Sistema HJ - Resolución: AUTO 458/1986 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 458/1986, de 28 de mayo ECLI:ES:TC:1986:458A Sala Primera. Auto 458/1986, de 28 de mayo de
- Recurso de amparo 741/
- Denegando la suspensión de la ejecución del acto que origina el recurso de amparo 741/1985 AUTO I. Antecedentes
- Dª Teresa Vega Corral, dirigió a este Tribunal un escrito fechado el 29 de julio de 1985 en el que expresaba su deseo de formular recurso de amparo contra la Sentencia de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo de 3 de mayo de 1985, confirmatoria de la dictada por la Sala de lo Contencioso-Admi-nistrativo de la Audiencia Territorial de Valladolid en el recurso 389/81 relativo a construcción de una escalera de acceso a una vivienda; solicitando, a tal fin, el nombramiento de Procurador y Abogado de los del turno de oficio para que la representen. Dichos profesionales les fueron efectivamente designados y, a requerimiento del Tribunal formalizaron la demanda de amparo contra la Sentencia de la Sala Cuarta de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de 3 de mayo de 1985, confirmatoria de la dictada por la Audiencia territorial de Valladolid que declaró nulo un Acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de Galende (Zamora), por estimar que dichas resoluciones judiciales han vulnerado los derechos fundamentales protegidos por el artículo 24 de la Constitución en lo que se refiere a la tutela judicial efectiva, sin producción de indefensión, y a la asistencia de Letrado. Solicita se declare la nulidad de las Sentencias mencionadas, reconociéndose el derecho de la recurrente, bien por sí, o en legítima representación de su padre, a usar de sus derechos ante la Audiencia Territorial de Valladolid una vez repuesto el procedimiento a su trámite inicial.De los hechos expuestos en la demanda aparece que la demandante interpuso, en su día, recurso de reposición contra la licencia de obras concedida por el Ayuntamiento de Galende (Zamora) a D. Luis Toril Cano, para la construcción de una escalera, por estimar que la obra en cuestión le irrogaba perjuicios al impedir el acceso al solar colindante, propiedad del padre de la recurrente. El recurso fue estimado, acordando el Ayuntamiento de Galende revocar el acto impugnado. Contra dicho Acuerdo interpuso D. Luis Toril Cano recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Territorial de Valladolid, en la que se personó, en representación de la Corporación demandada, el Abogado del Estado, sin que el padre de la ahora demandante, ni ella misma, fueran emplazados procesalmente para hacer uso de sus derechos. La Sentencia de 29 de noviembre de 1982 por la que se estimó la pretensión, declarándose nulo el Acuerdo de la Corporación mencionada, no fue notificada a la interesada. Interpuesto recurso de apelación por el Abogado del Estado, se sustanció éste ante el Tribunal Supremo sin dar conocimiento del mismo a la ahora demandante ni a su padre, siendo confirmada la Sentencia apelada.Por otrosí de la demanda se pedía la suspensión de la resolución impugnada.
- Admitida a trámite la demanda, por providencia de 9 de abril se acordó oir a la representación demandante y al Ministerio Fiscal acerca de la suspensión habiéndose opuesto este Ministerio a tal petición. II. Fundamentos jurídicos Único. - El recurso principal de que dimana la presente pieza incidental tiene por objeto el restablecimiento del derecho a la tutela judicial efectiva que se dice vulnerado por haberse tramitado un recurso contencioso prescindiendo de la intervención procesal del demandante de amparo y en el cual recayeron las sentencias impugnadas, que autorizan la construcción de unas escaleras de acceso a una vivienda que impiden, según dicho demandante, la entrada en un solar de la propiedad de su padre.La estimación del amparo determinará la anulación de las actuaciones judiciales correspondientes a fin de que se conceda la intervención procesal que se reclame y una vez ésta satisfecha se dicte por la jurisdicción las sentencias que estime pertinentes sobre la legalidad o ilegalidad de la referida construcción, que es un tema ajeno a esta vía constitucional. Por consiguiente la construcción que se realice en ejecución de las sentencias impugnadas no causa perjuicio alguno a la finalidad del amparo en cuanto que la conservación o derribo de aquélla dependerá, caso de estimarse éste, de lo que al respecto decida la jurisdicción en las nuevas sentencias que dicte después de restablecerse el derecho constitucional objeto del amparo, debiendo por ello denegarse la suspensión solicitada a la vista de lo dispuesto en el artículo 56.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. Por lo expuesto, la Sala acuerda no haber lugar a la suspensión solicitada por doña Teresa Vega Corral. Madrid, a veintiocho de mayo de mil novecientos ochenta y seis. Identificación Órgano Sala Primera Magistrados Don Francisco Tomás y Valiente, don Francisco Rubio Llorente, don Luis Díez-Picazo y Ponce de León, don Antonio Truyol Serra, don Eugenio Díaz Eimil y don Miguel Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recurso de amparo 741-1985 Fecha de resolución 28/05/1986 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Denegando la suspensión de la ejecución del acto que origina el recurso de amparo 741/1985 Resumen Suspensión de la ejecución del acto que origina el amparo: Sentencia contenciosoadministrativa: improcedencia. Doña Teresa Vega Corral interpone recurso de amparo contra Sentencia de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo de 3 de mayo de 1985 confirmatoria de Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Valladolid de 29 de noviembre de
- Visualización Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web