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En resumen

Esta ley establece el currículo mixto y los requisitos para obtener la doble titulación de Bachiller español y Baccalauréat francés en centros educativos españoles. Su objetivo es integrar contenidos esenciales de la lengua, cultura y realidad de Francia en el sistema educativo español.

Qué regula

A quién concierne

Puntos clave

📄 Texto legal
200 ok Téngase en cuenta que las modificaciones de los arts. 3, 5.2 y 3, 8, 10.1, la disposición adicional única y los anexos I-A y B, establecidas por el art. único de la Orden EFP/935/2022, de 27 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-15953, se implantarán para primer curso de Bachillerato en el año académico 2022-2023, y para el segundo curso de Bachillerato, en el curso académico 2023-2024, según determina su disposición final 1. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, recoge en su Preámbulo, como uno de sus principios inspiradores, el compromiso decidido con los objetivos educativos planteados por la Unión Europea para los próximos años. La Unión Europea y la UNESCO han puesto de manifiesto la necesidad de abrir los sistemas educativos al mundo exterior, lo que exige, entre otros requisitos, mejorar el aprendizaje de idiomas extranjeros, aumentar la movilidad y los intercambios, y reforzar la cooperación europea. Asimismo, en su artículo 6.6 determina que el Gobierno podrá establecer, en el marco de la cooperación internacional en materia de educación, currículos mixtos de enseñanzas del sistema educativo español y de otros sistemas educativos, conducentes a los títulos respectivos. La Constitución Española establece, en su artículo149.1.30.ª, como competencia exclusiva del Estado, la regulación de las condiciones para la obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales. A su amparo el Gobierno del Reino de España firmó, el 16 de mayo de 2005, un Acuerdo Marco con el Gobierno de la República Francesa relativo a programas educativos, lingüísticos y culturales en centros escolares de los dos Estados. Dicho acuerdo hace referencia, en su artículo 7, a una posible integración de los currículos respectivos de educación secundaria, con el fin de obtener la doble titulación a través de una prueba externa al final del bachillerato. En consecuencia, los representantes de España y de Francia, animados por la voluntad común de continuar promoviendo la cooperación cultural entre los dos Estados, en particular en el ámbito educativo, firmaron el Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Francesa relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat, hecho «ad referendum» en París el 10 de enero de 2008, con el objetivo de establecer un marco de cooperación educativa que permita otorgar simultáneamente los títulos de Bachiller y de Baccalauréat. Finalmente, el Real Decreto 102/2010, de 5 de febrero, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas acogidas al Acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat en centros docentes españoles, ordena la aplicación de ambos acuerdos de modo que sus beneficios puedan extenderse a centros de todas las Administraciones educativas, respetando sus competencias en materia de currículo. Asimismo, su artículo 2 dispone que los centros escolares españoles que deseen ofrecer las enseñanzas conducentes a la doble titulación de Bachiller y Baccalauréat deberán implantar un currículo mixto que integre los contenidos esenciales para el conocimiento de la lengua y de la realidad histórica, social y política de Francia, así como los métodos pedagógicos y los criterios de evaluación acordados por las Partes firmantes del Acuerdo de Doble Titulación de 2008. Procede, por tanto, regular el currículo mixto acordado por la Comisión de seguimiento prevista en el artículo 7 del citado Acuerdo de Doble Titulación, estableciendo los contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación propios del sistema educativo francés que deberán ser integrados en el currículo mixto por los centros acogidos al acuerdo. En virtud de lo expuesto, consultadas las Comunidades Autónomas en el seno de la Comisión General de Educación de la Conferencia de Educación y previo informe del Consejo Escolar del Estado y del Ministerio de Política Territorial, dispongo: Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. En desarrollo del Real Decreto 102/2010, de 5 de febrero, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas acogidas al Acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat en centros docentes españoles, esta orden tiene por objeto establecer, según lo acordado por las Partes, el currículo mixto integrador de los contenidos esenciales para el conocimiento de la lengua, de la cultura y de la realidad histórica, social y política de Francia, así como los requisitos para la obtención de la doble titulación en los centros españoles que deseen ofrecer estas enseñanzas. Artículo 2. El currículo mixto y sus componentes. 1. Las materias específicas del currículo mixto acordadas por las Partes son la Lengua y literatura francesas, que podrá ser cursada como primera o como segunda lengua extranjera, y la Historia de Francia que se integrará en la parte correspondiente de la materia Historia de España. De acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1 del Real Decreto 102/2010, de 5 de febrero, deberán ser impartidas íntegramente en francés y serán objeto de la prueba externa que se organizará para la obtención del Baccalauréat. 2. Los currículos de las materias específicas deberán integrar los aspectos básicos del bachillerato español más los contenidos y métodos pedagógicos propios del sistema educativo francés, según se recoge en el anexo I. 3. Con el fin de alcanzar la proporción horaria estipulada en el artículo 2.2 del Real Decreto 102/2010, de 5 de febrero, las Administraciones educativas, teniendo en cuenta el profesorado habilitado al efecto, podrán autorizar a los centros la impartición en lengua francesa de otras materias no lingüísticas, sin modificación de sus currículos, que no serán objeto de prueba externa. En este caso, se procurará que el alumnado adquiera la terminología básica de las materias en ambas lenguas a lo largo de los dos cursos. 4. El alumnado acogido a este programa deberá recibir, al menos, un tercio del horario lectivo en lengua francesa en el conjunto del bachillerato, con el fin de que pueda alcanzar el nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 102/2010. Artículo 3. Asignación horaria. El currículo mixto respetará en todo caso la estructura y la carga horaria del sistema educativo español, teniendo en cuenta la proporción que corresponda a las enseñanzas comunes o mínimas establecidas con carácter estatal. Únicamente el horario asignado a la Lengua y literatura francesas y a la Historia de España y de Francia se incrementará, al menos, una hora lectiva a la semana con el fin de alcanzar los objetivos de este currículo mixto. Artículo 3. Asignación horaria. El currículo mixto respetará en todo caso la estructura y la carga horaria del sistema educativo español, teniendo en cuenta la proporción del 50% del horario ordinario que corresponde a las asignaturas troncales. Únicamente el horario asignado a la Lengua y Literatura Francesas y a la Historia de España y de Francia se incrementará, al menos, una hora lectiva a la semana con el fin de alcanzar los objetivos de este currículo mixto. Se modifica por el art. único.1 de la Orden ECD/1961/2015, de 24 de septiembre. Ref. BOE-A-2015-10392 Artículo 3. Asignación horaria. El currículo mixto respetará en todo caso la estructura y la carga horaria del sistema educativo español, teniendo en cuenta la proporción que corresponda a las enseñanzas mínimas establecidas con carácter estatal. Únicamente el horario asignado a la materia de Lengua y Literatura Francesas y a la materia de Historia de España y de Francia se incrementará, al menos, una hora lectiva a la semana con el fin de alcanzar los objetivos de este currículo mixto. Se modifica por el art. único.1 de la Orden EFP/935/2022, de 27 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-15953 Téngase en cuenta que esta modificación se implantará para primer curso de Bachillerato en el año académico 2022-2023, y para el segundo curso de Bachillerato, en el curso académico 2023-2024, según establece la disposición final 1 de la citada Orden. Se modifica por el art. único.1 de la Orden ECD/1961/2015, de 24 de septiembre. Ref. BOE-A-2015-10392 Artículo 4. Prueba externa. 1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto 102/2010, de 5 de febrero, el alumnado de los centros docentes españoles que cursa las enseñanzas acogidas al Acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat, realizará una prueba externa sobre las materias específicas del currículo mixto correspondientes al segundo curso de bachillerato. 2. La Comisión Técnica establecida en su artículo 9 será la encargada de preparar, previo acuerdo con la parte francesa, todo lo relativo a la prueba externa. 3. La Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional dispondrá anualmente las Instrucciones correspondientes antes del inicio del curso escolar. 4. Los exámenes de las materias específicas del currículo mixto se realizarán íntegramente en lengua francesa y en su evaluación participarán examinadores designados al efecto. Artículo 5. Estructura y calificación de la prueba externa de Lengua y literatura francesas. 1. La prueba externa de Lengua y literatura francesas constará de un ejercicio escrito y otro oral. La calificación de esta prueba estará expresada en forma numérica de 0 a 10 puntos. 2. El ejercicio escrito tendrá una duración total de cuatro horas y constará de dos partes. a) La primera parte tendrá una duración de dos horas. A partir de un texto que podrá ir acompañado de un documento gráfico el alumno deberá realizar un comentario respondiendo a unas cuestiones que permitan evaluar su comprensión y una redacción, de 250 palabras como máximo, sobre el texto propuesto. b) La segunda parte tendrá también una duración de dos horas, y consistirá en la elaboración de un ensayo, de 300 palabras como máximo, sobre uno de los temas de estudio fijados cada dos años por la Comisión de seguimiento, a partir del programa de literatura relativo a las obras y autores de los siglos XIX, XX y XXI. 3. El ejercicio oral constará de dos partes y tendrá una duración de 40 minutos. a) La primera, de 20 minutos, la dedicará el alumno a la preparación de un tema a partir de un texto y/o documento gráfico propuesto, relacionado con los contenidos trabajados en el 2.º curso de bachillerato. b) La segunda, de 20 minutos, se dedicará a la evaluación de la comprensión y expresión oral, tanto individualmente como en interacción, a partir del documento propuesto. 4. Para cada ejercicio se propondrán dos opciones diferentes entre las que cada estudiante deberá elegir una. Artículo 5. Estructura y calificación de la prueba externa de Lengua y literatura francesas. 1. La prueba externa de Lengua y literatura francesas constará de un ejercicio escrito y otro oral. La calificación de esta prueba estará expresada en forma numérica de 0 a 10 puntos. 2. El ejercicio escrito tendrá una duración total de cuatro horas y constará de dos partes: a) La primera parte tendrá una duración de dos horas. A partir de un texto que podrá ir acompañado de un documento gráfico, el alumno o alumna deberá realizar un comentario respondiendo a unas cuestiones que permitan evaluar su comprensión, así como una redacción sobre el texto propuesto. b) La segunda parte tendrá también una duración de dos horas, y consistirá en la elaboración de un ensayo sobre uno de los temas de estudio fijados cada dos años por la Comisión de seguimiento, a partir del programa de literatura relativo a las obras y autores y autoras de los siglos XIX, XX y XXI. 3. El ejercicio oral constará de dos partes y tendrá una duración de entre 35 y 40 minutos. a) En la primera, de 20 minutos, el alumno o alumna preparará un tema a partir de un texto y/o documento gráfico propuesto, relacionado con el currículo de 2.º curso de Bachillerato. b) Durante la segunda, de entre 15 y 20 minutos, el tribunal evaluará la comprensión y expresión oral del alumno o alumna, quien actuará tanto individualmente como en interacción, a partir del documento propuesto. 4. Para cada ejercicio se propondrán dos opciones diferentes entre las que cada estudiante deberá elegir una. Se modifican los apartados 2 y 3 por el art. único.2 de la Orden EFP/935/2022, de 27 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-15953 Téngase en cuenta que esta modificación se implantará para primer curso de Bachillerato en el año académico 2022-2023, y para el segundo curso de Bachillerato, en el curso académico 2023-2024, según establece la disposición final 1 de la citada Orden. Artículo 6. Estructura y calificación de la prueba externa de Historia de España y de Francia. 1. La prueba externa de Historia de España y de Francia constará de un ejercicio escrito con dos partes y tendrá una duración total de cuatro horas. Las dos partes versarán sobre la Historia de los siglos XIX, XX y XXI de acuerdo con el currículo integrado de 2.º curso de Bachillerato. La calificación de esta prueba estará expresada en forma numérica de 0 a 10 puntos. 2. La primera parte tendrá una duración de dos horas, y consistirá en la realización de un comentario sobre un texto y/o un documento gráfico. 3. La segunda parte tendrá también una duración de dos horas, y consistirá en el desarrollo de un tema relacionado con el currículo integrado. 4. Para cada parte se propondrán dos opciones diferentes entre las que cada estudiante deberá elegir una. Artículo 7. Calificación global de la prueba externa. 1. La calificación global de la prueba externa será la media aritmética de las calificaciones de las materias específicas expresada en forma numérica de 0 a 10 puntos. 2. Según lo acordado por las Partes, para superar la prueba externa será necesario haber obtenido, como mínimo, una nota media igual o superior a 5 puntos en la calificación global, y una nota igual o superior a 5 puntos en la prueba específica de Lengua y literatura francesas. Artículo 8. Calificación final para la obtención del título de Baccalauréat. La calificación final para la obtención del título de Baccalauréat será el resultado de la media ponderada entre el 70 por ciento de la nota media de bachillerato y el 30 por ciento de la calificación global de la prueba externa, expresada en forma numérica de 0 a 10 puntos. Artículo 8. Calificación final para la obtención del título de Baccalauréat. 1. La calificación final del título de Baccalauréat se obtendrá mediante el procedimiento que determine el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en función de lo que hubieran previamente acordado las dos Partes. 2. En las actas de evaluación de bachillerato se hará constar, en su caso, la referencia expresa al Real Decreto 102/2010, de 5 de febrero, que regula las enseñanzas del currículo integrado. Se modifica por el art. único.2 de la Orden ECD/1961/2015, de 24 de septiembre. Ref. BOE-A-2015-10392 Artículo 8. Calificación final para la obtención del título de Baccalauréat. La calificación final para la obtención del título de Baccalauréat se calculará ponderando un 70 por ciento la nota media de bachillerato y un 30 por ciento la calificación global de la prueba externa. La nota resultante de dicha ponderación se expresará en forma numérica de 0 a 10 puntos, con dos decimales, redondeada a la centésima. Se modifica por el art. único.3 de la Orden EFP/935/2022, de 27 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-15953 Téngase en cuenta que esta modificación se implantará para primer curso de Bachillerato en el año académico 2022-2023, y para el segundo curso de Bachillerato, en el curso académico 2023-2024, según establece la disposición final 1 de la citada Orden. Se modifica por el art. único.2 de la Orden ECD/1961/2015, de 24 de septiembre. Ref. BOE-A-2015-10392 Artículo 9. Título de Baccalauréat para el alumnado de los centros docentes españoles. El alumnado de los centros docentes españoles que reúna las condiciones para la obtención del título de Bachiller y que supere también la prueba externa, según lo acordado por las Partes, será propuesto por el Ministerio de Educación de España al Ministerio de Educación de Francia para que le sea expedido el correspondiente título de Baccalauréat. De este requisito deberán ser informados los alumnos, las alumnas y sus padres antes de la iniciación de sus estudios. Artículo 10. Documentos de evaluación. 1. Para los alumnos que obtengan la doble titulación, tanto el expediente académico como el historial académico de Bachillerato, establecidos en el Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas, recogerán mediante diligencia incluida en el anexo II que el alumno ha superado las enseñanzas del currículo mixto y que ha alcanzado el nivel B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas en lengua francesa. 2. En las actas de evaluación de bachillerato se hará constar, en su caso, la referencia expresa al Real Decreto 102/2010, de 5 de febrero, que regula las enseñanzas del currículo integrado. Artículo 10. Documentos de evaluación. 1. Para los alumnos que obtengan la doble titulación, tanto el expediente académico como el historial académico de Bachillerato, establecidos en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, recogerán mediante diligencia incluida en el anexo II que el alumno ha superado las enseñanzas del currículo mixto y que ha alcanzado el nivel B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas en lengua francesa. 2. En las actas de evaluación de Bachillerato se hará constar, en su caso, la referencia expresa al Real Decreto 102/2010, de 5 de febrero, que regula las enseñanzas del currículo integrado. Se modifica por el art. único.3 de la Orden ECD/1961/2015, de 24 de septiembre. Ref. BOE-A-2015-10392 Artículo 10. Documentos de evaluación. 1. Para el alumnado que obtenga la doble titulación, tanto el expediente académico como el historial académico de Bachillerato, establecidos en el Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato, recogerán mediante diligencia incluida en el anexo II, que el alumno o alumna ha superado las enseñanzas del currículo mixto y que ha alcanzado el nivel B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas en lengua francesa. 2. En las actas de evaluación de Bachillerato se hará constar, en su caso, la referencia expresa al Real Decreto 102/2010, de 5 de febrero, que regula las enseñanzas del currículo integrado. Se modifica el apartado 1 por el art. único.4 de la Orden EFP/935/2022, de 27 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-15953 Téngase en cuenta que esta modificación se implantará para primer curso de Bachillerato en el año académico 2022-2023, y para el segundo curso de Bachillerato, en el curso académico 2023-2024, según establece la disposición final 1 de la citada Orden. Se modifica por el art. único.3 de la Orden ECD/1961/2015, de 24 de septiembre. Ref. BOE-A-2015-10392 Artículo 11. Admisión del alumnado en este programa. 1. Podrá ser admitido en este programa el alumnado que haya cursado la Educación secundaria obligatoria en una sección bilingüe hispano-francesa, el que haya efectuado toda o parte de su escolaridad obligatoria en el sistema educativo de un país de lengua francesa, así como el que pueda acreditar un nivel equivalente al B1, del Marco común europeo de referencia para las lenguas, en el uso de la lengua francesa al comienzo del Bachillerato. 2. De este requisito deberán ser informados los alumnos, las alumnas y sus padres antes de la iniciación de sus estudios en este programa. Artículo 12. Incorporación de los centros al programa. Las Administraciones educativas remitirán al Ministerio de Educación, antes del inicio de cada curso escolar, la relación de los centros que se proponen para su incorporación al programa. Asimismo, enviarán los listados del alumnado inscrito en el programa ordenados por centro y curso. Disposición adicional única. Acceso a la universidad española. El alumnado que haya obtenido el título de Baccalauréat en virtud del Real Decreto 102/2010, de 5 de febrero, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas acogidas al Acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat en centros docentes españoles, podrá acogerse al artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para acceder a las universidades españolas. Disposición adicional única. Acceso a la universidad española. El alumnado que haya obtenido el título de Baccalauréat en virtud del Real Decreto 102/2010, de 5 de febrero, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas acogidas al Acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat en centros docentes españoles, podrá acogerse a lo dispuesto en el apartado 1.c) de la disposición adicional trigésima tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, para acceder a las universidades españolas. Se modifica por el art. único.4 de la Orden ECD/1961/2015, de 24 de septiembre. Ref. BOE-A-2015-10392 Disposición adicional única. Acceso a la universidad española. El alumnado que haya obtenido el título de Baccalauréat en virtud del Real Decreto 102/2010, de 5 de febrero, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas acogidas al Acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat en centros docentes españoles, podrá acogerse a lo dispuesto en el apartado 1.b) de la disposición adicional trigésima tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, para acceder a las universidades españolas. Se modifica por el art. único.5 de la Orden EFP/935/2022, de 27 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-15953 Téngase en cuenta que esta modificación se implantará para primer curso de Bachillerato en el año académico 2022-2023, y para el segundo curso de Bachillerato, en el curso académico 2023-2024, según establece la disposición final 1 de la citada Orden. Se modifica por el art. único.4 de la Orden ECD/1961/2015, de 24 de septiembre. Ref. BOE-A-2015-10392 Disposición final primera. Título competencial. Esta orden, se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución, que reserva al Estado la competencia para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales. Disposición final segunda. Entrada en vigor. La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Madrid, 30 de julio de 2010.–El Ministro de Educación, Ángel Gabilondo Pujol. ANEXO I - A LENGUA Y LITERATURA FRANCESAS I. Introducción La lengua es el principal vehículo de comunicación entre los seres humanos; con ella expresamos conceptos, pero también vivencias, estados anímicos, deseos... a través de ella se nos ofrecen y ofrecemos todo tipo de mensajes. La lengua es indisociable de la personalidad, estructura y configura el pensamiento y la inteligencia. El conocimiento profundo de nuestra propia lengua tiene una enorme trascendencia en el desarrollo de nuestras capacidades; una persona se enriquece tanto más intelectualmente cuanto mejor domina la lengua en que se expresa, pues gracias a ese dominio, será capaz de establecer comunicaciones fluidas con los demás, de entender no sólo el sentido más evidente de los mensajes recibidos, sino también de identificar matices e interpretaciones, será capaz de descubrir sofismas, adulteración de ideas... En la medida en que un ser humano domine su lengua será más libre y podrá decidir mejor, por sí mismo, ante las alternativas de su propia vida. Además, quien habla bien tendrá, con seguridad, mayores oportunidades de éxito en el mundo profesional. Quien posee un vocabulario rico, matizado, quien vocaliza correctamente con una entonación adecuada en función de las situaciones de habla concretas, quien escribe de forma ordenada, con corrección ortográfica y con pulcritud, proyectará siempre una imagen positiva de sí mismo ante los demás. Si además esto ocurre con varias lenguas, las posibilidades de relacionarse con los demás se ven enormemente incrementadas. La mejora sustancial de los medios de comunicación y la rápida evolución, desarrollo y extensión de las tecnologías de la información y de la comunicación, el aumento de los intercambios culturales (programas europeos, becas para estudiantes, movilidad de profesores y de profesionales de muy distintos sectores) han propiciado un incremento de las relaciones internacionales sin precedente. Por otra parte, nuestros países se encuentran inmersos en el proceso de construcción europea, donde el conocimiento de otras lenguas comunitarias constituye un elemento clave para favorecer la libre circulación de personas y facilitar la cooperación cultural, económica, técnica y científica entre sus miembros. Hay que preparar, por tanto, alumnos y alumnas capaces de vivir y de comunicarse en un mundo cada vez más intercultural y plurilingüe. La enseñanza y el aprendizaje de las lenguas debe revestirse ante el alumnado de un interés y una importancia especiales. Para optimizar el aprendizaje de una lengua extranjera, en este caso la francesa, se requiere tener en cuenta los conocimientos lingüísticos previos de los alumnos en todas las lenguas que conocen, tanto maternas como extranjeras, con el fin de ayudarles a establecer conexiones que faciliten dicho aprendizaje. Las estructuras comunes a todas las lenguas, no son mecánicamente extrapolables, ni el enriquecimiento mutuo se produce de manera automática, sino que son fruto de una intervención sistemática que las propicie y que deberá ser potenciada. El alumnado que accede al bachillerato y que desea obtener la doble titulación debe poseer unos conocimientos de la lengua francesa que le permitan comprender textos claros en lengua estándar sobre cuestiones conocidas, desenvolverse, con algunas limitaciones, en situaciones habituales de comunicación, producir textos sencillos y coherentes describiendo experiencias, acontecimientos, deseos, así como justificar brevemente sus opiniones o explicar sus planes. El objetivo de esta materia en esta etapa post-obligatoria será, por tanto, que los alumnos desarrollen las destrezas discursivas adquiridas anteriormente, que enriquezcan su repertorio lingüístico y que amplíen los ámbitos de referencia, como el de las relaciones sociales habituales y el académico, potenciando especialmente aquellos contenidos relacionados con la lengua, literatura y cultura francesas y con la francofonía. El aprendizaje de la lengua francesa debe trascender el marco de los aprendizajes lingüísticos, debe ir más allá de la utilización de la lengua en contextos de comunicación. Su conocimiento deberá propiciar la formación del alumnado desde una perspectiva integral, favoreciendo el respeto, el interés y la comunicación con hablantes de otras culturas, desarrollando la conciencia intercultural, ya que es un vehículo para la comprensión de las cuestiones globales que nos afectan a todos y para la adquisición de estrategias de aprendizaje diversas. De este modo, esta materia contribuirá también a ampliar el horizonte personal del alumno, a favorecer su acercamiento a otras formas de vida y de organización social, le ayudará a conocer y a formar su opinión sobre temas que se comparten internacionalmente, a diversificar sus intereses profesionales y a consolidar unos valores sociales que favorezcan el encuentro, en un mundo en el que la comunicación internacional se hace cada vez más patente. El conocimiento de otras lenguas permite el conocimiento de otras culturas, es una puerta abierta a los otros, a otros tiempos por venir. El conocimiento de la lengua francesa es una puerta abierta a los intercambios culturales y comerciales con Francia, pero también con Bélgica, Suiza, Canadá, los países del Magreb, África…, a los Organismos Internacionales: UE, ONU... II. Objetivos y recomendaciones metodológicas Los objetivos específicos de la enseñanza de la Lengua y cultura francesas, para los alumnos que optan a la doble titulación de Bachiller y Baccalauréat son: Alcanzar el nivel de usuario independiente avanzado (B2 del MCERL), Conocer la literatura y la cultura francesas y de países francófonos, Adquirir unas competencias comunicativas y unos métodos de trabajo. En primer lugar, el aprendizaje del francés hasta conseguir un nivel B2 favorecerá la formación integral del individuo al proporcionar al alumnado un mejor dominio de la competencia lingüística y de su capacidad para estructurar su propio pensamiento; así como al mejorar sus facultades de enjuiciamiento y de imaginación. La enseñanza del francés lengua extranjera deberá ocuparse especialmente de la adquisición de conocimientos lingüísticos (comprensión, expresión y comunicación). Por otra parte, esta materia contribuirá a la constitución de una cultura francófona a través de la aproximación a las diversas manifestaciones culturales y de la lectura de textos de todas clases, principalmente de obras literarias relevantes. Finalmente, el estudio de la lengua y cultura francesas deberá plantearse como el desarrollo de unas competencias necesarias en distintas situaciones de comunicación, como una apertura a una herencia cultural, al diálogo entre culturas europeas, permitirá la reflexión sobre distintas opiniones y ejercitará la capacidad de argumentar; además de desarrollar la adquisición de unos métodos que favorezcan una mayor autonomía en los alumnos. Durante estos dos años de bachillerato, el objetivo prioritario es consolidar las adquisiciones anteriores, proporcionar los medios y los instrumentos más eficaces, dar a conocer nuevos métodos de trabajo, así como ampliar y profundizar las competencias y los conocimientos. III. Adquisición de competencias y de conocimientos lingüísticos Un conocimiento profundo de la lengua es la condición primera para poder acceder a los textos y formar el pensamiento. Representa una finalidad esencial y debe enriquecerse sin cesar, con el fin de dar respuesta a las necesidades de los alumnos y a las exigencias del examen. Al comenzar esta etapa el alumnado tendrá, al menos, un nivel similar al B1 del MCERL. Durante los dos cursos de bachillerato, su conocimiento del uso de la lengua se potenciará para que pueda alcanzar el nivel B2 previsto en el Acuerdo de doble titulación. La adquisición de competencias y de conocimientos lingüísticos se entiende tanto en situación de producción como de recepción, y tanto en la lengua escrita como en la oral. Estas competencias y conocimientos estarán siempre al servicio de una práctica razonada de la lengua. El profesor deberá realizar las revisiones necesarias, adaptar la progresión a las competencias y a los conocimientos de los alumnos, retomar el estudio de la morfología, de la sintaxis, del vocabulario y de la ortografía con el fin de profundizar en el conocimiento de la lengua. Potenciará una concepción activa y viva de la lengua, la forma y el alcance de los discursos, la toma de la palabra y el diálogo. Asegurará el conocimiento de los elementos y las estructuras de la frase y desarrollará progresivamente el estudio de los textos. Dicho estudio de textos y de obras debe tener en cuenta tres enfoques: la oración, el texto y el discurso. El profesor iniciará a los alumnos en la producción y en la recepción de las diferentes formas de discurso. Todo discurso adapta su organización, su léxico y sus procedimientos a una situación de comunicación identificada y a los efectos que pretende causar. El profesor enseñará, pues, los diferentes modos de comunicación que los alumnos van a necesitar, en el oral o en el escrito, en sus estudios o en su vida personal y social, en función de los destinatarios y de los objetivos que pretenden alcanzar. A lo largo del curso, el profesor velará por el desarrollo individual y colectivo de las competencias que favorezcan: La comprensión y la interpretación de textos y de documentos de épocas y de géneros variados; La producción de textos de géneros y de registros variados; La escucha y la toma de la palabra. Se trata de hacer de los alumnos personas capaces de alcanzar un nivel de excelencia en su manera de hablar y de escribir; para ello los profesores velarán por el aprendizaje de métodos que permitan al alumnado acceder paulatinamente a la autonomía. El francés lengua extranjera debe proponer una cultura activa, que es necesaria para que se desarrolle la curiosidad de los alumnos y alumnas, condición primera para favorecer el gusto por la lectura y por la expresión adecuada, así como por las letras y las lenguas. Para ello: Se fomentará la lectura: las lecturas abundantes y variadas son indispensables. Los alumnos deberán leer y trabajar, al menos, tres obras literarias y tres «conjuntos» de textos de temática común por curso, seleccionados entre los diferentes géneros literarios. Las producciones escritas y orales serán diversificadas, y permitirán una mejor comprensión de las lecturas, así como una mejora en el dominio de la lengua, de los discursos y de su capacidad de expresión. El trabajo sobre la lengua se realizará de manera coherente con los textos estudiados, pero también a partir de las producciones de los alumnos, de manera que se mejore el dominio de la lengua tanto por el análisis como por la práctica. IV. Adquisición de saberes y aproximación a una cultura La cultura –particularmente la cultura literaria, y en general la humanística– se conforma a través de las lecturas y del estudio comparativo de los textos entre sí. Ahora bien, exige además confrontarlos con otros lenguajes, entre los que cabe destacar el discurso de la imagen. Los saberes que se deben adquirir son los conocimientos relativos a la civilización de la Francia contemporánea, de la literatura francesa y de expresión francesa, y podrán incluir aspectos históricos en la medida en que hayan jugado un papel importante para nuestra época. Con el fin de evitar la dispersión y el detalle excesivo, el trabajo sobre los textos literarios se organizará en secuencias construidas sobre el estudio de obras integrales y de «conjuntos» de textos. Estos conjuntos o grupos de textos se formarán en función de su coherencia temática o plantearán una problemática común, podrán incluir textos no literarios, principalmente argumentativos, con la condición de que sean sustanciales y estén bien redactados. En cualquier caso los textos estudiados deberán situarse en su marco histórico-cultural. Los textos literarios ofrecen una materia muy variada para trabajos escritos y orales. Al iniciarse en su lectura, los alumnos descubrirán la riqueza expresiva de la lengua, y aprenderán a «leer» mejor todo tipo de textos. El profesor escogerá los que considere mejor adaptados a las necesidades, a las capacidades y a los intereses de los alumnos, en función de las indicaciones del programa y de los criterios siguientes: La progresión de los aprendizajes. El diálogo entre pasado y presente. El diálogo entre la civilización y la cultura francesas y españolas. La apertura a una cultura europea. La toma de conciencia de la existencia de los diferentes géneros literarios y formas del discurso. El estudio de los textos (obras integrales o conjuntos de textos) deberá realizarse a la luz de la historia o del contexto histórico y sociológico. V. Programa 1 A. La enseñanza de la lengua: consideraciones generales: La enseñanza de la Lengua y la literatura francesas en los dos años del bachillerato se concibe como una unidad pedagógica. Este programa propone el marco general y sistemático que define los conocimientos y las competencias lingüísticas que los alumnos deberán alcanzar. A lo largo del primer curso, el aprendizaje deberá estar dirigido fundamentalmente hacia la práctica y la ampliación de las competencias lingüísticas. Con esta perspectiva el profesor abordará los puntos enumerados a continuación. La progresión tendrá en cuenta que se trata de una lengua viva extranjera y que es necesario consolidar lo aprendido en la etapa anterior. A lo largo de estos dos años el objetivo fundamental será desarrollar y profundizar los conocimientos y las competencias lingüísticas. El contacto continuado con la literatura en francés es un instrumento esencial para alcanzar los conocimientos necesarios para el dominio de la lengua francesa. 1) Los profesores consultarán detenidamente las Instructions officielles de la enseñanza del francés en el liceo, así como los Documents d’accompagnement. El conjunto de textos reglamentarios, orientativos en este caso, figura en la página web EduSCOL del Ministère de l’Education Nationales: http://eduscol.education.fr/D0011/LLPDPR01.htm. A-1. Contenidos: 1. Escuchar, hablar y conversar: Escuchar y comprender: Comprender la idea general y específica, el tema, el contenido de un texto oral mantenido por otros (relato breve, conferencia, diálogo, debate…); Seguir las distintas etapas de una conversación o de una argumentación siempre que el tema sea relativamente conocido; Escuchar y comprender casi todas las noticias emitidas en diferido (radio, televisión...); Comprender la mayoría de las películas y canciones con un nivel de lengua estándar. Hablar y conversar: Tomar la palabra en público; respetando las reglas de cortesía y de pertinencia; Participar en un diálogo, un debate o una conversación con un nivel de fluidez y espontaneidad que permita la comunicación normal con hablantes nativos; Tener en cuenta los propósitos del otro y explicar un punto de vista, exponiendo las ventajas y los inconvenientes; Explicar un trabajo individual o colectivo (exposiciones, experiencias, demostraciones...) de manera clara y detallada sobre una amplia serie de temas relacionados con sus intereses; Reformular un texto o un mensaje leído o pronunciado por un tercero. Adaptar su mensaje (actitud y nivel de lengua) a la situación de comunicación (lugar, destinatario, efecto buscado); Expresarse con una pronunciación y una entonación adecuadas. 2. Leer y escribir: Leer y comprender: Manifestar una buena comprensión de textos variados: literarios, científicos, periodísticos, administrativos... Comprender las ideas esenciales de un texto leído y analizar los elementos constitutivos de une frase, un párrafo o un texto, con el fin de esclarecer su significado; Leer breves obras literarias integrales francesas y de expresión francesa, fundamentalmente de los siglos XX y XXI, y dar cuenta de su lectura; Comentar las formas, los efectos de estilo más relevantes y el propósito o intención de un texto o de una obra literaria integral; Leer en voz alta, de manera expresiva, un texto en prosa o en verso (con un ritmo y una entonación adecuados. Escribir: Escribir textos claros y detallados sobre una amplia serie de temas relacionados con sus intereses; Tomar notas y escribir cartas destacando el valor que se da a determinados hechos y experiencias Responder a una cuestión de manera argumentada exponiendo los motivos que apoyan o refutan una opinión particular; Redactar un trabajo coherente, bien estructurado, correctamente puntuado, respetando las consignas dadas (carta, informe, crítica, ensayo…); Adaptar el propósito o intención al destinatario y al efecto buscado; Respetar las reglas de ortografía léxica y gramatical; Respetar las consignas relativas a las diferentes evaluaciones certificativas. 3. Conocimiento de la lengua: La expresión escrita y la expresión oral deberán trabajarse constantemente a lo largo de los dos cursos del bachillerato. El enriquecimiento del léxico, el dominio de la ortografía y de la gramática deberán conducir a los alumnos a comprender y a verificar que el respeto de las reglas de expresión favorece un pensamiento preciso y un razonamiento riguroso. El alumno deberá adquirir progresivamente los instrumentos de la lengua como son el vocabulario, la gramática y la ortografía para poder leer, comprender y escribir textos en diferentes contextos; el dominio de los instrumentos de la lengua sirve igualmente en la práctica del oral, la comprensión de las palabras de los otros y la expresión personal. La expresión escrita y la expresión oral permiten la reutilización de los aprendizajes y la evaluación regular de los progresos de dicho aprendizaje. El léxico: Durante los años de formación en el bachillerato se desarrollará en el alumnado una buena competencia léxica, asegurando progresivamente la adquisición de un repertorio léxico cada vez más amplio. Los alumnos y alumnas deberán estar atentos a la elección de la palabra justa, del vocabulario pertinente que emplean, a las expresiones idiomáticas o coloquiales, e incluso a la polisemia de las palabras y a su connotación. En efecto, un vocabulario extenso y progresivamente enriquecido favorece el acceso a los textos y a las obras, así como la comunicación con los demás. Deberá trabajarse especialmente el vocabulario referido a la abstracción, la afectividad, y el léxico literario (géneros, registros, movimientos). La gramática: La competencia gramatical concierne dos niveles: la frase y el texto, en una dimensión discursiva. La gramática del discurso (que concierne a la vez el texto y la frase) participa en la construcción del contenido, y se desarrolla gracias a la lectura de textos, a los trabajos de escritura y a las diferentes formas de comunicación oral. La sintaxis y el análisis de la frase. Estaremos especialmente atentos a la estructuración de la oración compleja, con el dominio de los conectores sintácticos, como los que rigen las proposiciones principales y subordinadas en el interior de las frases: relaciones temporales y relaciones lógicas (causa / consecuencia / concesión / finalidad / comparación / suposición). El texto y la intención enunciativa. Se cuidará particularmente la organización del texto y todo lo que asegure su cohesión, fundamentalmente los términos de repetición (anáforas), las progresiones (tema intención) y las conexiones (encadenamientos de las frases de un mismo texto). Si consideramos el texto en su dimensión discursiva, es decir, la «puesta en práctica del lenguaje», se tendrán en cuenta tres criterios: el de la enunciación, el de la interacción y el del uso (del género, que codifica el discurso). La pronunciación. Se acordará una gran importancia a la corrección fonética. La pronunciación y la entonación deberán alcanzar una corrección suficiente que no entorpezca la comunicación. Sería conveniente utilizar algunos signos del alfabeto fonético internacional para mejorar la pronunciación de forma autónoma. Deberán reproducirse diferentes patrones de acentuación, ritmo y entonación, necesarios para la expresión y comprensión de distintas actitudes y sentimientos. La ortografía. Se cuidará el desarrollo de la competencia ortográfica a través de las lecturas y sobre todo de las producciones escritas variadas, con el fin de que el alumnado presente escritos que tengan el menor número posible de errores. La utilización del corrector ortográfico integrado en los programas de tratamiento de textos será objeto de un aprendizaje razonado. Se espera además un muy buen dominio de la presentación, de la organización de las ideas en párrafos y de la puntuación. En este aspecto, el recurso a los programas de tratamiento de textos será una ayuda muy valiosa. 4. Aspectos socio-culturales y conciencia intercultural: El interés por la lengua como instrumento de reflexión, de comunicación y de inserción en otras culturas potencia: la apertura a la comunicación, al diálogo y al debate; la consideración y el respeto hacia el interlocutor y hacia otros puntos de vista; el deseo de exactitud en la expresión escrita y oral; el gusto por el enriquecimiento del vocabulario y de las estructuras lingüísticas; el interés por la lectura y el conocimiento de obras literarias, filosóficas, prensa... de otros países; el reconocimiento de los efectos expresivos, los juegos de palabras, las metáforas, y de la fuerza emotiva de las lenguas. A-2. Lista de nociones para el estudio de la lengua: La lista de nociones prioritarias presentadas a continuación, tiene como finalidad ofrecer el marco general de los conceptos e instrumentos gramaticales, que pueden ser requeridos y utilizados en el bachillerato, y por tanto, en la prueba externa final. No se deberá perder de vista en ningún momento que la reflexión sobre la lengua es una herramienta de ayuda, para el perfeccionamiento en el uso de la misma, pero no debe ser nunca un fin en sí mismo. B. Textos. B-1. Textos literarios. El estudio de los textos se organizará, como se ha explicado anteriormente, mediante la selección para cada curso de tres de obras literarias completas y de tres conjuntos de textos o fragmentos en torno a una temática determinada escritos en lengua francesa. Se dará preferencia a los textos y autores más significativos, siempre que se encuentren al alcance de los alumnos. A lo largo de los dos años de bachillerato, los profesores deberán profundizar especialmente en ciertas etapas de la historia del pensamiento y de la historia de la literatura: el clasicismo, el siglo de las luces, el romanticismo, la modernidad y la literatura contemporánea. Se prestará un interés particular a la lectura de los textos de los siglos XIX, XX y XXI (se podrán recomendar los últimos premios literarios, por ejemplo, el «Goncourt des lycéens»). En función de las obras estudiadas, se añadirán algunas manifestaciones artísticas emblemáticas: Degas, Toulouse-Lautrec, Gauguin, Matisse, Monet, Manet, Van Gogh, Rodin, Camille Claudel, Satie, cine francés, cómic francés, belga... También podrán trabajarse de manera contrastada fragmentos de obras francesas y españolas con el fin de conocer las influencias, semejanzas y diferencias entre ambas culturas, tanto en literatura como en pintura, escultura, arquitectura, música, cine, cómic... La siguiente lista de obras se presenta a título indicativo, sin precisar en qué curso deberán ser incluidas, pues no se trata de hacer un estudio cronológico y exhaustivo de toda la historia de la literatura francesa, sino de profundizar en una selección de textos representativos que permita el conocimiento profundo de los principales movimientos literarios y que proporcione los conocimientos e instrumentos necesarios para su análisis. El profesor realizará la selección de obras y de conjuntos de textos o fragmentos, teniendo en cuenta la progresión de las competencias de comprensión y expresión y los intereses de los alumnos. En 2.º de Bachillerato deberán prepararse especialmente textos de los siglos XIX, XX y XXI, ya que hacen referencia a una realidad más próxima al alumnado, y que serán objeto de la prueba externa para la obtención de la doble titulación. 1. Narrativa: la novela, el relato corto y el cuento. Siglos XVI y XVII: Rabelais: Gargantua, Pantagruel (fragmentos) Perrault: Les Contes Siglo XVIII: Montesquieu: Les Lettres persanes (fragmentos) Voltaire: Contes Rousseau: La Nouvelle Héloïse (fragmentos) Bernardin de St Pierre: Paul et Virginie Prévost: Histoire du Chevalier des Grieux et de Manon Lescaut Lesage: Histoire de Gil Blas de Santillane (fragmentos) Diderot: Contes Siglo XIX: Hugo: Les Misérables (fragmentos) Stendhal: Le Rouge et le Noir, La Chartreuse de Parme Balzac: Eugénie Grandet, Le Père Goriot, La Cousine Bette Dumas: Les Trois mousquetaires Mérimée: La Vénus d’Ille, Carmen Théophile Gautier: Contes et récits fantastiques Flaubert: Madame Bovary Zola: L’Assommoir, Germinal, Thérèse Raquin Jules Verne: Le Tour du monde en 80 jours Siglos XX y XXI: Proust: Un Amour de Swann (fragmentos) Saint- Exupéry: Le petit prince, Vol de nuit, Terre des hommes Camus: L’Etranger, La Peste Gide: La symphonie pastorale Simenon: Le Chien Jaune, Le Bourgmestre de Furnes Albert Cohen: Les valeureux, Le livre de ma mère (fragmentos) Tournier: Vendredi ou les limbes du Pacifique Le Clézio: Mondo et autres histoires, La Ronde et autres faits divers, Le chercheur d’or…. Duras: Un Barrage contre le Pacifique Yourcenar: Mémoires d’Hadrien, Nouvelles orientales Raymond Queneau: Zazie dans le métro Boris Vian: L’Écume des jours Modiano: La ronde de nuit, Villa triste Pennac: La petite marchande de prose, Chagrin d’école Ben Jelloun: L’Enfant de sable, La Nuit sacrée Maalouf: Léon l’Africain Nothomb: Stupeur et tremblements Dai Sijie: Balzac et la petite tailleuse chinoise Assia Djebar: Nulle part dans la maison de mon père Éric-Emmanuel Schmitt: Monsieur Ibrahim et les fleurs du Coran Irène Némirovsky: Suite française Anna Gavalda: Ensemble, c’est tout Pascal Quignard: Tous les matins du monde Sylvie Germain: Magnus, Le Livre des nuits 2. Teatro: Siglo XVII: Corneille: Le Cid Molière: Le Malade imaginaire, L’Avare, Dom Juan, Tartuffe Racine: Phèdre, Andromaque, Bérénice Siglo XVIII: Beaumarchais: Le Barbier de Séville, Le Mariage de Figaro Siglo XIX: Hugo: Ruy Blas, Hernani Rostand: Cyrano de Bergerac Siglos XX y XXI: Giraudoux: La Guerre de Troie n’aura pas lieu, Electre Anouilh: Le voyageur sans bagages, Antigone Ionesco: Rhinocéros, La Cantatrice chauve, Le Roi se meurt Sartre: Les Mouches, Huis clos, Les Mains sales Beckett: En attendant Godot Yasmina Reza: Art Nathalie Sarraute: Pour un oui ou pour un non 3. Poesía: Siglos XVI y XVII: Du Bellay; Ronsard; La Fontaine Siglo XIX: Hugo; Musset; Lamartine; Baudelaire; Verlaine; Rimbaud Siglos XX y XXI: Apollinaire; Valéry; Eluard; Aragon; Breton; Desnos; Prévert; Michaux; Ponge; Bonnefoy; S. Senghor; A. Césaire… 4. Autobiografía: Rousseau: Les Confessions (fragmentos), Les Rêveries du promeneur solitaire Chateaubriand: Mémoires d’Outre-tombe (fragmentos) Sartre: Les Mots (fragmentos) Perec: W ou le souvenir d’enfance (fragmentos) Andréï Makine: Le Testament français Sarraute: Enfance (fragmentos) Patrick Chamoiseau: Une enfance créole 5. Ensayo literario o filosófico, textos argumentativos o de civilización Voltaire: Lettres philosophiques, Dictionnaire philosophique (fragmentos) L’Encyclopédie (artículos) Rousseau: Discours sur l’origine et le fondement de l’inégalité parmi les hommes (fragmentos) Valéry: Regards sur le monde actuel (fragmentos) Sartre: L’existentialisme est un humanisme (fragmentos) Camus: Le Mythe de Sisyphe (fragmentos) Antonin Artaud: Le théâtre et son double Lévi-Strauss: Tristes Tropiques Tzvetan Todorov: Nous et les autres B-2. Textos y civilización: En relación con los textos literarios, se trabajarán también algunos textos no literarios que traten sobre la civilización francesa, en lo que tiene de particular, pero también en lo que tiene de universal; siguiendo el principio de agrupación de textos por su unidad temática o problemática. Para la elección de los temas, se dará prioridad a los que proporcionen un mejor conocimiento de Francia y de la francofonía, a través de su historia y de su cultura. En este marco, se pondrán de manifiesto las diferencias, pero también todos los aspectos comunes que nos aproximan. Para la preparación de la prueba oral, que tendrá un enfoque de FLE, se recomienda proponer textos diversos, en diferentes soportes, sobre temas como: La prensa y los medios de comunicación: reflejo de la vida contemporánea; La actualidad política, social y económica en Francia, España y Europa en general; La vida cotidiana en Francia: estudios, cultura, ocio, deportes, gastronomía... La familia, la educación; La francofonía; colonización, descolonización; migración; globalización; Los grandes retos europeos: cultura, transporte, energía, desarrollo sostenible… C. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación de la materia específica Lengua y literatura francesas serán los mismos que los de Lengua extranjera en bachillerato, teniendo en cuenta que al finalizar dicha etapa el alumnado deberá alcanzar el nivel de usuario avanzado o independiente (B2), establecido en el Marco de referencia europeo y requerido en la prueba específica para lograr la titulación francesa de Baccalauréat. La escala global de los niveles comunes de referencia dispone, para este nivel, que el alumno será capaz de entender las ideas principales de textos complejos que traten de temas tanto concretos como abstractos, incluso si son de carácter técnico, siempre que estén dentro de su campo de especialización; que podrá relacionarse con hablantes nativos con un grado suficiente de fluidez y naturalidad, de modo que la comunicación se realice sin esfuerzo por parte de ninguno de los interlocutores; que podrá producir textos claros y detallados sobre temas diversos, así como defender un punto de vista sobre temas generales, indicando los pros y los contras de las distintas opciones. ANEXO I - A LENGUA Y LITERATURA FRANCESAS I. Introducción La lengua es el principal vehículo de comunicación entre los seres humanos; con ella expresamos conceptos, pero también vivencias, estados anímicos, deseos... a través de ella se nos ofrecen y ofrecemos todo tipo de mensajes. La lengua es indisociable de la personalidad, estructura y configura el pensamiento y la inteligencia. El conocimiento profundo de nuestra propia lengua tiene una enorme trascendencia en el desarrollo de nuestras capacidades; una persona se enriquece tanto más intelectualmente cuanto mejor domina la lengua en que se expresa, pues gracias a ese dominio, será capaz de establecer comunicaciones fluidas con los demás, de entender no sólo el sentido más evidente de los mensajes recibidos, sino también de identificar matices e interpretaciones, será capaz de descubrir sofismas, adulteración de ideas... En la medida en que un ser humano domine su lengua será más libre y podrá decidir mejor, por sí mismo, ante las alternativas de su propia vida. Además, quien habla bien tendrá, con seguridad, mayores oportunidades de éxito en el mundo profesional. Quien posee un vocabulario rico, matizado, quien vocaliza correctamente con una entonación adecuada en función de las situaciones de habla concretas, quien escribe de forma ordenada, con corrección ortográfica y con pulcritud, proyectará siempre una imagen positiva de sí mismo ante los demás. Si además esto ocurre con varias lenguas, las posibilidades de relacionarse con los demás se ven enormemente incrementadas. La mejora sustancial de los medios de comunicación y la rápida evolución, desarrollo y extensión de las tecnologías de la información y de la comunicación, el aumento de los intercambios culturales (programas europeos, becas para estudiantes, movilidad de profesores y de profesionales de muy distintos sectores) han propiciado un incremento de las relaciones internacionales sin precedente. Por otra parte, nuestros países se encuentran inmersos en el proceso de construcción europea, donde el conocimiento de otras lenguas comunitarias constituye un elemento clave para favorecer la libre circulación de personas y facilitar la cooperación cultural, económica, técnica y científica entre sus miembros. Hay que preparar, por tanto, alumnos y alumnas capaces de vivir y de comunicarse en un mundo cada vez más intercultural y plurilingüe. La enseñanza y el aprendizaje de las lenguas debe revestirse ante el alumnado de un interés y una importancia especiales. Para optimizar el aprendizaje de una lengua extranjera, en este caso la francesa, se requiere tener en cuenta los conocimientos lingüísticos previos de los alumnos en todas las lenguas que conocen, tanto maternas como extranjeras, con el fin de ayudarles a establecer conexiones que faciliten dicho aprendizaje. Las estructuras comunes a todas las lenguas, no son mecánicamente extrapolables, ni el enriquecimiento mutuo se produce de manera automática, sino que son fruto de una intervención sistemática que las propicie y que deberá ser potenciada. El alumnado que accede al bachillerato y que desea obtener la doble titulación debe poseer unos conocimientos de la lengua francesa que le permitan comprender textos claros en lengua estándar sobre cuestiones conocidas, desenvolverse, con algunas limitaciones, en situaciones habituales de comunicación, producir textos sencillos y coherentes describiendo experiencias, acontecimientos, deseos, así como justificar brevemente sus opiniones o explicar sus planes. El objetivo de esta materia en esta etapa post-obligatoria será, por tanto, que los alumnos desarrollen las destrezas discursivas adquiridas anteriormente, que enriquezcan su repertorio lingüístico y que amplíen los ámbitos de referencia, como el de las relaciones sociales habituales y el académico, potenciando especialmente aquellos contenidos relacionados con la lengua, literatura y cultura francesas y con la francofonía. El aprendizaje de la lengua francesa debe trascender el marco de los aprendizajes lingüísticos, debe ir más allá de la utilización de la lengua en contextos de comunicación. Su conocimiento deberá propiciar la formación del alumnado desde una perspectiva integral, favoreciendo el respeto, el interés y la comunicación con hablantes de otras culturas, desarrollando la conciencia intercultural, ya que es un vehículo para la comprensión de las cuestiones globales que nos afectan a todos y para la adquisición de estrategias de aprendizaje diversas. De este modo, esta materia contribuirá también a ampliar el horizonte personal del alumno, a favorecer su acercamiento a otras formas de vida y de organización social, le ayudará a conocer y a formar su opinión sobre temas que se comparten internacionalmente, a diversificar sus intereses profesionales y a consolidar unos valores sociales que favorezcan el encuentro, en un mundo en el que la comunicación internacional se hace cada vez más patente. El conocimiento de otras lenguas permite el conocimiento de otras culturas, es una puerta abierta a los otros, a otros tiempos por venir. El conocimiento de la lengua francesa es una puerta abierta a los intercambios culturales y comerciales con Francia, pero también con Bélgica, Suiza, Canadá, los países del Magreb, África…, a los Organismos Internacionales: UE, ONU... II. Objetivos y recomendaciones metodológicas Los objetivos específicos de la enseñanza de la Lengua y cultura francesas, para los alumnos que optan a la doble titulación de Bachiller y Baccalauréat son: Alcanzar el nivel de usuario independiente avanzado (B2 del MCERL), Conocer la literatura y la cultura francesas y de países francófonos, Adquirir unas competencias comunicativas y unos métodos de trabajo. En primer lugar, el aprendizaje del francés hasta conseguir un nivel B2 favorecerá la formación integral del individuo al proporcionar al alumnado un mejor dominio de la competencia lingüística y de su capacidad para estructurar su propio pensamiento; así como al mejorar sus facultades de enjuiciamiento y de imaginación. La enseñanza del francés lengua extranjera deberá ocuparse especialmente de la adquisición de conocimientos lingüísticos (comprensión, expresión y comunicación). Por otra parte, esta materia contribuirá a la constitución de una cultura francófona a través de la aproximación a las diversas manifestaciones culturales y de la lectura de textos de todas clases, principalmente de obras literarias relevantes. Finalmente, el estudio de la lengua y cultura francesas deberá plantearse como el desarrollo de unas competencias necesarias en distintas situaciones de comunicación, como una apertura …

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