Sistema HJ - Resolución: AUTO 78/1986 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 78/1986, de 28 de enero ECLI:ES:TC:1986:78A Sala Segunda. Auto 78/1986, de 28 de enero de
- Recurso de amparo 866/
- Denegando la suspensión de la ejecución del acto que origina el recurso de amparo 866/1985 AUTO I. Antecedentes
- Doña Concepción Galán Montero interpuso recurso de amparo por violación de su derecho a una tutela judicial efectiva contra el Auto del Tribunal Central de Trabajo de 16 de julio de 1985 confirmatorio de otro de 1 de marzo de
- El segundo Auto desestimando el recurso de súplica fue interpuesto contra el primero que tuvo por no anunciado el recurso de suplicación de la recurrente contra Sentencia de la Magistratura de Trabajo número dos de Málaga de 14 de septiembre de 1984, por considerar el Tribunal Central de Trabajo que la recurrente incumplió el artículo 154 de la Ley de Procedimiento Laboral por consignación insuficiente, pues en vez de las 406.488 pesetas que depositó debió depositar 414.
- La recurrente en su demanda de amparo pide la anulación de ambos Autos del Tribunal Central de Trabajo.
- Abierta pieza separada y dentro del plazo común del artículo 56.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, la recurrente presentó un breve escrito ratificando su petición de suspensión con base en perjuicios irreparables que harían perder al amparo su finalidad. En el mismo trámite y plazo, el Fiscal alega en favor de la suspensión, porque -dice- "si se declara firme la sentencia de la Magistratura, a consecuencia de la ejecución de los autos del Tribunal Central de Trabajo que ahora se impugnan podía ello motivar la ejecución de la sentencia, ocasionando en su caso perjuicio de difícil o imposible reparación . II. Fundamentos jurídicos Único. - En el estado actual de la causa este Tribunal no ha recibido justificación suficiente con base en la argumentación de la parte actora ni en las alegaciones del Fiscal para apreciar la existencia de perjuicios de difícil o imposible repa ración ocasionados por la ejecución de la Sentencia contra la cual se quiso recurrir ante el Tribunal Central de Trabajo. Por consiguiente y sin perjuicio de que pudiera en adelante plantearse la situación prevista en el artículo 57 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, la Sala por ahora acuerda no proceder a la suspensión solicitada. En consecuencia la Sala acuerda la no suspensión de los Autos del Tribunal Central de Trabajo de 1 de marzo y 16 de julio de
- Madrid, a veintiocho de enero de mil novecientos ochenta y seis. Identificación Órgano Sala Segunda Magistrados Don Jerónimo Arozamena Sierra, don Francisco Rubio Llorente, don Luis Díez-Picazo y Ponce de León, don Francisco Tomás y Valiente, don Antonio Truyol Serra y don Francisco Pera Verdaguer. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recurso de amparo 866-1985 Fecha de resolución 28/01/1986 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Denegando la suspensión de la ejecución del acto que origina el recurso de amparo 866/1985 Resumen Suspensión de la ejecución del acto que origina el amparo. Resolución judicial: improcedencia. Doña Concepción Galán Montero interpone recurso de amparo contra el Auto del Tribunal Central de Trabajo que tiene por no anunciado el recurso de suplicación por consignación insuficiente. Invoca el art. 24.1 C.E. y pide la suspensión de la ejecución de la resolución impugnada. Visualización Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web