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Sistema HJ - Resolución: AUTO 960/1986

Sistema HJ - Resolución: AUTO 960/1986 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 960/1986, de 13 de noviembre ECLI:ES:TC:1986:960A Pleno. Auto 960/1986, de 13 de noviembre de

  1. Cuestión de inconstitucionalidad 1.026/
  2. Acordando la suspensión de la tramitación de la cuestión de inconstitucionalidad 1.026/1986 AUTO I. Antecedentes
  3. La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Burgos, en su recurso nº 563/85, planteó cuestión de inconstitucionalidad del art. 33 y disposición transitoria 9ª de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medí- das para la Reforma de la Función Pública, por estimar que la regulación de la reducción de la edad de jubilación de los funcionarios públicos que aquellos preceptos legales introducen podría ser contraria a lo establecido en los artículos 9.3, 14 y 33 de la Constitución. Dicha cuestión que tuvo entrada en este Tribunal el 24 de septiembre último, fue registrada con el número 1026/86 y admitida a trámite por providencia de la Sección 3ª de 8 de octubre siguiente.
  4. Con anterioridad, con relación a los mismos preceptos de la indicada Ley 30/1984, han sido planteadas y admitidas a trámite cuestiones de inconstitucionalidad por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Valencia, la registrada con el número 88/86 y por la Sala Segunda de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Las Palmas, las registradas con los números 222/86, 548/86, 549/86 y 782/86.Por Autos del Pleno de 3 y 24 de julio de 1986 se acordó, a la vista de las alegaciones formuladas por el Fiscal General del Estado y por el Letrado del Estado, rechazar la acumulación de las cuestiones 88 y 222 de 1986, decidiéndose suspender la tramitación de ambos procesos constitucionales hasta que recayera sentencia en el recurso de inconstitucionalidad número 763/84, interpuesto contra la Ley 30/1984, de 2 de agosto, dada la innegable transcendencia de la resolución que se adopte en dicho recurso para el fallo a dictaren aquellas cuestiones.En las cuestiones 548/86, 549/86 y 782/86, se dictaron Autos, en 25 de septiembre último, en los que, en razón al mismo criterio adoptado en las cuestiones anteriores, se acordó la suspensión de la tramitación hasta que recaiga sentencia en el recurso de inconstitucionalidad nº 763/
  5. En la presente cuestión comparecieron el Fiscal General del Estado, con escrito de 20 de octubre último, y el Letrado del Estado, mediante escrito de 31 de octubre, solicitando ambos la suspensión de la tramitación hasta que se dicte sentencia en el recurso de inconstitucionalidad 763/84 promovido contra la Ley 30/1984, reproduciendo además el Fiscal General las alegaciones formuladas en las cuestiones anteriores planteadas sobre idénticos preceptos. II. Fundamentos jurídicos Único. La presente cuestión de inconstitucionalidad número 1026/86 versa, ciertamente, sobre un contenido que es común a las admitidas a trámite indicadas en los Antecedentes, esto es, sobre la adecuación a la Constitución de normas que disponen la jubilación forzosa de funcionarios públicos a los sesenta y cinco años. 2.- No obstante, y aunque el artículo 83 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional prevé que éste podrá disponer la acumulación de aquellos procesos con objetos conexos que justifiquen la unidad de tramitación y decisión, resulta aconsejable mantener el mismo criterio adoptado en las cuestiones anteriores, teniendo en cuenta la innegable trascendencia de la resolución que se adopte en el recurso de inconstitucionalidad número 763/84, frente a los mismos preceptos de la Ley 30/84 objeto de la presente cuestión, para el fallo a dictar en la misma, y acordar la suspensión de la tramitación de la presente cuestión. En consecuencia, el Pleno acuerda, suspender la tramitación de la cuestión 1026/86, hasta tanto recaiga sentencia en el recurso de inconstitucionalidad número 763/1984, contra la Ley 30/1984, de 2 de agosto. Madrid, a trece de noviembre de mil novecientos ochenta y seis. Identificación Órgano Pleno Magistrados Doña Gloria Begué Cantón, don Ángel Latorre Segura, don Francisco Rubio Llorente, don Luis Díez-Picazo y Ponce de León, don Antonio Truyol Serra, don Fernando García-Mon y González-Regueral, don Carlos de la Vega Benayas, don Eugenio Díaz Eimil, don Miguel Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer, don Jesús Leguina Villa y don Luis López Guerra. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Cuestión de inconstitucionalidad 1026-1986 Fecha de resolución 13/11/1986 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acordando la suspensión de la tramitación de la cuestión de inconstitucionalidad 1.026/1986 Resumen Acumulación de procesos constitucionales: improcedencia. Cuestión de inconstitucionalidad: suspensión de la tramitación. La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Burgos en el recurso contenciosoadministrativo núm. 563/85, promueve cuestión de inconstitucionalidad sobre el art. 33 y Disposición transitoria novena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas urgentes para la reforma de la Función Pública que al regular la materia sobre jubilación forzosa pudieran vulnerar los arts. 9.3, 14 y 33 de la C.E. Visualización Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web

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