{"html": "<div class=\"lf-doc\"><p class=\"lf-p\">Téngase en cuenta que con la actualización efectuada por la Resolución de 4 de diciembre de 2019. Ref. BOE-A-2019-18128 los productos incluidos en los Grupos 0618, 0621, 0624, y 0690 permanecerán vigentes hasta que se regulen mediante la correspondiente Orden del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, y les será de aplicación lo establecido en la indicada Resolución, según establece su disposición transitoria.</p>\n<p class=\"lf-p\">Se derogan determinados grupos por la disposición derogatoria única de la Resolución de 4 de diciembre de 2019. Ref. BOE-A-2019-18128 Téngase en cuenta para la vigencia de los demás productos lo establecido en la disposición transitoria 1, y para las solicitudes anteriores la disposición transitoria 2 de la citada Resolución.</p></div>", "next": 0}