{"html": "<div class=\"lf-doc\"><p class=\"lf-p\">España, como parte de esta Convención, ha contribuido a la prevención de la difusión e introducción de plagas de las plantas y productos vegetales y a la promoción de medidas apropiadas para combatirlas. Muchos componentes de la CIPF guardan relación directa con elementos del CDB y el Protocolo de Cartagena, incluido el trabajo relacionado con las especies invasoras y los organismos modificados genéticamente. Como consecuencia de ello se están estableciendo estrechos vínculos de colaboración entre las Convenciones de cara a asegurar la coherencia en la actuación. España colabora activamente en la elaboración de normas internacionales para medidas fitosanitarias, que tienen por objeto armonizar los reglamentos de protección fitosanitaria que se aplican a los desplazamientos internacionales de plantas y productos vegetales, y ofrecer orientación sobre la protección de la flora natural. Las Partes contratantes en la CIPF tienen la obligación de intercambiar información sobre el estado de las plagas, reglamentos y requisitos, lista de plagas, casos de incumplimiento y situaciones de emergencia.</p>\n<p class=\"lf-p\">Los Planes Nacionales de Contingencia y de Erradicación desarrollados por España en el marco de la CIPF son un buen ejemplo de actuaciones puntuales que habrían de ser reforzadas mediante una Estrategia y Plan Nacional Marco de Contingencia, para la actuación común a nivel nacional, en colaboración con el resto de la Unión Europea. Es preciso tener en cuenta que, a efectos de comercio y movimiento –los factores de riesgo más importantes–, el espacio europeo es único, no sometido a restricciones en su interior.</p>\n<p class=\"lf-p\">La legislación europea sobre el control de organismos de cuarentena es muy activa y de inmediata aplicación al territorio español: las listas de plagas y enfermedades exóticas, así como los organismos vulnerables y las regiones/áreas libres de impacto son actualizadas en función de la detección y notificación en el territorio por parte de las autoridades nacionales. El elemento básico de referencia es la Organización Europea de Protección de los Vegetales83, organismo consultivo internacional a cuyo cargo está el análisis de riesgos y de las medidas a tomar, incluyendo las preventivas, ante la presencia o probabilidad de entrada de organismos de cuarentena.</p>\n<p class=\"lf-p\">83 Organización Europea de Protección de los Vegetales. http://www.eppo.org/ Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal y la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes son la referencia normativa estatal en cuanto a organismos de cuarentena. Estas normas trasponen y adaptan las Directivas Comunitarias sobre el tema. Además, las disposiciones consensuadas en el marco del Comité Fitosanitario Nacional del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino constituyen un mecanismo muy eficaz de alerta temprana, detección y desarrollo consensuado de estrategias de erradicación de organismos de cuarentena.</p>\n<p class=\"lf-p\">Otra gran amenaza para la biodiversidad se encuentra en la contaminación por especies exóticas invasoras producida por las aguas de lastre y los sedimentos de los barcos. Para dar respuesta a este problema, la Organización Marítima Internacional impulsó el Convenio Internacional para el Control y la Gestión del Agua de Lastre y los Sedimentos de los Buques84 (2004), del que España es Parte Contratante pero que aún no ha entrado en vigor. En todo caso, los Convenios marinos regionales (OSPAR85 y Barcelona86) trabajan ya en planes y medidas que permitan atajar dicha amenaza.</p>\n<p class=\"lf-p\">84 Convenio Internacional para el Control y la Gestión del Agua de Lastre y los Sedimentos de los Buques. http://www.imo.org/ 85 Convenio OSPAR sobre la protección del medio ambiente marino del Atlántico nordeste. http://www.ospar.org/ 86 Convenio de Barcelona para la protección del medio marino y la región costera del Mediterráneo. Protocolo sobre Zonas Especialmente Protegidas y Diversidad Biológica en el Mediterráneo. http://www.unepmap.org/ Hay un gran número de instituciones y organismos que estudian y tratan la problemática de las especies exóticas invasoras. Cabría citar al Grupo de Especialistas en Especies Exóticas Invasoras de la Unión Internacional para la Protección de la Naturaleza87 y el programa transversal del CDB sobre especies exóticas88.</p>\n<p class=\"lf-p\">87 Grupo de Especialistas en Especies Exóticas Invasoras. Unión Internacional de Conservación de la Naturaleza. http://www.issg.org/ 88 Programa transversal del CDB sobre especies exóticas. http://www.cbd.int/invasive/ La Ley 42/2007 crea el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, en el que se incluirán todas aquellas especies y subespecies exóticas invasoras que constituyan, de hecho, o puedan llegar a constituir una amenaza grave para las especies autóctonas, los hábitats o los ecosistemas, la agronomía, o para los recursos económicos asociados al uso del patrimonio natural. Este Catálogo está en elaboración. A escala nacional, aunque se está avanzando en el inventario, conocimiento y establecimiento de políticas de gestión para especies exóticas, se carece de una estrategia que aborde el problema de un modo global.</p>\n<p class=\"lf-p\">En el marco del anillamiento científico está prevista la creación de un sistema de alerta temprana de aves exóticas invasoras de modo que la información recogida por los anilladores respecto a las especies exóticas invasoras será canalizada hacia las Administraciones gestoras del territorio para facilitar las acciones que éstas pudieran llevar a cabo en este contexto.</p>\n<p class=\"lf-p\">Las acciones que se están llevando a cabo en la lucha contra especies invasoras frecuentemente son actuaciones aisladas y sólo algunas de ellas se enmarcan dentro de programas más amplios, como es el caso de la malvasía canela (Oxyura jamaicensis), el mejillón cebra (Dreissena poIimorpha) en la Cuenca del Ebro o el jacinto de agua (Eichhornia crassipes) en la Cuenca del Guadiana.</p>\n<p class=\"lf-p\">CONSERVACIÓN Y FOMENTO DE ESPECIES CINEGÉTICAS Y PISCÍCOLAS.</p>\n<p class=\"lf-p\">Las actividades cinegéticas y piscícolas tienen una gran relación con la biodiversidad ya que se basan en su utilización directa. Suponen una alternativa económica y de desarrollo para el mundo rural y representan un importante porcentaje de la renta agraria de determinadas comarcas. Así, es básico asegurar su gestión sostenible de modo que se compatibilice la explotación del recurso con el buen estado de conservación del medio natural en su conjunto.</p>\n<p class=\"lf-p\">Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y la Biodiversidad incluye disposiciones para la protección de las especies silvestres españolas en relación con la caza y la pesca continental. Dicha protección se refiere tanto a las especies cinegéticas y piscícolas en sí mismas como al resto de especies silvestres, en particular a las del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial.</p>\n<p class=\"lf-p\">De acuerdo con el artículo 62.2 de la Ley 42/2007, la regulación y gestión de las especies cinegético-piscícolas deben garantizar su conservación y fomento. La Ley establece también que la perturbación sobre las poblaciones de especies incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, tanto accidental como por el ejercicio de la actividad cinegética o piscícola en el marco del régimen de excepciones (artículo 58), debe ser evaluada con el objeto de establecer las medidas adecuadas de prevención que garanticen su obligada conservación.</p>\n<p class=\"lf-p\">Por otra parte, en los artículos 52, 61 y 62.3.e de la Ley se incluyen disposiciones encaminadas a fomentar y circunscribir la actividad cinegética y piscícola recreativa a especies de fauna autóctona, actividad además sometida a una serie de limitaciones con objeto de garantizar la conservación y fomento de las poblaciones de las especies cinegéticas y la aplicación de normas o convenios internacionales.</p>\n<p class=\"lf-p\">Estas limitaciones tienen que ver con: las épocas en que las especies pueden ser cazadas o pescadas –de particular importancia en el caso de las aves-; su comercialización; la posibilidad de establecer moratorias o prohibiciones especiales de caza y pesca por razones de orden biológico o sanitario; los vallados cinegéticos; el uso de munición de plomo en zonas húmedas; y los métodos de captura o muerte.</p>\n<p class=\"lf-p\">En relación a los métodos de captura o muerte, la Ley 42/2007 prohíbe la tenencia, utilización y comercialización de todos los procedimientos masivos o no selectivos para la captura o muerte de animales, en particular los enumerados en su Anexo VII, así como aquellos procedimientos que puedan causar localmente la desaparición, o turbar gravemente la tranquilidad de las poblaciones de una especie. Adicionalmente, con respecto a los métodos de captura de especies cinegéticas predadoras, el artículo 62.3.g. señala que los métodos que sean autorizados por las Comunidades Autónomas deberán haber sido homologados en base a criterios de selectividad y bienestar animal fijados por los acuerdos internacionales y que la utilización de estos métodos sólo podrá ser autorizada, mediante una acreditación individual otorgada por la Comunidad Autónoma. De esta manera, la normativa española se adelanta y es pionera en Europa en cuanto a la aplicación de los acuerdos internacionales de captura no cruel que desde el año 1998 la Unión Europea tiene firmados con Canadá, la Federación Rusa y los Estados Unidos de América, que hacen referencia a los estándares de bienestar que deben cumplir las trampas que se autoricen y a la exigencia de una formación adecuada por parte de los usuarios.</p>\n<p class=\"lf-p\">Por otro lado, la expansión de las poblaciones de especies cinegéticas puede generar graves conflictos en materia de seguridad vial y aprovechamientos agroganaderos que conviene afrontar de manera eficiente, con criterios de sostenibilidad y sobre una base de reparto de responsabilidad civil justa y equitativa.</p>\n<p class=\"lf-p\">Finalmente, el artículo 64 de la Ley 42/2007 resalta la importancia del Inventario Español de Caza y Pesca, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. Dicho Inventario ha de mantener la información más completa de las poblaciones, capturas y evolución genética de las especies cuya caza o pesca estén autorizadas, con especial atención a las especies migradoras.</p>\n<p class=\"lf-p\">CONFLICTOS CON LA VIDA SILVESTRE.</p>\n<p class=\"lf-p\">A pesar de la tendencia general de declive de la biodiversidad, determinadas especies, debido a diferentes factores ambientales y socioeconómicos, están experimentando cambios en las dinámicas de sus poblaciones. Esto puede provocar la aparición de escenarios de conflicto con determinados sectores – agricultura y ganadería, comercio, etc.– o con otros componentes de la biodiversidad –desequilibrios ecológicos por la sobreabundancia de determinadas especies–, por ejemplo: — Aumento de determinadas poblaciones de especies depredadoras que provoca graves daños y conflictos con las actividades ganaderas, cinegéticas o piscícolas. — Aumento de poblaciones de fitófagos silvestres (conejo, ciervos, jabalí, etc.) que si bien pueden tener un aprovechamiento cinegético provocan daños tanto en los ecosistemas como en las actividades agrícolas y forestales, ganaderas (por transmisión de enfermedades), o en la seguridad vial (por accidentes de tráfico y daños en infraestructuras de transporte). — Aumento de especies exóticas, que son una amenaza para la biodiversidad y provocan múltiples conflictos y daños que afectan a la economía y la sociedad. — El aumento de explosiones poblacionales de roedores, que aumenta y amplifica la duración y magnitud de los daños provocados por estas especies, provocando importantes pérdidas económicas en la agricultura. — Aparición de nuevas epizootias (turalemia, tuberculosis, lengua azul, rabia, peste porcina, encefalopatías, leucemia felina, etc.) que, transmitidas o acantonadas en especies silvestres, pueden suponer riesgos a la salud pública, a la ganadería o a poblaciones de especies amenazadas. — El cambio climático ejerce una fuerte presión sobre especies sensibles ya que, por ejemplo, fuerza cambios fenológicos a ritmos superiores a su capacidad de adaptación.</p>\n<p class=\"lf-p\">Así, esta situación acarrea efectos perjudiciales sobre la economía y los ecosistemas y, en determinadas ocasiones, puede provocar gran alarma social. Por tratarse de cuestiones emergentes o nuevas, ante estos conflictos, las Administraciones Públicas relacionadas con la conservación y uso sostenible de la biodiversidad no cuentan con los medios y tecnologías adecuadas para resolverlos.</p>\n<p class=\"lf-p\">La falta de adecuadas respuestas a los daños que causan las especies silvestres a la agricultura, ganadería y otras actividades económicas se relaciona con el aumento del uso clandestino de métodos prohibidos, como el empleo de venenos89, que constituyen una de las principales causas de mortalidad no natural de algunas especies altamente amenazadas. Es preciso destacar que estas actividades están tipificadas como delito en el artículo 336 del Código Penal90.</p>\n<p class=\"lf-p\">89 Estrategia Nacional Contra el Uso Ilegal de Cebos Envenenados en el Medio Natural. Aprobada por la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza el 23 de septiembre de 2004.</p>\n<p class=\"lf-p\">90 Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.</p>\n<p class=\"lf-p\">Del mismo modo, los modelos de ocupación del territorio no siempre garantizan la supervivencia de las poblaciones de flora y fauna silvestres ni de sus hábitats. Muestra de ello es la mortandad de fauna protegida por atropellos en la red viaria o por colisiones con tendidos eléctricos o aerogeneradores.</p>\n<p class=\"lf-p\">La resolución de estos nuevos problemas requiere de un enfoque innovador que depende tanto del desarrollo de nuevas tecnologías como de la aplicación de metodologías ya disponibles pero todavía no puestas en práctica a nivel general. Para ello se requieren labores de ensayo, experimentación práctica y extensión de conocimientos orientados a la resolución de los conflictos identificados. En definitiva, la gestión de la vida silvestre pasa por afrontar adecuadamente (de modo integral, eficiente y ágil) los problemas que ocasiona y compatibilizar su conservación y coexistencia con los usos y actividades que el hombre desarrolla en el medio natural. Las respuestas dadas deben ser comunes, coherentes, coordinadas y rápidas.</p>\n<p class=\"lf-p\">Algunos países con estructuras administrativas descentralizadas han establecido servicios gubernamentales especializados dedicados al desarrollo de acciones demostrativas que faciliten respuestas comunes y coherentes contra estos problemas. Así, se resuelven de un modo eficaz los conflictos puntuales entre la biodiversidad y la sociedad. En España, el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino podría desempeñar esta función.</p>\n<p class=\"lf-p\">RECURSOS GENÉTICOS.</p>\n<p class=\"lf-p\">Como Parte del Convenio sobre la Diversidad Biológica, España tiene que cumplir con el objetivo sobre la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos91. El Convenio reconoce los derechos soberanos de los Estados sobre sus recursos naturales y genéticos y que la autoridad para determinar el acceso a los recursos genéticos corresponde a los gobiernos nacionales. Están sujetos, por tanto, a la legislación nacional. Además, las Partes del Convenio, en particular las usuarias de recursos genéticos, se comprometen a tomar las medidas apropiadas para asegurar que los beneficios derivados de la utilización de recursos genéticos son compartidos de forma justa y equitativa con la Parte que provee dichos recursos.</p>\n<p class=\"lf-p\">91 Participación justa y equitativa en los beneficios que derivados de la utilización de los recursos genéticos. Convenio sobre Diversidad Biológica http://www.cbd.int/ Los principios para la correcta puesta en práctica de los anteriores derechos y obligaciones fueron desarrollados por el propio Convenio a través de un instrumento voluntario, las llamadas Directrices de Bonn (2002). A pesar de la existencia de estas Directrices, no se pusieron en marcha medidas que asegurasen el reparto justo y equitativo de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos. El Plan de Implementación de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible de Johannesburgo (2002) estableció un compromiso de negociación de un instrumento jurídicamente vinculante que estableciera el régimen internacional sobre acceso a los recursos genéticos y el reparto de beneficios.</p>\n<p class=\"lf-p\">Este compromiso se ha visto materializado en la décima reunión de la Conferencia de las Partes del Convenio con la adopción del Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se deriven de su utilización. Se trata de un instrumento de gran valor para conseguir ingresos e incentivos para la conservación de la biodiversidad global, además de contribuir a la justicia y equidad social.</p>\n<p class=\"lf-p\">Con este nuevo Protocolo se intenta reforzar el cumplimiento de las normas nacionales de acceso de los países proveedores de recursos genéticos mediante la exigencia de medidas de cumplimiento y seguimiento en los países terceros donde se utilicen dichos recursos genéticos. Esto redundará en una mayor transparencia en los sectores que utilizan recursos genéticos y en una más fluida y constante transferencia de beneficios a los países proveedores que debería repercutir en la mejor conservación de la biodiversidad.</p>\n<p class=\"lf-p\">Respecto a la regulación del acceso a los recursos genéticos, la Ley 42/2007 establece en su artículo 68 una disposición habilitante para su posible desarrollo por medio de un Real Decreto. En cuanto al reparto de beneficios, España no ha adoptado por el momento ninguna medida específica para asegurar que los usuarios españoles de recursos genéticos foráneos cumplen con los marcos nacionales de acceso de dichos países y reparten beneficios con los mismos.</p>\n<p class=\"lf-p\">En cuanto a la regulación específica de los recursos genéticos marinos, la Ley de Protección del Medio Marino92 prevé que los mismos se regularán por la legislación de pesca en materia de recursos marinos vivos.</p>\n<p class=\"lf-p\">92 Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de Protección del Medio Marino.</p>\n<p class=\"lf-p\">España, por su situación geográfica, por el relativo buen estado de conservación de sus recursos biológicos y por el importante valor y número de endemismos que alberga es, sin duda, un país proveedor de recursos genéticos. Igualmente, España cuenta con un número reducido pero creciente de empresas e institutos de investigación biotecnológicos que utilizan recursos genéticos, tanto recolectados en España como en el extranjero, por lo que también hay que considerarlo como un país usuario de recursos genéticos.</p>\n<p class=\"lf-p\">Los recursos fitogenéticos para la agricultura y la alimentación se regulan por la Ley de Semillas y Plantas de Vivero y de Recursos Fitogenéticos93 y los recursos zoogenéticos para la agricultura y la alimentación se regulan por el Real Decreto del Programa Nacional de Conservación, Mejora y Fomento de las Razas Ganaderas94.</p>\n<p class=\"lf-p\">93 Ley 30/2006, de 26 de julio, de Semillas y Plantas de Vivero y de Recursos Fitogenéticos.</p>\n<p class=\"lf-p\">94 Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se establece el Programa Nacional de Conservación, Mejora y Fomento de las Razas Ganaderas.</p>\n<p class=\"lf-p\">La Ley de de Semillas y Plantas de Vivero y de Recursos Fitogenéticos establece el régimen jurídico básico para su conservación y uso sostenible y contempla el desarrollo de un programa nacional en la materia. Este programa debe ser el marco adecuado para la conservación y uso sostenible de la diversidad de especies y variedades agroalimentarias. El Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA) mantiene el Inventario Nacional de estos recursos95.</p>\n<p class=\"lf-p\">95 Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria. Ministerio de Ciencia e Innovación. www.inia.es.</p>\n<p class=\"lf-p\">El Programa que gestiona el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA) financia a su vez una Red de colecciones de germoplasma (ex situ) pero no contempla la conservación in situ de especies silvestres emparentadas con cultivos o con valor agrícola o alimentario.</p>\n<p class=\"lf-p\">España, a través de la Universidad Rey Juan Carlos, participa en un proyecto del 7.º Programa Marco de Investigación de la Comisión Europea96 que contempla entre sus objetivos la creación de un inventario nacional de especies silvestres emparentadas con las cultivadas (en inglés, crop wild relatives).</p>\n<p class=\"lf-p\">96 PGR Secure: Novel characterization of crop wild relative and landrace resources as a basis for improved crop breeding.</p>\n<p class=\"lf-p\">La Ley de de Semillas y Plantas de Vivero y de Recursos Fitogenéticos recoge y complementa los contenidos del Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación97, del que España es Parte Contratante desde el año 2004. Sin embargo, ni la Ley ni el Tratado contemplan el acceso a los recursos fitogenéticos silvestres de la lista del Tratado que se encuentran in situ.</p>\n<p class=\"lf-p\">97 Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación. www.planttreaty.org.</p>\n<p class=\"lf-p\">La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) es el organismo internacional de referencia en esta materia98.</p>\n<p class=\"lf-p\">98 Plan de Acción Mundial para la Conservación y la Utilización Sostenible de los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO). www.fao.org GEODIVERSIDAD Y PATRIMONIO GEOLÓGICO.</p>\n<p class=\"lf-p\">La geodiversidad y el patrimonio geológico99 constituyen una parte importante del patrimonio natural. Su naturaleza abiótica y su carácter mayoritariamente no renovable les confieren características particulares a la hora de afrontar su conservación. El patrimonio geológico posee un valor intrínseco que justifica su protección, y la geodiversidad juega un papel importante en la evolución del paisaje y en la configuración de los ecosistemas y hábitats. La gestión del patrimonio geológico se basa en la realización de inventarios que identifiquen los lugares de interés geológico, en analizar sus problemas de conservación y actuar en consecuencia y en aprovechar su potencial didáctico y divulgativo.</p>\n<p class=\"lf-p\">99 Instituto Geológico y Minero de España. Ministerio de Ciencia e Innovación. http://www.igme.es/internet/patrimonio La geodiversidad y el patrimonio geológico no han sido tenidos en cuenta adecuadamente por la normativa de conservación de la naturaleza en España hasta la aprobación de la Ley 42/2007, que por vez primera hace referencia explícita a estos temas. En el contexto europeo, el Comité de Ministros del Consejo de Europa emitió una Recomendación100 con disposiciones para la conservación del patrimonio geológico y las áreas de especial interés geológico en el conjunto de los países miembros de esta organización europea.</p>\n<p class=\"lf-p\">100 Recommendation Rec (2004)3 on Conservation of geological heritage and areas of special geological interest. Council of Europe. Committee of Ministers.</p>\n<p class=\"lf-p\">La geodiversidad, como parte integrante y sustentadora de los ecosistemas, está íntimamente ligada a la conservación de la biodiversidad y el paisaje. Es un recurso natural, no renovable, cuyos elementos de valor constituyen el patrimonio geológico y forman parte de una herencia científica, cultural, estética, paisajística y económica que debe ser preservada para las futuras generaciones. El mantenimiento de muchos paisajes característicos de España así como el de los sistemas de uso y aprovechamiento tradicional que los han configurado, requiere la protección de los elementos geológicos. En el conjunto de la Unión Europea existen diversas iniciativas y organizaciones dedicadas a este objetivo.</p>\n<p class=\"lf-p\">En España la puesta en valor de los recursos geológicos no mineros es todavía incipiente. La contribución de España a la geodiversidad europea y global no se corresponde con una participación activa de instituciones españolas en organizaciones internacionales de estos ámbitos, como la UNESCO, la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza o la Unión Internacional de Ciencias Geológicas. En este sentido, supone un gran avance el reconocimiento de los Geoparques como figura de protección dentro de la Ley 42/2007, que se hará efectiva cuando la UNESCO asuma un programa específico para ellos. En la actualidad se plantea para los Geoparques un marco de gestión sostenible del patrimonio geológico para el desarrollo socioeconómico local. La declaración de Geoparques no va acompañada de ningún instrumento legal ni de planes específicos orientados a la conservación del patrimonio geológico y la geodiversidad.</p>\n<p class=\"lf-p\">Las interferencias de las actividades humanas con los elementos y procesos geológicos son muy variadas, desde la explotación directa de los recursos minerales hasta la modificación de paisajes en su componente geomorfológica como por ejemplo por acción de la agricultura o por la construcción de vías de comunicación.</p>\n<p class=\"lf-p\">La conservación y gestión de estos recursos no se tienen adecuadamente en consideración en el diseño de políticas sectoriales, especialmente, en el planeamiento territorial, las evaluaciones de impacto ambiental y en los programas y proyectos de desarrollo.</p>\n<p class=\"lf-p\">La identificación de las áreas más valiosas desde el punto de vista de la geodiversidad, el patrimonio geológico, es esencial para poder avanzar en su preservación. En España, los inventarios del patrimonio geológico presentan un grado de avance muy dispar en los distintos dominios geológicos y territorios autonómicos, y adolecen de falta de uniformidad en los planteamientos metodológicos utilizados. Tampoco existen cartografías o atlas de la geodiversidad española por lo que su conocimiento ha de inferirse directamente de las cartografías geológicas que sí cubren la totalidad del territorio a escala 1:50.000.</p>\n<p class=\"lf-p\">El inventario sobre lugares de interés geológico de importancia internacional en España, encuadrado dentro del proyecto Global Geosites, se encuentra más avanzado: hasta el momento en España se han identificado dentro de esta categoría 214 lugares de interés geológico (geosites), que representan a los 20 contextos geológicos definidos.</p>\n<p class=\"lf-p\">La Ley 42/2007 incluye dentro del Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad el Inventario de Lugares de Interés Geológico que debe ser, al menos, representativo de las unidades y de los contextos geológicos de España de relevancia mundial recogidos en el Anexo VIII de la Ley. El trabajo de categorización de estos elementos no está hecho todavía, y está pendiente la realización de una clasificación jerárquica de los elementos que componen la geodiversidad en el territorio español que valore sus componentes y evalúe el grado de representatividad de los mismos. Esto debería ser un paso previo a la elaboración de un inventario coherente. El Sistema de Indicadores de la Ley 42/2007 permitiría la evaluación periódica de los elementos de este inventario si se incluyen geoindicadores adecuados.</p>\n<p class=\"lf-p\">La Ley 42/2007, además, establece el requisito de integrar la geodiversidad en la elaboración de los planes de ordenación de los recursos naturales, incluyendo este concepto dentro de sus objetivos y contenidos mínimos. Así, estos planes deberán contener la definición del estado de conservación de los componentes de la geodiversidad, en especial del patrimonio geológico y de los procesos geológicos del ámbito de trabajo, para poder identificar la capacidad e intensidad de uso de los mismos y determinar las alternativas de gestión y las posibles limitaciones en función de su estado de conservación. También deben prever y determinar las medidas de conservación necesarias para conservar y restaurar sus componentes.</p>\n<p class=\"lf-p\">La mayoría de los instrumentos de planificación de la gestión de los espacios naturales protegidos deben avanzar en el desarrollo de medidas activas concretas para la conservación del patrimonio geológico. El nivel de detalle necesario para incluir los elementos del patrimonio geológico y la geodiversidad en los planes de ordenación de los recursos naturales no puede ser inferido exclusivamente a partir de inventarios generales referidos a escala de región biogeográfica. Para una escala geográfica de detalle sería preciso completar las entidades geológicas objeto de inventario y cartografía de acuerdo a la escala requerida. También a esta escala, sería útil que se relacionen con la clasificación de los ecosistemas presentes, especialmente cuando se trate de aquéllos cuya funcionalidad y descripción esté más ligada a estructuras geológicas y procesos morfodinámicos.</p>\n<p class=\"lf-p\">El escaso reconocimiento del patrimonio geológico tiene su reflejo en la falta de legislación propia para su protección. En la actualidad, la protección legal general del patrimonio paleontológico, que es parte indivisible del patrimonio geológico, deriva de la Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español que incluye entre sus componentes los inmuebles y objetos muebles de interés paleontológico o arqueológico, los yacimientos y las zonas arqueológicas, entre otros, pero no le presta la atención debida como elemento natural característico. La protección legal de la geodiversidad y del patrimonio geológico se podría reforzar usando el marco de la legislación sobre Patrimonio Natural y Biodiversidad. La definición de la naturaleza del recurso geológico a proteger, el establecimiento de sanciones en caso de daños así como la asignación de la responsabilidad de su cumplimiento a un departamento administrativo determinado son elementos claves para asegurar la eficacia de un sistema de protección.</p>\n<p class=\"lf-p\">La recolección y el comercio de fósiles, minerales y de patrimonio geológico mueble en general es una causa importante de daños al patrimonio geológico en España, siendo muchas veces el destino de dicho comercio los mercados internacionales. Existe una escasa regulación sobre este tema que resulta, en general, insuficiente para asegurar su correcta protección, salvo que se trate de material recolectado dentro de un espacio protegido o que haya sido inventariado como patrimonio –por ejemplo, con la categoría de bien cultural— Para mejorar esta situación serían precisas acciones coordinadas entre las Administraciones de patrimonio histórico, patrimonio natural y comercio internacional. La regulación legal de la recolección en España de estos elementos sería muy conveniente, al igual que el fomento de códigos de conducta voluntarios que prevengan daños, pérdidas innecesarias y que faciliten la actividad investigadora.</p>\n<p class=\"lf-p\">Se detecta una carencia de programas educativos e informativos que favorezcan el interés por la conservación y estudio del patrimonio geológico como recurso natural en línea con otros programas más implantados relacionados con la biodiversidad. Asimismo, la cooperación entre instituciones públicas, nacionales e internacionales, organismos científicos y asociaciones civiles involucradas en este ámbito es escasa.</p>\n<p class=\"lf-p\">La adecuada consideración del patrimonio geológico como parte del patrimonio natural requiere su identificación mediante inventarios de los que puedan derivarse catálogos. A partir de ellos es posible orientar medidas adecuadas que garanticen la conservación del patrimonio geológico, así como establecer medidas para aprovechar su potencial didáctico, divulgativo y turístico. El estudio de la geodiversidad, y el conocimiento del papel de la geología en los sistemas naturales españoles pueden ayudar a entender mejor el funcionamiento de determinados ecosistemas y la vinculación entre biodiversidad y geodiversidad.</p>\n<p class=\"lf-p\">SISTEMAS AGRÍCOLAS Y GANADEROS.</p>\n<p class=\"lf-p\">Se entiende por sistemas agrarios (agrosistemas) de alto valor natural aquellos sistemas seminaturales, originados o fuertemente influidos por determinados patrones de usos agrarios extensivos, tradicionales y sostenibles, mantenidos a lo largo de siglos, que han configurado unas comunidades biológicas propias y unos modelos de paisaje rural exclusivos, que a su vez caracterizan los territorios donde dichos patrones de usos agrarios han estado asentados.</p>\n<p class=\"lf-p\">En la práctica, una apreciable parte del territorio rural nacional responde a esta caracterización, por lo que una adecuada coordinación entre las políticas territoriales de uso y las políticas de conservación de la biodiversidad resulta absolutamente necesaria.</p>\n<p class=\"lf-p\">En la actualidad, se aprecia la existencia de un buen número de sistemas agrarios cuya diversidad biológica manifiesta tendencias desfavorables. Esto es, en parte, consecuencia de alteraciones en el patrón tradicional de usos agrarios que ha venido manteniendo secularmente sus características. Estas presiones se deben en cierto modo a dos fenómenos: de una parte al abandono de la actividad agraria ecológicamente sostenible y, de otra, a la intensificación de las prácticas agrarias. El abandono de la actividad agraria en los hábitats agrarios de alto valor natural está causado, según el informe IRENA, por la falta de rentabilidad de las explotaciones de agricultura extensiva, que junto con las condiciones socioeconómicas desfavorables de estas zonas rurales no favorecen el relevo generacional. La intensificación responde a la necesidad de una mayor productividad y rentabilidad de la actividad agraria. Estas presiones tienen efectos sobre el medio rural y los agrosistemas de alto valor natural difíciles de corregir, si no es mediante una política de desarrollo rural sostenible de largo alcance que tienda a neutralizar sus efectos desfavorables, incidiendo precisamente en el mantenimiento de estos usos sostenibles y de la población rural.</p>\n<p class=\"lf-p\">La sustitución de los mosaicos naturales de usos del suelo característicos del medio rural español tradicional por monocultivos empobrece enormemente la biodiversidad asociada a los primeros.</p>\n<p class=\"lf-p\">Algunas explotaciones poco rentables en términos económicos, por ejemplo por ubicarse en zonas marginales, generan importantes externalidades ambientales positivas, lo que de por sí justificaría un apoyo específico por parte de la sociedad en su conjunto, y en particular de los poderes públicos. De lo contrario correrían grave riesgo de abandono, lo que conllevaría repercusiones muy negativas tanto para el entorno social, para la cohesión y vertebración territorial, como para la biodiversidad asociada.</p>\n<p class=\"lf-p\">Los paisajes agrícolas representan alrededor de la mitad de la superficie total de la Unión Europea, al igual que sucede en España. En términos sociales y económicos, las actividades agrarias generan más del 2,5% del Producto Interior Bruto del Estado y ocupan a más del 3,5% de la población española.</p>\n<p class=\"lf-p\">Según el Informe del Artículo 17 de la Directiva Hábitats101, en la Unión Europea sólo el 7% de los hábitats relacionados con la agricultura están en un estado favorable de conservación mientras que para los hábitats no agrícolas este dato asciende al 21%. En consecuencia parece justificado, de cara al futuro, un esfuerzo adicional para mejorar la conservación de la biodiversidad en los sistemas agrarios. En esta misma orientación se mueven, además, las recomendaciones de la Unión Europea respecto a la próxima Política Agraria Común102.</p>\n<p class=\"lf-p\">101 Informe de la Comisión de 13 de julio de 2009 sobre el estado de conservación de los tipos de hábitats y especies de conformidad con el artículo 17 de la Directiva de Hábitats COM (2009) 358. Comisión Europea. http://ec.europa.eu/environment/nature/knowledge/rep_habitats/index_en.htm 102 Agricultura y Desarrollo Rural. Comisión Europea. http://ec.europa.eu/agriculture/index_es.htm — En la siguiente gráfica, traducida del informe de la Agencia Europea de Medio Ambiente EU 2010 biodiversity baseline103, se recoge el estado de conservación de los tipos de hábitats de interés comunitario asociados a agroecosistemas.</p>\n<p class=\"lf-p\">103 EU 2010 biodiversity baseline. EEA Report No 12/2010.</p>\n<p class=\"lf-p\">Teniendo en cuenta que las regiones biogeográficas presentes en España son la Alpina, la Atlántica, la Mediterránea y la Macaronésica, se podrían destacar los siguientes aspectos: — En la región Atlántica no ha habido ningún informe favorable — El alto grado de desconocimiento del estado de conservación de este tipo de hábitats en la región Mediterránea –que no implica necesariamente un estado de conservación desfavorable- — El máximo porcentaje de hábitats (más del 20%) en estado de conservación favorable en la región Macaronésica.</p>\n<p class=\"lf-p\">Los datos del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino indican que, de las 31 especies de aves comunes que presentan un declive moderado, 17 están ligadas a medios agrícolas. Este declive en los medios agrícolas se detecta desde hace años pero se está agravando. En Europa, para el periodo, 1980-2006 también se observa esta tendencia, por lo que resulta necesario propiciar actuaciones concretas que permitan revertirla. Es preciso recordar que determinados entornos agrícolas favorecen el mantenimiento de ecosistemas fundamentales para muchas especies de interés comunitario por lo que es preciso mantenerlos y reforzar su contribución a la conservación de estas especies.</p>\n<p class=\"lf-p\">La Política Agraria Común ha ido aumentando con el paso de los años su consideración por el medio ambiente y la biodiversidad. En el marco del primer pilar de la PAC se exige el cumplimiento de requisitos medioambientales en el ámbito de la condicionalidad para el cobro íntegro de las ayudas, y en el marco del segundo pilar se ofrecen oportunidades para favorecer una agricultura más sostenible, que participe en la lucha contra el cambio climático y que contribuya a evitar la pérdida de biodiversidad, tal y como se reconoce en la Comunicación de la Comisión Europea «Detener la Pérdida de la Biodiversidad en 2010 y más adelante104». En esta Comunicación, la Comisión Europea considera que los programas de desarrollo rural deben constituir, junto con otras actuaciones, una herramienta esencial para la conservación de los agrosistemas de alto valor natural, y contribuir de una forma efectiva a la consolidación de la Red Natura 2000 en sus vertientes forestal y agraria.</p>\n<p class=\"lf-p\">104 Comunicación de la Comisión «Detener la pérdida de biodiversidad para 2010 y más adelante. Respaldar los servicios de los ecosistemas para el bienestar humano». COM/2006/0216 final.</p>\n<p class=\"lf-p\">Existen distintos instrumentos que permiten niveles progresivamente mayores de integración ambiental del sector agrario, desde las evaluaciones ambientales que evitan que puedan autorizarse actuaciones perjudiciales para el medio ambiente, pasando por la condicionalidad agraria, hasta las medidas de aplicación voluntaria a favor del medio ambiente que van más allá de lo exigido por la normativa. Gracias a la condicionalidad, los pagos de las ayudas directas de la Política Agraria Común están condicionados al cumplimiento de ciertas normas ambientales y al mantenimiento de las tierras en buenas condiciones agrarias y medioambientales. El Tribunal de Cuentas Europeo concluye en varios informes105 que este mecanismo constituye un elemento fundamental de la Política Agraria Común, cuya gestión y aplicación es susceptible de mejora en el futuro para que llegue a ser verdaderamente eficaz.</p>\n<p class=\"lf-p\">105 Tribunal de Cuentas Europeo: «Informe especial 9/2004 sobre las medidas forestales en el marco de la política de desarrollo rural» Tribunal de Cuentas Europeo: «Informe especial 3/2005 sobre el desarrollo rural: control del gasto ambiental». Tribunal de Cuentas Europeo: Informe especial 7/2006 sobre inversiones en el desarrollo rural Tribunal de Cuentas Europeo: Informe especial 8/2008. «¿Constituye la condicionalidad una política eficaz?»</p>\n<p class=\"lf-p\">La reducida implantación de planes de gestión Natura 2000 dificulta que la agricultura y la ganadería territorial se orienten eficazmente a mejorar el estado de conservación de los lugares de la Red Natura 2000, entre otras causas porque la ausencia de planificación impide identificar e incentivar adecuadamente las prácticas agrarias beneficiosas, con pérdida de oportunidades de aplicación de medidas y financiación comunitaria.</p>\n<p class=\"lf-p\">Avanzar en los citados aspectos permitiría, por un lado, superar la desconfianza de los propietarios de explotaciones incluidas en la Red Natura y, por otro, asegurar una adecuada y meditada definición de las medidas agroambientales.</p>\n<p class=\"lf-p\">En cualquier caso, en la actual programación de desarrollo rural 2007-2013, las medidas agroambientales están obligatoriamente incluidas en los programas de desarrollo rural, y constituyen el mayor capítulo presupuestario dentro del eje 2 sobre mejora del medio ambiente y del entorno rural. En la actual programación de desarrollo rural suponen un total de 2.494,7 millones de euros, lo cual representa el 43,43% del total del gasto público cofinanciado del eje 2.</p>\n<p class=\"lf-p\">Parece razonable profundizar en el conocimiento y en la reflexión de cómo se están aplicando los diversos instrumentos de apoyo a la biodiversidad que proponen los programas de desarrollo rural, así como de los efectos cuantificados de las medidas que específicamente se hayan adoptado para favorecer a la biodiversidad. Esta reflexión, además, si se quiere que tenga un mínimo éxito, debe ser compartida y solidaria entre los agricultores, los conservacionistas, y las Administraciones respectivamente responsables de agricultura y del patrimonio natural, en la línea de lo que ya se ha iniciado con el Observatorio de la Diversidad Biológica y los Procesos Ecológicos en el Medio Rural puesto en marcha por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, en el marco de la Red Rural Nacional106.</p>\n<p class=\"lf-p\">106 Desarrollo Rural. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. http://www.marm.es/es/desarrollo-rural/temas/default.aspx Las medidas destinadas a apoyar a los actores locales que contribuyen a la mejora de las condiciones ambientales y a la preservación de la biodiversidad en el medio rural se inscriben mayoritariamente dentro de la Política de Desarrollo Rural. En la última revisión de la programación se ha dado carácter horizontal y obligatorio a la presencia en los programas de medidas específicas relacionadas con la conservación de la biodiversidad. No obstante, cada Comunidad Autónoma elabora su propio Programa de Desarrollo Rural, por lo que su ejecución es variable a lo largo del territorio, variación que también permite ajustar las singularidades a los requerimientos específicos del territorio. En cualquier caso, la Dirección General para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural coordina la ejecución de los programas, labor que debe ser mantenida y reforzada, recalcando el análisis sobre los aspectos referidos. Así, la actual programación, determina tres medidas horizontales de obligada inclusión definidas en el Marco Nacional de Desarrollo Rural 2007-2013: Mitigación de la desertificación: prevención de incendios forestales; Ayudas a favor del medio forestal e inversiones no productivas en Red Natura 2000 en el medio forestal; y Apoyo a la biodiversidad en el medio rural, ayudas agroambientales.</p>\n<p class=\"lf-p\">En cualquier caso, y de cara a futuras programaciones, las medidas de desarrollo rural dirigidas a la biodiversidad deben intensificar su diseño particularizado y adecuado a la consecución de objetivos y de indicadores para medir sus efectos. Se debe hacer un esfuerzo para que resulte sencillo evaluar los resultados materiales sobre la biodiversidad del presupuesto invertido realmente en estas medidas. Actualmente se dispone de los conocimientos necesarios para diseñar medidas eficaces aplicables en superficies amplias que no supondrían grandes cambios en los modelos de gestión y responderían a prácticas tradicionales por lo que serían fácilmente aplicables y bien aceptadas por el productor. Es necesario intensificar la concertación, nuevamente basada en la colaboración y en la voluntariedad, entre sectores agrarios y conservacionistas, para alcanzar este objetivo.</p>\n<p class=\"lf-p\">Por ejemplo, un posible sistema de incentivos sobre la base de las externalidades ambientales positivas que genera la actividad agraria podría ayudar al mantenimiento de explotaciones marginales de alto valor para la biodiversidad con problemas de rentabilidad que comprometen su mantenimiento. Si ese sistema fuera asumido por el sector agrario, y entendido como un argumento para el futuro del mundo rural y de su actividad económica, sin duda será favorable a su incorporación, de ahí la necesidad de actuar conjuntamente con la población local que gestiona el medio rural.</p>\n<p class=\"lf-p\">Ejemplo de todo lo anterior es el proceso puesto en marcha para la aplicación de la Ley 45/2007 para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural. En particular destaca, por su utilidad, su apuesta por regular y fomentar la suscripción voluntaria de contratos territoriales de zona rural, como instrumento para establecer el conjunto de compromisos a realizar entre las Administraciones Públicas y los titulares de las explotaciones que orienten e incentiven su actividad en beneficio de un desarrollo sostenible del medio rural.</p>\n<p class=\"lf-p\">La figura del contrato territorial, trascendiendo de enfoques exclusivamente orientados al mantenimiento de las rentas, ha de perfilarse para mejorar la integración de las actividades en el territorio (agricultura, ganadería, actividad forestal, caza, etc.) y fomentar la generación de externalidades positivas apreciables en los ámbitos ambiental, social y económico, siempre con un enfoque territorial y de sostenibilidad, y una atención personalizada a las características y potencialidades de cada explotación agraria individual.</p>\n<p class=\"lf-p\">En el contexto de la conservación de la biodiversidad se considera que este modelo es una buena oportunidad para reforzar el enfoque multifuncional de las explotaciones, especialmente en áreas de alto valor natural, mejorando el asesoramiento ambiental, capacitando a los agricultores y ganaderos para decidir alternativas propias de gestión y aumentando la propia rentabilidad de las explotaciones sobre la base de incentivos a sus externalidades ambientales. A tal fin, resulta evidente e imprescindible que en la definición de los objetivos y los compromisos de los contratos territoriales colaboren estrechamente las Administraciones respectivamente responsables de los ámbitos agrario y ambiental, al menos, pues el concepto de externalidad trasciende por definición de la propia explotación, para incidir de forma directa sobre bienes y fines de carácter público de muy diferente naturaleza (ambientales, sociales, etc.).</p>\n<p class=\"lf-p\">Las zonas de alto valor natural mencionadas en el Reglamento (CE) n.º 1974/2006 que establece reglas detalladas para la aplicación del Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), pueden ser igualmente un instrumento útil para la mejora de la conectividad biológica del territorio y la integración de los requerimientos de conservación ambiental en el sector agrario. Es importante para ello mantener o incluso mejorar la simplicidad y facilidad en su aplicación, evitando las demoras o dificultades que puedan provocar una respuesta crítica en la sociedad rural respecto de su aplicación, que bloquearía toda su eficacia. Caracterizar estos sistemas e identificar de manera concreta y medible los elementos que les dan valor, ayudará a conocer los requerimientos para su conservación y permitir, a los actores territoriales y a las Administraciones, una mayor capacidad para diseñar medidas adecuadas para este fin.</p>\n<p class=\"lf-p\">Para lograr la integración agricultura-biodiversidad es precisa una estrecha coordinación entre las diferentes Administraciones y departamentos competentes, pero en particular es básico hacer protagonistas y responsables a los agentes locales que gestionan el territorio. No será posible articular una política de conservación de biodiversidad en el medio rural sin la complicidad de los gestores del territorio y, entre ellos, los agricultores y ganaderos. Su apoyo es esencial, y el principal esfuerzo que debe realizar la administración es lograr su implicación activa.</p>\n<p class=\"lf-p\">En el contexto de la Administración General del Estado, es imprescindible que este Plan Estratégico y el Primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible para el período 2010-2014 aprobado por el Real Decreto 752/2010, de 4 de junio resulten plenamente coherentes y complementarios. En este sentido, el citado Programa ya contempla expresamente como uno de sus objetivos operativos y una de sus actuaciones elegibles la elaboración de planes de gestión de los lugares Natura 2000 en zonas rurales. También incluye entre sus actuaciones elegibles varias a ejecutar por la propia Administración General del Estado, como son acciones de interés general para conservación de la diversidad biológica, la red de información y asesoramiento con nuevas tecnologías en la Red Natura 2000 y otras áreas con alto valor natural, y acciones de interés general para restauración de los ecosistemas en áreas afectadas por catástrofes o sujetas a graves riesgos.</p>\n<p class=\"lf-p\">En el ámbito de las actuaciones autonómicas elegibles y cofinanciadas al 50% por la Administración General del Estado, incluye actuaciones concretas de conservación de los espacios naturales protegidos, los hábitat y la diversidad biológica y geológica; gestión sostenible de los recursos forestales, cinegéticos o piscícolas; proyectos de protección, gestión y ordenación del paisaje rural; educación, interpretación y sensibilización ambiental; y apoyo a iniciativas de protección del medio ambiente promovidas por corporaciones locales y organizaciones no gubernamentales.</p>\n<p class=\"lf-p\">Una iniciativa singular desarrollada por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino para fomentar el desarrollo rural sostenible es el Programa de Itinerarios Naturales No Motorizados, antes denominado Caminos Naturales, que busca la promoción, valorización y el conocimiento por parte de la población de estas vías.</p>\n<p class=\"lf-p\">Por medio de la reutilización de infraestructuras de transporte, vías pecuarias, plataformas de ferrocarril, caminos de sirga, caminos tradicionales en desuso, etc. se permite el acercamiento de la población a la naturaleza y al medio rural, satisfaciendo una demanda creciente del uso recreativo de estos entornos. Se considera que este programa tiene un interesante potencial para contribuir al desarrollo sostenible del medio rural y que debería fomentarse su sinergia con las líneas de trabajo citadas en los párrafos anteriores.</p>\n<p class=\"lf-p\">PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN FORESTAL.</p>\n<p class=\"lf-p\">Según los datos del Inventario Forestal Nacional y del Mapa Forestal del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino107, la superficie forestal nacional supera los 27,5 millones de hectáreas, correspondiendo más de 18 millones de hectáreas a superficie forestal arbolada. La mayor parte de los terrenos forestales son de propiedad privada aunque los terrenos de titularidad pública representan también una importante fracción del territorio.</p>\n<p class=\"lf-p\">107 Montes y Política Forestal. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/montes-y-politica-forestal/ Los sucesivos inventarios nacionales forestales muestran un incremento notable de superficie arbolada, que se podría justificar, entre otros factores, por el progresivo abandono de actividades agrícolas y por las repoblaciones realizadas por la Administración.</p>\n<p class=\"lf-p\">A pesar de estos datos, es preciso destacar que la superficie de bosques maduros o de elevada naturalidad se ha reducido mucho en los últimos siglos. Se trata de un recurso con largos periodos de recuperación. En este sentido sería necesario restablecer una superficie mínima de cada tipo de bosque con un alto grado de naturalidad.</p>\n<p class=\"lf-p\">Como primer paso en esta dirección es conveniente crear una red de bosques de alto valor natural que tenga como objetivo la selección de los bosques mejor conservados que sean representativos de todos los tipos de bosques existentes en España. En una primera fase se identificarían estos bosques para, posteriormente, catalogarlos identificando sus principales características geográficas y ecológicas así como las posibles amenazas que pongan en riesgo su conservación con el objetivo de impulsar medidas de conservación así como de comunicación de los valores que representan.</p>\n<p class=\"lf-p\">Algunos aspectos que inciden negativamente sobre la biodiversidad forestal son la monoespecificidad de algunas masas, determinadas técnicas de gestión poco adecuadas y la creciente fragmentación provocada por el desarrollo de infraestructuras. Los incendios y los eventos climáticos extremos son un factor añadido que aumentan de manera importante las amenazas sobre los ecosistemas forestales. El cambio climático tendrá importantes efectos sobre los bosques (afecciones sobre la fisiología de las especies forestales, estrés hídrico, aumento de la inflamabilidad, incremento de la incidencia de plagas, etc.).</p>\n<p class=\"lf-p\">La respuesta de las especies forestales a los cambios climáticos es impredecible pero, en cualquier caso, el mantenimiento de la variabilidad genética de las especies forestales es fundamental para que las especies puedan adaptarse108 a estos cambios ambientales.</p>\n<p class=\"lf-p\">A lo largo de la historia de España, los bosques de las zonas más aptas para la agricultura y la ganadería fueron los primeros en ser eliminados, quedando en la actualidad en estos entornos manchas de reducido tamaño y muy fragmentadas. Los bosques de montaña, por su difícil accesibilidad y poca aptitud agrícola están en mejor estado general de conservación y, aunque ninguno permanece inalterado, hay ejemplos que aún recuerdan en su composición y estructura a las masas originales. Las mayores pérdidas históricas de bosques se han producido en las dos mesetas y en los valles de los principales ríos. Los bosques litorales originales han desaparecido en gran parte de su superficie debido la expansión de los cultivos forestales en las áreas atlántica y cantábrica y a las actividades urbanísticas en el área mediterránea.</p>\n<p class=\"lf-p\">108 Libro verde sobre protección de los bosques e información forestal en la UE: Preparación de los bosques al cambio climático. COM(2010)66 final.</p>\n<p class=\"lf-p\">Desde mediados del siglo pasado, en España se ha desarrollado una política de repoblación intensa, implantándose extensas superficies forestales constituidas en su mayor parte por coníferas. Los objetivos de estas reforestaciones eran principalmente productores y protectores. Estas plantaciones supusieron, y aún suponen, una importante contribución a la economía de determinadas zonas rurales. En la línea de lo establecido tanto en la Ley de Montes109 como en la Estrategia Forestal Española y el Plan Forestal Español110 es preciso avanzar hacia modelos forestales multifuncionales y sostenibles que permitan la compatibilización de los aspectos productivos con otros aspectos igualmente relevantes como los sociales o ambientales, teniendo en cuenta los nuevos compromisos y demandas actuales. Así, la planificación y gestión forestal sostenible se configura como el principal medio para el logro de estos objetivos.</p>\n<p class=\"lf-p\">109 Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y la Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre 110 Estrategia Forestal Española y Plan Forestal Español. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/montes-y-politica-forestal/estrategia-forestal-y-plan-forestal-espanol/default.aspx La planificación forestal es imprescindible para el logro de una gestión forestal sostenible tanto desde el punto de vista ambiental como económico y social. En este sentido, el principal problema identificado es que, salvo el caso de los montes catalogados de utilidad pública, la mayoría de los montes españoles carecen de gestión.</p>\n<p class=\"lf-p\">El Plan Forestal Español establece objetivos cualitativos y cuantitativos entre los que se encuentran objetivos relacionados con la conservación de la diversidad biológica, tanto en los espacios protegidos como en el resto de las áreas forestales, haciendo de la conservación de la diversidad biológica uno de los principios rectores de la gestión forestal. Este Plan se aprobó en 2002 y está sujeto a revisiones intermedias en las que se evalúe su aplicación de modo que se revisen los objetivos a medio plazo y las prioridades teniendo en cuenta nuevos diagnósticos elaborados con los datos disponibles en cada momento. En el contexto de este Plan Estratégico, se considera preciso revisar específicamente el avance hacia los objetivos relacionados con la diversidad biológica del Plan Forestal para, en su caso, proponer las modificaciones pertinentes en el momento en que se proceda a revisar el Plan Forestal en su conjunto.</p>\n<p class=\"lf-p\">Respecto a la planificación forestal, el Convenio sobre la Diversidad Biológica recomienda reforzar el enfoque ecosistémico de modo que los planes y proyectos de ordenación forestal se configuren como una herramienta que incluya directrices de conservación de la biodiversidad forestal y buenas prácticas forestales, adecuadas para las distintas actividades y tipos de montes. Así, el sector forestal se podría dotar de una herramienta propia de integración ambiental que le permitiría asumir objetivos e incorporar consideraciones sobre la biodiversidad en origen.</p>\n<p class=\"lf-p\">La Ley de Montes establece la figura de los Planes de Ordenación de los Recursos Forestales como figuras de planificación territorial a escala comarcal que se imbrican en la planificación del territorio. Según esta Ley, los montes deben ser gestionados de forma sostenible, integrando los aspectos ambientales con las actividades económicas, sociales y culturales, con la finalidad de conservar el medio natural al tiempo que generar empleo y colaborar al aumento de la calidad de vida y de expectativas de desarrollo de la población rural. Esta Ley habilita al Gobierno para aprobar las directrices básicas comunes de ordenación y aprovechamiento de montes. Estas directrices están pendientes de elaboración y pueden ser un marco adecuado donde considerar aspectos relevantes para la conservación de la biodiversidad forestal tales como los niveles óptimos de madera muerta, los efectos de incendios y plagas, la conservación de áreas sin intervención o la adecuación a los requerimientos de la Red Natura 2000.</p>\n<p class=\"lf-p\">En la definición de las políticas forestales a escala nacional es preciso tener en cuenta las decisiones y compromisos derivados de las negociaciones y foros internacionales en la materia, como el Foro Forestal de Naciones Unidas111 o la Conferencia Ministerial sobre Protección de Bosques en Europa112 (Forest Europe), entre otros.</p>\n<p class=\"lf-p\">111 Foro Forestal de Naciones Unidas. http://www.un.org/esa/forests/ 112 Conferencias Ministeriales de Protección de Bosques en Europa. http://www.foresteurope.org La certificación forestal es un medio que permite verificar el cumplimiento de determinados estándares de gestión forestal sostenible de manera que el consumidor final de los productos procedentes de un monte certificado tenga la certidumbre de que proceden de un monte gestionado de forma sostenible. Además, la certificación puede servir en España para la promoción del uso de productos forestales y evitar su sustitución por otros cuyo consumo de materias primas o energía no renovable son más altos o cuyo ciclo de vida es más costoso. La Ley de Montes establece que las Administraciones públicas promoverán el desarrollo de los sistemas de certificación, garantizando que el proceso de certificación forestal sea voluntario, transparente y no discriminatorio, así como que velarán por que los sistemas de certificación forestal establezcan requisitos en relación con los criterios ambientales, económicos y sociales que permitan su homologación internacional.</p>\n<p class=\"lf-p\">Para poder integrar adecuadamente la consideración de la conservación de la biodiversidad en las actividades forestales, es imprescindible que se apliquen los principios de la gestión forestal sostenible a todos los montes. Con ello se conseguirán beneficios notables sobre el patrimonio natural y la biodiversidad en forma de bienes y servicios sociales, ambientales y económicos. Para ello es importante disponer de conocimientos adecuados y contrastados sobre las técnicas menos impactantes para el uso sostenible de los recursos forestales en cada tipo de monte y dotarse de los adecuados instrumentos de planificación forestal a diversas escalas para lograr la multifuncionalidad.</p>\n<p class=\"lf-p\">El potencial de las repoblaciones forestales para contribuir a la restauración ambiental de ecosistemas degradados es muy grande si se realiza siguiendo criterios ecológicos, especialmente en relación con la diversidad estructural y la composición florística de las masas. La mejora de la calidad de las masas y el aumento de su resiliencia, la disminución de la fragmentación y la conectividad entre ellas suponen un importante reto para la gestión forestal.</p>\n<p class=\"lf-p\">En este sentido se plantea el problema de la utilización de semillas y plantas forestales en repoblaciones de la misma especie pero de orígenes con condiciones ecológicas diferentes. A medio plazo se generaran poblaciones híbridas que acarrearán pérdida de ecotipos autóctonos e incertidumbre respecto a su adaptación. Así, es fundamental que los materiales forestales de reproducción con los que se realizan las repoblaciones sean de orígenes y calidades genéticas adecuados de modo que se garantice su adaptación y eviten problemas de contaminación genética con masas naturales o poblaciones que hayan sido declaradas como amenazadas.</p>\n<p class=\"lf-p\">El Inventario Forestal Nacional es un proyecto encaminado a obtener el máximo de información posible sobre la situación, régimen de propiedad y protección, naturaleza, estado legal, probable evolución y capacidad productora de todo tipo de bienes de los montes españoles. Se trata de un inventario continuo, con una frecuencia de repetición decenal, cuya base es el mapa Forestal de España. A lo largo de sus más de cuatro décadas de historia, el Inventario se ha ido adaptando a los requerimientos de información forestal demandados por la sociedad, incluyéndose, por ejemplo, indicadores para medir las tendencias de la biodiversidad que albergan estos ecosistemas. En el marco de este Plan Estratégico, se considera necesario trabajar para avanzar en el desarrollo de nuevos indicadores sobre biodiversidad, calidad ecológica, diversidad, o de respuesta a diferentes técnicas de gestión forestal.</p>\n<p class=\"lf-p\">Los montes gestionados de modo sostenible generan externalidades ambientales positivas de las que se beneficia la sociedad en su conjunto. El pago por servicios ambientales generados por la biodiversidad, en general y por los montes en particular es un principio de este Plan Estratégico y se debería avanzar en su estudio y establecimiento como medio para la financiación de la biodiversidad y su integración en políticas sectoriales. En este contexto, el apoyo explícito de la Ley 42/2007 a la custodia del territorio representa una oportunidad para forjar nuevas alianzas entre el sector forestal privado y la conservación de la biodiversidad.</p>\n<p class=\"lf-p\">La superficie forestal de España113 e distribuye entre las diferentes categorías de montes:</p>\n<p class=\"lf-p\">Montes Públicos Superficie estimada (ha) Del Estado 300.000 De las Comunidades Autónomas 1.500.000 De las Entidades Locales 8.000.000 De otras entidades de derecho público 200.000 TOTAL MONTES PÚBLICOS 10.000.000 113 Montes y Política Forestal. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/montes-y-politica-forestal/ Montes Privados Superficie estimada (ha) De particulares y sociedades en régimen ordinario 15.900.000 De propiedad colectiva Germánica (Montes Vecinales en Mano Común) 700.000 Romana (Montes de Socios) 1.300.000 De otras entidades de derecho privado 100.000 TOTAL MONTES PRIVADOS 18.000.000 La relevancia cualitativa de los diversos patrimonios forestales viene dada por su adscripción/afección a figuras jurídicas de carácter proteccionista y, en particular, al Catálogo de Montes de Utilidad Pública y al Registro de Montes Protectores.</p>\n<p class=\"lf-p\">La Ley de Montes114 define el Catálogo de Montes de Utilidad Pública como un «registro público de carácter administrativo en el que se inscriben todos los montes declarados de Utilidad Pública». Los montes protectores son una figura recogida en la Ley de Montes que hace extensible la utilidad pública forestal a los montes de particulares.</p>\n<p class=\"lf-p\">114 Ley 43/2003, de 21 de Noviembre, de Montes El catálogo es un instrumento técnico-jurídico para la defensa del más cualificado patrimonio forestal de titularidad pública. En su origen (1862) estaba integrado por los montes exceptuados de la desamortización civil y desde entonces se ha venido incrementando la superficie inscrita hasta la actual.</p>\n<p class=\"lf-p\">Es una figura de larga tradición y reconocida eficacia para la protección del medio natural. Un ejemplo de ello es que más de la mitad de la superficie forestal catalogada ha sido incluida en la Red Natura 2000.</p>\n<p class=\"lf-p\">Los ecosistemas forestales están amenazados por diferentes factores de origen biótico (plagas, enfermedades…), abiótico (incendios forestales, eventos climáticos extremos…) o antropogénico (contaminación atmosférica…).</p>\n<p class=\"lf-p\">La sanidad forestal115 tiene como objetivo el mantenimiento del equilibrio de los bosques, entendiendo éste como un proceso dinámico en las relaciones entre los componentes de estos ecosistemas. Las herramientas que utiliza son los medios de corrección de los diferentes sucesos que ponen en peligro la supervivencia de los bosques.</p>\n<p class=\"lf-p\">115 Sanidad Forestal. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. Sanidad Forestal: http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/montes-y-politica-forestal/sanidad-forestal/ Junto a los fenómenos de plagas, enfermedades forestales y eventos climáticos extremos han surgido nuevos problemas que requieren de una especial atención y estudio por parte de esta área de actividad: Organismos de cuarentena, contaminación atmosférica y los efectos del cambio climático son elementos cuya importancia debe ser evaluada. Son precisas nuevas estrategias centradas en el desarrollo de técnicas de control y mitigación, la selvicultura y el seguimiento y estudio continuados de la salud de nuestros bosques.</p>\n<p class=\"lf-p\">La actividad de la Administración General del Estado en el ámbito de la sanidad forestal «clásica» –centrada en plagas, enfermedades y eventos climáticos– tiene su marco regulador establecido en la Ley 43/2002 de Sanidad Vegetal116 y en la Ley de Montes. Las líneas de trabajo son:</p>\n<p class=\"lf-p\">116 Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal — El Fomento y aplicación de técnicas de control no agresivas con medio (lucha biológica, biotecnológica –feromonas– y selvícola). — Los Seguimientos y estudios sobre el impacto de plagas y enfermedades de ámbito supra-autonómico, organismos exóticos nocivos de cuarentena y otros estudios puntuales. — La Recopilación de información y asesoría en áreas gestionadas por el Estado o como respuesta a peticiones específicas. — La Representación en organismos supranacionales e internacionales sobre lucha biológica y sanidad forestal.</p>\n<p class=\"lf-p\">En el ámbito de las redes europeas de seguimiento de los daños en bosques117 (evolución de la salud y vitalidad de los bosques españoles) y del seguimiento de los daños por la contaminación atmosférica en los bosques el marco de referencia es, además de la Ley de Montes, el Convenio Marco de Naciones Unidas sobre Contaminación Transfronteriza a Larga Distancia118. Las líneas de trabajo principales son:</p>\n<p class=\"lf-p\">117 Redes europeas de seguimiento de daños en bosques. http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/montes-y-politica-forestal/sanidad-forestal/ 118 Convenio Marco de Naciones Unidas sobre Contaminación Transfronteriza a Larga Distancia. http://www.unece.org/env/lrtap/lrtap_h1.htm — La Representación española en el ámbito internacional. — Aplicación en España de las redes Europeas (instalación, mantenimiento y recogida de información, bases de datos, informes periódicos) y coordinación con las Comunidades Autónomas en este ámbito.</p>\n<p class=\"lf-p\">El cambio climático es una amenaza grave sobre los ecosistemas forestales y por ello el sector forestal participa activamente en la aplicación y desarrollo del Convenio Marco de Cambio Climático. En este contexto el trabajo más relevante desarrollado es: — El relativo al proceso de transposición y cumplimiento nacional de los Inventarios Anuales de Gases de Efecto Invernadero, de acuerdo con la Convención de Cambio Climático. — Los procesos de contabilización y cálculo, en el ámbito de uso del terreno forestal y sus cambios, de acuerdo con lo estipulado por los Acuerdos Internacionales subscritos por España.</p>\n<p class=\"lf-p\">La Ley de Economía Sostenible119 dedica su artículo 89 a la capacidad de absorción de los sumideros españoles. Se establece, con el fin de conocer y determinar el carbono absorbido por las actividades de uso de la tierra, cambio de uso de la tierra y selvicultura en España, que se desarrollará un sistema de información ágil, exhaustivo, preciso y eficaz con actualización periódica y carácter público y accesible.</p>\n<p class=\"lf-p\">119 Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.</p>\n<p class=\"lf-p\">Además, las Administraciones Públicas promoverán el aumento y mejora de sumideros vinculados al uso forestal sostenible. El Inventario Forestal Nacional será una de las fuentes de evaluación de este objetivo.</p>\n<p class=\"lf-p\">También se establece el fomento de una serie de acciones vinculadas a la gestión forestal sostenible, a la conservación y mejora de la variabilidad genética de los recursos forestales, a la prevención de los incendios forestales y otros daños así como a la promoción de las energías renovables. Para reducir las emisiones procedentes de los sistemas agrícolas, las Administraciones Públicas promoverán medidas específicas, entre otras, el fomento de prácticas agrícolas, ecológicas y sostenibles.</p>\n<p class=\"lf-p\">Los incendios forestales constituyen una grave amenaza sobre la biodiversidad en España120. Las características del clima mediterráneo, con un marcado periodo de sequía estival acompañado de elevadas temperaturas, fenómenos tormentosos con actividad eléctrica y, en ocasiones, fuertes vientos terrales, provocan un alto riesgo de incendio. Determinados aspectos socioeconómicos como el abandono del medio rural, el uso incorrecto del fuego para quemas agrícolas o de pastos, los nuevos usos de las áreas forestales por parte de la población urbana y el aumento de áreas de interfaz urbana-forestal agravan la situación.</p>\n<p class=\"lf-p\">120 Defensa contra Incendios Forestales. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/defensa-contra-incendios-forestales/ En el periodo 1970-2008 la tendencia en el número de incendios es creciente, apuntando a la estabilización en los últimos 15 años. La media para el último decenio es de 18626 incendios, suponiendo los conatos (incendios menores de 1 ha) más del 63% de los casos. En cuanto a la superficie afectada, ésta fluctúa de unos años a otros en función fundamentalmente de las condiciones meteorológicas, si bien en los últimos diez años se ha reducido a en torno a una media de 123.441 ha (el 0,47% de la superficie forestal nacional), gracias en parte a las grandes mejoras en los operativos de extinción, Cabe destacar la especial amenaza que suponen los grandes incendios (de más de 500 ha) que, pese a presentar una tendencia decreciente en número y suponiendo en la actualidad menos de un 0,2% de los siniestros, son responsables de una media anual del 37,5% de la superficie afectada en el último decenio.</p>\n<p class=\"lf-p\">La gestión de los incendios forestales a escala nacional está regulada en la Ley 43/2003 de Montes y en la Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes así como en la Estrategia Forestal Español y el Plan Forestal Español.</p>\n<p class=\"lf-p\">EROSIÓN Y DESERTIFICACIÓN.</p>\n<p class=\"lf-p\">El suelo es un recurso escasamente renovable que presta servicios ecológicos, económicos y sociales y está sometido a crecientes presiones como recurso natural de interés común. La pérdida o degradación de este recurso se asocia a riesgos ambientales como la modificación de los ciclos hídricos, la pérdida de fertilidad, el aumento de inundaciones, la disminución del intercambio de gases entre el suelo y la atmósfera, etc.</p>\n<p class=\"lf-p\">Una de las principales amenazas sobre los suelos proviene de los cambio de uso a los que se ve sometido: intensificación agraria, expansión urbanística y de infraestructuras, etc. El incremento de la demanda de agua y el uso insostenible de los recursos hídricos agrava la situación, especialmente en zonas áridas. Todos estos efectos se verán magnificados por el cambio climático.</p>\n<p class=\"lf-p\">La cobertura vegetal es un elemento protector de los suelos. En este sentido, las actuaciones de reforestación protectora constituyen un medio para la recuperación de suelos donde falte una cubierta vegetal adaptada a las condiciones del ecosistema. Los tratamientos selvícolas de conservación y mejora de las masas forestales destinados a mantener y potenciar sus cualidades protectoras son también de interés. En el desarrollo de estas actividades no siempre se han tenido adecuadamente en cuenta criterios de conservación de la biodiversidad por lo que en ocasiones han tenido repercusiones negativas sobre la misma. Actualmente sí se consideran con mayor detalle estos aspectos lo que está logrando compatibilizar la protección del suelo con la conservación de la biodiversidad. Se considera preciso continuar avanzando en la integración de la biodiversidad en el desarrollo de las actuaciones de protección de suelos y restauración hidrológico-forestal. En este ámbito debería prestarse especial atención a la restauración forestal y medioambiental por el procedimiento de emergencia de las superficies que hayan sufrido grandes incendios forestales.</p>\n<p class=\"lf-p\">Las actuaciones de restauración hidrológico-forestal121 adecuadamente enfocadas, además de proteger el recurso suelo, tienen potencial para el logro de otros efectos ambientales positivos, como la fijación de carbono atmosférico, la conservación de la biodiversidad, la protección de los recursos hídricos, el aumento del empleo rural o la diversificación del paisaje.</p>\n<p class=\"lf-p\">121 Plan Nacional de Acciones Prioritarias en materia de restauración hidrológico forestal, Control de la Erosión y Defensa contra la Desertificación. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/lucha-contra-la-desertificacion Ya existen relaciones entre el Convenio sobre Diversidad Biológica, el de Lucha contra la Desertificación y el de Cambio Climático y se hace necesario fomentar las sinergias entre estas líneas de trabajo para aumentar los conocimientos básicos e impulsar buenas prácticas de gestión que respondan a las necesidades detectadas.</p>\n<p class=\"lf-p\">La desertificación es uno de los principales problemas ambientales que sufre España. Este proceso es definido por la Convención de las Naciones Unidas de Lucha Contra la Desertificación122 como la «degradación de las tierras de zonas áridas, semiáridas y subhúmedas secas resultante de diversos factores, tales como las variaciones climáticas y las actividades humanas».</p>\n<p class=\"lf-p\">122 Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación. http://www.unccd.int/ La desertificación disminuye la productividad biológica y económica de los suelos y lleva a la pérdida duradera de la cubierta vegetal, además, tiene repercusiones negativas por ejemplo en la regulación del ciclo hidrológico, en la salinización de los suelos, o en el deterioro de la calidad del agua.</p>\n<p class=\"lf-p\">En España un 18 % del territorio sufre un riesgo de desertificación alto o muy alto y un 19% un riesgo medio, centrada principalmente en el sureste peninsular y Canarias. Este índice se ha calculado dentro del Programa de Acción Nacional de Lucha contra la Desertificación, elaborado como parte de los compromisos adquiridos por España en el marco de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación. Esta Convención fue ratificada por España en 1996 y es de obligado cumplimiento desde 1997. De acuerdo con este Programa de Acción, el riesgo de desertificación se calcula en base a varios parámetros: aridez, erosión, frecuencia de incendios y uso insostenible de recursos hídricos. La erosión es la causa más importante de desertificación, y afecta de manera notable a la conservación de los hábitats. Para el estudio de este fenómeno en España se desarrolla el Inventario Nacional de Erosión de Suelos123 que permite graduar con detalle no solo las zonas sometidas a riesgos erosivos sino su evolución en el tiempo.</p>\n<p class=\"lf-p\">123 Inventario Nacional de Erosión de Suelos. http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/inventarios-nacionales/inventario-nacional-de-erosion-de-suelos/default.aspx El Programa de Acción Nacional de Lucha contra la Desertificación desarrolla, además, diversas líneas de acción para la prevención o la reducción de la degradación de las tierras, así como la rehabilitación de tierras parcialmente degradadas y la recuperación de tierras desertificadas, de manera que alcancen un nivel de funcionalidad compatible con su uso actual y futuro. En este contexto se engloba el Proyecto de Lucha Contra la Desertificación en el Mediterráneo (LUCDEME124), una iniciativa del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino que constituye un punto de encuentro de expertos y que promueve, entre otras acciones, estudios y actuaciones encaminadas a conocer la situación real de las áreas afectadas por la desertificación y orientar el diseño de medidas para combatirla.</p>\n<p class=\"lf-p\">124 Proyecto de Lucha Contra la Desertificación en el Mediterráneo LUCDEME. Ministerio de Medio Ambiente y Medio http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/lucha-contra-la-desertificacion/ En relación con esta materia, la Ley 42/2007 establece mecanismos específicos: El artículo 73, sobre incentivos a las externalidades positivas teniendo en cuenta los servicios prestados por los ecosistemas en el ámbito de los espacios protegidos y de los acuerdos de custodia del territorio, establece entre los servicios que deberían ser incentivados se encuentra «la conservación de los suelos y del régimen hidrológico como medida de lucha contra la desertificación, en función del grado en que la cubierta vegetal y las prácticas productivas contribuyan a reducir la pérdida o degradación del suelo y de los recursos hídricos superficiales y subterráneos».</p>\n<p class=\"lf-p\">La ocupación de suelo debida a proyectos de desarrollo urbanístico es otro grave problema que repercute negativamente sobre la biodiversidad en España, principalmente por la pérdida de hábitats y de conectividad del territorio. La alteración de los sistemas hidrológicos por cambios en los drenajes naturales, impermeabilización de suelos etc., conlleva múltiples impactos asociados como erosión, avenidas etc. La pérdida de suelo natural provoca la disminución de la capacidad de los sistemas ecológicos para proveer bienes y servicios ambientales.</p>\n<p class=\"lf-p\">AGUAS CONTINENTALES.</p>\n<p class=\"lf-p\">España cuenta con una gran diversidad de ecosistemas asociados a las aguas continentales, con más de 75.000 kilómetros de ríos y al menos 1.500 humedales. Estos ecosistemas tienen importantes valores ambientales y proporcionan múltiples servicios: son refugios y corredores para la biodiversidad, depuran el agua, regulan el clima y los ciclos hidrológicos, atesoran valores estéticos, culturales y paisajísticos, etc.</p>\n<p class=\"lf-p\">La Directiva Marco del Agua125 y la legislación de aguas estatal, cuyas principales normas son el Texto Refundido de la Ley de Aguas126; el Reglamento de la Planificación Hidrológica127 y el Reglamento del Dominio Público Hidráulico128 junto con la Directiva Relativa a la Evaluación y Gestión de los Riesgos de Inundación129 y el Real Decreto de Evaluación y Gestión de Riesgos de Inundación130 se valoran como un cuerpo jurídico muy adecuado para la correcta conservación de la biodiversidad asociada a las aguas continentales. La plena aplicación de esta normativa es el principal reto a encarar en la materia.</p>\n<p class=\"lf-p\">125 Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas.</p>\n<p class=\"lf-p\">126 Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, del Texto Refundido de la Ley de Aguas.</p>\n<p class=\"lf-p\">127 Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, del Reglamento de la Planificación Hidrológica.</p>\n<p class=\"lf-p\">128 Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.</p>\n<p class=\"lf-p\">129 Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación.</p>\n<p class=\"lf-p\">130 Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación.</p>\n<p class=\"lf-p\">Las presiones que sufren las aguas continentales son múltiples. En la siguiente tabla se resumen algunas de las principales, además, se citan algunos instrumentos para su gestión así como los planes o programas relacionados Principales presiones Instrumentos para su gestión Principales Planes o programas131 CONTAMINACIÓN Fuentes puntuales.</p>\n<p class=\"lf-p\">Urbanas.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">–</span>Autorización vertido.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">–</span>Plan Nacional de Calidad de las Aguas.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">–</span>Plan de tolerancia cero de vertidos.</div>\n<p class=\"lf-p\">Planes hidrológicos de cuenca.</p>\n<p class=\"lf-p\">Industriales. ‒ Autorización vertido.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">–</span>Plan de tolerancia cero de vertidos.</div>\n<p class=\"lf-p\">Fuentes difusas.</p>\n<p class=\"lf-p\">Nutrientes. ‒ Programas de acción en zonas vulnerables.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">–</span>Códigos de buenas prácticas agrarias.</div>\n<p class=\"lf-p\">Plaguicidas. ‒ Autorización previa (Reglamento REACH)</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">–</span>Redes de control PRESIONES HIDROMORFOLÓGICA Extracciones de agua.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">–</span>Autorizaciones y concesiones</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">–</span>Programa Alberca.</div>\n<p class=\"lf-p\">Regulación de caudales (embalses, trasvases, etc.). ‒ Curvas de desembalse. ‒ Régimen ambiental de caudales.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">–</span>Autorizaciones y concesiones.</div>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">–</span>Planificación hidrológica.</div>\n<p class=\"lf-p\">Alteraciones morfológicas (presas, azudes, canalizaciones, diques, dragados, etc.).</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">–</span>Autorizaciones y concesiones.</div>\n<p class=\"lf-p\">Estrategia Nacional de Restauración de Ríos.</p>\n<p class=\"lf-p\">OTRAS Especies exóticas, sedimentos contaminados, extracción de áridos, ocupación de márgenes, etc.</p>\n<div class=\"lf-abs\"><span class=\"lf-abs-num\">–</span>Autorizaciones en DPH.</div>\n<p class=\"lf-p\">131 Planes y estrategias. Dirección General del Agua. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. http://www.marm.es/es/agua/planes-y-estrategias/ La mejora de la calidad de las aguas por medio de la lucha contra la contaminación es básica para asegurar un buen estado ecológico de las mismas. En este sentido, se considera especialmente relevante continuar la aplicación del Plan Nacional de Calidad de las Aguas132, que está repercutiendo muy positivamente en la mejora de la biodiversidad asociada a estos ambientes.</p>\n<p class=\"lf-p\">132 Plan Nacional de Calidad de las Aguas. http://www.marm.es/es/agua/planes-y-estrategias/PlanNacionalCalidadAguas_tcm7-29339.pdf El deterioro del estado ambiental de las cuencas vertientes es un problema que repercute muy negativamente en la conservación de los ecosistemas fluviales. Del mismo modo, la ocupación de las llanuras de inundación por diferentes tipos de infraestructuras y actividades provoca rigidez e inmovilidad en los cauces. Una adecuada planificación del espacio fluvial –adaptando los usos a las características de los regímenes fluviales– permitiría una mejor conservación de los ecosistemas fluviales y su biodiversidad asociada. La delimitación y protección de dominio público hidráulico133 se considera el principal instrumento para conseguir este objetivo.</p>\n<p class=\"lf-p\">133 Dominio Público Hidráulico. Dirección General del Agua. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. http://www.marm.es/es/agua/temas/delimitacion-y-restauracion-del-dominio-publico-hidraulico/ En España hay un gran número de infraestructuras ubicadas en los cauces (presas, azudes, diques, motas, etc.) que provocan importantes alteraciones sobre los ecosistemas acuáticos (cambios en los regímenes naturales, en la morfología del cauce, en la dinámica sedimentaria, en los parámetros físico-químicos del agua etc.). Las infraestructuras obsoletas o fuera de servicio ubicadas en los cauces permanecen por tiempo indefinido en ellos y causan un importante efecto barrera sobre las comunidades biológicas. La recuperación de la continuidad longitudinal y transversal de los sistemas fluviales debe ser una línea prioritaria de trabajo para mejorar su estado ecológico.</p>\n<p class=\"lf-p\">La pérdida de espacio de movilidad fluvial y la reducción de los caudales sólidos del sistema por extracciones de áridos o captura en barreras provoca desequilibrios geomorfológicos que repercuten muy negativamente en los ecosistemas fluviales y costeros –muy especialmente en las playas‒. Un adecuado mantenimiento de la dinámica natural de los sistemas fluviales asegura su potencial de regeneración natural una vez eliminadas las presiones a que se ven sometidos.</p>\n<p class=\"lf-p\">Un efecto adicional especialmente importante provocado por la retención y extracción de áridos en cauces y embalses es el deterioro y erosión de las playas próximas a las desembocaduras de los ríos. La dinámica natural de estos sistemas provoca que los sedimentos procedentes de las cuencas sean transportados hasta el mar, donde pasan a formar parte de las playas. La captura de caudales sólidos en los embalses de la cuenca o la extracción de áridos del cauce provoca la desaparición del sistema del material básico que conforma y mantiene la integridad de las costas arenosas. La alteración de esta dinámica es el principal factor que provoca la erosión de playas y con ella retroceso costero. Los embalses también funcionan en determinadas ocasiones como trampas de nutrientes, lo que puede provocar alteraciones en los sistemas tróficos de los ecosistemas asociados.</p>\n<p class=\"lf-p\">La degradación de los entornos riparios por las causas citadas anteriormente es especialmente preocupante por su carácter conector entre ecosistemas y, por tanto, vertebrador del territorio natural.</p>\n<p class=\"lf-p\">Los cambios de condiciones ambientales en los ecosistemas acuáticos provocan modificaciones profundas en sus comunidades biológicas originales, que llegan a ser sustituidas por otras frecuentemente dominadas por especies exóticas: Al menos un tercio de la ictiofauna presente en aguas continentales españolas es exótica134, los ecosistemas fluviales se ven afectados por algunas de las especies exóticas invasoras identificadas como más dañinas135 (Helecho de agua Azolla filiculoides, jacinto de agua Eichhornia crassipes, mejillón cebra Dreissena polimorpha, cangrejo rojo Procambarus clarkii, galápago de Florida Trachemys scripta, malvasía canela Oxyura jamaicensis, visón americano Mustela vison, etc.). El Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, actualmente en elaboración, será un marco adecuado para la acción conjunta y planificada contra las especies exóticas invasoras.</p>\n<p class=\"lf-p\">134 Atlas y libro rojo de los peces continentales de España. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. http://www.marm.es/es/cartografia-y-sig/temas/banco-de-datos-de-la-biodiversidad-bdb-/informacion-disponible/index2010-11-11_20.53.23.8893.aspx 135 Especies exóticas invasoras: Diagnóstico y bases para la prevención y el manejo. Naturaleza y Parques Nacionales Serie Técnica. Ministerio de Medio Ambiente 2006.</p>\n<p class=\"lf-p\">El Plan Hidrológico Nacional136 establece en su artículo 26 que «a los efectos de la evaluación de disponibilidades hídricas, los caudales ambientales que se fijen en los Planes Hidrológicos de cuenca, de acuerdo con la Ley de Aguas, tendrán la consideración de una limitación previa a los flujos del sistema de explotación, que operará con carácter preferente a los usos contemplados en el sistema». Para su establecimiento, los Organismos de Cuenca realizarán estudios específicos para cada tramo de río, teniendo en cuenta la dinámica de los ecosistemas y las condiciones mínimas de su biocenosis. Las disponibilidades obtenidas en estas condiciones son las que pueden, en su caso, ser objeto de asignación y reserva para los usos existentes y previsibles.</p>\n<p class=\"lf-p\">136 Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, modificada por la Ley 11/2005, de 22 de junio.</p>\n<p class=\"lf-p\">Por su parte, el Reglamento de la Planificación Hidrológica define el caudal ecológico como aquel que contribuye a alcanzar el buen estado o buen potencial ecológico en los ríos o en las aguas de transición y mantiene, como mínimo, la vida piscícola que de manera natural habitaría o pudiera habitar en el río, así como su vegetación de ribera.</p>\n<p class=\"lf-p\">La Instrucción de Planificación Hidrológica137, que incluye indicaciones y recomendaciones técnicas para orientar una elaboración homogénea y sistemática de los nuevos planes hidrológicos, dedica un capítulo a los regímenes de caudales ecológicos.</p>\n<p class=\"lf-p\">137 Orden ARM/2656/2008, de 10 de septiembre, por la que se aprueba la instrucción de planificación hidrológica.</p>\n<p class=\"lf-p\">Según esta instrucción, el régimen de caudales ecológicos se establecerá de modo que permita mantener de forma sostenible la funcionalidad y estructura de los ecosistemas acuáticos y de los ecosistemas terrestres asociados, contribuyendo a alcanzar el buen estado o potencial ecológico en ríos o aguas de transición. Además se establece la prioridad de las zonas protegidas de la Red Natura 2000 y de la Lista de Humedales de Importancia Internacional del Convenio de Ramsar y la necesidad de que los caudales ecológicos que afecten a estas zonas sean los apropiados para mantener o restablecer un estado de conservación favorable de los hábitat o especies, respondiendo a sus exigencias ecológicas y anteponiendo a largo plazo las funciones ecológicas de las que dependen.</p>\n<p class=\"lf-p\">En el caso de las especies y hábitats protegidas por las Directivas Aves y Hábitat y por la normativa estatal, el objetivo del régimen de caudales ecológicos será salvaguardar y mantener la funcionalidad ecológica de dichas especies (áreas de reproducción, cría, alimentación y descanso) y hábitats según los requerimientos y directrices recogidos en las respectivas normativas. La determinación e implantación del régimen de caudales en las zonas protegidas no se referirá exclusivamente a la propia extensión de la zona protegida, sino también a los elementos del sistema hidrográfico que, pese a estar fuera de ella, puedan tener un impacto apreciable sobre dicha zona.</p>\n<p class=\"lf-p\">Con toda esta base normativa y en el contexto actual, es preciso acelerar la implantación y aplicación de caudales ambientales adecuados a las características ecológicas de cada río.</p>\n<p class=\"lf-p\">El Reglamento de Planificación Hidrológica y la Instrucción de Planificación Hidrológica aportan nuevos fundamentos metodológicos para su cálculo y establecimiento. La aplicación de estas metodologías ha permitido realizar nuevas estimaciones de los requerimientos hídricos de un elevado número de masas de agua, cuya implantación efectiva debe realizarse a lo largo de los próximos años. Asimismo, resulta indispensable realizar un seguimiento continuado de su efectividad, para realizar las modificaciones oportunas en posteriores ciclos de planificación.</p>\n<p class=\"lf-p\">Además, El Reglamento de Planificación Hidrológica establece que los planes hidrológicos, con el objetivo de preservar aquellos ecosistemas acuáticos fluviales que presentan un alto grado de naturalidad, recogerán las reservas naturales fluviales declaradas por las Administraciones competentes de la demarcación o por el Ministerio de Medio Ambiente.</p>\n<p class=\"lf-p\">El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, está desarrollando, en consonancia con la Directiva Marco del Agua y la Directiva de Evaluación y Gestión de los Riesgos de Inundación, la Estrategia Nacional de Restauración de Ríos138. Se trata de un proyecto para conservar y recuperar el buen estado de los ríos, potenciar su patrimonio cultural, fomentar el uso racional, destacar sus valores y beneficios e impulsar el desarrollo sostenible del medio rural.</p>\n<p class=\"lf-p\">138 Estrategia Nacional de Restauración de Ríos. http://www.marm.es/es/agua/temas/delimitacion-y-restauracion-del-dominio-publico-hidraulico/estrategia-nacional-restauracion-rios/ Las líneas de actuación de esta estrategia son las siguientes: — Formación: para mejorar el grado de formación de los técnicos y profesionales encargados de la gestión administrativa del territorio, y la educación ambiental de la sociedad en su conjunto, para mejorar su percepción sobre el valor de los ríos en buen estado ecológico. — Protección y conservación: con medidas para la creación de una Red Nacional de Reservas Naturales Fluviales, el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables o medidas para la Conservación del Dominio Público Hidráulico. — Rehabilitación y restauración: con proyectos de intervención en los cursos fluviales, bien de rehabilitación de tramos urbanos o bien de restauración de los no urbanos con mayores posibilidades de recuperación. — Programa de Voluntariado en ríos: que proporciona a la ciudadanía la participación activa en la recuperación del medio que reclama. — Coordinación administrativa: para fortalecer la actual estructura y competencias de los Organismos de cuenca, y coordinarse con el resto de Administraciones, incluida la de gestión de espacios protegidos. — I+D+i: mediante una convocatoria propia de ayudas, así como convenios específicos de instituciones sin ánimo de lucro ligadas a la investigación.</p>\n<p class=\"lf-p\">Esta Estrategia Nacional es una excelente oportunidad para la conservación de la diversidad biológica, por lo que se considera prioritario continuar con su aplicación. Es preciso, además, conseguir una mayor coordinación para el logro pleno de sus objetivos en consonancia con este Plan Estratégico.</p>\n<p class=\"lf-p\">El conocimiento de la vegetación de ribera es básico para afrontar la restauración de ecosistemas fluviales. La cartografía de la vegetación de ribera a escala nacional139, realizada por la Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino en colaboración con el Centro de Estudio y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX140), está muy avanzada y se considera muy interesante finalizarla.</p>\n<p class=\"lf-p\">139 Vegetación de ribera. Dirección General del Agua. http://www.marm.es/es/agua/temas/delimitacion-y-restauracion-del-dominio-publico-hidraulico/caracterizacion-vegetacion-ribera/ 140 Centro de Estudio y Experimentación de Obras Públicas http://www.cedex.es/ Dado el gran número de unidades de diferentes Administraciones implicadas en la planificación, gestión y conservación de las aguas continentales y de sus ecosistemas asocia dos (planificación hidrológica, gestión del dominio público hidráulico, infraestructuras hidráulicas, seguimiento y control de la calidad de las aguas, conservación y gestión de la biodiversidad, ordenación territorial, restauración hidrológica-forestal, sistemas de información hidráulica y de biodiversidad, predicción y vigilancia de las condiciones meteorológicas, etc.) es necesario consolidar los mecanismos de coordinación e intercambio de información.</p>\n<p class=\"lf-p\">El estado y calidad de las masas de agua es un aspecto fundamental de la Directiva Marco del Agua. Para contar con información de calidad a este respecto se han puesto en marcha numerosos programas de seguimiento del estado de las aguas141.</p>\n<p class=\"lf-p\">141 Estado y calidad de las aguas. http://www.marm.es/es/agua/temas/estado-y-calidad-de-las-aguas/ La información obtenida mediante estos programas permite la conexión entre el estado de las aguas y las necesidades de gestión. Así mismo sirve estudiar la efectividad de las medidas adoptadas por los gestores y el grado de cumplimiento de los objetivos marcados.</p>\n<p class=\"lf-p\">Se considera muy relevante consolidar los mecanismos de intercambio de información entre las unidades relacionadas con la gestión de las aguas y las relacionadas con la conservación de la biodiversidad. De este modo se optimizará el esfuerzo y se contribuirá a mejorar sustancialmente el conocimiento sobre la biodiversidad y con ello a su adecuada conservación.</p>\n<p class=\"lf-p\">En este sentido se podrían destacar las redes de seguimiento de las Demarcaciones Hidrográficas142 como una interesante fuente de conocimiento. Estas redes cuentan con un total de más de 3.400 puntos distribuidos por todas las masas de agua continental, en las cuales y al objeto de determinar su estado ecológico, según obliga la Directiva Marco del Agua, se controlan periódicamente:</p>\n<p class=\"lf-p\">142 Confederaciones Hidrográficas. http://www.marm.es/es/ministerio/organizacion/organismos-publicos/confederaciones-hidrograficas/default.aspx En el caso de ríos: — Composición y abundancia de la flora acuática (diatomeas y macrófitas). — Composición y abundancia de la fauna bentónica de invertebrados. — Composición, abundancia y estructura de edades de la fauna ictiológica. En el caso de lagos y embalses: — Composición, abundancia y biomasa del fitoplancton. — Composición y abundancia de otro tipo de flora acuática. — Composición y abundancia de la fauna bentónica de invertebrados. — Composición, abundancia y estructura de edades de la fauna ictiológica.</p>\n<p class=\"lf-p\">Toda esta información se recopila en la Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino en la Base de Datos CEMAS (Control y estado de las masas de agua) en la cual hay inventariados unos 3.000 taxones asociados a ecosistemas acuáticos.</p>\n<p class=\"lf-p\">Esta información es recopilada siguiendo protocolos, listas de taxones y frecuencias comunes a todos los organismos competentes y se considera que puede ser un apoyo relevante para llevar a cabo el inventario del patrimonio natural y la biodiversidad asociado a ecosistemas acuáticos continentales.</p>\n<p class=\"lf-p\">España es un país con una gran diversidad de humedales, tanto por la riqueza de tipos ecológicos de ambientes acuáticos que existen como por la variedad de especies que albergan y de usos que sostienen. Se estima en unos 1500 el número de humedales en España, caracterizados por una gran abundancia de masas de agua interiores de pequeño tamaño, acompañadas por un pequeño número de extensos y complejos sistemas acuáticos costeros.</p>\n<p class=\"lf-p\">Los humedales143 se encuentran entre los ecosistemas más complejos y productivos del planeta. Los servicios ambientales que prestan son numerosos: desde la recarga de acuíferos y el control de avenidas a productos directamente explotables pasando por altos valores de biodiversidad asociada y patrimonio cultural. El valor ecológico, social y económico de los mismos es muy elevado.</p>\n<p class=\"lf-p\">143 Conservación de Humedales. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/conservacion-de-humedales/ Se estima que el 60% de la superficie de humedales y lagos naturales de España ha desaparecido, principalmente en los últimos decenios. De una superficie total estimada 280.228 ha quedan unas 114.100 ha, siendo los más afectados las llanuras de inundación y los humedales interiores de agua dulce.</p>\n<p class=\"lf-p\">Las alteraciones que provocan la regresión de estos ecosistemas tiene diferentes causas, identificándose cuatro sectores de actividad como generadores de los impactos más importantes: la agricultura, el desarrollo urbanístico asociado a la actividad turística, la industria y las infraestructuras.</p>\n<p class=\"lf-p\">España es Parte Contratante de la Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional, Convención de Ramsar144. Este tratado intergubernamental sirve de marco para la acción nacional y la cooperación internacional para la conservación y el uso racional de los humedales y sus recursos.</p>\n<p class=\"lf-p\">144 Convención de Ramsar. www.ramsar.org En la sexta Reunión de la Conferencia de las Partes de la Convención se adoptó el Plan Estratégico Ramsar, en el que se demandaba a los países miembros del Convenio que establecieran políticas nacionales para sus humedales. En cumplimiento de este y de otros compromisos internacionales, en España se aprobó en 1999 el Plan Estratégico Español para la Conservación y Uso Racional de los Humedales145, como instrumento marco de integración de todas las políticas sectoriales que permitiera, en el caso de España, coordinar y controlar una multiplicidad de actuaciones de forma compatible con la conservación de estos ecosistemas. Este Plan se encuentra plenamente vigente en la actualidad si bien su avance, en determinados aspectos, está siendo irregular y poco homogéneo en el espacio.</p>\n<p class=\"lf-p\">145 Plan Estratégico Español para la Conservación y Uso Racional de los Humedales. http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/conservacion-de-humedales/estrategias-e-iniciativas/index0.aspx El Inventario Nacional de Zonas Húmedas146 formará parte del Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, con el fin de conocer la evolución de las zonas húmedas y, en su caso, indicar las medidas de protección que deben recoger los Planes Hidrológicos de Demarcación derivados de la legislación de aguas.</p>\n<p class=\"lf-p\">146 Real Decreto 435/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Inventario nacional de zonas húmedas.</p>\n<p class=\"lf-p\">La cooperación entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas se realiza por medio del Comité de Humedales, adscrito a la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad147.</p>\n<p class=\"lf-p\">147 Real Decreto 1424/2008, de 14 de agosto, por el que se determinan la composición y las funciones de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, se dictan las normas que regulan su funcionamiento y se establecen los comités especializados adscritos a la misma.</p>\n<p class=\"lf-p\">MEDIO MARINO Y LITORAL.</p>\n<p class=\"lf-p\">España cuenta con más de un millón de km2 de aguas jurisdiccionales (mar territorial, zona económica exclusiva, plataforma continental y zona de protección pesquera del Mediterráneo) y más de 8000 km de costas148.</p>\n<p class=\"lf-p\">148 Costas. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. http://www.marm.es/es/costas/temas/default.aspx La diversidad biológica asociada al medio marino y litoral de España es muy relevante debido tanto a factores oceanográficos como a su compleja historia paleobiogeográfica. Las aguas marinas atlánticas y mediterráneas que bañan el litoral español presentan diferencias considerables, tanto en lo oceanográfico como en la morfología de los márgenes continentales y fondos, por lo que se diferencian diversas regiones y áreas con características propias. Toda esta diversidad geográfica, oceanográfica y biogeográfica determina una enorme variedad de ecosistemas marinos, lo que conlleva que España sea uno de los países europeos con mayor diversidad biológica marina.</p>\n<p class=\"lf-p\">El mar Mediterráneo, por ejemplo, no llega al 1% de la superficie marina de la Tierra y tiene alrededor del 8% de las especies marinas descritas en el mundo. El estrecho de Gibraltar y el mar de Alborán están entre las zonas con mayor biodiversidad marina de la Unión Europea. Algunos enclaves del océano Atlántico (aguas gallegas y canarias orientales, por ejemplo) son muy productivos y ricos en nutrientes debido a los afloramientos existentes. Las Islas Canarias tienen una biota de tipo subtropical, con una fauna litoral muy diversa, fruto de las influencias noratlánticas, mediterráneas, africanas e, incluso, antillanas.</p>\n<p class=\"lf-p\">Todo este patrimonio esta íntimamente relacionado con el concepto de dominio publico marítimo-terrestre, formado por la ribera del mar y de las rías (compuesta a su vez por la zona marítimo-terrestre, incluyendo las dunas, zonas húmedas y acantilados litorales, y las playas), junto con el mar territorial y las aguas interiores, con su lecho y subsuelo, y los recursos naturales de la zona económica exclusiva y la plataforma continental.</p>\n<p class=\"lf-p\">Cada una de estas subzonas en que se divide el dominio público marítimo– terrestre contiene ecosistemas muy valiosos, escasos, frágiles y en serio peligro de desaparición que son claves para la conservación de la biodiversidad.</p>\n<p class=\"lf-p\">La zona marítimo-terrestre que la Ley de Costas149 define como el espacio comprendido entre la línea de bajamar escorada o máxima viva equinoccial y el límite donde alcanzan las olas en los mayores temporales conocidos –incluyendo las márgenes de los ríos hasta el sitio donde se haga sensible el efecto de las mareas– contiene ecosistemas que solo pueden existir en esta estrecha franja y se ven muy seriamente amenazados por diferentes factores.</p>\n<p class=\"lf-p\">149 Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas El deslinde del dominio público marítimo-terrestre ha avanzado considerablemente en los últimos años. Se ha deslindado alrededor del 94% – si bien es preciso continuar el trabajo hasta su culminación ya que se considera un medio muy eficaz para la protección de los ecosistemas litorales.</p>\n<p class=\"lf-p\">En la zona de dominio público marítimo-terrestre, otro paisaje en peligro, es el formado por las playas –uno de los entornos más valiosos desde el punto de vista socioeconómico–. Es importante mencionar que todas las playas españolas están en proceso de regresión debido, entre otros factores, a la falta de sedimentos aportados por los ríos, a la subida del nivel del mar o a la construcción de infraestructuras costeras que distorsionan la dinámica litoral de sedimentos. Hay un proceso de erosión generalizada del que están exentas muy pocas playas.</p>\n<p class=\"lf-p\">Con la erosión de las playas pueden desaparecer sus ecosistemas asociados por lo que es preciso avanzar en el desarrollo de mecanismos para establecer deslindes y servidumbres adaptados a los procesos de erosión previstos a corto y medio plazo, de forma que se eviten pérdidas irrecuperables.</p>\n<p class=\"lf-p\">Otro aspecto a destacar es el deterioro de los humedales litorales, muy relevantes por su rica diversidad ecológica y con importantes valores socioeconómicos asociados150 (muchos tienen un importante papel como zonas de desove y alevinaje de numerosas especies de peces de interés comercial). A pesar de esto, una gran superficie de zonas húmedas litorales ha sido desecada en la segunda mitad del siglo XX con el fin de convertirlas en zonas aptas para el cultivo o para el desarrollo urbano.</p>\n<p class=\"lf-p\">150 Plan Estratégico Español para la Conservación y Uso Racional de los Humedales. http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/conservacion-de-humedales/estrategias-e-iniciativas/index0.aspx En las zonas totalmente urbanizadas es muy difícil recuperar las zonas húmedas perdidas –si bien hay experiencias positivas de adecuación o recreación de humedales en entornos urbanos–. En humedales desecados para su conversión en zonas agrícolas o urbanas cuyo desarrollo no ha llegado a materializarse, puede existir potencial para lograr una adecuada restauración. En este sentido se deberían impulsar proyectos integrales de restauración ecológica.</p>\n<p class=\"lf-p\">Las dunas litorales son ecosistemas de alto valor ambiental sometidos a fuertes presiones. Son un bien del dominio público marítimo-terrestre sobre el que habría que priorizar su protección efectiva y restauración ecológica.</p>\n<p class=\"lf-p\">Si bien se está avanzando en el conocimiento de la biodiversidad marina debido al desarrollo de estudios por parte de numerosas instituciones, éstos todavía son insuficientes y hay numerosos vacíos. Por ejemplo, hasta el momento no se ha llevado a cabo una exploración y descripción completa de los distintos hábitats vulnerables de nuestro país que constituyen áreas de alimento, puesta y protección para invertebrados y peces. También existe un escaso conocimiento de la composición faunística de los fondos marinos, especialmente de la fauna profunda, aunque se dispone ya de elementos científicos que apuntan a su inestimable valor como focos de biodiversidad marina.</p>\n<p class=\"lf-p\">De este modo, es preciso incrementar los conocimientos sobre la biodiversidad del medio marino que permitan fundamentar y desarrollar una política completa de conservación de los ecosistemas marinos y litorales. En este sentido es muy destacable la labor del Instituto Español de Oceanografía151, organismo público de investigación dependiente del Ministerio de Ciencia e Innovación.</p>\n<p class=\"lf-p\">151 Instituto Español de Oceanografía. http://www.ieo.es Los servicios que proporcionan los ecosistemas marinos y litorales son numerosos (alimentación, secuestro de carbono, recursos genéticos, protección de la costa, recreación, etc.) y su degradación puede acarrear importantes pérdidas económicas y generar conflictos sociales.</p>\n<p class=\"lf-p\">Según la Ley 42/2007, en el Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad se integrará un Inventario Español de Hábitats y Especies Marinos. Las especies marinas también son consideradas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas. Por el momento, la única especie marina catalogada que cuenta con una estrategia de conservación es la lapa ferruginosa (Patella ferruginea)152.</p>\n<p class=\"lf-p\">152 Estrategia de Conservación de Patella ferrufinea. http://www.marm.es/es/costas/publicaciones/bm_em_estrategia_patella_ferruginea_tcm7-18366.pdf La Ley 42/2007 prevé la creación de la Red de Áreas Marinas Protegidas y define estas áreas como espacios naturales designados para la protección de ecosistemas, comunidades o elementos biológicos o geológicos del medio marino, incluidas las áreas intermareal y submareal, que en razón de su rareza, fragilidad, importancia o singularidad, merecen una protección especial.</p>\n<p class=\"lf-p\">La Ley también recoge que para la conservación de las áreas marinas protegidas y de sus valores naturales, se aprobarán planes o instrumentos de gestión que establezcan las medidas de conservación necesarias y las limitaciones de explotación de los recursos naturales que procedan. La Conferencia Sectorial, a propuesta de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas litorales establecerá los criterios mínimos comunes de gestión aplicables a las Áreas Marinas incluidas en la Red. Dicha Red, como se ha mencionado anteriormente, se ha creado y desarrollado jurídicamente mediante la Ley de Protección del Medio Marino.</p>\n<p class=\"lf-p\">Sobre las áreas marinas protegidas, el CDB estableció que su superficie debería suponer un 10% de la superficie marina total en 2012. En el marco de la Red Natura 2000 marina, la Unión Europea asumió la imposibilidad de cumplir este objetivo dada la falta de los conocimientos necesarios e instó a los Estados Miembros a completar la lista nacional de lugares marinos para ese año y de los planes de gestión que permitan su designación como Zonas de Especial Conservación antes de 2018.</p>\n<p class=\"lf-p\">La aplicación de las Directivas de Aves y Hábitats en el medio marino es un reto para el conjunto de la Unión Europea153, especialmente en lo que se refiere al establecimiento de la Red Natura 2000. En la actualidad el número de sitios Natura 2000 designados en el ámbito marino es todavía muy escaso, siendo ésta la mayor deficiencia que actualmente presenta la red a escala europea y también en el caso particular de España.</p>\n<p class=\"lf-p\">153 Marco de acción comunitaria para la política del medio marino. Comisión Europea. http://ec.europa.eu/environment/water/marine/index_en.htm El establecimiento de la Red Natura 2000 marina se enfrenta con una ausencia muy importante de conocimientos sobre la distribución y abundancia de los tipos de hábitat y de especies de interés comunitario. En el contexto de España, cabe destacar que durante el año 2009 se ha puesto en marcha el proyecto INDEMARES154 («Inventario y designación de la Red Natura 2000 en áreas marinas del estado Español»), en el que participa como socio el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. Tiene como objetivo general contribuir a la protección y uso sostenible de la biodiversidad en los mares españoles mediante la implementación de la Red Natura 2000; en concreto, mediante la realización de las acciones necesarias para la designación de diez Lugares de Importancia Comunitaria y la elaboración de sus directrices de gestión. El proyecto se ejecutará durante 5 años y su presupuesto total es de 15,4 millones €, con una cofinanciación comunitaria del 50%.</p>\n<p class=\"lf-p\">154 Proyecto INDEMARES. http://www.indemares.es/ En 2009 concluyó el proyecto LIFE realizado por SEO/BirdLife con el apoyo del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino y de la Comisión Europea de inventario de las áreas importantes para las aves (IBA) marinas en España155. Por tanto, se cuenta ya con el primer inventario nacional completo de IBA marinas que servirá como una importante referencia para el desarrollo de la Red Natura 2000 marina en España.</p>\n<p class=\"lf-p\">155 Proyecto LIFE Áreas Importantes para la Conservación de las Aves (IBA) Marinas en España http://www.seo.org/programa_intro.cfm?idPrograma=32 Ya se ha iniciado el proceso que conducirá a la creación de la primera área marina protegida: El Cachucho, para el cual se han aprobado medidas de protección156.</p>\n<p class=\"lf-p\">156 Orden PRE/969/2008, de 3 de abril, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros, por el que se adoptan medidas para la protección de la zona marina «El Cachucho» y Orden ARM/3840/2008, de 23 de diciembre, por la que se aprueban medidas para la protección de la zona marina de El Cachucho.</p>\n<p class=\"lf-p\">Respecto a la línea litoral, en la actualidad está protegido aproximadamente el 30% de la costa, especialmente gracias a la aportación de la Red Natura 2000.</p>\n<p class=\"lf-p\">El medio litoral y marino es objeto de numerosas actividades humanas, y está sujeto a importantes presiones e impactos que provocan el deterioro y pérdida de ecosistemas y procesos ecológicos. Una característica de las amenazas que sufre el medio es que tienen múltiples interrelaciones que provocan efectos sinérgicos negativos.</p>\n<p class=\"lf-p\">De estas amenazas, se podrían destacar, entre otras el desarrollo costero relacionado con el turismo, las prácticas pesqueras no respetuosas con el medio ambiente, el tráfico y transporte y la navegación de recreo, la exploración y explotación del subsuelo marino, el desarrollo de infraestructuras para la generación de energía, etc. Es preciso abordar los problemas desde una perspectiva global e integradora para asegurar la adecuada conservación de estos medios y su provisión de bienes y servicios. Esto ha favorecido el desarrollo de nuevas políticas orientadas a la protección del medio marino.</p>\n<p class=\"lf-p\">Los vertidos al mar desde instalaciones industriales son una grave amenaza. En este sentido es relevante avanzar en el trabajo coordinado entre las Administraciones competentes para lograr la plena aplicación de la legislación en vigor en materia de tratamiento de aguas residuales.</p>\n<p class=\"lf-p\">Otra importante amenaza para los ecosistemas marinos son los vertidos de hidrocarburos asociados al transporte marítimo, tanto debido a vertidos procedentes de los accidentes marítimos como a derrames directos del propio combustible de los buques.</p>\n<p class=\"lf-p\">El empleo de rutas marítimas como forma prioritaria de tráfico y comercio internacional de mercancías ha ido creciendo a lo largo de los siglos debido a los avances en las técnicas de navegación y a la creciente especialización de las regiones, bien en materias primas bien en conocimientos de transformación. Así, se ha convertido en el medio más rentable, seguro y eficaz para el traslado de mercancías. La importancia del tráfico marítimo para el intercambio mundial de mercancías se convierte en valor estratégico en el caso del petróleo y productos derivados del mismo, por el papel que desempeña en la economía global.</p>\n<p class=\"lf-p\">El ruido subacuático, producido por equipos acústicos submarinos o la navegación entre otros, es otra de las amenazas a la que es preciso hacer frente: El sentido del oído es vital para muchos animales, y en especial para cetáceos, ya que lo utilizan para buscar presas, orientarse, migrar, o relacionarse entre miembros de la misma especie. Gran cantidad de especies marinas, sufren la exposición a ruidos de origen humano que pueden causar daños auditivos, produciendo como consecuencia que se desequilibren los ecosistemas marinos.</p>\n<p class=\"lf-p\">Aunque se están realizando grandes avances, la protección del medio marino y de su biodiversidad constituye unos de los mayores retos de las políticas de conservación en España.</p>\n<p class=\"lf-p\">La Ley 41/2010 de Protección del Medio Marino, como transposición de la Directiva Marco sobre la Estrategia Marina157 establece un marco de acción comunitaria para la política del medio marino. Esta ley constituye el marco general para la planificación del medio marino, con el objetivo de lograr su buen estado ambiental. De este modo, su puesta en marcha y aplicación eficaz se considera imprescindible para la correcta conservación de la biodiversidad marina.</p>\n<p class=\"lf-p\">157 Directiva 2008/56/CE, de 17 de junio de 2008, por la que se establece un marco de acción comunitaria para la política del medio marino En el marco de esta Ley se deben elaborar estrategias marinas para cada una de las cinco Demarcaciones Marinas que fija con el objetivo de un buen estado medioambiental del medio marino para 2020, protegiendo y restableciendo los ecosistemas marinos, y garantizando la viabilidad ecológica de las actividades económicas relacionadas con el medio marino de aquí al año 2020. Las estrategias marinas serán el instrumento esencial para llevar a cabo una planificación coherente de las actividades que se practiquen en el medio marino. En este sentido, todos los planes, programas y proyectos referentes a la biodiversidad marina deberán adaptarse a lo estipulado en las estrategias.</p>\n<p class=\"lf-p\">Estas estrategias marinas deberán contemplar la evaluación del estado ambiental del medio marino (incluyendo un análisis de las características y del estado medioambiental actual, análisis de las presiones e impactos y un análisis socioeconómico de la utilización del medio marino), determinación del buen estado ambiental, definición de objetivos ambientales en referencia a once descriptores (entre los que se encuentra la biodiversidad marina) e indicadores asociados, así como un programa de seguimiento y un programa de medidas para asegurarse el cumplimiento de los objetivos.</p>\n<p class=\"lf-p\">Respecto a la Red de Áreas Marinas Protegidas de España, la Ley establece los elementos que la conformarán; sus objetivos; los procedimientos de declaración y los mecanismos de gestión de estas áreas, que se ajustarán a los criterios mínimos comunes que se dicten para la gestión coordinada y coherente de la Red, dictados por el Consejo de Ministros mediante Real Decreto. También prevé la elaboración de un Plan Director de dicha Red.</p>\n<p class=\"lf-p\">Considerando lo establecido en la Ley de Costas y la Ley de Protección del Medio Marino, las funciones de la Administración General del Estado respecto a la conservación de la biodiversidad marina son: — Ejercer la tutela y la protección que la Ley de Costas atribuye a la AGE para la protección del dominio público marítimo-terrestre y sus ecosistemas naturales. — Gestionar las Áreas Marinas Protegidas de competencia estatal y garantizar su conservación y coordinar la Red de Áreas Marinas Protegidas de España. — Proponer a las instituciones europeas y órganos internacionales, según corresponda, la inclusión en redes internacionales, de aquellos espacios marinos de la Red de Áreas Marinas Protegidas de España que cumplan con los requisitos exigidos por sus respectivas categorías de protección. — Declarar y gestionar las Zonas Especiales de Conservación y las Zonas de Especial Protección para las Aves en el medio marino, en los supuestos establecidos en el artículo 6 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre. — Elaborar, junto con las Comunidades Autónomas litorales competentes en la declaración y gestión de Áreas Marinas Protegidas, la propuesta de los criterios mínimos comunes para la gestión coordinada y coherente de la Red de Áreas Marinas Protegidas de España, que aprobará la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, y el Plan Director de la Red de Áreas Marinas Protegidas de España. — Realizar el seguimiento y evaluación, tanto de la Red como de sus directrices comunes. — Fomentar y proponer instrumentos de cooperación para la consecución de los objetivos de la Red de Áreas Marinas Protegidas de España en su conjunto. — Representar a España en las redes internacionales de Áreas Marinas Protegidas y establecer mecanismos de cooperación internacional que permitan la proyección externa de la Red. — Aprobar y aplicar los Planes de Recuperación y Conservación de especies marinas incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas que sean de competencia estatal, según lo previsto en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.</p></div>", "next": 239210}