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Sistema HJ - Resolución: AUTO 511/1986

Sistema HJ - Resolución: AUTO 511/1986 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 511/1986, de 12 de junio ECLI:ES:TC:1986:511A Pleno. Auto 511/1986, de 12 de junio de

  1. Cuestiones de inconstitucionalidad 413/1986 494/1985 545/1985 561/1985 570/1985 807/1985 808/1985 (acumulados). Denegando la acumulación de la cuestión de inconstitucionalidad 413/1986 a las ya acumuladas 494, 545, 561, 570, 807 y 808/1985, y acordando la suspensión de su tramitación AUTO I. Antecedentes
  2. La Magistratura de Trabajo nº 10 de las de Madrid, en autos nº 104/85 planteó la presente cuestión de inconstitucionalidad sobre la Disposición Adicional 5ª, apartados 2 y 3 de la Ley 44/1983, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado por oposición a los arts. 9.3, 14, 33.3 y 166 de la Constitución. La Cuestión fue admitida a trámite por providencia de 23 de abril de
  3. Sobre la misma ley versan las cuestiones números 494; 561; 570; 545; 807 y 808, todas ellas de 1985, que, por darse los requisitos previstos en el art. 83 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional fueron acumuladas por auto de 12 de diciembre de
  4. En la presente cuestión se han personado el Letrado del Estado por escrito de 7 de mayo de 1986, y el Ministerio Fiscal, por escrito de 16 de mayo de
  5. Entre otros extremos, ambos solicitan la acumulación de esta cuestión a las anteriores, habida cuenta de la conexión objetiva que entre ellas existe. II. Fundamentos jurídicos Único. - Entre la cuestión planteada y las mencionadas en el antecedente segundo de este resolución, formuladas todas ellas también contra la Disposición Adicional 5, apartados 2 y 3 de la Ley 44/1983, de Presupuestos Generales del Estado existe una indudable conexión objetiva que justificaría su acumulación, en aplicación de lo dispuesto en el art. 83 de la Ley Orgánica reguladora de este Tribunal. No obstante, teniendo en cuenta razones de economía procesal (pues cada incidente de acumulación que se inicia supone la paralización del proceso principal mientras se sustancia), y siguiendo precedentes ya sentados por este Tribunal (entre otros, auto de 5 de diciembre de 1985, A. 704/85), se acuerda en este caso denegar la acumulación pedida, suspendiéndose la tramitación de la presente hasta tanto no se resuelvan las anteriores acumuladas mediante Sentencia. Por lo expuesto, el Pleno acuerda: 1º.- Denegar la acumulación de la cuestión 413/
  6. 2º.- Suspender la tramitación de la presente cuestión hasta que recaiga Sentencia en las ya acumuladas. Madrid, a doce de junio de mil novecientos ochenta y seis. Identificación Órgano Pleno Magistrados Don Francisco Tomás y Valiente, doña Gloria Begué Cantón, don Ángel Latorre Segura, don Francisco Rubio Llorente, don Luis Díez-Picazo y Ponce de León, don Antonio Truyol Serra, don Fernando García-Mon y González-Regueral, don Carlos de la Vega Benayas, don Eugenio Díaz Eimil, don Miguel Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer, don Jesús Leguina Villa y don Luis López Guerra. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Cuestión de inconstitucionalidad 413-1986 Fecha de resolución 12/06/1986 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Denegando la acumulación de la cuestión de inconstitucionalidad 413/1986 a las ya acumuladas 494, 545, 561, 570, 807 y 808/1985, y acordando la suspensión de su tramitación Resumen Acumulación de procesos constitucionales: improcedencia. Cuestión de inconstitucionalidad: suspensión de la tramitación. La Magistratura de Trabajo núm. 10 de Madrid en autos núm. 104/1985, plantea cuestión de inconstitucionalidad respecto de los números segundo y tercero de la Disposición adicional quinta de la Ley 44/1983, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado, por entender que los mismos pueden vulnerar los arts. 9.3, 33.3, 14 y 106 de la C.E. en relación con los principios de irretroactividad de disposiciones restrictivas de derechos individuales, seguridad jurídica e interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. Visualización Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web

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Explicación por IA a partir del texto oficial de la ley. Orientativa, no sustituye asesoramiento legal.