📄 Texto legal
200
ok
La Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, establece que uno de los tres instrumentos de planificación y coordinación del Sistema Nacional de Empleo (en adelante, e indistintamente, Sistema Nacional de Empleo o SNE) es la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo (en adelante, e indistintamente, Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo, Estrategia o EEAAE), junto con el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno (en adelante, PAFED) y el Sistema Público Integrado de Información de los Servicios de Empleo (en adelante, SISPE). Asimismo, indica que, en el ejercicio de las competencias definidas en su artículo 12, el Gobierno aprobará la Estrategia a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social y que se elaborará en colaboración con los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas y con la participación de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas. Asimismo, se informará por el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo y por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales. Además, se consultarán los Consejos del Trabajo Autónomo y de Fomento de la Economía Social en relación con las actuaciones de promoción del trabajo autónomo y de la economía social.
La nueva Estrategia se asienta, por tanto, sobre la reforma del marco normativo de la política de empleo que se ha llevado a cabo estos últimos tres años. En primer lugar, la Ley 3/2023, de 28 de febrero, reguló los servicios garantizados, directamente ligados a la mejora e innovación de la política de empleo, y desarrolló los elementos inspiradores centrados en su enfoque en favor de las personas y de las empresas, mediante el acompañamiento profesional a lo largo de toda la vida laboral para las personas trabajadoras y para las empresas, particularmente las pequeñas y medianas.
En segundo lugar, la aprobación del Real Decreto 438/2024, de 30 de abril, por el que se desarrollan la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo y los servicios garantizados establecidos en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, en concreto, en su título IV, tanto los dirigidos a las personas como a las empresas, sirvió para consolidar con carácter general todos los aspectos esenciales de la mejora de las políticas activas de empleo.
Así, la presente Estrategia es la primera planificación plurianual que se realiza en el marco de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, por lo que debe ser coherente con la consideración de las políticas activas de empleo como políticas públicas asociadas al ejercicio de derechos garantizados para la ciudadanía y las empresas. En este sentido, la nueva Estrategia no sólo responderá a las recomendaciones del Pilar Social Europeo y a los marcos de referencia internacionales sobre el papel que deben asumir los servicios públicos de empleo para asegurar las transiciones laborales justas y eficientes, sino que garantizará el ejercicio efectivo de los derechos previstos legalmente mediante recursos y actuaciones de carácter estable y suficiente.
Para la materialización de este enfoque, a diferencia de la EEAAE 2021-2024, que debía priorizar las reformas normativas, esta nueva Estrategia se focalizará en asegurar el ejercicio de los derechos de los usuarios, personas y empresas, y, por tanto, en desplegar los servicios previstos en la Cartera Común regulada en el Real Decreto 438/2024, de 30 de abril.
Igualmente, es la primera Estrategia que cuenta para su elaboración con una evaluación de las políticas de empleo implementadas en la Estrategia anterior, conforme a lo indicado en el título VI de la Ley 3/2023, de 28 de febrero.
La evaluación de las estrategias, planes y medidas de política pública constituye un elemento esencial que acompaña todo su ciclo de vida y la puesta en marcha de las actuaciones derivadas de las mismas.
La Ley 3/2023, de 28 de febrero, establece los principios básicos para el seguimiento y evaluación de la Estrategia y del PAFED, así como, hasta 2022, del denominado Plan Anual de Política de Empleo (en adelante, PAPE) para el desempeño del conjunto de servicios públicos de empleo y de la calidad del servicio de empleo.
El desarrollo de la EEAAE 2021-2024 se vio acompañado del despliegue de distintos procesos de evaluación: la evaluación de los PAPE 2021 y 2022 y la evaluación intermedia de la EEAAE 2021-2024. Entre 2024 y 2025 se concluirá el proceso evaluativo impulsado por el Servicio Público de Empleo Estatal, con la publicación de las evaluaciones finales del PAFED 2023, PAFED 2024 y la EEAAE 2021-2024. Estas iniciativas responden a la voluntad del pleno desarrollo de las evaluaciones como objetivo esencial dentro del proceso de transformación y modernización de las políticas activas de empleo, impulsado por el Servicio Público de Empleo Estatal en colaboración con los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas y los interlocutores sociales.
En un sentido amplio, este objetivo forma parte de la promoción de una verdadera cultura de la evaluación y de su paulatina sistematización a nivel estatal en el conjunto de las políticas públicas, en el marco de la Ley 27/2022, de 20 de diciembre, de institucionalización de la evaluación de políticas públicas en la Administración General del Estado.
En la previsión de las medidas incorporadas en la nueva Estrategia, se ha tenido en cuenta asimismo la experiencia en la gestión y ejecución de las inversiones financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, como la justificación por hitos o la intensidad de los incentivos y acompañamientos.
Para el despliegue de la Estrategia 2025-2028, se cuenta, de un modo determinante, con la Red de Centros Públicos de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación (en adelante, Red COE), creada en el marco de la inversión 5 del componente 23 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y que se ha constituido como una red de encuentro físico y virtual del personal que desempeña la tarea de la orientación laboral del Sistema Nacional de Empleo y de la red de profesionales de la orientación laboral que, prestando servicios en distintas entidades públicas y privadas que están fuera del SNE, suman sus conocimientos y experiencias, al tiempo que comparten la formación e información de toda la Red COE. Los COE se han conformado de este modo como un instrumento imprescindible para desarrollar cualquiera de las medidas previstas en la Estrategia que contenga un componente de innovación.
También como novedad, en la Estrategia 2025-2028 se comprometen y concretan seis metas generales: la mejora de la empleabilidad; la mejora de la intermediación; el aumento de la cobertura en la atención a las personas perceptoras de prestaciones; la consolidación y mejora de la calidad de las redes de orientación profesional; el incremento de la participación en la formación; y, por último, el impulso y sistematización de la atención a las empresas.
Con respecto a la Estrategia anterior, se cuenta asimismo con una mayor fortaleza y desarrollo en la innovación tecnológica, contando con nuevas herramientas que potenciarán la calidad y cantidad del trabajo, especialmente en el ámbito del perfilado de servicios, en la detección de necesidades formativas y en la interoperabilidad con distintas instituciones y bases de datos.
Los PAFED a través de los que la Estrategia 2025-2028 se vaya implementando, tendrán también mayor flexibilidad en el marco financiero, fruto de las previsiones contenidas en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, que contiene una fórmula de financiación plurianual que permite la previsión de regular programas y servicios de empleo por parte de los distintos servicios públicos de empleo autonómicos más allá del ciclo anual presupuestario.
Las medidas propuestas están alineadas asimismo con una nueva situación laboral, caracterizada por la mejora de los indicadores cuantitativos y cualitativos del mercado de trabajo, que se traducen en el notable incremento de la contratación indefinida y de un mayor peso de las actividades económicas de mayor valor añadido.
Sin embargo, los enormes retos que plantea este siglo XXI, con el triple desafío demográfico, verde y digital, requieren un nuevo impulso del diálogo social y la necesidad de adaptación de las políticas activas de empleo a sus exigencias. Por una parte, porque las políticas activas de empleo son un elemento sustancial para acompañar a las personas en las transiciones laborales, a través de la orientación, el reciclaje profesional y el acceso a las oportunidades de empleo durante la vida laboralmente activa. Por otra, porque son un complemento imprescindible de las políticas de protección del empleo y un instrumento útil para evitar la cronificación de las situaciones de exclusión laboral, al tiempo que constituyen un elemento necesario para el éxito de los procesos de transformación productiva.
La Ley 3/2023, de 28 de febrero, establece en su artículo 50 los colectivos de atención prioritaria para la política de empleo, debiéndose incluir en los mismos a las personas cuidadoras de personas enfermas de ELA, de acuerdo a lo indicado en la disposición adicional tercera de la Ley 3/2024, de 30 de octubre, para mejorar la calidad de vida de personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible. Para todos estos colectivos, las políticas activas de empleo contribuyen a garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, actuando sobre las causas de la menor empleabilidad como son los desajustes en la cualificación, las dificultades para adquirir experiencia profesional o habilidades para la búsqueda y el mantenimiento de la ocupación. Son también un instrumento útil para la mejora de la cohesión territorial, cuando se concentran preferentemente en las zonas afectadas por crisis sectoriales o deslocalización productiva y, por tanto, con menores oportunidades de empleo y mayor riesgo de despoblación. Unas políticas activas coherentes con el proceso de transformación productiva, orientadas a resultados, sostenidas sobre el apoyo y el aumento de las capacidades de los servicios públicos de empleo y con una nueva gobernanza reforzada.
Por todo ello, a partir de esta Estrategia, se elaborará en el seno del diálogo social una estrategia global en favor de las personas en desempleo de larga duración y de más edad, se aprobará un Plan de Empleo Juvenil, y el primer Plan de Empleo para el Pueblo Gitano.
La Estrategia 2025-2028 incorpora también la perspectiva de género en todas sus dimensiones. Adicionalmente, incluye como anexo I el Plan Estratégico de Transversalización de la Igualdad en las Políticas Activas de Empleo, que recoge la propuesta de trabajo en materia de igualdad del Sistema Nacional de Empleo y se concibe como un plan director, de carácter estratégico, cuya finalidad es orientar la intervención de los servicios públicos de empleo que integran el SNE, para que contribuyan de forma efectiva a eliminar las brechas de género en el acceso, mantenimiento y promoción de mujeres y hombres en el empleo. Junto a este, la Estrategia incorpora otros tres anexos: el anexo II, que recoge el Plan de Actuación para la Mejora de la Empleabilidad de la Población Gitana; el anexo III, con la Estrategia Global para el Empleo para Personas Trabajadoras Desempleadas de Larga Duración o de Más Edad; y el anexo IV, que presenta el Plan de Empleo en favor de las Personas Jóvenes.
A partir de un diagnóstico compartido, la Estrategia 2025-2028 determina el marco conceptual y organizativo al que deberán referirse todas las actuaciones que se lleven a cabo en el seno del Sistema Nacional de Empleo en materia de políticas de activación y formación en el trabajo, así como los principios, los objetivos comunes, tanto estratégicos como operativos, las medidas a desarrollar y los recursos financieros con los que se prevé contar para el cumplimiento de los citados objetivos y medidas.
Cumple, por tanto, un papel vertebrador de las estrategias individuales de cada uno de los servicios públicos de empleo, en lo que se refiere a la intermediación entre oferta y demanda de empleo y al diseño y gestión de las políticas activas de empleo, en tanto que corresponde a los distintos agentes que constituyen el Sistema Nacional de Empleo determinar las actuaciones concretas a desarrollar para alcanzar los objetivos fijados en la propia Estrategia, en el marco de los principios y con los recursos que ésta también prevé.
En este nuevo contexto, las políticas activas de empleo se han convertido en un mecanismo básico para mejorar las condiciones de empleabilidad de las personas trabajadoras y en una palanca de transformación ante los cambios. Este segundo elemento es especialmente importante, pues las políticas de empleo pueden contribuir de forma eficaz en los procesos de transformación y adaptación de las empresas y de los sectores productivos, acompañando los tránsitos laborales y la incorporación de nuevas tecnologías que estimulen la actividad económica y la creación de empleo y permitan compatibilizar las necesidades que están apareciendo en sectores esenciales, como son los de digitalización, economía verde, investigación, cuidados y servicios a la comunidad, entre otros.
En definitiva, poner todos los recursos económicos, técnicos y humanos del conjunto de las políticas activas para la creación y mejora de la empleabilidad constituye un paso esencial en la estrategia de seguir transformando el país. Esta voluntad política, social y económica de impulso y mejora de las políticas activas de empleo debe concretarse a nivel presupuestario y plasmarse en los instrumentos de planificación estratégica, específicamente en esta nueva Estrategia.
Finalizada la vigencia de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024, aprobada por el Real Decreto 1069/2021, de 4 de diciembre, procede, en sustitución, la aprobación mediante este real decreto de una nueva Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo, que se desarrollará durante el periodo 2025-2028.
La Estrategia establece dos tipos de objetivos, que se recogerán en los Planes Anuales para el Fomento del Empleo Digno.
En primer lugar, la Estrategia establece objetivos estratégicos que incluyen, a su vez, objetivos operativos que facilitan la implantación progresiva de las medidas correctoras o innovadoras a desarrollar durante su periodo de vigencia. Esta estructura facilita la planificación estratégica y la temporalización de las actuaciones necesarias para la modernización de las políticas activas de empleo e invita a compartir la visión global para su impulso.
En concreto, se han formulado ocho objetivos estratégicos como son: promover la implementación de los servicios garantizados a las personas; proporcionar actuaciones y programas adaptados a colectivos clave; situar a los servicios públicos de empleo como agentes de intermediación de referencia; promover el acompañamiento integral a las empresas; incrementar las capacidades de los servicios públicos de empleo; promover la participación con las entidades colaboradoras de los servicios públicos de empleo; incrementar el alcance y la relevancia de la igualdad entre mujeres y hombres en el marco normativo y programático de las políticas activas de empleo y en los programas y servicios comunes y propios; y, por último, contribuir a la eliminación de las desigualdades en el empleo y de la segregación ocupacional e institucionalizar la evaluación y mejorar la planificación y los instrumentos en las políticas de empleo, facilitando el análisis del mercado de trabajo con sistemas de recogida, valoración y difusión de la información y sus resultados.
En segundo lugar, la Estrategia establece los objetivos operativos, incluidos en los objetivos estratégicos que facilitan la implantación progresiva de las medidas correctoras o innovadoras a desarrollar durante su periodo de vigencia.
En tercer lugar, los objetivos operativos se agrupan en torno a los siete ejes sobre los que se articula la Estrategia, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, y que son la orientación, la formación, las oportunidades de empleo, las oportunidades de empleo para personas con discapacidad, la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, el emprendimiento y la mejora del marco institucional.
Asimismo, esta Estrategia plurianual requiere de un procedimiento eficaz de evaluación permanente que permita sistematizar el seguimiento en su aplicación y la obtención de resultados, así como proponer los cambios y ajustes necesarios de la misma a lo largo de su vigencia.
Sin perjuicio de las actuaciones específicas en materia de seguimiento y evaluación promovidas por los servicios públicos de empleo autonómicos en su ámbito territorial, el modelo integrado de seguimiento y evaluación de las políticas activas de empleo se estructurará en el seguimiento y evaluación de la Estrategia 2025-2028 y su concreción anual a través de los PAFED; en el seguimiento y evaluación de la atención de las personas y las empresas a través de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo; en la evaluación del desempeño de los servicios públicos de empleo; y en evaluaciones externas e independientes de las políticas activas de empleo y de sus diferentes instrumentos.
La aprobación de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028, corresponde al Gobierno, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, y se lleva a cabo mediante este real decreto, que ha sido sometido a informe de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, del Consejo General del Sistema Nacional de Empleo, así como de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.
El artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que, en el ejercicio de la potestad reglamentaria, las administraciones públicas actuarán de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
La adecuación de este real decreto a los principios de necesidad y eficacia deriva de la defensa del interés general, materializado en la necesidad de modernización de las políticas activas de empleo a través de la planificación estratégica y temporalización de las actuaciones necesarias.
De otra parte, este real decreto da cumplimiento estricto al principio de proporcionalidad, toda vez que incorpora la Estrategia 2025-2028, esto es, el contenido imprescindible para dar cumplimiento al artículo 12 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero.
Resulta adecuado al principio de seguridad jurídica puesto que se adopta de forma coherente con el artículo 12 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, contribuyendo a reforzar la certidumbre y claridad del ordenamiento jurídico. Asimismo, resulta coherente con el resto del ordenamiento jurídico.
Asimismo, este real decreto cumple con el principio de transparencia, quedando su justificación expresada en esta parte expositiva, junto con la referencia a su estructura y contenido; Se ha sometido a los trámites de consulta pública previa y de audiencia e información pública, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, a fin de posibilitar la participación de los potenciales destinatarios y obtener cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.
Por último, el real decreto cumple con el principio de eficiencia, dado que su aplicación no impone cargas administrativas innecesarias o accesorias y permite una gestión eficiente de los recursos públicos.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Trabajo y Economía Social, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de julio de 2025,
DISPONGO:
Artículo único. Aprobación de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028.
Se aprueba la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028, que constituye el marco normativo para la coordinación y ejecución de las políticas activas de empleo e intermediación laboral en el conjunto del Estado, cuyo texto se incluye como anexo al presente real decreto.
Disposición adicional única. No incremento de gasto público.
El desarrollo de la Estrategia recogido en este real decreto no implica por sí mismo incremento de gasto público, ni incremento de dotaciones, ni otros gastos de personal, ni disminución de ingreso alguno para la Hacienda Pública Estatal y se llevará a cabo con las disponibilidades presupuestarias existentes.
Disposición transitoria única. Devolución de fondos procedentes de ejercicios anteriores.
1. En el caso de existir fondos comprometidos en los años 2012 y 2013, procedentes de cantidades asignadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, que no se hubieran abonado por parte de las comunidades autónomas a los beneficiarios y proveedores que hubieran ejecutado o realizado los proyectos objeto de financiación, se devolverán al Servicio Público de Empleo Estatal en los supuestos previstos en el apartado 8 de la Estrategia Española de Empleo 2012-2014, aprobada por el Real Decreto 1542/2011, de 31 de octubre.
2. Si las cantidades comprometidas pendientes de pago efectivo proceden de los años 2014 a 2016, en el mismo supuesto mencionado en el párrafo anterior, la devolución al Servicio Público de Empleo Estatal se realizará de conformidad con lo dispuesto en el apartado 6 de la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016, aprobada por el Real Decreto 751/2014, de 5 de septiembre.
3. Respecto de las cantidades comprometidas pendientes de pago efectivo procedentes de los años 2017 a 2020, la devolución al Servicio Público de Empleo Estatal se realizará de conformidad con lo dispuesto en el apartado 6 de la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2017-2020, aprobada por el Real Decreto 1032/2017, de 15 de diciembre, en relación con la gestión de los fondos procedentes de los Presupuestos Generales del Estado por las comunidades autónomas.
4. Respecto de las cantidades comprometidas pendientes de pago efectivo procedentes de los años 2021 a 2024, la devolución al Servicio Público de Empleo Estatal se realizará de conformidad con lo dispuesto en el capítulo VII de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024, aprobada por el Real Decreto 1069/2021, de 4 de diciembre, en relación con la gestión de los fondos procedentes de los Presupuestos Generales del Estado por las comunidades autónomas.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Queda derogado el Real Decreto 1069/2021, de 4 de diciembre, por el que se aprueba la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024.
Disposición final primera. Títulos competenciales.
Este real decreto se dicta al amparo del título competencial previsto en el artículo 149.1.7.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación laboral; sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las comunidades autónomas. Asimismo, las referencias contenidas a los servicios y programas de fomento del empleo, se dictan al amparo del artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española, sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Se autoriza a la persona titular del Ministerio de Trabajo y Economía Social para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de este real decreto.
Asimismo, se faculta a la persona titular de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, en el ámbito de sus competencias, para dictar cuantas resoluciones sean precisas para la aplicación de este real decreto.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 15 de julio de 2025.
FELIPE R.
La Vicepresidenta Segunda del Gobierno
y Ministra de Trabajo y Economía Social,
YOLANDA DÍAZ PÉREZ
ESTRATEGIA ESPAÑOLA DE APOYO ACTIVO AL EMPLEO 2025-2028
CAPÍTULO I
Situación de partida para la puesta en marcha de la nueva Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028
1. Introducción
Con la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo y su desarrollo reglamentario con el Real Decreto 438/2024, de 30 de abril, por el que se desarrollan la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo y los Servicios Garantizados de la misma ley, se ha plasmado el compromiso público, social y político por el empleo digno y por el desarrollo profesional de todas las personas, en particular aquellas en situación de vulnerabilidad laboral, apelando directamente a la función esencial de las Políticas Activas de Empleo en todas sus dimensiones. Asimismo, la evolución de los mercados de trabajo que asumen los retos de la digitalización y la sostenibilidad requiere una permanente adaptación de las Políticas Activas de Empleo para acompañar las transiciones laborales y aprovechar las oportunidades que ofrece el nuevo modelo productivo. En este sentido, las Políticas Activas de Empleo representan, dentro de las políticas públicas laborales, las acciones de acompañamiento de las personas a lo largo de su vida activa y el principal apoyo en sus transiciones laborales, además de fortalecer ese acompañamiento y asesoramiento a los sectores productivos y particularmente, a la pequeña y mediana empresa.
Asimismo, mediante medidas de mejora y reciclaje de capacidades y competencias profesionales, las Políticas Activas de Empleo también pueden orientar a las personas hacia los sectores que se enfrentan a escasez de mano de obra cualificada. Esto contribuye a afrontar el cambio estructural y aumentar la resiliencia de la economía en tiempos de cambio.
Esta concepción de las Políticas Activas de Empleo, asumida en España en coherencia con las políticas de la Unión Europea, las sitúa como un pilar social y económico de carácter estructural que implica compromisos políticos y estratégicos y la actualización del Derecho laboral en su vertiente de nuevos derechos para la formación y el empleo. Precisamente esta revisión de la dimensión jurídica de las Políticas Activas de Empleo ofrece una nueva perspectiva a nivel europeo de la orientación profesional, el reciclaje profesional o la creación de nuevas oportunidades de empleo, que se explicitó en 2017 con la aprobación del Pilar Social Europeo y la concreción de sus recomendaciones y objetivos.
En el caso de España, la respuesta adecuada a esta nueva visión y misión de las Políticas Activas de Empleo requirió una profunda transformación del marco legal del empleo durante la vigencia de la Estrategia anterior, mediante la Ley 3/2023 y su desarrollo reglamentario y con el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, en el que al tiempo de reformar el nivel asistencial de la prestación por desempleo, se estableció por primera vez en este país una regulación que permite complementar de forma generalizada la política de protección por desempleo y las políticas activas de empleo. Con este marco legal, las actuaciones de mejora de la empleabilidad promovidas por los servicios públicos de empleo y por otras administraciones públicas han trascendido hasta convertirse en derechos subjetivos y garantizados de la ciudadanía y parte esencial de su relación con el empleo.
En la misma línea, la moderna conceptualización de las Políticas Activas de Empleo asume plenamente el apoyo a las empresas en su función generadora de oportunidades de empleo, impulsando un nuevo diseño de servicios hacia los empleadores basados en la mejora de la información sobre las necesidades y oportunidades de empleo, la gestión de las ofertas, así como la disponibilidad y la capacitación de las personas en búsqueda de empleo.
En esta capacidad renovada de las Políticas Activas de Empleo, conviene recordar su función complementaria e inseparable de la protección social que, en su dimensión laboral, tiene una perspectiva coyuntural y temporal durante el proceso de inserción o reinserción en el empleo.
Por otra parte, la centralidad de las Políticas Activas de Empleo se ha visto reforzada por su utilidad en la respuesta pública a otros retos acuciantes en la mejora de los mercados de trabajo. Este es el caso de su contribución a la extensión de la vida laboral y al denominado envejecimiento activo, mediante el reciclaje de las competencias profesionales, el aprovechamiento de la experiencia y del relevo profesional, incluida la transición empresarial, y la compatibilidad del empleo con la jubilación parcial.
En este mismo sentido, la reforma de las Políticas Activas de Empleo acometida en el anterior período estratégico contempla y contribuye positivamente a la nueva realidad migratoria, generando oportunidades de inserción y acogida sostenible de las personas inmigrantes y promoviendo el retorno de la emigración en condiciones idóneas. Cabe significar la adaptación de las Políticas Activas de Empleo a las necesidades de la gestión migratoria mediante la actualización de las profesiones de difícil cobertura, en los supuestos previstos para éstas, así como la formación de las personas migrantes tanto en sus países de origen como en España, aprovechando las oportunidades que ofrece la autorización de estancia y reagrupación familiar por razón de estudios y el arraigo socioformativo, todo ello de acuerdo con las oportunidades que ofrecen tanto la Ley como el Reglamento de Extranjería.
A través de la anterior planificación estratégica, de sus planes anuales y operativos y, especialmente, de las reformas normativas realizadas en los últimos años, las Políticas Activas de Empleo pueden considerarse un ejemplo de evolución y adaptación de la acción pública a una realidad cambiante que afecta a una de las dimensiones esenciales de la ciudadanía como es el empleo.
En definitiva, esta nueva Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo contiene los siguientes elementos innovadores:
La nueva Estrategia se asienta sobre la reforma del marco normativo de la política de empleo que se ha llevado a cabo estos últimos tres años.
Por primera vez, se incorpora un detalle pormenorizado del grado de cumplimiento de las medidas incorporadas en la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021/2024.
Es la primera Estrategia que cuenta para su elaboración con una evaluación de las políticas de empleo implementadas en la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo anterior.
En la previsión de las medidas incorporadas en la nueva Estrategia, se ha tenido en cuenta la experiencia en la gestión y ejecución de las inversiones financiadas por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, como la justificación por hitos o la intensidad de los incentivos y acompañamientos.
Se cuenta con los Centros de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación, para el Empleo, que ha sido una inversión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se ha constituido como una red de encuentro físico y virtual del personal que desempeña la tarea de la orientación laboral del Sistema Nacional de Empleo y de la red de otros profesionales de la orientación laboral.
Por primera vez se comprometen y concretan cinco metas: Mejora de la empleabilidad, tasa de intermediación, cobertura en la atención a las personas perceptoras de prestaciones, consolidación y mejora de la calidad de las redes de orientación para el empleo personalizada, integral e inclusiva, así como impulso y sistematización de la atención a las empresas.
Con respecto a la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo anterior, se cuenta con una mayor fortaleza y desarrollo en la innovación tecnológica, disponiendo de nuevas herramientas que potenciarán la calidad y cantidad del trabajo, especialmente en el ámbito del perfilado de servicios, en la detección de necesidades formativas y en la interoperabilidad con distintas instituciones y bases de datos.
Los Planes Anuales, a través de los que se vaya implementando la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo, tendrán mayor flexibilidad en el marco financiero, fruto de las previsiones contenidas en la nueva Ley de Empleo, en la que se establece una fórmula que permite la consideración plurianual presupuestaria en el momento de regular programas y servicios de empleo por parte de los distintos servicios públicos de empleo.
Las medidas propuestas se han diseñado para ser desarrolladas en una situación económica y laboral favorable, a pesar de la persistencia de incertidumbres a nivel internacional.
A partir de esta Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo, se elaborará en el seno del diálogo social, una Estrategia Global en favor de las personas en desempleo de larga duración y de más edad, se aprobará un Plan de empleo en favor de las personas jóvenes y el primer Plan de actuación para la mejora de la empleabilidad del pueblo gitano.
1.1 Marco Internacional de referencia.
Como se ha señalado, el diseño evolutivo de las Políticas Activas de Empleo en España ha venido adaptándose a los criterios y recomendaciones internacionales, fundamentalmente de la Unión Europea, pero también de otros organismos de obligada referencia como la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
En primer lugar, de conformidad con el Pilar Europeo de Derechos Sociales, aprobado en la Cumbre celebrada en Gotemburgo (Suecia) el 17 de noviembre de 2017, primer conjunto de derechos sociales proclamados por las instituciones de la Unión Europea desde la Carta de los Derechos Fundamentales del año 2000. El nuevo Pilar europeo supuso un punto de inflexión para el conjunto de las políticas sociales europeas a través de sus 20 principios y derechos clave, plenamente asumidos en el marco español y fuente de inspiración de la planificación estratégica y de la reforma laboral realizada en España en materia de empleo.
Además, los dirigentes de la Unión Europea, los interlocutores sociales y las organizaciones de la sociedad civil han reafirmado este compromiso con el Pilar europeo en la Cumbre Social de Oporto de 2021.
Por otro lado, el 4 de marzo de 2021, la Comisión presentó el Plan de Acción del Pilar Europeo de Derechos Sociales, que incluye los objetivos principales de la Unión, ambiciosos pero realistas, para 2030 en materia de empleo (que al menos el 78 % de la población entre 20-64 años de edad esté empleada), competencias (que al menos el 60 % de todos los adultos deban participar en formaciones todos los años) y de reducción de la pobreza (que al menos 15 millones menos de personas estén en riesgo de pobreza o de exclusión social, incluidos 5 millones de personas).
En línea con lo anterior, se tendrán en cuenta las recomendaciones que se deriven de la European Anti-Poverty Network (EAPN), Plataforma Europea de Entidades Sociales que trabajan y luchan contra la Pobreza y la Exclusión Social en los países miembros de la Unión Europea. En España, la Red Europea de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social en el Estado Español (EAPN-ES) es una organización horizontal, plural e independiente que trabaja para trasladar este objetivo a la realidad española y por incidir en las políticas públicas, tanto a nivel europeo como estatal, autonómico y local.
Los gobiernos de la Unión Europea han refrendado los objetivos sociales de la Estrategia Europa 2030 incluidos en el Plan de Acción del Pilar Europeo de Derechos Sociales y han presentado sus contribuciones nacionales para alcanzar estos objetivos.
Por su parte, en las orientaciones políticas para la próxima Comisión Europea 2024-2029, Ursula von der Leyen, anunció un nuevo impulso en ámbitos en los que es necesario avanzar más, enmarcados en un nuevo Plan de Acción sobre la aplicación del pilar europeo de derechos sociales. Este plan incluirá iniciativas que examinen cómo está afectando al mundo laboral la digitalización, desde la gestión de la inteligencia artificial hasta el teletrabajo y el impacto de la cultura «siempre en línea» en la salud mental de las personas.
En línea con lo anterior, una vez realizadas las reformas normativas necesarias, el Pilar Social y su Plan de Acción son referentes esenciales en la concreción y ejecución de esta nueva Estrategia con el objetivo de apoyar un mejor funcionamiento estructural de los mercados de trabajo, sobre la base de la igualdad de oportunidades y de acceso al empleo, y de promover las condiciones de trabajo justas y la protección e inclusión social.
En este mismo ámbito de la planificación española coherente con el impulso político y financiero de la Unión Europea están las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros recogidas en la Decisión 2024/3134 del Consejo de 2 de diciembre de 2024. Las cuatro orientaciones son: impulsar la demanda de mano de obra; aumentar la oferta de trabajo y mejorar el acceso al empleo, la adquisición de capacidades a lo largo de la vida y las competencias; mejorar el funcionamiento de los mercados laborales y la eficacia del diálogo social; y, promover la igualdad de oportunidades para todos, fomentar la integración social y combatir la pobreza.
Por otro lado, la crisis provocada por la pandemia del COVID 19 y su impacto en los mercados laborales obligó a la adopción de nuevas medidas, que también fueron asumidas en el Sistema Nacional de Empleo español, en particular mediante la Recomendación (UE) 2021/402 de la Comisión de 4 de marzo de 2021 sobre un apoyo activo eficaz para el empleo tras la crisis de la COVID-19 (EASE), ampliamente incorporada a las Políticas Activas de Empleo en la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024.
Por otra parte, hay que resaltar el impacto positivo que ha supuesto el despliegue de las inversiones previstas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el marco de la iniciativa Next Generation EU, que además de haber incorporado sustanciales recursos económicos adicionales para las políticas activas de empleo en los ejercicios presupuestarios pasados, sus componentes específicos en materia de formación y empleo han servido de fuente directa para el diseño de nuevas políticas activas de empleo a través de su incorporación permanente en la propia normativa nacional, que tiene su traslado a esta Estrategia y se incorporarán a los correspondientes Planes Anuales.
En línea con la Comunicación de la Unión de las Competencias, presentada por la Comisión Europea como un plan para mejorar la educación, la formación y el aprendizaje permanente de alta calidad en la Unión Europea, la Estrategia también impulsa el talento de las personas trabajadoras y asume la necesidad de su aprendizaje permanente para mantenerse al día en una economía en evolución. En este sentido, concede especial relevancia a la adquisición de nuevas competencias como parte habitual de la vida profesional de las personas trabajadoras y al impulso del empleo cualificado en diversos ecosistemas productivos, siendo el sector de la construcción uno de ellos a través del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE) de Vivienda Industrializada, que busca impulsar una reconversión del modelo constructivo español. En este mismo ámbito, la Estrategia incorporará los objetivos y los recursos de la ampliación del programa de Garantía Juvenil y del Programa Operativo vigente del Fondo Social Europeo. En este sentido, la práctica coincidencia del período de vigencia de esta nueva Estrategia y de estos principales marcos de referencia facilitan el ejercicio de planificación mediante la incorporación de objetivos, indicadores y recursos comunes.
Conviene señalar que, más allá de los instrumentos de planificación y financiación, la coherencia de las Políticas Activas de Empleo que se ejecutarán en el marco de esta nueva Estrategia permitirá la aplicación de otros recursos y medios técnicos de indudable utilidad para su eficacia. En esta línea, cabe recordar la participación de los Servicios Públicos de Empleo españoles en la Red EURES, la utilización de la Clasificación europea multilíngüe de capacidades, competencias, cualificaciones y ocupaciones (ESCO) y el respeto a las recomendaciones del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (CEDEFOP).
Mención aparte merece el marco de colaboración y aprendizaje mutuo que representa para nuestro Sistema Nacional de Empleo la Red Europea de Servicios Públicos de Empleo (PES Network), impulsada en 2014 mediante Decisión del Parlamento Europeo y el Consejo para mejorar la cooperación entre todos los servicios públicos de empleo europeos, modificada por la Decisión 2020/1782. La citada Red se integra por los servicios públicos de empleo de la UE27, entre ellos el SEPE, así como por los servicios públicos de empleo de Noruega e Islandia y la Comisión Europea.
En este sentido, es necesario alinear la presente Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo con las prioridades que incluye el Programa de Trabajo de la Red Europea de Servicios Públicos de Empleo 2025-2026.
Este ámbito de cooperación para la mejora continua de los servicios públicos de empleo y de las Políticas Activas de Empleo se puede considerar consolidada especialmente en el marco del programa EVADES que acoge las evaluaciones del desempeño de los servicios públicos de empleo españoles de acuerdo con las directrices de la PES Network y constituye una importante herramienta para la mejora continua en la gestión de los servicios públicos de empleo. La agenda europea contempla un nuevo período de evaluación del desempeño para el ejercicio 2025 por lo que puede resultar un instrumento extremadamente útil para fortalecer las actuaciones más eficaces o, en su caso, la adopción de medidas correctoras en el período de vigencia de esta nueva Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo.
En este sentido, el pleno aprovechamiento de los recursos y medios técnicos de la Unión Europea para la mejora de las Políticas Activas de Empleo en España es uno de los elementos esenciales para el diseño y el desarrollo de esta nueva Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo. Por lo que respecta a estos recursos, a modo de ejemplo, cabe citar la Agenda Europea de Capacidades y la potencialidad de las cuentas de aprendizaje individuales y de las microcredenciales en el ámbito de la formación laboral, el uso de los sistemas de anticipación de necesidades de habilidades y competencias desarrolladas por el CEDEFOP o la utilización de ESCO para los procesos esenciales de gestión y cobertura de las ofertas de empleo y el análisis de las ocupaciones y de sus necesidades de competencias.
Asimismo, fuera del ámbito europeo, hay que hacer referencia a la Red Iberoamericana de Servicios Públicos de Empleo (RISPE), constituida el 23 de mayo de 2023, dando cumplimiento a la Declaración de Punta Cana, suscrita en la IV Conferencia Iberoamericana de Ministras y Ministros de Trabajo, y Máximos Responsables de la Seguridad Social y de la cual ya forman parte 14 países, entre ellos España. El objetivo principal de la RISPE es facilitar la cooperación entre los servicios de empleo de los países iberoamericanos para mejorar sus políticas de empleo, la formación en el trabajo y la protección frente al desempleo. Sus líneas de actuación y programa de trabajo 2024/2025 establecen como prioridades la focalización en la orientación como herramienta fundamental de la política de empleo, la importancia de la digitalización, el intercambio de buenas prácticas y experiencias, la importancia del análisis, prospección y tendencias del mercado de trabajo y el establecimiento de sinergias con otras organizaciones y redes. El trabajo colaborativo de la Red ya ha ofrecido importantes resultados, destacando especialmente la aprobación en su III Asamblea de los «Principios básicos comunes necesarios para mejorar el empleo y la formación de los jóvenes», poniendo de este modo el foco en uno de los colectivos de atención prioritaria establecidos en el artículo 50 de la Ley de Empleo.
Por otro lado, en el caso de la OIT conviene recordar que ya en 2019 el Gobierno español impulsó y fue anfitrión en Madrid de la 108.ª Conferencia Internacional de Trabajo que analizó el conjunto de recomendaciones de la «Comisión Mundial sobre el futuro del trabajo. Trabajar para un futuro más prometedor». Las conclusiones de esta Conferencia, que se tuvieron en cuenta en las reformas realizadas en las Políticas Activas de Empleo españolas en los años siguientes, señalaron la necesidad de fortalecer la protección de las personas trabajadoras mediante una garantía universal del empleo que proteja sus derechos fundamentales y garantice un salario para alcanzar un nivel de vida digno. Con ello, la OIT actualizaba sus orientaciones sobre las Políticas Activas de Empleo y el papel de los servicios públicos de empleo en relación con los derechos laborales de la ciudadanía, introduciendo una perspectiva más amplia y ambiciosa en relación con las transiciones y transformaciones en el empleo, plenamente coherente con la línea seguida por el Gobierno español en estos últimos años.
Por su parte, las recomendaciones de la OCDE sobre el papel de los servicios públicos de empleo, en particular después de la pandemia, han venido insistiendo en la necesidad de modernizar los servicios de empleo y formación como factores clave para mejorar el mercado laboral, y de redoblar los esfuerzos para volver a conectar a las personas poco cualificadas y otros grupos vulnerables con los empleos disponibles.
Asimismo, los servicios públicos de empleo responden cada vez en mayor medida a las prescripciones de la Agenda 2030 sobre el Desarrollo Sostenible, aprobada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en 2015, y a sus 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) con sus respectivas metas de carácter global, en particular el Objetivo 8 que se refiere expresamente al «Trabajo decente y el crecimiento económico».
También se ha alineado con la Carta Global de Derechos Laborales aprobada el pasado mes de noviembre en el seno del Congreso Internacional del Trabajo, que fue un encuentro de análisis y debate que concluyó con el compromiso de blindar los derechos de las personas trabajadoras en favor de la alianza de la lucha por el trabajo digno y la lucha climática para el futuro de millones de personas trabajadoras, promoviendo su protección, garantizando sus derechos laborales e impulsando su reconversión hacia empleos verdes, de calidad y dignos.
1.2 Participación y gobernanza.
Además de la necesidad de conectar esta nueva Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo de forma coherente con los marcos de referencia internacionales, en particular con los propios de la Unión Europea, conviene recordar la importancia de la participación y en particular del Diálogo Social como fuente de mejora en el diseño y ejecución de las Políticas Activas de Empleo. En este sentido, cabe señalar el Acuerdo por la reactivación económica y del empleo firmado en 2020 por el Gobierno y los interlocutores sociales que ya establecía un compromiso para la reactivación económica y la creación de empleo de calidad junto a la extensión de las medidas de protección. La participación de los interlocutores económicos y sociales, las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, ha sido decisiva tanto en los procesos de planificación estratégica y el diseño de las Políticas Activas de Empleo como en el seguimiento de su ejecución y evaluación.
Por otra parte, en el caso de España, la descentralización política y administrativa reflejada en la coexistencia de servicios públicos de empleo en cada Comunidad Autónoma, además del Servicio Público de Empleo Estatal, permiten atender con mayor eficiencia las características y necesidades heterogéneas de los mercados laborales en cada territorio. En este sentido, tal y como han puesto de manifiesto distintas evaluaciones, es esencial mencionar la fortaleza del sistema de planificación y gestión de las Políticas Activas de Empleo en el marco del Sistema Nacional de Empleo y, por tanto, el trabajo desarrollado por las comunidades autónomas en relación con sus competencias de ejecución. Como se indicará más adelante, la reforma de las Políticas Activas de Empleo en el marco de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo refuerza este factor territorial con el fortalecimiento de la dimensión local y las potencialidades de las administraciones locales.
Así, es esencial mencionar los instrumentos de gobernanza previstos en el artículo 8 de la Ley de Empleo, Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales y Consejo General del Sistema Nacional de Empleo, que permiten la cooperación para la planificación y seguimiento de las Políticas Activas de Empleo desde el punto de vista orgánico. Asimismo, los otros instrumentos de planificación y coordinación de la política de empleo previstos en el artículo 11 de la Ley, además de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo, son el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno (PAFED) y el Sistema Público Integrado de Información de los Servicios de Empleo (SISPE). Ambos garantizan respectivamente la elaboración de las directrices necesarias para alcanzar los objetivos estratégicos en el conjunto del Estado y en cada una de las distintas comunidades autónomas, los indicadores para conocer y evaluar anualmente su grado de cumplimiento y el establecimiento de protocolos para el registro de datos comunes y la integración de la información relativa a la gestión de las políticas activas de empleo y las prestaciones por desempleo.
Hay que señalar que la participación y el modelo de gobernanza del Sistema Nacional de Empleo, incluyendo los instrumentos legalmente previstos que vienen sirviendo adecuadamente a sus objetivos desde hace más de una década, han sido considerados reiteradamente como una fortaleza del propio Sistema y, por extensión, como una garantía de la calidad del diseño y de la ejecución de las Políticas Activas de Empleo en cada período de planificación. Asimismo, en los últimos años se ha realizado un importante impulso de la Gobernanza del Sistema Nacional de Empleo, materializado especialmente en la Red COE (Red de Centros Públicos de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación) como soporte especializado del Sistema Nacional de Empleo para promover la innovación y experimentación en materia de políticas activas de empleo, no solo como lugar de encuentro físico y virtual de toda la Red sino también como armazón operativo de la política de empleo.
1.3 Marco normativo.
Las reformas de las Políticas Activas de Empleo impulsadas en el marco de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024 se refrendaron desde el punto de vista normativo con la aprobación de la citada Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo y posteriormente con el Real Decreto 438/2024, de 30 de abril, por el que se regula la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo que recoge los servicios garantizados establecidos en el título IV de la Ley, tanto los dirigidos a las personas como a las empresas.
Esta reforma legal, necesaria formalmente para establecer los derechos garantizados para la empleabilidad que había previsto la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024, sirvió para consolidar con carácter general todos los aspectos esenciales de la mejora de las Políticas Activas de Empleo que se han indicado anteriormente.
En concreto, la Ley de Empleo reguló los servicios garantizados, directamente ligados a la mejora e innovación de la política de empleo, y desarrolla los elementos inspiradores centrados en su enfoque en favor de las personas y de las empresas, mediante el acompañamiento profesional a lo largo de toda la vida laboral para las personas trabajadoras y para las empresas, particularmente pequeñas y medianas.
Así, la presente Estrategia es la primera planificación plurianual que se realiza en el marco de esta nueva Ley de Empleo, por lo que debe ser coherente con la consideración de las Políticas Activas de Empleo como políticas públicas asociadas al ejercicio de derechos garantizados para la ciudadanía y las empresas. En este sentido, la nueva Estrategia no solo responderá a las recomendaciones del Pilar Social europeo y a los marcos de referencia internacionales sobre el papel que deben asumir los servicios públicos de empleo para asegurar las transiciones laborales justas y eficientes, sino garantizará el ejercicio efectivo de los derechos previstos legalmente mediante recursos y actuaciones de carácter estable y suficiente.
Para la materialización de este enfoque, a diferencia de la Estrategia anterior que debía priorizar las reformas normativas, esta nueva Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo se focalizará en asegurar el ejercicio de los derechos de los usuarios, personas y empresas, y, por tanto, en desplegar los servicios previstos en la Cartera Común regulada en el Real Decreto 438/2024, de 30 de abril.
2. Estado de situación de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024
Las medidas que estructuran la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024 suponían, en última instancia, una operacionalización de los objetivos estratégicos y específicos, es decir, una forma de concretar en actuaciones un conjunto de fines de política pública. Por lo tanto, comprobar si se han ejecutado, y de qué manera, es una forma de conocer el grado de cumplimiento de los objetivos en los que se inscribían.
En la evaluación intermedia de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024 se estableció una primera valoración sobre el grado de avance de las medidas, comparando la planificación inicial y el grado de ejecución en el momento de realizar la evaluación. En el presente análisis, se actualiza la información analizada en la evaluación intermedia para conocer la situación de ejecución de las medidas en el momento final de su implementación (medido a partir del estado en diciembre de 2024).
Grado de avance de las medidas
En cuanto al grado de avance que se ha producido en el último año, del total de veintisiete medidas que estructuran la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024, el 59 % se encuentra en una fase muy avanzada de ejecución, como cabría esperar en el último año de la estrategia (dieciséis de las veintisiete medidas se encuentran cumplidas o con más del 60 % ejecutado). En síntesis:
– Doce medidas han sido plenamente cumplidas y seis se encuentran en fase de ejecución avanzada (con más del 60 % ejecutado). Respecto a septiembre de 2023, se han desarrollado plenamente siete medidas más.
– Cinco medidas se están ejecutando (es decir, se ha ejecutado entre el 30 y el 60 % de su cumplimiento) y otras cuatro se encuentran en fase inicial (se ha ejecutado menos del 30 %).
– La ejecución de cuatro medidas continuará en esta nueva Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo.
Gráfico 1. Grado de avance de las medidas en 2024 (total)
Fuente: Elaboración propia a partir de informes de avance realizados por el SEPE.
Las doce medidas que han sido completamente cumplidas son:
– N.º 1: Desarrollar un marco común de referencia para el servicio de orientación y prospección.
– N.º 3: Elaborar una cartera de servicios específicos dirigidos a empresas.
– N.º 5. Poner en marcha los nuevos Centros de orientación, Emprendimiento e Innovación para el Empleo.
– N.º 6. Acompañamiento y orientación durante el proceso de transformación productiva.
– N.º 7. Elaboración de planes territoriales y/o locales y sectoriales de transformación productiva.
– N.º 14. Definir el espacio de gestión del conocimiento e innovación.
– N.º 15. Definir e implementar planes anuales de trabajo de gestión del conocimiento e innovación.
– N.º 16. Diversificar las formas de prestación (presencial o digital) de los servicios de la Cartera Común del Sistema Nacional de Empleo.
– N.º 18. Impulsar la provisión, consolidación y profesionalización del personal de los servicios públicos de empleo (incluido el adscrito a los servicios de orientación y prospección), impulsando la formación permanente del Sistema Nacional de Empleo.
– N.º 19. Impulsar la transformación digital de los servicios públicos de empleo para el rediseño y optimización y modernización de los servicios públicos.
– N.º 25. Establecer un Mapa de participación institucional.
– N.º 26. Proponer el establecimiento de una herramienta de información que facilite la Gobernanza del sistema.
Hay cuatro medidas cuya ejecución continuará en la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028:
– N.º 10. Diseñar el modelo integrado de evaluación y seguimiento de las políticas activas de empleo.
– N.º 13. Creación de un mecanismo especializado en las funciones de evaluación de la calidad en la prestación de los servicios de la Cartera Común del Sistema Nacional de Empleo.
– N.º 21. Calidad y ética de los datos.
– N.º 24. Proponer y diseñar un sistema de información que permita contar en cada ámbito con los datos de todos los recursos e inversiones en políticas activas de empleo.
Las medidas 10, 13 y 21 relacionadas con la evaluación, que se desarrollan en el marco del objetivo estratégico 8 de la presente Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo. La medida 24, que a partir de la información que ya se posee sobre la materia en el Ministerio de Trabajo y Economía Social, se reforzará en el ámbito del Sistema Nacional de Empleo con nuevos cuadros de mando que monitorizarán la ejecución de las medias de empleo durante la vigencia de esta Estrategia.
A continuación, se muestra el grado de avance teniendo en cuenta el tipo de Objetivo Estratégico (Gráfico 2) y Objetivo Específico (Gráfico 3) en el que se alinea cada una de las medidas.
Como se puede observar en el siguiente Gráfico, la mayor parte de las medidas cumplidas corresponden con el Objetivo Estratégico 4 de «Mejora de las capacidades de los servicios públicos de empleo». También existen grandes avances en el Objetivo Estratégico 1 sobre «Enfoque centrado en las personas y en las empresas» y en el Objetivo Estratégico 2 sobre «Coherencia con la transformación productiva», en el que más de la mitad de las medidas se encuentran en fases avanzadas.
Gráfico 2. Grado de avance de las medidas por objetivos estratégicos de la EEAE (2024)
Fuente: Elaboración propia a partir de informes de avance realizados por el SEPE.
Gráfico 3. Grado de avance de las medidas por objetivos específicos de la EEAE (2024)
Fuente: Elaboración propia a partir de informes de avance realizados por el SEPE.
Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024
Denominación de los Objetivos Específicos:
1.1 Acompañamiento personalizado a demandantes de empleo impulsando la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo desde la perspectiva de la persona.
1.2 Servicio personalizado a empleadores/as impulsando un nuevo modelo de relación, reforzando la colaboración y la comunicación entre los servicios públicos de empleo y las empresas.
1.3 Políticas Activas de Empleo en los nuevos servicios públicos de empleo.
2.1 Acompañar, con el conjunto de políticas activas de empleo, las estrategias públicas dirigidas al cambio de modelo productivo, su modernización y digitalización.
2.2 Aprovechar el potencial del empleo hacia la consecución de un crecimiento sostenible y para la transición ecológica y digital […].
3.1 Consolidar un modelo integrado de evaluación de las políticas activas de empleo.
3.2 Valorar la atención de las personas y las empresas a través de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional …
Explicación por IA a partir del texto oficial de la ley. Orientativa, no sustituye asesoramiento legal.