Sistema HJ - Resolución: AUTO 254/1986 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 254/1986, de 13 de marzo ECLI:ES:TC:1986:254A Pleno. Auto 254/1986, de 13 de marzo de
- Cuestiones de inconstitucionalidad 34/1986 35/1986 (acumulados). Acordando la acumulación de las cuestiones de inconstitucionalidad 34 y 35/1986 AUTO I. Antecedentes
- La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en su recurso número 16.134, planteó ante este Tribunal, mediante actuaciones recibidas el 13 de enero último, cuestión acerca de si la Ley 48/1984, de 26 de diciembre, reguladora de la Objeción de Conciencia incumple lo previsto en el art. 81.1 de la Constitución por haberse aprobado como ordinaria y no con el carácter de orgánica, y también acerca de si el art. 1.3 de dicha Ley, infringe o no los preceptos contenidos en los arts. 30.2 en relación con el 16.1 y el 53.1 de la Constitución.La referida cuestión de inconstitucionalidad, registrada con el número 34/86, fue admitida a trámite por providencia de la Sección Primera de 29 de enero último, acordándose los traslados previstos en el art. 37.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC).
- La misma Sección señalada en el número anterior, de la Audiencia Nacional, y mediante actuaciones, dimanantes de recurso contencioso-administrativo nº 16.098, recibidos en este Tribunal el 13 de enero del corriente, planteó idéntica cuestión que la indicada en el número 1 de estos antecedentes en relación con la Ley 48/1984.La cuestión, registrada con el número 35/86, fue admitida a trámite por providencia de la Sección 3ª de 22 de Enero último, acordándose en dicha resolución los traslados prevenidos en el art. 37.2 LOTC.
- El Fiscal General del Estado ha comparecido en ambas cuestiones de inconstitucionalidad: En la número 35/86 mediante escrito de 19 de febrero último en el que formula alegaciones en solicitud de que el Tribunal dicte en su día sentencia, y en la registrada con el número 34/86 con escrito de 25 de febrero en el que reproduce las alegaciones y peticiones formuladas en la otra cuestión y además solicita que se acuerde la acumulación de las dos cuestiones al concurrir los requisitos que señala el art. 83 LOTC.
- El Letrado del Estado se persona en las dos cuestiones con escrito presentado el 21 de febrero último e interesa la acumulación de las mismas al concurrir en ellas los requisitos del art. 83 LOTC. II. Fundamentos jurídicos Único. -. El art. 83 de la LOTC permite que, a instancia de parte y previa audiencia de los comparecidos en el proceso constitucional, se disponga la acumulación en aquellos procesos con objetos conexos. Las dos cuestiones de inconstitucionalidad, referidas en los antecedentes, aparecen promovidas por el mismo órgano jurisdiccional, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en relación con la Ley 48/1984 de 26 de diciembre, reguladora de la objeción de conciencia, y su supuesta inconstitucionalidad por haberse aprobado como Ley ordinaria, y también acerca de si el art. 1.3 de dicha ley, infringe o no los preceptos contenidos en el art.30.2, en relación con el 16.1 y el 53.1 de la Constitución.La conexión de objetos a que se refiere el citado art. 83 de la LOTC se aprecia en las presentes cuestiones, dada la unidad temática, por lo que procede acordar su acumulación a fin de que ambas se sustancien en lo sucesivo conjuntamente. En virtud de lo expuesto el Pleno del Tribunal acuerda acumular la Cuestión de inconstitucionalidad núm. 35/86 planteada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional con la registrada con el núm. 34/86 que planteó el mismo órgano jurisdiccional, lo que además de notificar al Ministerio Fiscal y al Letrado del Estado se participa al Tribunal proponente. Se concece nuevo plazo de quince días al Letrado del Estado para que formule las alegacio nes pertinentes. Madrid, a trece de marzo de mil novecientos ochenta y seis. Identificación Órgano Pleno Magistrados Don Francisco Tomás y Valiente, doña Gloria Begué Cantón, don Ángel Latorre Segura, don Francisco Rubio Llorente, don Luis Díez-Picazo y Ponce de León, don Antonio Truyol Serra, don Fernando García-Mon y González-Regueral, don Carlos de la Vega Benayas, don Eugenio Díaz Eimil, don Miguel Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer, don Jesús Leguina Villa y don Luis López Guerra. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Cuestión de inconstitucionalidad 35-1986 Fecha de resolución 13/03/1986 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acordando la acumulación de las cuestiones de inconstitucionalidad 34 y 35/1986 Resumen Acumulación de procesos constitucionales: procedencia. La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso núm. 16.098, plantea cuestión de inconstitucionalidad sobre la Ley 48/1984, reguladora de la objeción de conciencia, por entender que puede infringir lo dispuesto en el art. 81.1 de la Constitución, al haberse aprobado como ordinaria y no con el carácter de Orgánica y, además, sobre el art. 1.3 de dicha Ley, por considerar que puede infringir el art. 30.2 de la C.E. en relación con los arts. 16.1 y 53.
- Visualización Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web