{"html": "<div class=\"lf-doc\"><p class=\"lf-p\">En las concesiones actualmente otorgadas en relación con los servicios determinados en el párrafo 3 del artículo 114 de este Reglamento, las Corporaciones locales respectivas se entenderán titulares concedentes de ellas y quedarán subrogadas en los compromisos y facultades inherentes a dicha situación.</p></div>", "next": 0}