentas de tres cifras correspondientes.</p>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el activo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se cargará por las entregas de efectivo a los proveedores, con abono a cuentas del subgrupo 57.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se abonará por las remesas de material deportivo u otros bienes recibidos de proveedores «a conformidad», con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 60.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">41.</span>Acreedores varios 410. Acreedores por prestaciones de servicios (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">411.</span>Federaciones, acreedores (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">412.</span>Liga Nacional Profesional, acreedores (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">413.</span>Otras Entidades Deportivas, acreedores (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">415.</span>Acreedores, efectos comerciales a pagar (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">416.</span>Entidades Deportivas, efectos comerciales a pagar (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">419.</span>Acreedores por operaciones en común.</div>\n<p class=\"lf-p\">Cuando los acreedores sean entidades del grupo, multigrupo o asociadas, se abrirán cuentas de tres cifras que específicamente recojan los débitos con las mismas, incluidos los formalizados en efectos de giro.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">410.</span>Acreedores por prestaciones de servicios (*).–Deudas con suministradores de servicios que no tienen la condición estricta de proveedores.</div>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el pasivo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se abonará por la recepción «a conformidad» de los servicios, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 62 ó 65.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se cargará: b1) Por la formalización de la deuda en efectos de giro aceptados, con abono a la cuenta 415. b2) Por la cancelación total o parcial de las deudas de la entidad con los acreedores, con abono a las cuentas que correspondan del subgrupo 57.</div>\n<p class=\"lf-p\">411/413 .................... (*).–Deudas con Federaciones, la Liga Nacional Profesional y otras Entidades Deportivas por gastos de gestión.</p>\n<p class=\"lf-p\">Figurarán en el pasivo del balance Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se abonarán por el importe correspondiente, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 65.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se cargarán por la cancelación total o parcial de las deudas, con abono a cuentas del subgrupo 57.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">415.</span>Acreedores, efectos comerciales a pagar (*).–Deudas con suministradores de servicios que no tienen la condición estricta de proveedores, formalizadas en efectos de giro aceptados.</div>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el pasivo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se abonará cuando la entidad acepte los efectos, con cargo, generalmente, a la cuenta 410.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se cargará por el pago de los efectos al llegar su vencimiento, con abono a las cuentas que correspondan del subgrupo 57.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">416.</span>Entidades Deportivas, efectos comerciales a pagar (*).–Deudas con Federaciones, la Liga Nacional Profesional y otra Entidades Deportivas por gastos de gestión, formalizadas en efectos de giro aceptados.</div>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el pasivo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es análogo al señalado para la cuenta 415.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">43.</span>Abonados y socios (*) 430. Abonados (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">431.</span>Socios, por cuotas (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">435.</span>Abonados y socios de dudoso cobro (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">437.</span>Anticipos de abonados y socios (*).</div>\n<p class=\"lf-p\">Cuando los abonados y socios sean entidades del grupo, multigrupo o asociadas, se abrirán cuentas de tres cifras que específicamente recojan los débitos con las mismas.</p>\n<p class=\"lf-p\">430/431. Abonados/socios, por cuotas (*).–Deudas de abonados y socios por abonos y cuotas cualquiera que sea su concepto.</p>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el activo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se cargará por el importe de las deudas citadas, con abono, generalmente a cuentas del subgrupo 71.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se abonará: b1) Por su clasificación como de dudoso cobro, con cargo a la cuenta 435. b2) Por su cobro total o parcial con cargo a cuentas del subgrupo 57.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">435.</span>Abonados y socios de dudoso cobro (*).–Saldos de abonados y socios, en los que concurran circunstancias que permitan razonablemente su calificación como de dudoso cobro.</div>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el activo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se cargará por el importe de los saldos de dudoso cobro, con abono a la cuenta 430 o 431.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se abonará: b1) Por las insolvencias firmes, con cargo a la cuenta 650. b2) Por el cobro total de los saldos, con cargo a cuentas del subgrupo 57. b3) Al cobro parcial, con cargo a cuentas del subgrupo 57 en la parte cobrada, y a la cuenta 650 por lo que resultara incobrable.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">437.</span>Anticipos de abonados y socios (*).–Entregas de abonados y socios, normalmente en efectivo, en concepto de «a cuenta» de pagos futuros.</div>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el pasivo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se abonará por las recepciones en efectivo, con cargo a la cuenta que corresponda del subgrupo 57.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se cargará cuando se apliquen los anticipos, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 71.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">44.</span>Deudores varios 440. Deudores (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">441.</span>Federaciones, deudores (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">442.</span>Liga Nacional Profesional, deudores (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">443.</span>Otras Entidades Deportivas, deudores (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">444.</span>Deudores, efectos comerciales a cobrar (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">445.</span>Entidades Deportivas, efectos comerciales a cobrar (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">446.</span>Deudores de dudoso cobro (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">447.</span>Entidades Deportivas de dudoso cobro (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">448.</span>Deudores por indemnizaciones de entidades de seguros por la actividad (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">449.</span>Deudores por operaciones en común.</div>\n<p class=\"lf-p\">Cuando los deudores sean entidades del grupo, multigrupo o asociadas, se abrirán cuentas de cuatro cifras que específicamente recojan los débitos con las mismas, incluidos los formalizados en efectos de giro.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">440.</span>Deudores (*).–Créditos por ingresos deportivos cuando la deuda no corresponda a socios o abonados y con otros deudores por operaciones de la actividad no incluidos en otras cuentas de este grupo.</div>\n<p class=\"lf-p\">En esta cuenta se contabilizará también el importe de las subvenciones de explotación concedidas a la entidad, excluidas las que deban registrarse en cuentas del subgrupo 47 o en otras cuentas de este subgrupo.</p>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el activo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se cargará: a1) Por los ingresos deportivos, con abono a cuentas del subgrupo 70. a2) Por la subvención de explotación concedida, con abono a la cuenta 742. a3) Por otros ingresos de gestión, con abono a cuentas del subgrupo 75.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se abonará: b1) Por la formalización del crédito en efectos de giro aceptados por el deudor, con cargo a la cuenta 444. b2) Por la cancelación total o parcial de las deudas, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57. b3) Por su clasificación como deudores de dudoso cobro, con cargo a la cuenta 446. b4) Por la parte que resultara definitivamente incobrable, con cargo a la cuenta 650.</div>\n<p class=\"lf-p\">441/443 ..................... (*).–Créditos con Federaciones, la Liga Nacional Profesional y otras Entidades Deportivas por subvenciones de explotación concedidas por estas entidades y por otros ingresos.</p>\n<p class=\"lf-p\">Figurarán en el activo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se cargará por los ingresos correspondientes, con abono a cuentas del grupo 7.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se abonará, en general, por el cobro de los créditos, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">444.</span>Deudores, efectos comerciales a cobrar (*).–Créditos con deudores, formalizados en efectos de giro aceptados.</div>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el activo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se cargará a la aceptación de los efectos, con abono, generalmente, a la cuenta 440.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se abonará: b1) Por el cobro de los efectos al vencimiento, con cargo a cuentas del subgrupo 57. b2) Por su clasificación como de dudoso cobro, con cargo a la cuenta 446. b3) Por la parte que resultara definitivamente incobrable, con cargo a la cuenta 650.</div>\n<p class=\"lf-p\">La financiación obtenida por el descuento de efectos constituye una deuda que deberá recogerse, generalmente, en las cuentas correspondientes del subgrupo 52.</p>\n<p class=\"lf-p\">En consecuencia, al vencimiento de los efectos atendidos, se abonará la cuenta 4441, con cargo a la cuenta 5208.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">445.</span>Entidades Deportivas, efectos comerciales a cobrar (*).–Créditos con Federaciones, la Liga Nacional Profesional y otras Entidades Deportivas, formalizados en efectos de giro aceptados.</div>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el activo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es análogo al señalado para la cuenta 444.</p>\n<p class=\"lf-p\">La financiación obtenida por el descuento de efectos constituye una deuda que deberá recogerse, generalmente, en las cuentas correspondientes del subgrupo 52. En consecuencia, al vencimiento de los efectos atendidos, se abonará la cuenta 4451, con cargo a la cuenta 5208.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">446.</span>Deudores de dudoso cobro (*).–Saldos de deudores comprendidos en las cuentas 440 y 444, en los que concurran circunstancias que permitan razonablemente su calificación como de dudoso cobro.</div>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el activo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es análogo al señalado para la cuenta 435.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">447.</span>Entidades Deportivas de dudoso cobro (*).–Saldos de Federaciones, la Liga Nacional Profesional y otras Entidades Deportivas, incluidos los formalizados en efectos de giro, en los que concurran circunstancias que permitan razonablemente su calificación como de dudoso cobro.</div>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es análogo al señalado para la cuenta 435.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">448.</span>Deudores por indemnizaciones de entidades de seguros por la actividad (*).–Créditos con entidades de seguros por indemnizaciones a percibir como consecuencia de siniestros en elementos afectos a la actividad de la entidad que ocasionen gastos cuya naturaleza sea de acuerdo con esta adaptación, de explotación, por tanto excluidos los resultantes del inmovilizado y otros elementos distintos de los anteriores, de acuerdo con lo establecido en las Normas de Valoración.</div>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el activo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se cargará por el importe de la indemnización, con abono a la cuenta 756.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se abonará por la cancelación con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">46.</span>Personal 460. Anticipos de remuneraciones.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">465.</span>Remuneraciones pendientes de pago (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">465.</span>Remuneraciones pendientes de pago (*).–Débitos de la entidad al personal por los conceptos citados en las cuentas 640, 641 y 642.</div>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el pasivo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se abonará por las remuneraciones devengadas y no pagadas, con cargo a las cuentas 640, 641 y 642.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se cargará cuando se paguen las remuneraciones, con abono a cuentas del subgrupo 57.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">47.</span>Administraciones Públicas 470. Hacienda Pública, deudor por diversos conceptos.</div>\n<p class=\"lf-p\">4700. Hacienda Pública, deudor por IVA.</p>\n<p class=\"lf-p\">4708. Hacienda Pública, deudor por subvenciones concedidas.</p>\n<p class=\"lf-p\">4709. Hacienda Pública, deudor por devolución de impuestos.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">471.</span>Organismos de la Seguridad Social, deudores.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">472.</span>Hacienda Pública, IVA soportado.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">473.</span>Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">474.</span>Impuesto sobre beneficios anticipado y compensación de pérdidas.</div>\n<p class=\"lf-p\">4740. Impuesto sobre beneficios anticipado.</p>\n<p class=\"lf-p\">4745. Crédito por pérdidas a compensar del ejercicio...</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">475.</span>Hacienda Pública, acreedor por conceptos fiscales.</div>\n<p class=\"lf-p\">4750. Hacienda Pública, acreedor por IVA.</p>\n<p class=\"lf-p\">4751. Hacienda Pública, acreedor por retenciones practicadas.</p>\n<p class=\"lf-p\">4752. Hacienda Pública, acreedor por impuesto sobre sociedades (*).</p>\n<p class=\"lf-p\">4758. Hacienda Pública, acreedor por subvenciones a reintegrar.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">476.</span>Organismos de la Seguridad Social, acreedores (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">477.</span>Hacienda Pública, IVA repercutido.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">479.</span>Impuesto sobre beneficios diferido.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">473.</span>Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta (*).–Cantidades retenidas a la entidad y pagos realizados por la misma a cuenta de impuestos.</div>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se cargará por el importe de la retención o pago a cuenta, con abono, generalmente, a cuentas del grupo 5 y a cuentas del subgrupo 76.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se abonará: b1) Por el importe de las retenciones soportadas y los ingresos a cuenta del impuesto sobre sociedades realizados, hasta el importe que corresponda al período, resultante de minorar la cuota íntegra en las deducciones y bonificaciones distintas de los citados importes a cuenta, con cargo a la cuenta 630. b2) Por el importe de las retenciones soportadas e ingresos a cuenta del impuesto sobre sociedades que deban ser objeto de devolución a la entidad, con cargo a la cuenta 4709.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">475.</span>Hacienda Pública, acreedor por conceptos fiscales.</div>\n<p class=\"lf-p\">4752. Hacienda Pública, acreedor por impuesto sobre sociedades (*).–Importe pendiente del impuesto sobre sociedades a pagar:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se abonará por el importe a ingresar, con cargo, generalmente, a la cuenta 630.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se cargará cuando se efectúe su pago, con abono a cuentas del subgrupo 57.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">476.</span>Organismos de la Seguridad Social, acreedores (*).–Deudas pendientes con Organismos de la Seguridad Social como consecuencia de las prestaciones que éstos realizan.</div>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el pasivo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se abonará: a1) Por las cuotas que le corresponden a la entidad, con cargo a la cuenta 643. a2) Por las retenciones de cuotas que corresponden al personal de la entidad, con cargo a la cuenta 465, 640 ó 641.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se cargará cuando se cancele la deuda, con abono a cuentas del subgrupo 57.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">49.</span>Provisiones por operaciones de la actividad (*) 490. Provisión para insolvencias de la actividad (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">493.</span>Provisión para insolvencias de la actividad de entidades del grupo (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">494.</span>Provisión para insolvencias de la actividad de entidades asociadas (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">495.</span>Provisión para insolvencias de la actividad de Entidades Deportivas (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">499.</span>Provisión para otras operaciones de la actividad (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">490.</span>Provisión para insolvencias de la actividad (*).–Provisiones para créditos incobrables, con origen en operaciones de la actividad, excluidas las que deban registrarse en la cuenta 495.</div>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el activo del balance compensando las cuentas correspondientes de los subgrupos 43 y 44.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente, según la alternativa adoptada por la entidad:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">1.</span>Cuando la entidad cifre el importe de la provisión al final del ejercicio mediante una estimación global del riesgo de fallidos existente en los saldos de abonados, socios y otros deudores:</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se abonará, al final del ejercicio, por la estimación realizada, con cargo a la cuenta 694.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se cargará, igualmente al final del ejercicio, por la dotación realizada al cierre del ejercicio precedente, con abono a la cuenta 794.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">2.</span>Cuando la entidad cifre el importe de la provisión mediante un sistema individualizado de seguimiento de saldos de abonados, socios y otros deudores:</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se abonará, a lo largo del ejercicio, por el importe de los riesgos que se vayan estimando, con cargo a la cuenta 694.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se cargará a medida que se vayan dando de baja los saldos de abonados, socios y deudores para los que se dotó provisión individualizada o cuando desaparezca el riesgo, por el importe de la misma, con abono a la cuenta 794.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">493.</span>Provisión para insolvencias de la actividad de entidades del grupo (*).–Provisiones para créditos incobrables, con origen en operaciones de la actividad efectuadas con entidades del grupo.</div>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el activo del balance compensando las cuentas correspondientes del subgrupo 44.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es análogo al señalado para la cuenta 490.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">494.</span>Provisión para insolvencias de la actividad de entidades asociadas (*).–Provisiones para créditos incobrables, con origen en operaciones de la actividad efectuadas con entidades multigrupo y asociadas.</div>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el activo del balance compensando las cuentas correspondientes del subgrupo 44.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es análogo al señalado para la cuenta 490.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">495.</span>Provisión para insolvencias de la actividad de Entidades Deportivas (*).–Provisiones para créditos incobrables, con origen en operaciones de la actividad efectuadas con Entidades Deportivas.</div>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el activo del balance compensando las cuentas correspondientes del subgrupo 44.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es análogo al señalado para la cuenta 490.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">499.</span>Provisión para otras operaciones de la actividad (*).–Provisiones para cobertura de gastos por devoluciones de ingresos, y otros conceptos análogos.</div>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el pasivo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se abonará, al cierre del ejercicio, por el importe de la estimación realizada, con cargo a la cuenta 695.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se cargará, al cierre del ejercicio, por la dotación efectuada en el año anterior, con abono a la cuenta 795.</div>\n<p class=\"lf-p\">Grupo 5 Cuentas financieras Deudas y créditos por operaciones ajenas a la actividad de la entidad con vencimiento no superior a un año y medios líquidos disponibles.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">51.</span>Deudas a corto plazo con entidades del grupo y asociadas 510. Deudas a corto plazo con entidades del grupo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">511.</span>Deudas a corto plazo con entidades asociadas.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">512.</span>Deudas a corto plazo con entidades de crédito del grupo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">513.</span>Deudas a corto plazo con entidades de crédito asociadas.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">514.</span>Proveedores de inmovilizado a corto plazo, entidades del grupo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">515.</span>Proveedores de inmovilizado a corto plazo, entidades asociadas.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">516.</span>Intereses a corto plazo de deudas con entidades del grupo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">517.</span>Intereses a corto plazo de deudas con entidades asociadas.</div>\n<p class=\"lf-p\">Deudas cuyo vencimiento vaya a producirse en un plazo no superior a un año, contraídas con entidades del grupo, multigrupo y asociadas incluidas aquellas que por su naturaleza debieran figurar en los subgrupo 50 ó 52 y las fianzas y depósitos recibidos a corto plazo del subgrupo 56.</p>\n<p class=\"lf-p\">Las cuentas de este subgrupo figurarán en el pasivo del balance, formando parte de Acreedores a corto plazo.</p>\n<p class=\"lf-p\">La parte de las deudas a largo plazo que tenga vencimiento a corto deberá figurar en el pasivo del balance en la agrupación: Acreedores a corto plazo; a estos efectos se traspasará a este subgrupo el importe que representen las deudas a largo plazo con vencimiento a corto de las cuentas correspondientes del subgrupo 16.</p>\n<p class=\"lf-p\">Cuando se trate de deudas subordinadas o préstamos participativos se crearán cuentas de cuatro cifras que recojan estas operaciones.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">52.</span>Deudas a corto plazo por préstamos recibidos y otros conceptos 520. Deudas a corto plazo con entidades de crédito.</div>\n<p class=\"lf-p\">5200. Préstamos a corto plazo de entidades de crédito.</p>\n<p class=\"lf-p\">5201. Deudas a corto plazo por crédito dispuesto.</p>\n<p class=\"lf-p\">5208. Deudas por efectos descontados (*).</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">521.</span>Deudas a corto plazo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">522.</span>Deudas a corto plazo con Entidades Deportivas (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">523.</span>Proveedores de inmovilizado a corto plazo (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">524.</span>Efectos a pagar a corto plazo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">525.</span>Entidades Deportivas, efectos a pagar a corto plazo (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">526.</span>Dividendo activo a pagar (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">527.</span>Intereses a corto plazo de deudas con entidades de crédito (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">528.</span>Intereses a corto plazo de deudas (*).</div>\n<p class=\"lf-p\">Financiación ajena a corto plazo no instrumentada en valores negociables ni contraídas con entidades del grupo, multigrupo y asociadas, incluyendo los dividendos a pagar.</p>\n<p class=\"lf-p\">Las cuentas de este subgrupo figurarán en el pasivo del balance, formando parte de Acreedores a corto plazo.</p>\n<p class=\"lf-p\">La parte de las deudas a largo plazo que tenga vencimiento a corto deberá figurar en el pasivo del balance en la agrupación: Acreedores a corto plazo; a estos efectos se traspasará a este subgrupo el importe que representen las deudas a largo plazo con vencimiento a corto de las cuentas correspondientes del subgrupo 17.</p>\n<p class=\"lf-p\">Cuando se trate de deudas subordinadas o préstamos participativos se crearán cuentas de cuatro cifras que recojan estas operaciones.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">520.</span>Deudas a corto plazo con entidades de crédito:</div>\n<p class=\"lf-p\">5208. Deudas por efectos descontados (*).–Deudas a corto plazo con entidades de crédito consecuencia del descuento de efectos:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se abonará al descontar los efectos, por el importe percibido, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57 y, por los intereses y gastos soportados, con cargo, generalmente, a la cuenta 664.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se cargará: b1) Al vencimiento de los efectos atendidos, con abono, generalmente, a la cuenta 444 y 445. b2) Por el importe de los efectos no atendidos al vencimiento, con abono a cuentas del subgrupo 57.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">522.</span>Deudas a corto plazo con Entidades Deportivas (*).–Las contraídas con Federaciones, la Liga Nacional Profesional y otras Entidades Deportivas, con vencimiento no superior a un año.</div>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es análogo al señalado para la cuenta 521.</p>\n<p class=\"lf-p\">Se incluirá, con el debido desarrollo en cuentas de cuatro o más cifras, el importe de las deudas con Entidades Deportivas cuando sean suministradores de bienes definidos en el grupo 2.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">523.</span>Proveedores de inmovilizado a corto plazo (*).–Deudas con suministradores de bienes definidos en el grupo 2, excepto las contraídas con Entidades Deportivas, con vencimiento no superior a un año.</div>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se abonará por la recepción a conformidad de los bienes suministrados, con cargo a cuentas del grupo 2.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se cargará: b1) Por la instrumentación de las deudas en efectos a pagar, con abono a la cuenta 524. b2) Por la cancelación, total o parcial, de las deudas, con abono a cuentas del subgrupo 57.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">525.</span>Entidades Deportivas, efectos a pagar a corto plazo (*).–Deudas contraídas con Federaciones, la Liga Nacional Profesional y otras Entidades Deportivas por préstamos recibidos y otros débitos con vencimiento no superior a un año, instrumentadas mediante efectos de giro, incluidas aquéllas que tengan su origen en suministros de bienes de inmovilizado.</div>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es análogo al señalado para la cuenta 524.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">526.</span>Dividendo activo a pagar (*).–Deudas con accionistas por dividendos activos, sean definitivos o «a cuenta» de los beneficios del ejercicio.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se abonará: a1) Por el dividendo «a cuenta» que se acuerde, con cargo a la cuenta 557. a2) Por el dividendo definitivo, excluido en su caso el dividendo «a cuenta», al aprobarse la distribución de beneficios, con cargo a la cuenta 129. a3) De acordarse el reparto de reservas expresas de libre disposición, con cargo a cuentas del subgrupo 11.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se cargará: b1) Por la retención a cuenta de impuestos, con abono a la cuenta 475. b2) Al pago, con abono a cuentas del subgrupo 57.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">527.</span>Intereses a corto plazo de deudas con entidades de crédito (*).–Intereses a pagar, con vencimiento a corto plazo, de deudas con entidades de crédito.</div>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se abonará por el importe de los intereses devengados durante el ejercicio, incluidos los no vencidos, con cargo a las cuentas 662 y 663.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se cargará cuando se produzca el pago, con abono a cuentas del subgrupo 57.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">528.</span>Intereses a corto plazo de deudas (*).–Intereses a pagar, con vencimiento a corto plazo de deudas, excluidos los que deban ser registrados en la cuenta 527.</div>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se abonará por el importe de los intereses devengados durante el ejercicio, incluidos los no vencidos, con cargo a las cuentas 662 y 663.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se cargará: b1) Por la retención a cuenta de impuestos, cuando proceda, con abono a la cuenta 475. b2) Al pago, con abono a cuentas del subgrupo 57.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">54.</span>Otras inversiones financieras temporales 540. Inversiones financieras temporales en capital (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">541.</span>Valores de renta fija a corto plazo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">542.</span>Créditos a corto plazo (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">543.</span>Créditos a corto plazo a Entidades Deportivas (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">544.</span>Créditos a corto plazo al personal.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">545.</span>Dividendo a cobrar.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">546.</span>Intereses a corto plazo de valores de renta fija.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">547.</span>Intereses a corto plazo de créditos.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">548.</span>Imposiciones a corto plazo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">549.</span>Desembolsos pendientes sobre acciones a corto plazo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">540.</span>Inversiones financieras temporales en capital (*).–Inversiones a corto plazo en derechos sobre el capital -acciones con o sin cotización en un mercado secundario organizado u otros valores- de empresas que no tengan la consideración de entidades del grupo, multigrupo o asociadas.</div>\n<p class=\"lf-p\">También se incluirán las participaciones que puedan tener las entidades en las Ligas Profesionales u en otras entidades deportivas, cuando no tengan la consideración de entidades del grupo, multigrupo o asociadas.</p>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el activo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se cargará a la suscripción o compra con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57 y, en su caso, a la cuenta 549.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se abonará por las enajenaciones y en general por la baja en inventario con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57, si existen desembolsos pendientes a la cuenta 549 y en caso de pérdidas a la cuenta 666.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">542.</span>Créditos a corto plazo (*).–Los préstamos y otros créditos no comerciales concedidos a terceros incluidos los formalizados mediante efectos de giro, con vencimiento no superior a un año. Incluye las indemnizaciones por seguros a percibir como consecuencia de siniestros que afecten a conceptos distintos de aquéllos que ocasionen gastos cuya naturaleza sea de explotación, en los términos establecidos en las Normas de Valoración. También se incluirán los créditos que tengan su origen en operaciones de enajenación de inmovilizado.</div>\n<p class=\"lf-p\">Cuando los créditos hayan sido concertados con entidades del grupo, multigrupo y asociadas, la inversión se reflejará en la cuenta 534 ó 535, según corresponda.</p>\n<p class=\"lf-p\">En esta cuenta se incluirán también las subvenciones de capital, reintegrables o no, concedidas a la entidad, a cobrar a corto plazo, excluidas las que deban registrarse en cuentas del subgrupo 47 o en otras cuentas de este subgrupo.</p>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el activo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se cargará a la formalización del crédito por el importe de éste, con abono a cuentas del subgrupo 57.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se abonará por el reintegro, total o parcial o baja en inventario, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57 y en caso de pérdidas a la cuenta 667.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">543.</span>Créditos a corto plazo a Entidades Deportivas (*).–Préstamos y otros créditos no comerciales concedidos a Entidades Deportivas, incluidos los formalizados mediante efectos de giro con vencimiento no superior a un año.</div>\n<p class=\"lf-p\">Cuando los créditos hayan sido concertados con entidades del grupo, multigrupo y asociadas, la inversión se reflejará en la cuenta 534 ó 535 según corresponda.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es análogo al señalado para la cuenta 542.</p>\n<p class=\"lf-p\">Se incluirá, con el debido desarrollo en cuentas de cuatro o más cifras, el importe de los créditos con origen en operaciones de enajenación de inmovilizado concedidos a Entidades Deportivas.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">55.</span>Otras cuentas no bancarias 551. Cuenta corriente con entidades del grupo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">552.</span>Cuenta corriente con entidades asociadas.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">553.</span>Cuenta corriente con socios y administradores.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">554.</span>Cuenta corriente con Entidades Deportivas (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">555.</span>Partidas pendientes de aplicación.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">556.</span>Desembolsos exigidos sobre acciones.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">557.</span>Dividendo activo a cuenta (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">558.</span>Accionistas por desembolsos exigidos.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">559.</span>Anticipos de gastos a justificar (*).</div>\n<p class=\"lf-p\">551/552/553/554. Cuentas corrientes con ...... (*).–Cuentas corrientes de efectivo con socios, administradores, Entidades Deportivas y cualquiera otra persona natural o jurídica que no sea Banco, banquero o Institución de Crédito, ni deudor o proveedor de la entidad, y que no correspondan a cuentas en participación.</p>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el activo del balance la suma de saldos deudores, y en el pasivo la suma de saldos acreedores.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<p class=\"lf-p\">Se cargarán por las remesas o entregas efectuadas por la entidad y se abonarán por las recepciones a favor de la entidad, con abono y cargo, respectivamente, a cuentas del subgrupo 57.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">557.</span>Dividendo activo a cuenta (*).–Importes, con carácter de «a cuenta» de beneficios, cuya distribución se acuerde por el órgano competente.</div>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el pasivo del balance, minorando los fondos propios.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se cargará al acordarse su distribución, con abono a la cuenta 526.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se abonará por el importe de su saldo cuando se tome la decisión sobre la distribución y aplicación de los beneficios, con cargo a la cuenta 129.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">559.</span>Anticipos de gastos a justificar (*).–Cantidades entregadas a los delegados de las entidades para suplencias de gastos derivados de la actividad y de justificación posterior.</div>\n<p class=\"lf-p\">Figurará en el activo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se cargará al efectuarse la entrega con abono a cuentas del subgrupo 57.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se abonará al justificarse la entrega con cargo a las cuentas del grupo 6 que correspondan, y en caso sobrante, a cuentas del subgrupo 57.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">57.</span>Tesorería 570. Caja, euros (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">571.</span>Caja, moneda distinta del euro (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">572.</span>Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">573.</span>Bancos e instituciones de crédito c/c vista, moneda distinta del euro (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">574.</span>Bancos e instituciones de crédito, cuentas de ahorro, euros (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">575.</span>Bancos e instituciones de crédito, cuentas de ahorro, moneda distinta del euro (*).</div>\n<p class=\"lf-p\">570/571. Caja, ............. (*).–Disponibilidades de medios líquidos en caja.</p>\n<p class=\"lf-p\">Figurarán en el activo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<p class=\"lf-p\">Se cargarán a la entrada de los medios líquidos y se abonarán a su salida, con abono y cargo a las cuentas que han de servir de contrapartida, según la naturaleza de la operación que provoca el cobro o el pago.</p>\n<p class=\"lf-p\">572/573/574/575. Bancos e instituciones de crédito ...... (*).–Saldos a favor de la entidad, en cuentas corrientes a la vista y de ahorro de disponibilidad inmediata en Bancos e instituciones de crédito, entendiendo por tales Cajas de Ahorros, Cajas Rurales y Cooperativas de Crédito para los saldos situados en España y entidades análogas si se trata de saldos situados en el extranjero.</p>\n<p class=\"lf-p\">Se excluirán de contabilizar en este subgrupo los saldos en los Bancos e instituciones citadas cuando no sean de disponibilidad inmediata.</p>\n<p class=\"lf-p\">También se excluirán los saldos de disposición inmediata si no estuvieran en poder de Bancos o de las instituciones referidas.</p>\n<p class=\"lf-p\">Figurarán en el activo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se cargarán por las entregas de efectivo y por las transferencias, con abono a la cuenta que ha de servir de contrapartida, según sea la naturaleza de la operación que provoca el cobro.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se abonarán por la disposición, total o parcial, del saldo, con cargo a la cuenta que ha de servir de contrapartida según sea la naturaleza de la operación que provoca el pago.</div>\n<p class=\"lf-p\">Grupo 6 Compras y gastos Comprende las compras y los gastos necesarios para la realización de actividades deportivas, incluidas las adquisiciones de servicios y de materiales consumibles, la variación de existencias adquiridas y las pérdidas extraordinarias del ejercicio.</p>\n<p class=\"lf-p\">En general todas las cuentas del grupo 6 se abonan, al cierre del ejercicio, con cargo a la cuenta 129; por ello, al exponer los movimientos de las sucesivas cuentas del grupo sólo se hará referencia al cargo. En las excepciones se citarán los motivos de abono y cuentas de contrapartida.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">60.</span>Compras 600. Compras de material deportivo (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">601.</span>Compras de medicamentos y material sanitario de consumo (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">602.</span>Compras de material de propaganda y comercialización (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">603.</span>Compras de otros aprovisionamientos (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">608.</span>Devoluciones de compras y operaciones similares.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">609.</span>«Rappels» por compras.</div>\n<p class=\"lf-p\">600/601/602/603. Compras de ...... (*).–Aprovisionamiento de la entidad de bienes incluidos en los subgrupos 30, 31, 32 y 33.</p>\n<p class=\"lf-p\">Estas cuentas se cargarán por el importe de las compras, a la recepción de las remesas de los proveedores o a su puesta en camino si los bienes se transportasen por cuenta de la entidad, con abono a cuentas del subgrupo 40 ó 57.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">61.</span>Variación de existencias 610. Variación de existencias de material deportivo (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">611.</span>Variación de existencias de medicamentos y material sanitario de consumo (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">612.</span>Variación de existencias de material de propaganda y comercialización (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">613.</span>Variación de existencias de otros aprovisionamientos (*).</div>\n<p class=\"lf-p\">610/611/612/613. Variación de existencias de ..... (*).–Cuentas destinadas a registrar, al cierre del ejercicio, las variaciones entre las existencias finales y las iniciales, correspondientes a los subgrupos 30, 31, 32 y 33 (material deportivo, medicamentos y material sanitario de consumo, material de propaganda y comercialización y otros aprovisionamientos).</p>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<p class=\"lf-p\">Se cargarán por el importe de las existencias iniciales y se abonarán por el de las existencias finales, con abono y cargo, respectivamente, a cuentas de los subgrupos 30, 31, 32 y 33. El saldo que resulte en estas cuentas se cargará o abonará, según los casos, a la cuenta 129.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">62.</span>Servicios exteriores 620. Comunicaciones (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">621.</span>Arrendamientos y cánones.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">622.</span>Reparaciones y conservación (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">623.</span>Servicios de profesionales independientes (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">624.</span>Transportes.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">625.</span>Primas de seguros (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">626.</span>Servicios bancarios y similares.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">627.</span>Publicidad, propaganda y relaciones públicas.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">628.</span>Suministros.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">629.</span>Otros servicios (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">620.</span>Comunicaciones (*).–Cantidades satisfechas por gastos derivados de la utilización de teléfonos, telefax, correos, telégrafos, etc.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">622.</span>Reparaciones y conservación (*).–Los de sostenimiento de los bienes comprendidos en el grupo 2, así como los gastos para reducir o reparar los daños causados al medio ambiente.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">623.</span>Servicios de profesionales independientes (*).–Importe que se satisface a los profesionales por los servicios prestados a la entidad.</div>\n<p class=\"lf-p\">Comprende los honorarios de economistas, ingenieros, abogados, auditores incluidos los medioambientales, notarios, etc., así como las comisiones de agentes mediadores independientes.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">625.</span>Primas de seguros (*).–Cantidades satisfechas en concepto de primas de seguros, excepto las que se refieran al personal de la entidad y las de naturaleza financiera.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">629.</span>Otros servicios (*).–Los no comprendidos en las cuentas anteriores.</div>\n<p class=\"lf-p\">En esta cuenta se contabilizarán, entre otros, los gastos de viaje del personal no deportivo de la entidad, incluidos los de transporte, y los gastos de oficina no incluidos en otras cuentas.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">63.</span>Tributos 630. Impuesto sobre beneficios (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">631.</span>Otros tributos.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">633.</span>Ajustes negativos en la imposición sobre beneficios.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">634.</span>Ajustes negativos en la imposición indirecta:</div>\n<p class=\"lf-p\">6341. Ajustes negativos en IVA de circulante.</p>\n<p class=\"lf-p\">6342. Ajustes negativos en IVA de inversiones.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">636.</span>Devolución de impuestos.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">638.</span>Ajustes positivos en la imposición sobre beneficios.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">639.</span>Ajustes positivos en la imposición indirecta:</div>\n<p class=\"lf-p\">6391. Ajustes positivos en IVA de circulante.</p>\n<p class=\"lf-p\">6392. Ajustes positivos en IVA de inversiones.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">630.</span>Impuesto sobre beneficios (*).–Importe del impuesto sobre beneficios devengado en el ejercicio.</div>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es el siguiente:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se cargará: a1) Por el importe a ingresar, con abono a la cuenta 4752. a2) Por las retenciones soportadas y los ingresos a cuenta del impuesto realizados, hasta el importe que corresponda del período, resultante de minorar la cuota íntegra en las deducciones y bonificaciones distintas de los citados importes a cuenta, con abono a la cuenta 473. a3) Por el impuesto diferido en el ejercicio, con abono a la cuenta 479. a4) Por la aplicación de impuestos anticipados en ejercicios anteriores, con abono a la cuenta 4740. a5) Por la aplicación del crédito impositivo como consecuencia de la compensación en el ejercicio de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores, con abono a la cuenta 4745.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Se abonará: b1) Por el impuesto anticipado en el ejercicio, con cargo a la cuenta 4740. b2) Por el crédito impositivo generado en el ejercicio como consecuencia de la existencia de base imponible negativa a compensar, con cargo a la cuenta 4745. b3) Por la aplicación de impuestos diferidos en ejercicios anteriores, con cargo a la cuenta 479.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">c)</span>Se abonará o cargará, con cargo o abono a la cuenta 129.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">64.</span>Gastos de personal 640. Sueldos y salarios, plantilla deportiva (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">641.</span>Sueldos y salarios del personal no deportivo (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">642.</span>Indemnizaciones (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">643.</span>Seguridad Social a cargo de la entidad (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">644.</span>Aportaciones a sistemas complementarios de pensiones y otras obligaciones con el personal (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">649.</span>Otros gastos sociales (*).</div>\n<p class=\"lf-p\">Retribuciones al personal, cualquiera que sea la forma o el concepto por el que se satisfacen; cuotas de la Seguridad Social a cargo de la entidad y los demás gastos de carácter social.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">640.</span>Sueldos y salarios, plantilla deportiva (*).–Remuneraciones fijas, derechos de imagen, primas por partido y primas anuales, dietas, incentivos, etc, de los jugadores y técnicos que componen los equipos de la entidad. También se incluirán en esta cuenta las retribuciones en especie (viajes, viviendas, etc.).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se cargará por el importe integro de las remuneraciones devengadas: a1) Por el pago en efectivo, con abono a cuentas del subgrupo 57. a2) Por las devengadas y no pagadas, con abono a la cuenta 4650. a3) Por compensación de deudas pendientes, con abono a las cuentas 254, 460 y 544 según proceda. a4) Por las retenciones de tributos y cuotas de la Seguridad Social a cargo del personal, con abono a cuentas del subgrupo 47.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">641.</span>Sueldos y salarios del personal no deportivo (*).–Remuneraciones fijas y eventuales del personal no deportivo (directivos, administrativos, otros trabajadores).</div>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento es análogo al señalado para la cuenta 640.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">642.</span>Indemnizaciones (*).–Cantidades que se entregan al personal de la entidad para resarcirle de un daño o perjuicio. Se incluyen específicamente en esta cuenta las indemnizaciones por despido y jubilaciones anticipadas.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se cargará por el importe de las indemnizaciones, con abono a cuentas de los subgrupos 46, 47 ó 57.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">643.</span>Seguridad Social a cargo de la entidad (*).–Cuotas de la entidad a favor de los organismos de la Seguridad Social por las diversas prestaciones que éstos realizan.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se cargará por las cuotas devengadas, con abono a la cuenta 476.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">644.</span>Aportaciones a sistemas complementarios de pensiones y otras obligaciones con el personal (*).–Importe de las aportaciones devengadas a planes de pensiones u otro sistema análogo de cobertura de situaciones de jubilación, invalidez o muerte, así como otras obligaciones con el personal de la entidad.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se cargará: a1) Por el importe de las contribuciones anuales a planes de pensiones u otras instituciones similares externas a la entidad, con abono, generalmente, a cuentas de los subgrupos 52 ó 57. a2) Por las estimaciones anuales que se realicen con el objeto de nutrir los fondos internos, con abono a la cuenta 140.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">649.</span>Otros gastos sociales (*).–Gastos de naturaleza social realizados en cumplimiento de una disposición legal o voluntariamente por la entidad.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se citan, a título indicativo, las subvenciones a economatos y comedores; sostenimiento de escuelas e instituciones de formación profesional; becas para estudio; primas por contratos de seguros sobre la vida, accidentes, enfermedad, etc., excepto las cuotas de la Seguridad Social.</p>\n<p class=\"lf-p\">Se cargará por el importe de los gastos, con abono a cuentas de los grupos 5 ó 7, según se paguen en efectivo o en otros productos.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">65.</span>Otros gastos de gestión 650. Pérdidas de créditos comerciales incobrables (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">651.</span>Resultados de operaciones en común:</div>\n<p class=\"lf-p\">6510. Beneficio transferido (gestor).</p>\n<p class=\"lf-p\">6511. Pérdida soportada (partícipe o asociado no gestor).</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">652.</span>Derechos de arbitraje (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">653.</span>Gastos de adquisición de jugadores (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">654.</span>Desplazamientos (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">655.</span>Cuotas a Entidades Deportivas (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">656.</span>Gastos de participación en competiciones deportivas (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">657.</span>Subvenciones a otras Entidades Deportivas (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">658.</span>Sanciones deportivas (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">659.</span>Otras pérdidas en gestión corriente (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">650.</span>Pérdidas de créditos comerciales incobrables (*).–Pérdidas por insolvencias firmes de deudores del grupo 4.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se cargará por el importe de las insolvencias firmes, con abono a cuentas de los subgrupos 43 y 44.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">652.</span>Derechos de arbitraje (*).–Cantidades satisfechas a los árbitros, con motivo de las competiciones oficiales, trofeos veraniegos, giras, etc., o por su participación en las distintas actividades deportivas.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se cargará por los gastos en que se incurra, con abono a cuentas del subgrupo 41 o 57.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">653.</span>Gastos de adquisición de jugadores (*).–En esta cuenta se incluirán todos los gastos de adquisición de los servicios de un determinado jugador, cuando sean por períodos inferiores al año.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se cargará por los gastos en que se incurra, con abono a cuentas del subgrupo 41 o 57.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">654.</span>Desplazamientos (*).–Gastos de transporte, estancia en hoteles y demás gastos ocasionados como consecuencia de los desplazamientos de los equipos deportivos para jugar partidos, realizar concentraciones, etc.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se cargará por los gastos en que se incurra con abono a cuentas del subgrupo 41 o 57.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">655.</span>Cuotas a Entidades Deportivas (*).–Importe de los gastos por cuotas de afiliación y los derivados de las relaciones que con dichos organismos mantengan estas entidades.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se cargará por los gastos en que se incurra con abono a cuentas del subgrupo 41 o 57.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">656.</span>Gastos de participación en competiciones deportivas (*).–Importe de las cuotas anuales por derechos a participar en competiciones deportivas y que no son susceptibles de transmisión.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se cargará, en general, por el importe que deba imputarse al ejercicio, con abono a la cuenta 274.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">657.</span>Subvenciones a otras Entidades Deportivas (*).–Importe de las concedidas a otras Entidades Deportivas.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se cargará por el importe de la subvención, con abono a cuentas del subgrupo 41 o 57.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">658.</span>Sanciones deportivas (*).–Recogerá el importe de las sanciones que soporte la entidad y que vengan impuestas por Organismos Deportivos como consecuencia de infracciones cometidas por el equipo técnico o la plantilla deportiva de la entidad.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se cargará por el importe de la sanción con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 41 o 57.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">659.</span>Otras pérdidas en gestión corriente (*).–Las que teniendo esta naturaleza, no figuran en cuentas anteriores.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">66.</span>Gastos financieros 661. Intereses de obligaciones y bonos.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">662.</span>Intereses de deudas a largo plazo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">663.</span>Intereses de deudas a corto plazo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">664.</span>Intereses por descuento de efectos.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">665.</span>Descuentos sobre ventas por pronto pago.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">666.</span>Pérdidas en valores negociables.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">667.</span>Pérdidas de créditos.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">668.</span>Diferencias negativas de cambio (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">669.</span>Otros gastos financieros (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">668.</span>Diferencias negativas de cambio (*).–Pérdidas producidas por modificaciones del tipo de cambio en valores de renta fija, créditos, deudas y efectivo, en moneda distinta del euro, de acuerdo con los criterios establecidos en las Normas de Valoración.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se cargará: a1) Al final del ejercicio o cuando venzan los respectivos valores, créditos o débitos, con abono a cuentas de los grupos 1, 2, 4 o 5 representativas de los valores, créditos, débitos y efectivo, en moneda distinta del euro. a2) Cuando se cobren los valores y créditos, se paguen los débitos o se entregue el efectivo en moneda distinta del euro, con abono a cuentas del subgrupo 57.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">669.</span>Otros gastos financieros (*).–Gastos de naturaleza financiera no recogidos en otras cuentas de este subgrupo, incluyendo la cuota anual que corresponda imputar al ejercicio de los gastos comprendidos en la cuenta 270. También recogerá las primas de seguros que cubren riesgos de naturaleza financiera, es decir, entre otras, las que cubran el riesgo de tipo de cambio en moneda distinta del euro.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se cargará por el importe de los gastos devengados y por el importe que deba imputarse en el ejercicio de los gastos de formalización de deudas recogidos en el activo, con abono, en este último caso, a la cuenta 270.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">67.</span>Pérdidas procedentes del inmovilizado y gastos excepcionales 670. Pérdidas procedentes del inmovilizado inmaterial (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">671.</span>Pérdidas procedentes del inmovilizado material (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">672.</span>Pérdidas procedentes de participaciones en capital a largo plazo de entidades del grupo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">673.</span>Pérdidas procedentes de participaciones en capital a largo plazo de entidades asociadas.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">674.</span>Pérdidas por operaciones con acciones y obligaciones propias.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">676.</span>Pérdidas procedentes del traspaso de jugadores (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">678.</span>Gastos extraordinarios (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">679.</span>Gastos y pérdidas de ejercicios anteriores.</div>\n<p class=\"lf-p\">670/671. Pérdidas procedentes del......... (*).–Pérdidas producidas en la enajenación del inmovilizado inmaterial o material, o por la baja en inventario total o parcial, como consecuencia de pérdidas por depreciaciones irreversibles de dichos activos, exceptuando las producidas por el traspaso de jugadores que se registrarán en la cuenta 676. A estos efectos, el importe de las indemnizaciones de entidades de seguros, minorarán la pérdida correspondiente, en los términos señalados en las Normas de Valoración.</p>\n<p class=\"lf-p\">Se cargarán por la pérdida producida en la enajenación, con abono a las cuentas del grupo 2 que correspondan.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">676.</span>Pérdidas procedentes del traspaso de jugadores (*).–Pérdidas producidas como consecuencia del traspaso de los jugadores de la entidad.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se cargará por la pérdida producida en la operación, con abono a la cuenta 215.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">678.</span>Gastos extraordinarios (*).–Pérdidas y gastos de cuantía significativa que no deban considerarse periódicos al evaluar los resultados futuros de la entidad.</div>\n<p class=\"lf-p\">Como regla general una pérdida o gasto se considerará como partida extraordinaria únicamente si se origina por hechos o transacciones que, teniendo en cuenta el sector de actividad en que opera la entidad, cumplen las dos condiciones siguientes:</p>\n<p class=\"lf-p\">Caen fuera de las actividades ordinarias y típicas de la entidad, y no se espera, razonablemente, que ocurran con frecuencia.</p>\n<p class=\"lf-p\">A título indicativo se señalan los siguientes: los producidos por inundaciones, incendios y otros accidentes; costes de una oferta pública de compra de acciones sin éxito, multas fiscales o penales y sanciones generalmente impuestas como consecuencia de acontecimientos deportivos, que no deban incluirse en la cuenta 658.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">68.</span>Dotaciones para amortizaciones 680. Amortización de gastos de establecimiento.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">681.</span>Amortización del inmovilizado inmaterial (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">682.</span>Amortización del inmovilizado material (*).</div>\n<p class=\"lf-p\">681/682. Amortización del inmovilizado ... (*).–Expresión de la depreciación sistemática anual efectiva sufrida por el inmovilizado inmaterial y material, por su aplicación al desarrollo de actividades deportivas.</p>\n<p class=\"lf-p\">Se cargarán por la dotación del ejercicio, con abono a las cuentas 281 y 282.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">69.</span>Dotaciones a las provisiones 690. Dotación al fondo de reversión.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">691.</span>Dotación a la provisión del inmovilizado inmaterial.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">692.</span>Dotación a la provisión del inmovilizado material.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">693.</span>Dotación a la provisión de existencias.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">694.</span>Dotación a la provisión para insolvencias de la actividad (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">695.</span>Dotación a la provisión para otras operaciones de la actividad (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">696.</span>Dotación a la provisión para valores negociables a largo plazo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">697.</span>Dotación a la provisión para insolvencias de créditos a largo plazo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">698.</span>Dotación a la provisión para valores negociables a corto plazo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">699.</span>Dotación a la provisión para insolvencias de créditos a corto plazo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">694.</span>Dotación a la provisión para insolvencias de la actividad (*).–Corrección valorativa, realizada al cierre del ejercicio, por depreciación de carácter reversible en deudores.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se cargará por el importe de la depreciación estimada, con abono a las cuentas 490, 493, 494 o 495.</p>\n<p class=\"lf-p\">Cuando se utilice la alternativa segunda prevista en la cuenta 490, definición y movimiento contable se adaptarán a lo establecido en dicha cuenta.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">695.</span>Dotación a la provisión para otras operaciones de la actividad (*).–Dotación, realizada al cierre del ejercicio, para riesgos y gastos por devolución de ingresos y otras operaciones realizadas en el desarrollo de la actividad.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se cargará por el importe de la depreciación estimada, con abono a la cuenta 499.</p>\n<p class=\"lf-p\">Grupo 7 Ventas e ingresos Ingresos procedentes de cuotas de socios y abonados, prestación de servicios y otros ingresos deportivos como las cesiones y traspasos de jugadores, subvenciones, etc. que son objeto de la actividad de la entidad; comprende también otros ingresos y beneficios extraordinarios del ejercicio.</p>\n<p class=\"lf-p\">En general, todas las cuentas del grupo 7 se cargan al cierre del ejercicio, con abono a la cuenta 129; por ello, al exponer el juego de las sucesivas del grupo, sólo se hará referencia al abono. En las excepciones se citarán los motivos de cargo y cuentas de contrapartida.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">70.</span>Ingresos deportivos (*) 700. Ingresos de Liga (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">701.</span>Ingresos de Copa (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">702.</span>Ingresos de competiciones oficiales internacionales (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">703.</span>Ingresos de otras competiciones y partidos amistosos (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">706.</span>Ingresos de comercialización (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">707.</span>Derechos de retransmisión (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">708.</span>Ingresos por publicidad (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">709.</span>Participación en Apuestas Mutuas Deportivas Benéficas (*).</div>\n<p class=\"lf-p\">700/703. Ingresos .......... (*).–Comprenden los ingresos percibidos por las distintas competiciones en las que participa la entidad como consecuencia del desarrollo de su actividad, con motivo de la celebración de partidos, excluidos los ingresos del subgrupo 71.</p>\n<p class=\"lf-p\">Estas cuentas se abonarán por el importe de los ingresos correspondientes con cargo a cuentas de los grupos 4 o 5.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">706.</span>Ingresos de comercialización (*).–Esta cuenta comprende los ingresos procedentes de la utilización del anagrama, nombre o cualquier otro distintivo de la entidad, ya sea mediante cesión a terceros o a través de venta de existencias de la propia entidad.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se abonará por el importe de los ingresos correspondientes con cargo a cuentas de los grupos 4 o 5.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">707.</span>Derecho de retransmisión (*).–Esta cuenta comprende los derechos que puedan obtenerse de las retransmisiones deportivas por distintas causas (celebración de partidos, programas especiales, etc...).</div>\n<p class=\"lf-p\">Se abonará por el importe de los ingresos correspondientes con cargo a cuentas de los grupos 4 o 5.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">708.</span>Ingresos por publicidad (*).–Esta cuenta comprende los ingresos que se obtienen por la entidad procedentes de la publicidad, ya sea estática o dinámica.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se abonará por el importe de los ingresos correspondientes con cargo a cuentas de los grupos 4 o 5.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">709.</span>Participación en Apuestas Mutuas Deportivas Benéficas (*).–Esta cuenta comprende los derechos que correspondan a cada entidad por su participación en la recaudación de las Apuestas Mutuas Deportivas Benéficas.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se abonará por el importe de los ingresos correspondientes con cargo a cuentas de los grupos 4 o 5.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">71.</span>Ingresos por abonados y socios (*) 710. Ingresos de abonados (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">711.</span>Ingresos de carnets (*).</div>\n<p class=\"lf-p\">710/711. Ingresos de .......... (*).–Comprende la totalidad de los ingresos derivados de las cuotas sociales y de los abonos que no lo sean en concepto de «entrada» (o similar).</p>\n<p class=\"lf-p\">Estas cuentas se abonarán por el importe de los ingresos, con cargo a cuentas de los subgrupos 43 o 57.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">73.</span>Trabajos realizados para la entidad 730. Incorporación al activo de gastos de establecimiento.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">731.</span>Trabajos realizados para el inmovilizado inmaterial (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">732.</span>Trabajos realizados para el inmovilizado material.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">733.</span>Trabajos realizados para el inmovilizado material en curso.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">735.</span>Actividades realizadas en la aplicación de provisiones para riesgos y gastos (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">737.</span>Incorporación al activo de gastos de formalización de deudas.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">731.</span>Trabajos realizados para el inmovilizado inmaterial (*).–Gastos realizados para la creación de los bienes comprendidos en el subgrupo 21.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se abonará por el importe de los gastos que sean objeto de inventario, con cargo a cuentas del subgrupo 21.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">735.</span>Actividades realizadas en la aplicación de provisiones para riesgos y gastos (*).–Gastos realizados por la entidad en aplicación de la provisión para riesgos y gastos que corresponda, en particular, la provisión para responsabilidades, para actuaciones medioambientales y para compensación de gastos de inmovilizados fuera de servicio.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se abonará por el importe de los gastos, con cargo a cuentas del subgrupo 14.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">74.</span>Subvenciones a la explotación 740. Subvenciones oficiales a la explotación (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">741.</span>Subvenciones a la explotación de Entidades Deportivas (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">742.</span>Otras subvenciones a la explotación (*).</div>\n<p class=\"lf-p\">Las concedidas por las Administraciones Públicas, Entidades Deportivas, empresas o particulares al objeto, por lo general, de asegurar a éstos una rentabilidad mínima o compensar «déficits» de explotación. En este último caso se excluirán las realizadas por los socios o entidades del grupo, multigrupo o asociadas.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">740.</span>Subvenciones oficiales a la explotación (*).–Las recibidas del Consejo Superior de Deportes, Comunidades Autónomas y otras entidades públicas.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se abonará por el importe de la subvención, con cargo a cuentas de los subgrupos 47 o 57.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">741.</span>Subvenciones a la explotación de Entidades Deportivas (*).–Las recibidas de Federaciones, de la Liga Nacional Profesional y de otras entidades deportivas.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se abonará por el importe de la subvención, con cargo a las cuentas 441, 442, 443 o a cuentas del subgrupo 57.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">742.</span>Otras subvenciones a la explotación (*).–Las recibidas de empresas o particulares.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se abonará por el importe de la subvención, con cargo a cuentas de los subgrupos 44 o 57.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">75.</span>Otros ingresos de gestión 750. Otras ventas de existencias (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">751.</span>Resultados de operaciones en común.</div>\n<p class=\"lf-p\">7510. Pérdida transferida (gestor).</p>\n<p class=\"lf-p\">7511. Beneficio atribuido (partícipe o asociado no gestor).</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">752.</span>Ingresos por arrendamientos.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">754.</span>Ingresos por comisiones.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">755.</span>Ingresos por servicios al personal.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">756.</span>Ingresos por indemnizaciones de seguros por siniestros en la actividad (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">757.</span>Ingresos por cesión de jugadores (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">759.</span>Otros ingresos (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">750.</span>Otras ventas de existencias (*).–Ingresos derivados de la venta de artículos, deportivos o no, susceptibles de actividad económica. Si esta actividad fuese ordinaria para la entidad, los ingresos por este concepto se registrarán en el subgrupo 70, en particular en la cuenta 706, cuando los ingresos correspondan a los conceptos recogidos en ella.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">756.</span>Ingresos por indemnizaciones de seguros por siniestros en la actividad.–Ingresos por indemnizaciones derivados de siniestros en elementos afectos a la actividad de la entidad que ocasionen gastos cuya naturaleza sea, de acuerdo con esta adaptación, de explotación, por tanto excluidos los resultantes del inmovilizado y de otros elementos distintos de los anteriores en los términos señalados en las Normas de Valoración.</div>\n<p class=\"lf-p\">A estos efectos se deberá tener en cuenta lo indicado en el subgrupo 77 a efectos de la naturaleza de la operación.</p>\n<p class=\"lf-p\">Se abonará por el importe de los ingresos, con cargo, generalmente, a la cuenta 448 o a cuentas del subgrupo 57.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">757.</span>Ingresos por cesión de jugadores (*).–Ingresos obtenidos como consecuencia de la cesión de jugadores de la entidad.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se abonará por el importe de los ingresos, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">759.</span>Otros ingresos (*).–Esta cuenta comprende los ingresos que se obtienen procedentes de rifas, aparcamientos, etc.–Se abonará por el importe de las ventas, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">76.</span>Ingresos financieros 760. Ingresos de participaciones en capital.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">761.</span>Ingresos de valores de renta fija.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">762.</span>Ingresos de créditos a largo plazo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">763.</span>Ingresos de créditos a corto plazo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">765.</span>Descuentos sobre compras por pronto pago.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">766.</span>Beneficios en valores negociables.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">767.</span>Ingresos por indemnizaciones de seguros por riesgo de tipo de cambio (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">768.</span>Diferencias positivas de cambio (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">769.</span>Otros ingresos financieros.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">767.</span>Ingresos por indemnizaciones de seguros por riesgo de tipo de cambio (*).–Ingresos por siniestros derivados de diferencias de cambio en moneda distinta del euro.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se abonará por el importe de los ingresos, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">768.</span>Diferencias positivas de cambio (*).–Beneficios producidos por modificaciones del tipo de cambio en valores de renta fija, créditos, deudas y efectivo, en moneda distinta del euro, de acuerdo con los criterios establecidos en las Normas de Valoración.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se abonará: a1) Cuando venzan los valores, los créditos y deudas que originaron los citados beneficios, con cargo a las cuentas de los grupos 1, 2, 4 o 5 representativas de los valores, créditos o débitos en moneda distinta del euro. a2) Al final del ejercicio, con cargo a cuentas del subgrupo 57 representativas del efectivo en moneda distinta del euro. a3) Cuando los beneficios resulten imputables a resultados de acuerdo con las Normas de Valoración, con cargo a la cuenta 136. a4) Cuando se cobren los valores y créditos, se paguen los débitos o se entregue el efectivo en moneda distinta del euro, con cargo a cuentas del subgrupo 57.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">77.</span>Beneficios procedentes del inmovilizado e ingresos excepcionales 770. Beneficios procedentes del inmovilizado inmaterial (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">771.</span>Beneficios procedentes del inmovilizado material.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">772.</span>Beneficios procedentes de participaciones en capital a largo plazo de entidades del grupo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">773.</span>Beneficios procedentes de participaciones en capital a largo plazo de entidades asociadas.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">774.</span>Beneficios por operaciones con acciones y obligaciones propias.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">775.</span>Subvenciones de capital traspasadas al resultado del ejercicio (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">776.</span>Beneficios procedentes del traspaso de jugadores (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">778.</span>Ingresos extraordinarios (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">779.</span>Ingresos y beneficios de ejercicios anteriores.</div>\n<p class=\"lf-p\">770/771. Beneficios procedentes del ...... (*).–Beneficios producidos en la enajenación del inmovilizado inmaterial o material, exceptuando los producidos por el traspaso de jugadores que se registrarán en la cuenta 776.</p>\n<p class=\"lf-p\">Se abonarán por el beneficio obtenido en la enajenación, con cargo, generalmente, a las cuentas del grupo 5 que correspondan.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">775.</span>Subvenciones de capital traspasadas al resultado del ejercicio (*).–Importe traspasado al resultado del ejercicio de las subvenciones de acuerdo con los criterios establecidos en las Normas de Valoración.</div>\n<p class=\"lf-p\">Su movimiento queda explicado en la cuenta 130.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">776.</span>Beneficios procedentes del traspaso de jugadores (*).–Importe de los beneficios obtenidos como consecuencia del traspaso de los jugadores de la entidad.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se abonará por el beneficio obtenido en la operación, con cargo, generalmente, a las cuentas del grupo 5 que correspondan.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">778.</span>Ingresos extraordinarios (*).–Beneficios e ingresos de cuantía significativa que no deban considerarse periódicos al evaluar los resultados futuros de la entidad.</div>\n<p class=\"lf-p\">Como regla general un beneficio o ingreso se considerará como partida extraordinaria únicamente si se origina por hechos o transacciones que, teniendo en cuenta el sector de actividad en que opera la entidad, cumplen las dos condiciones siguientes:</p>\n<p class=\"lf-p\">Caen fuera de las actividades ordinarias y típicas de la entidad, y no se espera, razonablemente, que ocurran con frecuencia.</p>\n<p class=\"lf-p\">Se incluirán, entre otros, los procedentes de la rehabilitación de aquellos créditos que en su día fueron amortizados por insolvencias firmes, así como las indemnizaciones liquidadas por las compañías de seguros en siniestros, distintas de las recogidas en el subgrupo 75 o 76.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">79.</span>Excesos y aplicaciones de provisiones 790. Exceso de provisión para riesgos y gastos.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">791.</span>Exceso de provisión del inmovilizado inmaterial.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">792.</span>Exceso de provisión del inmovilizado material 793. Provisión de existencias aplicada.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">794.</span>Provisión para insolvencias de la actividad aplicada (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">795.</span>Provisión para otras operaciones de la actividad aplicada (*).</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">796.</span>Exceso de provisión para valores negociables a largo plazo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">797.</span>Exceso de provisión para insolvencias de créditos a largo plazo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">798.</span>Exceso de provisión para valores negociables a corto plazo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">799.</span>Exceso de provisión para insolvencias de créditos a corto plazo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">794.</span>Provisión para insolvencias de la actividad aplicada (*).–Importe de la provisión existente al cierre del ejercicio anterior.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se abonará por el importe dotado en el ejercicio precedente, con cargo a las cuentas 490, 493, 494 o 495.</p>\n<p class=\"lf-p\">Cuando se utilice la alternativa segunda prevista en la cuenta 490, definición y movimiento contable se adaptarán a lo establecido en dicha cuenta.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">795.</span>Provisión para otras operaciones de la actividad aplicada (*).–Importe de la provisión existente al cierre del ejercicio anterior.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se abonará, al cierre del ejercicio, por el importe dotado en el ejercicio precedente, con cargo a la cuenta 499.</p>\n<p class=\"lf-p\">CUARTA PARTE Cuentas anuales Nota: Sólo se incluyen aquellas normas de elaboración de las cuentas anuales que han sido objeto de adaptación.</p>\n<p class=\"lf-p\">Los modelos de balance y cuenta de pérdidas y ganancias, se incluyen en su totalidad.</p>\n<p class=\"lf-p\">En relación con los modelos de memoria, sólo se incluyen aquellos apartados que han sido objeto de adaptación, de forma que los apartados de la misma que han sufrido algún cambio, incluso la distinta numeración, se incluyen en su totalidad.</p>\n<p class=\"lf-p\">I. NORMAS DE ELABORACIÓN DE LAS CUENTAS ANUALES 2.ª Formulación de cuentas anuales 1. Las cuentas anuales deberán ser formuladas por los administradores en el plazo máximo de tres meses, a contar desde el cierre del ejercicio. A estos efectos, las cuentas anuales expresarán la fecha en que se hubieran formulado y deberán ser firmadas por todos los administradores, en caso de sociedad anónima; si faltara la firma de alguno de ellos, se hará expresa indicación de la causa, en cada uno de los documentos en que falte.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">2.</span>El balance, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria deberán estar identificados; indicándose de forma clara y en cada uno de dichos documentos su denominación, la entidad a que corresponden y el ejercicio al que se refieren.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">3.</span>Las cuentas anuales se elaborarán expresando sus valores en euros; no obstante lo anterior, podrán expresarse los valores en miles de euros cuando la magnitud de las cifras así lo aconseje, en este caso deberá indicarse esta circunstancia en las cuentas anuales; en todo caso, deberán redactarse con claridad y mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad.</div>\n<p class=\"lf-p\">3.ª Estructura de las cuentas anuales Las cuentas anuales de las Sociedades Anónimas Deportivas, y cuando así se establezca, de las sociedades deportivas que limiten la responsabilidad de los socios, así como de las demás Entidades Deportivas, que sin adoptar esa forma social, participen en competiciones profesionales, deberán adaptarse al modelo normal.</p>\n<p class=\"lf-p\">4.ª Cuentas anuales abreviadas 1. Las entidades señaladas en la norma 3.a podrán utilizar los modelos de cuentas anuales abreviados en los siguientes casos:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Balance y memoria abreviados: las entidades en las que a la fecha de cierre del ejercicio, concurran, al menos, dos de las circunstancias siguientes:</div>\n<p class=\"lf-p\">Que el total de las partidas del activo no supere los 395 millones de pesetas (2.373.997,81 euros). A estos efectos, se entenderá por total activo el total que figura en el modelo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los 790 millones de pesetas (4.747.995,63 euros).</p>\n<p class=\"lf-p\">Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 50.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Cuenta de pérdidas y ganancias abreviada: las entidades en las que a la fecha de cierre del ejercicio, concurran, al menos, dos de las circunstancias siguientes:</div>\n<p class=\"lf-p\">Que el total de las partidas del activo no supere los 1.580 millones de pesetas (9.495.991,25 euros). A estos efectos, se entenderá por total activo el total que figura en el modelo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Que el importe neto de su cifra anual de negocios sea inferior a 3.160 millones de pesetas (18.991.982,5 euros).</p>\n<p class=\"lf-p\">Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 250.</p>\n<p class=\"lf-p\">Cuando una entidad, en la fecha de cierre del ejercicio, pase a cumplir dos de las circunstancias antes indicadas o bien cese de cumplirlas, tal situación únicamente producirá efectos en cuanto a lo señalado en este apartado si se repite durante dos ejercicios consecutivos.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">2.</span>Las entidades deportivas no mencionadas en la norma anterior estarán obligadas a formular, como mínimo, las cuentas anuales abreviadas.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">3.</span>Lo establecido en las normas siguientes para los modelos normales deberá adecuarse a las características propias de los modelos abreviados.</div>\n<p class=\"lf-p\">5.ª Balance El balance, que comprende, con la debida separación, los bienes y derechos que constituyen el activo de la entidad y las obligaciones y los fondos propios que forman el pasivo de la misma deberá formularse teniendo en cuenta que:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>En cada partida deberán figurar, además de las cifras del ejercicio que se cierra, las correspondientes al ejercicio inmediatamente anterior.</div>\n<p class=\"lf-p\">A estos efectos, cuando unas y otras no sean comparables, bien por haberse producido una modificación en la estructura del balance bien por realizarse un cambio de imputación, se deberá proceder a adaptar los importes del ejercicio precedente, a efectos de su presentación en el ejercicio corriente.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>No podrán modificarse los criterios de contabilización de un ejercicio a otro, salvo casos excepcionales que se indicarán y justificarán en la memoria.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">c)</span>No figurarán las partidas a las que no corresponda importe alguno en el ejercicio ni en el precedente.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">d)</span>No podrá modificarse la estructura de un ejercicio a otro, salvo casos excepcionales que se indicarán en la memoria.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">e)</span>Podrán añadirse nuevas partidas a las previstas en los modelos, normal y abreviado, siempre que su contenido no esté previsto en las existentes.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">f)</span>Podrá hacerse una subdivisión más detallada de las partidas que aparecen en los modelos, tanto en el normal como en el abreviado.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">g)</span>Podrán agruparse las partidas precedidas de números árabes, si sólo representan un importe irrelevante para mostrar la imagen fiel o si se favorece la claridad.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">h)</span>Los créditos y deudas con entidades del grupo o asociadas, cualquiera que sea su naturaleza, figurarán en las partidas del activo o pasivo correspondientes, con separación de las que no correspondan a entidades del grupo o asociadas, respectivamente. A estos efectos, en las partidas correspondientes a entidades asociadas también se incluirán las relaciones con entidades multigrupo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">i)</span>Los créditos y deudas con Entidades Deportivas, cualquiera que sea su naturaleza, figurarán separadamente de otros créditos y deudas, en las partidas del activo o pasivo correspondientes.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">j)</span>La clasificación entre corto y largo plazo se realizará teniendo en cuenta el plazo previsto para el vencimiento, enajenación o cancelación.</div>\n<p class=\"lf-p\">Se considerará largo plazo cuando sea superior a un año contado a partir de la fecha de cierre del ejercicio.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">k)</span>Los importes globales de los derechos sobre bienes u otros derechos afectos a operaciones de arrendamiento financiero o fórmula similar que deban lucir en el activo figurarán en rubricas independientes. A estos efectos según el contrato de arrendamiento financiero afecte a activos destinados directamente a la actividad deportiva o a otros activos se crearán las partidas «Derechos sobre bienes u otros derechos deportivos en régimen de arrendamiento financiero o fórmula similar» y «Derechos sobre otros bienes en régimen de arrendamiento financiero o fórmula similar» en los epígrafes B.II y B.III, respectivamente, del activo del balance.</div>\n<p class=\"lf-p\">Las deudas correspondientes a tales operaciones figurarán en rúbrica independiente. A estos efectos se crearán las partidas «Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo» y «Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo» en los epígrafes D.II y E.II, respectivamente, del pasivo del balance.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">l)</span>Las inversiones financieras con vencimiento no superior a un año figurarán en el epígrafe D.IV del activo, «Inversiones financieras temporales».</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">m)</span>Los desembolsos pendientes sobre acciones que constituyan inversiones financieras permanentes, que no estén exigidos pero que conforme al artículo 42 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas sean exigibles a corto plazo figurarán en la partida E.V.5 del pasivo del balance.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">n)</span>La financiación ajena con vencimiento no superior a un año figurará en la agrupación E del pasivo, «Acreedores a corto plazo».</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">o)</span>Cuando existan provisiones para riesgos y gastos con vencimiento no superior a un año se creará la agrupación F del pasivo, con la denominación de «Provisiones para riesgos y gastos a corto plazo».</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">p)</span>Cuando se posean acciones propias, pendientes de amortización, adquiridas en ejecución de un acuerdo de reducción de capital adoptado por la Junta General se creará el epígrafe A.VIII del pasivo, con la denominación de «Acciones propias para reducción de capital». Este epígrafe, que siempre tendrá signo negativo, minorará el importe de los fondos propios.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">q)</span>Para las cuentas deudoras por operaciones de la actividad con vencimiento superior a un año se creará el epígrafe B.VII del activo, con la denominación de «Deudores por operaciones de la actividad a largo plazo»; realizándose el desglose necesario.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">r)</span>Para las cuentas acreedoras por operaciones de la actividad con vencimiento superior a un año se creará el epígrafe D.VI del pasivo, con la denominación de «Acreedores por operaciones de la actividad a largo plazo»; realizándose el desglose necesario.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">s)</span>Cuando la entidad reciba préstamos subordinados o participativos se crearán las partidas de «Deudas subordinadas y préstamos participativos a largo plazo» y «Deudas subordinadas y préstamos participativos a corto plazo» en los epígrafes que correspondan de las agrupaciones D y E respectivamente, del pasivo del balance.</div>\n<p class=\"lf-p\">6.ª Cuenta de pérdidas y ganancias La cuenta de pérdidas y ganancias, que comprende, con la debida separación, los ingresos y los gastos del ejercicio y, por diferencia, el resultado del mismo, se formulará teniendo en cuenta que:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>En cada partida deberán figurar además de las cifras del ejercicio que se cierra, las correspondientes al ejercicio inmediatamente anterior.</div>\n<p class=\"lf-p\">A estos efectos, cuando unas y otras no sean comparables, bien por haberse producido una modificación en la estructura de la cuenta de pérdidas y ganancias, bien por realizarse un cambio de imputación, se deberá proceder a adaptar los importes del ejercicio precedente, a efectos de su presentación en el ejercicio corriente.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>No figurarán las partidas a las que no corresponda importe alguno en el ejercicio ni en el precedente.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">c)</span>No podrá modificarse la estructura de un ejercicio a otro, salvo casos excepcionales que se indicarán en la memoria.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">d)</span>Podrán añadirse nuevas partidas a las previstas en los modelos, normal y abreviado, siempre que su contenido no esté previsto en las existentes.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">e)</span>Podrá hacerse una subdivisión más detallada de las partidas que aparecen en los modelos, tanto en el normal como en el abreviado.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">f)</span>Podrán agruparse las partidas precedidas de números árabes, si sólo representan un importe irrelevante para mostrar la imagen fiel o si favorecen la claridad.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">g)</span>En las partidas correspondientes a entidades asociadas también se incluirán las relaciones con entidades multigrupo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">h)</span>Los gastos financieros de deudas a largo plazo con vencimiento a corto figurarán en el Debe, en la agrupación 6, «Gastos financieros y gastos asimilados».</div>\n<p class=\"lf-p\">8.ª Cuadro de financiación El cuadro de financiación, que recoge los recursos obtenidos en el ejercicio y sus diferentes orígenes, así como la aplicación o el empleo de los mismos en inmovilizado o en circulante, formará parte de la memoria.</p>\n<p class=\"lf-p\">Se formulará teniendo en cuenta que:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>En cada partida deberán figurar además de las cifras del ejercicio que se cierra las correspondientes al ejercicio inmediatamente anterior.</div>\n<p class=\"lf-p\">Cuando unas y otras no sean comparables, se procederá a adaptar los importes del ejercicio precedente, a efectos de su presentación en el ejercicio corriente. No obstante, cuando en el ejercicio anterior se haya formulado memoria abreviada podrán omitirse las cifras del ejercicio precedente.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Las rúbricas incluidas en el cuadro de financiación deberán adaptarse en función de la importancia que para la entidad hayan tenido las distintas operaciones, realizando agrupaciones de los distintos conceptos cuando resulten de escasa importancia e incorporando aquéllos no incluidos que puedan ser significativos para apreciar e interpretar los cambios acaecidos en la situación financiera.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">c)</span>El cuadro de financiación deberá mostrar separadamente los distintos orígenes y aplicaciones permanentes de recursos en función de las operaciones que los han producido y con independencia de si dichas operaciones han afectado o no formalmente, al capital circulante, incluidas, entre otras, las ampliaciones de capital realizadas mediante conversión de deudas a largo plazo, que deberán figurar simultáneamente como aplicación y como origen de fondos. Asimismo deberá mostrar resumidamente los aumentos y disminuciones que se han producido en el ejercicio en dicho capital circulante.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">d)</span>Los resultados del ejercicio serán objeto de corrección para eliminar los beneficios o pérdidas que sean consecuencia de correcciones valorativas de activos inmovilizados o pasivos a largo plazo, los gastos e ingresos que no hayan supuesto variación del capital circulante y los resultados obtenidos en la enajenación de elementos del inmovilizado. Las partidas que dan lugar a la corrección del resultado son, entre otras, las siguientes:</div>\n<p class=\"lf-p\">Aumento del beneficio o disminución de la pérdida:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">1.</span>Dotaciones a las amortizaciones y provisiones de inmovilizado.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">2.</span>Dotación a la provisión para riesgos y gastos.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">3.</span>Gastos derivados de intereses diferidos.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">4.</span>Amortización de gastos de formalización de deudas.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">5.</span>Diferencias de cambio negativas.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">6.</span>Pérdidas de la enajenación de inmovilizado.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">7.</span>Impuesto sobre sociedades diferido en el ejercicio y los ajustes pertinentes.</div>\n<p class=\"lf-p\">Disminución del beneficio o aumento de la pérdida:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">1.</span>Excesos de provisiones de inmovilizado.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">2.</span>Excesos de provisiones para riesgos y gastos.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">3.</span>Ingresos derivados de intereses diferidos.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">4.</span>Diferencias de cambio positivas.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">5.</span>Beneficios en la enajenación de inmovilizado.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">6.</span>Subvenciones de capital y otras traspasadas al resultado del ejercicio.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">7.</span>Imputación de ingresos por cesión de derechos y de ingresos futuros.</div>\n<p class=\"lf-p\">Cuando el resultado del ejercicio corregido fuese positivo (beneficio) se mostrará en recursos bajo la denominación «Recursos procedentes de las operaciones». Por el contrario, si dicho resultado del ejercicio corregido fuese negativo (pérdida), se mostrará en aplicaciones con la denominación «Recursos aplicados en las operaciones».</p>\n<p class=\"lf-p\">Como nota al cuadro de financiación, se deberá incluir un resumen de las correcciones al resultado, conciliando el resultado contable del ejercicio con los recursos procedentes de las operaciones que se muestran en el mencionado cuadro.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">e)</span>Los recursos obtenidos en la enajenación o cancelación anticipada de inmovilizado material, inmaterial o financiero se obtendrá sumando o restando, respectivamente, al valor neto contable del correspondiente inmovilizado, el beneficio o pérdida obtenido en la operación.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">f)</span>Las revalorizaciones de inmovilizado realizadas en el ejercicio al amparo de una Ley, no serán consideradas ni como orígenes ni como aplicaciones de recursos, sin perjuicio de que las revalorizaciones que hayan afectado a elementos de inmovilizado enajenados en el ejercicio, sean consideradas como mayor valor contable a efectos de determinar los recursos obtenidos en el ejercicio como consecuencia de dicha enajenación.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">g)</span>Los distintos orígenes y aplicaciones de recursos por operaciones formalizadas en el ejercicio se mostrarán en el cuadro de financiación por su importe efectivo, esto es, deducidos los gastos e ingresos por intereses diferidos, y cualquier otro gasto o ingreso a distribuir en varios ejercicios que no haya supuesto variación del capital circulante.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">h)</span>Las diferencias de cambio de valores de renta fija, deudas y créditos a largo plazo acaecidas durante el ejercicio, no se mostrarán como origen o aplicación de fondos, debiéndose proceder, por tanto, a la correspondiente corrección del resultado o a su compensación con ingresos a distribuir en varios ejercicios.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">i)</span>La aplicación de recursos en inversiones financieras permanentes, que sea consecuencia de la renegociación o traspaso de inversiones financieras temporales, se mostrará separadamente bajo la denominación «Renegociación de inversiones financieras temporales» cuando la importancia de su volumen así lo aconseje. Esta regla resultará también de aplicación a los recursos obtenidos por renegociación de deudas a corto plazo, debiendo figurar separadamente, en su caso, con la denominación «Renegociación de deudas a corto plazo».</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">j)</span>Los recursos aplicados por traspaso a corto plazo de deudas a largo plazo se mostrarán por el valor de reembolso de la deuda.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">k)</span>Los recursos aplicados por cancelación anticipada de deudas a largo plazo se mostrarán por el importe efectivo de la cancelación.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">l)</span>Los recursos procedentes de aportaciones de accionistas lucirán en el cuadro de financiación, como origen de fondos, en el ejercicio en que se realice la aportación efectiva o en el que se haya acordado el desembolso.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">m)</span>Cuando se produzcan operaciones comerciales a largo plazo, los débitos y créditos constituyen, respectivamente, orígenes o aplicaciones permanentes de recursos y deberán figurar separadamente en el cuadro de financiación, según el siguiente detalle:</div>\n<p class=\"lf-p\">Recursos aplicados en operaciones de tráfico:</p>\n<p class=\"lf-p\">Créditos comerciales a largo plazo.</p>\n<p class=\"lf-p\">Traspaso a corto plazo de deudas comerciales.</p>\n<p class=\"lf-p\">Recursos obtenidos por operaciones de tráfico:</p>\n<p class=\"lf-p\">Deudas comerciales a largo plazo.</p>\n<p class=\"lf-p\">Traspaso a corto plazo de créditos comerciales.</p>\n<p class=\"lf-p\">9.ª Cifra anual de negocios El importe neto de la cifra anual de negocios se determinará deduciendo del importe de los ingresos por competiciones, por abonados y socios, por retransmisión y de comercialización y publicidad correspondientes a las actividades ordinarias de la entidad, el importe de las bonificaciones y demás reducciones sobre estos ingresos y el del impuesto sobre el valor añadido y otros impuestos directamente relacionados con los mismos.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">12.</span>Operaciones con Entidades Deportivas Se entiende por Entidad Deportiva, las Asociaciones Deportivas establecidas en el artículo 12 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, que las clasifica en: Clubes deportivos que a su vez se clasifican en Clubes deportivos elementales, Clubes deportivos básicos y Sociedades Anónimas Deportivas; Agrupaciones de Clubes de ámbito estatal; Entes de Promoción deportiva de ámbito estatal; Ligas Profesionales y Federaciones Deportivas Españolas.</div>\n<p class=\"lf-p\">A efectos de la presentación de las cuentas anuales, las operaciones realizadas con Entidades Deportivas, deberán figurar en partidas independientes. No obstante cuando las Entidades Deportivas cumplan los requisitos establecidos en la norma anterior para ser consideradas como entidad del grupo, asociada o multigrupo se atenderá a esta última relación a efectos de la clasificación de sus operaciones.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">13.</span>Estados financieros intermedios Los estados financieros intermedios se presentarán con la forma y los criterios establecidos para las cuentas anuales; a estos efectos se formularán sin que tengan reflejo alguno en contabilidad, por lo cual, en su caso, se anularán las anotaciones contables eventualmente efectuadas para la realización de dichos estados financieros.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">14.</span>Información separada por actividades 1. La información separada sobre activos, pasivos, gastos e ingresos correspondientes a cada una de las actividades realizadas por la entidad a que se refiere el Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre sociedades anónimas deportivas, se facilitará en los modelos incorporados en la memoria, teniendo en cuenta que:</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se deberá proporcionar información tanto del ejercicio que se cierra como del ejercicio anterior. A estos efectos, cuando las cifras de ambos ejercicios no sean comparables, se deberá proceder a adaptar las cifras del ejercicio precedente, a efectos de su presentación en el ejercicio corriente.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>No figurarán las partidas a las que no corresponda importe alguno en el ejercicio ni en el precedente.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">c)</span>No podrá modificarse la estructura de un ejercicio a otro, salvo casos excepcionales que se indicarán en la memoria.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">d)</span>Podrán añadirse nuevas partidas a las previstas en los modelos, siempre que su contenido no esté previsto en las existentes.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">e)</span>Podrá hacerse una subdivisión más detallada de las partidas que aparecen en los modelos.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">f)</span>Podrán agruparse las partidas, si sólo representan un importe irrelevante para mostrar la imagen fiel o si se favorece la claridad.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">2.</span>La separación de los activos, pasivos, gastos e ingresos incluidos en las cuentas anuales que corresponden a cada una de las actividades realizadas por la entidad, se efectuará de acuerdo con las siguientes reglas:</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Se identificarán cada una de las actividades deportivas que realice la entidad, definidas conforme a la normativa específica.</div>\n<p class=\"lf-p\">Si la entidad realiza otras actividades no deportivas, conjuntamente con actividades deportivas, se agruparán aquéllas en «Otras actividades no deportivas».</p>\n<p class=\"lf-p\">Las operaciones financieras que no sean imputables específicamente a una actividad de las indicadas anteriormente, se imputarán a la «Actividad financiera de la entidad».</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>A cada actividad deportiva se asignarán los activos, pasivos, gastos e ingresos que le correspondan de forma exclusiva o directa y se imputarán con criterios racionales, teniendo en cuenta lo indicado en las letras siguientes de esta norma, los comunes a dos o más actividades.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">c)</span>A «Otras actividades no deportivas» se asignarán los activos y pasivos, gastos e ingresos que no correspondan a las actividades deportivas.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">d)</span>En aquellos casos en que no se pueda realizar con criterios racionales la imputación específica a una o varias actividades de los activos, pasivos, gastos e ingresos derivados de:</div>\n<p class=\"lf-p\">Inversiones financieras.</p>\n<p class=\"lf-p\">Gastos a distribuir en varios ejercicios.</p>\n<p class=\"lf-p\">Tesorería.</p>\n<p class=\"lf-p\">Deudores por operaciones de tráfico.</p>\n<p class=\"lf-p\">Fondos propios.</p>\n<p class=\"lf-p\">Ingresos a distribuir en varios ejercicios.</p>\n<p class=\"lf-p\">Provisiones para riesgos y gastos.</p>\n<p class=\"lf-p\">Acreedores.</p>\n<p class=\"lf-p\">La asignación de aquéllos se realizará a la «Actividad financiera de la entidad», explicando en la memoria las circunstancias que motivan esta asignación.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">e)</span>La imputación de los activos, pasivos, gastos e ingresos comunes, se basará en criterios o indicadores lo más objetivos posibles y que se ajusten a las prácticas más habituales a este respecto en el sector, siempre con la orientación de que los gastos e ingresos imputados a cada actividad, sean lo más paralelos al coste o costes que tengan una relación funcional más importante con las actividades realizadas, que, en principio, será el gasto de personal.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">f)</span>Los criterios de asignación e imputación de activos, pasivos, gastos e ingresos se habrán de establecer y aplicar sistemáticamente y se deberán mantener uniformemente a lo largo del tiempo.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">g)</span>Se detallarán en la memoria los criterios de asignación e imputación utilizados y, en caso de que, por razones excepcionales y justificadas, se llegaran a modificar dichos criterios, deberá darse cuenta asimismo en la memoria de dichas razones, así como de la incidencia cuantitativa de dichos cambios en la valoración, considerando que los cambios se producen al inicio del ejercicio.</div>\n<p class=\"lf-p\">II. MODELOS DE CUENTAS ANUALES Balance Ejercicio ...</p>\n<p class=\"lf-p\">N.º cuentas Activo Ejercicio N Ejercicio N-1 190, 191, 192, 193, 194, 195, 196 A) Accionistas (socios) por desembolsos no exigidos.</p>\n<p class=\"lf-p\">20 I. Gastos de establecimiento.</p>\n<p class=\"lf-p\">II. Inmovilizaciones inmateriales deportivas.</p>\n<p class=\"lf-p\">215 1. Derechos de adquisición de jugadores.</p>\n<p class=\"lf-p\">217 2. Derechos de participación en competiciones y organización de acontecimientos deportivos.</p>\n<p class=\"lf-p\">218 3. Derechos sobre inversiones realizadas en terrenos o instalaciones cedidos.</p>\n<p class=\"lf-p\">2190 4. Anticipos. (2910) 5. Provisiones. (2815), (2817), (2818) 6. Amortizaciones.</p>\n<p class=\"lf-p\">III. Otras inmovilizaciones inmateriales.</p>\n<p class=\"lf-p\">210, 211, 212, 213, 214 1. Otro inmovilizado inmaterial.</p>\n<p class=\"lf-p\">2191 2. Anticipos. (2911) 3. Provisiones. (2810), (2811), 2812), (2813), (2814) 4. Amortizaciones.</p>\n<p class=\"lf-p\">IV. Inmovilizaciones materiales.</p>\n<p class=\"lf-p\">224 1. Estadios y pabellones deportivos.</p>\n<p class=\"lf-p\">220, 221 2. Otros terrenos y construcciones.</p>\n<p class=\"lf-p\">222, 223 3. Instalaciones técnicas y maquinaria.</p>\n<p class=\"lf-p\">225, 226 4. Otras instalaciones y mobiliario y material deportivo.</p>\n<p class=\"lf-p\">23 5. Anticipos e inmovilizaciones materiales en curso.</p>\n<p class=\"lf-p\">227, 228, 229 6. Otro inmovilizado.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">(292)</span>7. Provisiones.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">(282)</span>8. Amortizaciones.</div>\n<p class=\"lf-p\">V. Inmovilizaciones financieras.</p>\n<p class=\"lf-p\">240 1. Participaciones en entidades del grupo.</p>\n<p class=\"lf-p\">242, 244, 246 2. Créditos a entidades del grupo.</p>\n<p class=\"lf-p\">241 3. Participaciones en entidades asociadas.</p>\n<p class=\"lf-p\">243, 245, 247 4. Créditos a entidades asociadas.</p>\n<p class=\"lf-p\">2500, 2501, 2503, 251, 256 5. Cartera de valores a largo plazo.</p>\n<p class=\"lf-p\">2502 6. Participaciones a largo plazo en Entidades Deportivas.</p>\n<p class=\"lf-p\">255, 2570 7. Créditos a Entidades Deportivas.</p>\n<p class=\"lf-p\">258, 253, 254, 2571, 258 8. Otros créditos.</p>\n<p class=\"lf-p\">260, 265 9. Depósitos y fianzas constituidos a largo plazo.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">(293)</span>, (294), (295), (296), (297), (298) 10. Provisiones.</div>\n<p class=\"lf-p\">198 VI. Acciones propias.</p>\n<p class=\"lf-p\">27 C) Gastos a distribuir en varios ejercicios.</p>\n<p class=\"lf-p\">D) Activo circulante.</p>\n<p class=\"lf-p\">558 I. Accionistas por desembolsos exigidos.</p>\n<p class=\"lf-p\">30, 31, 32, 33, 407, (39) II. Existencias.</p>\n<p class=\"lf-p\">III. Deudores.</p>\n<p class=\"lf-p\">430, 431, 435 1. Abonados y socios por cuotas.</p>\n<p class=\"lf-p\">551 2. Entidades del grupo, deudores.</p>\n<p class=\"lf-p\">552 3. Entidades asociadas, deudores.</p>\n<p class=\"lf-p\">441, 442, 443, 445, 447, 554 4. Entidades Deportivas, deudores.</p>\n<p class=\"lf-p\">440, 444, 446, 448, 449, 553, 559 5. Deudores varios.</p>\n<p class=\"lf-p\">460, 544 6. Personal.</p>\n<p class=\"lf-p\">470, 471, 472, 474 7. Administraciones Públicas.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">(490)</span>, (493), (494), (495) 8. Provisiones.</div>\n<p class=\"lf-p\">IV. Inversiones financieras temporales.</p>\n<p class=\"lf-p\">530, (538) 1. Participaciones en entidades del grupo.</p>\n<p class=\"lf-p\">532, 534, 536 2. Créditos a entidades del grupo.</p>\n<p class=\"lf-p\">531, (539) 3. Participaciones en entidades asociadas.</p>\n<p class=\"lf-p\">533, 535, 537 4. Créditos a entidades asociadas.</p>\n<p class=\"lf-p\">5400, 5401, 5403, 541, 546, (549) 5. Cartera de valores a corto plazo.</p>\n<p class=\"lf-p\">5402 6. Participaciones a corto plazo en Entidades Deportivas.</p>\n<p class=\"lf-p\">543, 5470 7. Créditos a Entidades Deportivas.</p>\n<p class=\"lf-p\">542, 545, 5471, 548 8. Otros créditos.</p>\n<p class=\"lf-p\">565, 566 9. Depósitos y fianzas constituidos a corto plazo.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">(593)</span>, (594), (595), (596), (597), (598) 10. Provisiones. – V. Acciones propias a corto plazo.</div>\n<p class=\"lf-p\">57 VI. Tesorería.</p>\n<p class=\"lf-p\">480, 580 VII. Ajustes por periodificación.</p>\n<p class=\"lf-p\">Total general (A+B+C+D) – – N.º cuentas Pasivo Ejercicio N Ejercicio N-1 A) Fondos propios.</p>\n<p class=\"lf-p\">10 I. Capital suscrito.</p>\n<p class=\"lf-p\">110 II. Prima de emisión.</p>\n<p class=\"lf-p\">111 III. Reserva de revalorización.</p>\n<p class=\"lf-p\">IV. Reservas.</p>\n<p class=\"lf-p\">112 1. Reserva legal.</p>\n<p class=\"lf-p\">115 2. Reservas para acciones propias.</p>\n<p class=\"lf-p\">114 3. Reservas para acciones de la sociedad dominante.</p>\n<p class=\"lf-p\">116 4. Reservas estatutarias.</p>\n<p class=\"lf-p\">113, 117, 118 5. Otras reservas.</p>\n<p class=\"lf-p\">V. Resultados de ejercicios anteriores.</p>\n<p class=\"lf-p\">120 1. Remanente.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">(121)</span>2. Resultados negativos de ejercicios anteriores.</div>\n<p class=\"lf-p\">122 3. Aportaciones de socios para compensación de pérdidas.</p>\n<p class=\"lf-p\">129 VI. Pérdidas y ganancias (beneficio o pérdida).</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">(557)</span>VII. Dividendo a cuenta entregado en el ejercicio.</div>\n<p class=\"lf-p\">B) Ingresos a distribuir en varios ejercicios.</p>\n<p class=\"lf-p\">130, 132, 133 1. Subvenciones de capital.</p>\n<p class=\"lf-p\">131 2. Subvenciones de capital de Entidades Deportivas.</p>\n<p class=\"lf-p\">136 3. Diferencias positivas de cambio.</p>\n<p class=\"lf-p\">134, 137 4. Cesión de derechos y de ingresos futuros.</p>\n<p class=\"lf-p\">135 5. Otros ingresos a distribuir en varios ejercicios.</p>\n<p class=\"lf-p\">C) Provisiones para riesgos y gastos.</p>\n<p class=\"lf-p\">140 1. Provisiones para obligaciones con el personal.</p>\n<p class=\"lf-p\">141 2. Provisiones para impuestos.</p>\n<p class=\"lf-p\">142, 143, 145, 146, 148 3. Otras provisiones.</p>\n<p class=\"lf-p\">144 4. Fondo de reversión.</p>\n<p class=\"lf-p\">D. Acreedores a largo plazo.</p>\n<p class=\"lf-p\">I. Emisiones de obligaciones y otros valores negociables.</p>\n<p class=\"lf-p\">150 1. Obligaciones no convertibles.</p>\n<p class=\"lf-p\">151 2. Obligaciones convertibles.</p>\n<p class=\"lf-p\">155 3. Otras deudas representadas en valores negociables.</p>\n<p class=\"lf-p\">170 II. Deudas con entidades de crédito.</p>\n<p class=\"lf-p\">III. Deudas con entidades del grupo y asociadas.</p>\n<p class=\"lf-p\">160, 162, 164 1. Deudas con entidades del grupo.</p>\n<p class=\"lf-p\">161, 163, 165 2. Deudas con entidades asociadas.</p>\n<p class=\"lf-p\">IV. Otros acreedores.</p>\n<p class=\"lf-p\">174 1. Deudas representadas por efectos a pagar.</p>\n<p class=\"lf-p\">176 2. Entidades Deportivas, efectos a pagar.</p>\n<p class=\"lf-p\">171, 172, 173 3. Otras deudas.</p>\n<p class=\"lf-p\">175 4. Deudas con Entidades Deportivas.</p>\n<p class=\"lf-p\">180, 185 5. Fianzas y depósitos recibidos a largo plazo.</p>\n<p class=\"lf-p\">V. Desembolsos pendientes sobre acciones no exigidos.</p>\n<p class=\"lf-p\">248 1. De entidades del grupo.</p>\n<p class=\"lf-p\">249 2. De entidades asociadas.</p>\n<p class=\"lf-p\">259 3. De otras entidades.</p>\n<p class=\"lf-p\">E. Acreedores a corto plazo.</p>\n<p class=\"lf-p\">I. Emisiones de obligaciones y otros valores negociables.</p>\n<p class=\"lf-p\">500 1. Obligaciones no convertibles.</p>\n<p class=\"lf-p\">501 2. Obligaciones convertibles.</p>\n<p class=\"lf-p\">505 3. Otras deudas representadas en valores negociables.</p>\n<p class=\"lf-p\">506 4. Intereses de obligaciones y otros valores.</p>\n<p class=\"lf-p\">II. Deudas con entidades de crédito.</p>\n<p class=\"lf-p\">520 1. Préstamos y otras deudas.</p>\n<p class=\"lf-p\">527 2. Deudas por intereses.</p>\n<p class=\"lf-p\">III. Deudas con entidades del grupo y asociadas a corto plazo.</p>\n<p class=\"lf-p\">402, 510, 512, 514, 551 1. Deudas con entidades del grupo.</p>\n<p class=\"lf-p\">403, 511, 513, 515, 552 2. Deudas con entidades asociadas.</p>\n<p class=\"lf-p\">IV. Acreedores comerciales.</p>\n<p class=\"lf-p\">437 1. Anticipos de abonados y socios por cuotas.</p>\n<p class=\"lf-p\">400, 410, 419 2. Deudas por compras o prestaciones de servicios.</p>\n<p class=\"lf-p\">401, 415 3. Deudas representadas por efectos a pagar.</p>\n<p class=\"lf-p\">416 4. Entidades Deportivas, efectos comerciales a pagar.</p>\n<p class=\"lf-p\">411, 412, 413 5. Deudas con Entidades Deportivas.</p>\n<p class=\"lf-p\">V. Otras deudas no comerciales.</p>\n<p class=\"lf-p\">475, 476, 477, 479 1. Administraciones Públicas.</p>\n<p class=\"lf-p\">524 2. Deudas representadas por efectos a pagar.</p>\n<p class=\"lf-p\">525 3. Entidades Deportivas, efectos a pagar.</p>\n<p class=\"lf-p\">522, 554, 5280 4. Deudas con Entidades Deportivas.</p>\n<p class=\"lf-p\">509, 521, 523, 526, 5281, 553, 555, 556 5. Otras deudas.</p>\n<p class=\"lf-p\">4650 6. Remuneraciones pendientes de pago a la plantilla deportiva.</p>\n<p class=\"lf-p\">4651 7. Remuneraciones pendientes de pago al personal no deportivo.</p>\n<p class=\"lf-p\">560, 561 8. Fianzas y depósitos recibidos a corto plazo.</p>\n<p class=\"lf-p\">499 VI. Provisiones para operaciones de la actividad. – – 485, 585 VII. Ajustes por periodificación. – – Total general (A+B+C+D) Cuenta de pérdidas y ganancias Ejercicio ...</p>\n<p class=\"lf-p\">N.º cuentas Debe Ejercicio N Ejercicio N-1 N.º cuentas Haber Ejercicio N Ejercicio N-1 A) Gastos.</p>\n<p class=\"lf-p\">B) Ingresos.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">1.</span>Aprovisionamientos.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">1.</span>Importe neto de la cifra de negocios.</div>\n<p class=\"lf-p\">600, (6080), (6090), 610*</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Consumo de material deportivo.</div>\n<p class=\"lf-p\">700, 701, 702, 703, 709</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Ingresos por competiciones.</div>\n<p class=\"lf-p\">601, 602, 603, (6081), (6082), (6083), (6091), (6092), (6093), 611*, 612*, 613*</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Otros consumos y gastos externos.</div>\n<p class=\"lf-p\">71</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Ingresos por abonados y socios.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">2.</span>Gastos de personal.</div>\n<p class=\"lf-p\">707</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">c)</span>Ingresos por retransmisión.</div>\n<p class=\"lf-p\">640, 6420</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Sueldos y salarios de plantilla deportiva.</div>\n<p class=\"lf-p\">706, 708</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">d)</span>Ingresos de comercialización y publicidad.</div>\n<p class=\"lf-p\">641, 6421</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Otros sueldos, salarios y asimilados.</div>\n<p class=\"lf-p\">73 2. Trabajos efectuados por la entidad para el inmovilizado.</p>\n<p class=\"lf-p\">643, 644, 649</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">c)</span>Cargas sociales.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">3.</span>Otros ingresos de explotación.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">3.</span>Dotaciones para amortizaciones de inmovilizado.</div>\n<p class=\"lf-p\">75</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Ingresos accesorios y otros de gestión corriente.</div>\n<p class=\"lf-p\">6810</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Amortización de derechos de adquisición de jugadores.</div>\n<p class=\"lf-p\">74</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Subvenciones.</div>\n<p class=\"lf-p\">680, 6811, 682</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Otras amortizaciones.</div>\n<p class=\"lf-p\">790</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">c)</span>Exceso de provisiones de riesgos y gastos.</div>\n<p class=\"lf-p\">650, 693, 694, 695, (793), (794), (795) 4. Variación de provisiones de la actividad y pérdidas de créditos incobrables.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">5.</span>Otros gastos de explotación.</div>\n<p class=\"lf-p\">62</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Servicios exteriores.</div>\n<p class=\"lf-p\">631, 634, (636), (639)</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Tributos.</div>\n<p class=\"lf-p\">654</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">c)</span>Desplazamientos.</div>\n<p class=\"lf-p\">653</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">d)</span>Gastos de adquisición de jugadores.</div>\n<p class=\"lf-p\">651, 652, 655, 656, 657, 658, 659</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">e)</span>Otros gastos de gestión corriente.</div>\n<p class=\"lf-p\">690</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">f)</span>Dotación al fondo de reversión.</div>\n<p class=\"lf-p\">I. BENEFICIOS DE EXPLOTACIÓN (B1+B2+B3-A1-A2-A3-A4-A5) I. PÉRDIDAS DE EXPLOTACIÓN (A1+A2+A3+A4+A5-B1-B2-B3) –––– –––– 6. Gastos financieros y gastos asimilados.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">4.</span>Ingresos de participaciones en capital.</div>\n<p class=\"lf-p\">6610, 6615, 6620, 6630, 6640</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Por deudas con entidades del grupo.</div>\n<p class=\"lf-p\">7600</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>En entidades del grupo.</div>\n<p class=\"lf-p\">6611, 6616, 6621, 6631, 6641</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Por deudas con entidades asociadas.</div>\n<p class=\"lf-p\">7601</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>En entidades asociadas.</div>\n<p class=\"lf-p\">6613, 6618, 6622, 6624, 6632, 6634, 6643, 669</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">c)</span>Por deudas con terceros y gastos asimilados.</div>\n<p class=\"lf-p\">7603</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">c)</span>En entidades fuera del grupo.</div>\n<p class=\"lf-p\">6623, 6633</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">d)</span>Por deudas con Entidades Deportivas.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">5.</span>Ingresos de otros valores negociables y de créditos del activo inmovilizado.</div>\n<p class=\"lf-p\">666, 667</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">e)</span>Pérdidas de inversiones financieras.</div>\n<p class=\"lf-p\">7610, 7620</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>De entidades del grupo.</div>\n<p class=\"lf-p\">6963, 6965, 6966, 697, 698, 699, (7963), (7965), (7966), (797), (798), (799) 7. Variación de las provisiones de inversiones financieras.</p>\n<p class=\"lf-p\">7611, 7621</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>De entidades asociadas.</div>\n<p class=\"lf-p\">668 8. Diferencias negativas de cambio.</p>\n<p class=\"lf-p\">7613, 7623</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">c)</span>De entidades fuera del grupo.</div>\n<p class=\"lf-p\">7624</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">d)</span>De Entidades Deportivas.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">6.</span>Otros intereses e ingresos asimilados.</div>\n<p class=\"lf-p\">7630, 7650</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>De entidades del grupo.</div>\n<p class=\"lf-p\">7631, 7651</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>De entidades asociadas.</div>\n<p class=\"lf-p\">7633, 7653, 767, 769</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">c)</span>Otros intereses e ingresos financieros.</div>\n<p class=\"lf-p\">7634</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">d)</span>De Entidades Deportivas.</div>\n<p class=\"lf-p\">766</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">e)</span>Beneficios en inversiones financieras.</div>\n<p class=\"lf-p\">768 7. Diferencias positivas de cambio.</p>\n<p class=\"lf-p\">II. RESULTADOS FINANCIEROS POSITIVOS (B4+B5+B6+B7+A6+A7+A8) –––– –––– II. RESULTADOS FINANCIEROS NEGATIVOS (A6+A7+A8-B4-B5-B6-B7) –––– –––– III. BENEFICIOS DE LAS ACTIVIDADES ORDINARIAS (AI+AII-BI-BII) –––– –––– III. PÉRDIDAS DE LAS ACTIVIDADES ORDINARIAS (BI+BII-AI-AII) –––– –––– 691, 692, 6960 6961, (791), (792), (7960), (7961) 9. Variación de las provisiones de inmovilizado inmaterial, material y cartera de control.</p>\n<p class=\"lf-p\">770, 771, 772, 773 8. Beneficios en enajenación de inmovilizado inmaterial, material y cartera de control.</p>\n<p class=\"lf-p\">670, 671, 672, 673 10. Pérdidas procedentes del inmovilizado inmaterial, material y cartera de control.</p>\n<p class=\"lf-p\">774 9. Beneficios por operaciones con acciones y obligaciones propias.</p>\n<p class=\"lf-p\">674 11. Pérdidas por operaciones con acciones y obligaciones propias.</p>\n<p class=\"lf-p\">775 10. Subvenciones de capital transferidas al resultado del ejercicio.</p>\n<p class=\"lf-p\">676 12. Pérdidas procedentes del traspaso de jugadores.</p>\n<p class=\"lf-p\">776 11. Beneficios procedentes del traspaso de jugadores.</p>\n<p class=\"lf-p\">678 13. Gastos extraordinarios.</p>\n<p class=\"lf-p\">778 12. Ingresos extraordinarios.</p>\n<p class=\"lf-p\">679 14. Gastos y pérdidas de otros ejercicios.</p>\n<p class=\"lf-p\">779 13. Ingresos y beneficios de otros ejercicios.</p>\n<p class=\"lf-p\">IV. RESULTADOS EXTRAORDINARIOS POSITIVOS (B8+B9+B10+B11+B12+B13-A9-A10-A11-A12-A13-A14) –––– –––– IV. RESULTADOS EXTRAORDINARIOS NEGATIVOS (A9+A10+A11+A12+A13+A14-B8-B9-B10-B11-B12-B13) –––– –––– V. BENEFICIOS ANTES DE IMPUESTOS (AIII+AIV-BIII-BIV) –––– –––– V. PÉRDIDAS ANTES DE IMPUESTOS (BIII+BIV-AIII-AIV) –––– –––– 630**, 633, (638) 15. Impuesto sobre Sociedades.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">16.</span>Otros impuestos.</div>\n<p class=\"lf-p\">VI. RESULTADOS EJERCICIO (BENEFICIOS) (AV-A15-A16) –––– –––– VI. RESULTADOS DEL EJERCICIO (PÉRDIDAS) (BV+A15+A16) –––– –––– * Con signo positivo o negativo según su saldo. ** Esta cuenta puede tener saldo acreedor y, por tanto, la partida A15 puede tener signo negativo.</p>\n<p class=\"lf-p\">MEMORIA 4. Normas de valoración Se indicarán los criterios contables aplicados en relación con las siguientes partidas:</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">a)</span>Gastos de establecimiento; indicando los criterios utilizados de capitalización, amortización y, en su caso, saneamiento. En todo caso, se precisarán los criterios utilizados para la capitalización, amortización y, en su caso, saneamiento de los gastos efectuados sobre terrenos cedidos en precario.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">b)</span>Inmovilizado inmaterial: b1) Inmovilizado inmaterial deportivo; indicando los criterios utilizados de capitalización, amortización, provisiones y, en su caso, saneamiento.</div>\n<p class=\"lf-p\">Además, se precisarán los criterios de contabilización de contratos de arrendamiento financiero u otras fórmulas similares sobre activos o derechos destinados directamente a la actividad deportiva. b2) Otro inmovilizado inmaterial; indicando los criterios de capitalización, amortización, provisiones y, en su caso, saneamiento.</p>\n<p class=\"lf-p\">Justificación, en su caso, de la amortización del fondo de comercio en un período superior a cinco años; indicando los importes de los ingresos que previsiblemente va a generar dicho activo durante su período de amortización.</p>\n<p class=\"lf-p\">Además, se precisarán los criterios de contabilización de contratos de arrendamiento financiero u otra fórmula similar que no deban incluirse en el apartado anterior.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">c)</span>Inmovilizado material; indicando los criterios sobre:</div>\n<p class=\"lf-p\">Amortización y dotación de provisiones.</p>\n<p class=\"lf-p\">Capitalización de intereses y diferencias de cambio.</p>\n<p class=\"lf-p\">Contabilización de costes de ampliación, modernización y mejoras.</p>\n<p class=\"lf-p\">Determinación del coste de los trabajos efectuados por la entidad para su inmovilizado.</p>\n<p class=\"lf-p\">Las partidas del inmovilizado material que figuran en el activo por una cantidad fija.</p>\n<p class=\"lf-p\">Actualizaciones de valor practicadas al amparo de una Ley.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">d)</span>Valores negociables y otras inversiones financieras análogas, distinguiendo a corto y a largo plazo; indicando los criterios de valoración y en particular, precisando los seguidos sobre correcciones valorativas.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">e)</span>Créditos no comerciales, distinguiendo a corto y a largo plazo; indicando los criterios de valoración y, en particular, precisando los seguidos en las correcciones valorativas y, en su caso, el devengo de intereses.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">f)</span>Existencias; indicando las condiciones y circunstancias por las que fueron contabilizadas, así como los criterios de valoración y, en particular, precisando los seguidos sobre correcciones valorativas.</div>\n<p class=\"lf-p\">Además se precisarán los criterios de valoración de las partidas que figuran en el activo por una cantidad fija.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">g)</span>Acciones propias en poder de la entidad.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">h)</span>Subvenciones, donaciones y legados; indicando su origen, naturaleza y condiciones y el criterio de imputación a resultados.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">i)</span>Provisiones para obligaciones con el personal; indicando el criterio de contabilización y realizando una descripción general del método de estimación y cálculo de cada uno de los riesgos cubiertos.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">j)</span>Otras provisiones del grupo 1; indicando el criterio de contabilización y realizando una descripción general del método de estimación y cálculo de los riesgos o gastos incluidos en dichas provisiones.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">k)</span>Deudas, distinguiendo a corto y a largo plazo; indicando los criterios de valoración, así como los de imputación a resultados de los gastos por intereses o primas diferidas.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">l)</span>Impuesto sobre beneficios; indicando los criterios utilizados para su contabilización.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">m)</span>Transacciones en moneda distinta del euro; indicando lo siguiente:</div>\n<p class=\"lf-p\">Criterios de valoración de saldos en moneda distinta del euro.</p>\n<p class=\"lf-p\">Procedimiento empleado para calcular el tipo de cambio en euros de elementos patrimoniales que en la actualidad o en su origen hubieren sido expresados en moneda distinta del euro.</p>\n<p class=\"lf-p\">Criterios de contabilización de las diferencias de cambio.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">n)</span>Ingresos y gastos.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">o)</span>Actuaciones de la entidad con incidencia en el medio ambiente, indicando:</div>\n<p class=\"lf-p\">Criterios de valoración, así como de imputación a resultados de los importes destinados a los fines anteriores. En particular se indicará el criterio seguido para considerar estos importes como gastos del ejercicio o como mayor valor del activo correspondiente.</p>\n<p class=\"lf-p\">Descripción del método de estimación y cálculo de las provisiones derivadas del impacto medioambiental.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">p)</span>Criterios empleados en la cuantificación y la imputación de ingresos derivados de la cesión de derechos y de ingresos futuros.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">q)</span>Criterios de asignación e imputación de activos, pasivos, gastos e ingresos a las distintas actividades realizadas por la empresa de acuerdo con lo indicado en las normas de elaboración de las cuentas anuales.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">6.</span>Inmovilizado inmaterial 6.1 Inmovilizado inmaterial deportivo.–Análisis del movimiento durante el ejercicio de cada partida del balance incluida en este epígrafe y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas y provisiones, indicando lo siguiente:</div>\n<p class=\"lf-p\">Saldo inicial.</p>\n<p class=\"lf-p\">Entrada o dotaciones.</p>\n<p class=\"lf-p\">Aumentos por transferencias o traspaso de otra cuenta.</p>\n<p class=\"lf-p\">Salidas, bajas o reducciones.</p>\n<p class=\"lf-p\">Disminuciones por transferencias o traspaso a otra cuenta.</p>\n<p class=\"lf-p\">Saldo final.</p>\n<p class=\"lf-p\">Se informará sobre los activos destinados directamente a la actividad deportiva utilizados en régimen de arrendamiento financiero u otro similar, que deban incluirse en este epígrafe, precisando de acuerdo con las condiciones del contrato: coste del bien en origen, distinguiendo, en su caso, el valor de la opción de compra, duración del contrato, años transcurridos, cuotas satisfechas en años anteriores y en el ejercicio, cuotas pendientes y valor de la opción de compra.</p>\n<p class=\"lf-p\">Se detallarán los elementos significativos que puedan existir en esta rúbrica y se facilitará información adicional sobre su uso, fecha de caducidad y período de amortización.</p>\n<p class=\"lf-p\">6.2 Otro inmovilizado inmaterial.–Análisis del movimiento durante el ejercicio de cada partida del balance incluida en este epígrafe y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas y provisiones; indicando lo siguiente:</p>\n<p class=\"lf-p\">Saldo inicial.</p>\n<p class=\"lf-p\">Entradas o dotaciones.</p>\n<p class=\"lf-p\">Aumentos por transferencias o traspaso de otra cuenta.</p>\n<p class=\"lf-p\">Salidas, bajas o reducciones.</p>\n<p class=\"lf-p\">Disminuciones por transferencias o traspaso a otra cuenta.</p>\n<p class=\"lf-p\">Saldo final.</p>\n<p class=\"lf-p\">A estos efectos se distinguirá entre las concesiones, patentes, licencias, marcas y similares adquiridas a título oneroso y las creadas por la propia entidad.</p>\n<p class=\"lf-p\">Se informará sobre los bienes utilizados en régimen de arrendamiento financiero u otra fórmula similar, precisando de acuerdo con las condiciones del contrato: coste del bien en origen, distinguiendo, en su caso, el valor de la opción de compra, duración del contrato, años transcurridos, cuotas satisfechas en años anteriores y en el ejercicio, cuotas pendientes y, en su caso, valor de la opción de compra.</p>\n<p class=\"lf-p\">Se detallarán los elementos significativos que puedan existir en esta rúbrica y se facilitará información adicional sobre su uso, fecha de caducidad y período de amortización.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">7.</span>Derechos de adquisición de jugadores Análisis del movimiento durante el ejercicio de esta partida del balance y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas y provisiones, indicando lo siguiente:</div>\n<p class=\"lf-p\">Saldo inicial.</p>\n<p class=\"lf-p\">Entrada o dotaciones.</p>\n<p class=\"lf-p\">Aumentos por transferencias o traspaso de otra cuenta.</p>\n<p class=\"lf-p\">Salidas, bajas o reducciones.</p>\n<p class=\"lf-p\">Disminuciones por transferencias o traspaso a otra cuenta.</p>\n<p class=\"lf-p\">Saldo final.</p>\n<p class=\"lf-p\">Se informará sobre:</p>\n<p class=\"lf-p\">Las características más significativas de los derechos de adquisición de jugadores, y en particular su importe, años del contrato distinguiendo los ya transcurridos, etc.</p>\n<p class=\"lf-p\">Los derechos de adquisición de jugadores en régimen de arrendamiento financiero u otra fórmula similar, que deban incluirse como inmovilizado inmaterial, precisando de acuerdo con las condiciones del contrato: coste en origen, distinguiendo, en su caso, el valor de la opción de compra, duración del contrato, años transcurridos, cuotas satisfechas en años anteriores y en el ejercicio, cuotas pendientes y, en su caso, valor de la opción de compra.</p>\n<p class=\"lf-p\">Los derechos de adquisición de jugadores cedidos a otras entidades y los que se obtengan en cesión, indicando el importe, plazo, así como las características más significativas.</p>\n<p class=\"lf-p\">Los derechos de adquisición de jugadores adquiridos a entidades vinculadas.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">8.</span>Instalaciones deportivas realizadas sobre terrenos cedidos Análisis del movimiento durante el ejercicio de la partida del balance que recoge los derechos sobre inversiones realizadas en terrenos o instalaciones cedidos y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas y provisiones, indicando lo siguiente:</div>\n<p class=\"lf-p\">Saldo inicial.</p>\n<p class=\"lf-p\">Entrada o dotaciones.</p>\n<p class=\"lf-p\">Aumentos por transferencias o traspaso de otra cuenta.</p>\n<p class=\"lf-p\">Salidas, bajas o reducciones.</p>\n<p class=\"lf-p\">Disminuciones por transferencias o traspaso a otra cuenta.</p>\n<p class=\"lf-p\">Saldo final.</p>\n<p class=\"lf-p\">Se detallará respecto a los elementos significativos que puedan existir en esta partida, sus características, y se facilitará información adicional sobre su uso, fecha de caducidad y período de amortización.</p>\n<p class=\"lf-p\">También se facilitará la misma información sobre los gastos que se hubieran efectuado sobre terrenos cedidos en precario.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">9.</span>Inmovilizado material 9.1 Análisis del movimiento durante el ejercicio de cada partida del balance incluida en este epígrafe y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas y provisiones indicando lo siguiente:</div>\n<p class=\"lf-p\">Saldo inicial.</p>\n<p class=\"lf-p\">Entradas o dotaciones.</p>\n<p class=\"lf-p\">Aumentos por transferencias o traspaso de otra cuenta.</p>\n<p class=\"lf-p\">Salidas, bajas o reducciones.</p>\n<p class=\"lf-p\">Disminuciones por transferencias o traspaso a otra cuenta.</p>\n<p class=\"lf-p\">Saldo final.</p>\n<p class=\"lf-p\">Cuando se efectúan actualizaciones deberá indicarse:</p>\n<p class=\"lf-p\">Ley que lo autoriza.</p>\n<p class=\"lf-p\">Importe de la revalorización para cada partida, así como del aumento de la amortización acumulada.</p>\n<p class=\"lf-p\">Efecto de la actualización sobre la dotación a la amortización y, por tanto, sobre el resultado del próximo ejercicio.</p>\n<p class=\"lf-p\">9.2 Información sobre:</p>\n<p class=\"lf-p\">Importe de las revalorizaciones netas acumuladas, al cierre del ejercicio, realizadas al amparo de una ley y el efecto de dichas revalorizaciones sobre la dotación a la amortización y a las provisiones en el ejercicio.</p>\n<p class=\"lf-p\">Coeficientes de amortización utilizados por grupos de elementos.</p>\n<p class=\"lf-p\">Características de las inversiones en inmovilizado material adquiridas a entidades del grupo y asociadas con indicación de su valor contable y de la correspondiente amortización acumulada.</p>\n<p class=\"lf-p\">Características de las inversiones en inmovilizado material situadas fuera del territorio español, con indicación de su valor contable y de la correspondiente amortización acumulada.</p>\n<p class=\"lf-p\">Importe de los intereses y diferencias de cambio capitalizados en el ejercicio.</p>\n<p class=\"lf-p\">Características del inmovilizado no afecto directamente a la actividad, indicando su valor contable y la correspondiente amortización acumulada.</p>\n<p class=\"lf-p\">Importe y características de los bienes totalmente amortizados, obsoletos técnicamente o no utilizados.</p>\n<p class=\"lf-p\">Bienes afectos a garantías y a reversión.</p>\n<p class=\"lf-p\">Subvenciones, donaciones y legados recibidos relacionadas con el inmovilizado material.</p>\n<p class=\"lf-p\">Compromisos firmes de compra y fuentes previsibles de financiación, así como los compromisos firmes de venta.</p>\n<p class=\"lf-p\">Criterios específicos adoptados para valorar los bienes obtenidos en torneos o competiciones.</p>\n<p class=\"lf-p\">Cualquier otra circunstancia de carácter sustantivo que afecte a bienes del inmovilizado material tales como: arrendamientos, seguros, litigios, embargos y situaciones análogas.</p>\n<p class=\"lf-p\">9.3 Se facilitará la información de los dos apartados anteriores singularizada para los activos destinados directamente a la actividad deportiva.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">10.</span>Inversiones financieras 10.1 Análisis del movimiento durante el ejercicio de cada partida del balance incluida en los epígrafes de «Inmovilizaciones financieras» e «Inversiones financieras temporales» y de sus correspondientes provisiones, indicando, tanto para el largo como para el corto plazo, lo siguiente:</div>\n<p class=\"lf-p\">Saldo inicial.</p>\n<p class=\"lf-p\">Entradas o dotaciones.</p>\n<p class=\"lf-p\">Aumentos por transferencias o traspaso de otra cuenta.</p>\n<p class=\"lf-p\">Salidas o reducciones.</p>\n<p class=\"lf-p\">Disminuciones por transferencias o traspaso a otra cuenta.</p>\n<p class=\"lf-p\">Saldo final.</p>\n<p class=\"lf-p\">A estos efectos se desglosará cada partida atendiendo a la naturaleza de la inversión, distinguiendo, en su caso, entre participaciones de capital, valores de renta fija, créditos y créditos por intereses.</p>\n<p class=\"lf-p\">10.2 Información sobre entidades del grupo y asociadas, detallando:</p>\n<p class=\"lf-p\">Denominación, domicilio y forma jurídica de las entidades del grupo, especificando para cada una de ellas:</p>\n<p class=\"lf-p\">Actividades que ejercen.</p>\n<p class=\"lf-p\">Fracción de capital que se posee directa o indirectamente, distinguiendo entre ambas.</p>\n<p class=\"lf-p\">Importe del capital, reservas y resultado del último ejercicio, desglosando los extraordinarios.</p>\n<p class=\"lf-p\">Valor según libros de la participación en capital.</p>\n<p class=\"lf-p\">Dividendos recibidos en el ejercicio.</p>\n<p class=\"lf-p\">Indicación de si las acciones cotizan o no en un mercado secundario oficial y, en su caso, cotización media del último trimestre del ejercicio y cotización al cierre del ejercicio.</p>\n<p class=\"lf-p\">Sólo podrá omitirse la información requerida en este punto cuando por su naturaleza pueda acarrear graves perjuicios a las entidades a que se refiera; en ese caso deberá justificarse la omisión.</p>\n<p class=\"lf-p\">La misma información que la del punto anterior respecto de las entidades asociadas y de las sociedades en las que la entidad sea socio colectivo.</p>\n<p class=\"lf-p\">Notificaciones efectuadas en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 86 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, a las sociedades participadas, directa o indirectamente, en más de un 10 por 100.</p>\n<p class=\"lf-p\">Especial mención del cumplimiento de lo establecido en los artículos 16 y 17 del Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas.</p>\n<p class=\"lf-p\">10.3 Otra información sobre:</p>\n<p class=\"lf-p\">Importe de los valores de renta fija y otras inversiones financieras análogas, así como de los créditos, que venzan en cada uno de los cinco años siguientes al cierre del ejercicio y del resto hasta su último vencimiento; distinguiendo por deudores (entidades del grupo, asociadas, Entidades Deportivas y otros). Estas indicaciones figurarán separadamente para cada una de las partidas relativas a inversiones financieras, conforme al modelo de balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Importe de los intereses devengados y no cobrados.</p>\n<p class=\"lf-p\">Valores negociables, otras inversiones financieras análogas y créditos entregados o afectos a garantías.</p>\n<p class=\"lf-p\">Desglose de los valores negociables y otras inversiones financieras análogas, así como de los créditos, según los tipos de moneda en que estén instrumentados y, en su caso, cobertura de diferencias de cambio existente, distinguiendo los emitidos por entidades del grupo, asociadas y otros.</p>\n<p class=\"lf-p\">Tasa media de rentabilidad de los valores de renta fija y otras inversiones financieras análogas, por grupos homogéneos y, en todo caso, distinguiendo los emitidos por entidades del grupo, asociadas y otros.</p>\n<p class=\"lf-p\">Compromisos firmes de compra de valores negociables y otras inversiones financieras análogas y fuentes previsibles de financiación, así como los compromisos firmes de venta.</p>\n<p class=\"lf-p\">Características e importe de cualesquiera garantías recibidas en relación con los créditos otorgados por la entidad (afianzamientos, avales, prendas, reservas de dominio, pactos de recompra, etc.).</p>\n<p class=\"lf-p\">Cualquier otra circunstancia de carácter sustantivo que afecte a los valores negociables, otras inversiones financieras análogas y créditos, tal como: litigios, embargos, etc.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">11.</span>Existencias Se facilitará la información establecida en el Plan General de Contabilidad cuando resulte significativa para la entidad.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">12.</span>Fondos propios 12.1 Análisis del movimiento durante el ejercicio de cada partida del balance incluida en esta agrupación, indicándose los orígenes de los aumentos y las causas de las disminuciones, así como saldos iniciales y finales.</div>\n<p class=\"lf-p\">También se incluirá el movimiento de los epígrafes de acciones propias.</p>\n<p class=\"lf-p\">12.2 Se indicará, en su caso, el importe del capital mínimo establecido por la Comisión Mixta, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas.</p>\n<p class=\"lf-p\">12.3 Información sobre:</p>\n<p class=\"lf-p\">Número de acciones y valor nominal de cada una de ellas, distinguiendo por clases de acciones, así como los derechos otorgados a las mismas y las restricciones que puedan tener. También, en su caso, se indicará para cada clase de acciones los desembolsos pendientes, así como la fecha de exigibilidad.</p>\n<p class=\"lf-p\">Ampliación de capital en curso indicando el número de acciones a suscribir, su valor nominal, la prima de emisión, el desembolso inicial, los derechos que incorporarán y restricciones que tendrán; así como la existencia o no de derechos preferentes de suscripción a favor de accionistas u obligacionistas; y el plazo concedido para la suscripción.</p>\n<p class=\"lf-p\">Importe del capital autorizado por la junta de accionistas para que los administradores lo pongan en circulación, indicando el período al que se extiende la autorización.</p>\n<p class=\"lf-p\">Derechos incorporados a las obligaciones convertibles y pasivos financieros similares, con indicación de su número y de la extensión de los derechos que confieren .</p>\n<p class=\"lf-p\">Circunstancias específicas que restringen la disponibilidad de las reservas.</p>\n<p class=\"lf-p\">Número, valor nominal y precio medio de adquisición de las acciones propias en poder de la entidad, o de un tercero que obre por cuenta de ésta, especificando su destino final previsto e importe de la reserva por adquisición de acciones propias. También se informará sobre el número, valor nominal e importe de la reserva correspondiente a las acciones propias aceptadas en garantía.</p>\n<p class=\"lf-p\">La parte de capital que, en su caso, es poseído por otra entidad, directamente o por medio de sus filiales, cuando sea igual o superior al 10 por 100.</p>\n<p class=\"lf-p\">Información sobre las participaciones significativas reguladas en el artículo 10 del Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas.</p>\n<p class=\"lf-p\">Información sobre acciones de la entidad admitidas a cotización.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">13.</span>Subvenciones, donaciones y legados Información sobre la naturaleza de las subvenciones recibidas distinguiendo su procedencia y origen.</div>\n<p class=\"lf-p\">Información sobre el importe y características de las subvenciones recibidas que aparecen en las partidas correspondientes del balance y de la cuenta de pérdidas y ganancias.</p>\n<p class=\"lf-p\">Información sobre el cumplimiento e incumplimiento de las condiciones asociadas a las subvenciones, donaciones y legados.</p>\n<p class=\"lf-p\">En especial se informará sobre:</p>\n<p class=\"lf-p\">Subvenciones de capital que financien inversiones efectuadas sobre terrenos cedidos a la entidad en precario.</p>\n<p class=\"lf-p\">Subvenciones que constituyen aportación de fondos para compensar déficits patrimoniales o pérdidas.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">14.</span>Ingresos diferidos por cesión de derechos y de ingresos futuros Análisis del movimiento de cada partida del balance durante el ejercicio; indicando:</div>\n<p class=\"lf-p\">Saldo inicial.</p>\n<p class=\"lf-p\">Aumentos.</p>\n<p class=\"lf-p\">Imputaciones a resultados.</p>\n<p class=\"lf-p\">Bajas.</p>\n<p class=\"lf-p\">Saldo final.</p>\n<p class=\"lf-p\">En particular, se informará sobre cada una de las cesiones realizadas, indicando el concepto cedido y las características más significativas de la operación (importe, identificación clara del derecho o ingreso cedido, tipo de interés aplicado, porcentaje que representa sobre la operación global, etc.), con especial indicación de la naturaleza de la operación y, en su caso, de las garantías pactadas.</p>\n<p class=\"lf-p\">Cuando existan compromisos por cesión de derechos o de ingresos futuros que no originen el registro de las correspondientes partidas por no haberse recibido importes monetarios, se deberá incluir información similar a la exigida en el párrafo anterior.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">15.</span>Provisiones para obligaciones con el personal 15.1 Análisis del movimiento de esta partida del balance durante el ejercicio; distinguiendo las provisiones correspondientes al personal activo y al pasivo así como los distintos conceptos; indicando:</div>\n<p class=\"lf-p\">Saldo inicial.</p>\n<p class=\"lf-p\">Dotaciones, distinguiendo por su origen (gastos financieros, gastos de personal, ...).</p>\n<p class=\"lf-p\">Aplicaciones.</p>\n<p class=\"lf-p\">Saldo final.</p>\n<p class=\"lf-p\">15.2 Información sobre:</p>\n<p class=\"lf-p\">Riesgos cubiertos.</p>\n<p class=\"lf-p\">Tipo de capitalización utilizado.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">16.</span>Otras provisiones del grupo 1 16.1 Análisis del movimiento de cada partida del balance durante el ejercicio; indicando:</div>\n<p class=\"lf-p\">Saldo inicial.</p>\n<p class=\"lf-p\">Dotaciones.</p>\n<p class=\"lf-p\">Aplicaciones.</p>\n<p class=\"lf-p\">Saldo final.</p>\n<p class=\"lf-p\">16.2 Información sobre riesgos y gastos cubiertos.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">17.</span>Deudas no comerciales 17.1 Desglose de las partidas D.IV.3 y D.IV.4 del pasivo del balance, «Otras Deudas» y «Deudas con Entidades Deportivas» distinguiendo entre deudas transformables en subvenciones, proveedores de inmovilizado y otras.</div>\n<p class=\"lf-p\">17.2 Información, distinguiendo entre corto y largo plazo sobre:</p>\n<p class=\"lf-p\">Importe de las deudas que venzan en cada uno de los cinco años siguientes al cierre del ejercicio y hasta su cancelación, distinguiendo por entidades del grupo, asociadas, Entidades Deportivas y otros. Estas indicaciones figurarán separadamente para cada una de las partidas relativas a deudas, conforme al modelo del balance.</p>\n<p class=\"lf-p\">Importe de las deudas con garantía real.</p></div>", "next": 239786}