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Sistema HJ - Resolución: AUTO 183/1999

Sistema HJ - Resolución: AUTO 183/1999 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 183/1999, de 14 de julio ECLI:ES:TC:1999:183A Sección Cuarta. Auto 183/1999, de 14 de julio de

  1. Recurso de amparo 3.291/
  2. Estima recurso de súplica contra providencia de fecha 1 de febrero de 1999 y admite a trámite el recurso de amparo 3.291/
  3. En el asunto de referencia la Sección ha dictado el siguiente AUTO I. Antecedentes
  4. Mediante escrito registrado en este Tribunal el 17 de julio de 1998 el actor solicita el nombramiento de Procurador del turno de oficio para interponer recurso de amparo contra el Auto de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 29 de junio de 1998, en el rollo de apelación núm. 3/98 (pieza separada de situación), resolviendo en súplica la prisión provisional del recurrente. Tras los trámites procesales oportunos, la Procuradora de los Tribunales doña María Luisa Torrescusa Villaverde formaliza la demanda en escrito registrado en esta Sede el día 30 de noviembre de
  5. Los hechos en que se fundamente la demanda pueden ser resumidos de la siguiente manera: el actor fue condenado por el Tribunal del Jurado, como autor responsable de un delito de homicidio y de dos delitos de lesiones, a las penas de once años de prisión por el primero y dos años de prisión por cada uno de los dos restantes, concurriendo la circunstancia atenuante analógica a la eximente incompleta de anomalía psíquica y la agravante de abuso de superioridad, debiendo abonar distintas indemnizaciones a los perjudicados. Interpuesto recurso de apelación, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña lo desestima. Interpuesto recurso de casación, la Sala Segunda del Tribunal Supremo devolvió al Tribunal Superior de Justicia la pieza separada de situación personal del actor para que resolviese sobre la petición de libertad solicitada por el mismo; dicho Tribunal dictó Auto disponiendo "no haber lugar a reformar la prisión provisional del condenado". Interpuesto recurso de súplica, la propia Sala dictó nuevo Auto desestimándolo.
  6. Denuncia el actor la vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva, a la igualdad, a la libertad, a la seguridad jurídica y al Juez ordinario. A juicio del actor tales vulneraciones se habrían producido por cuanto las resoluciones del Tribunal Superior adolecen de falta de una siquiera mínima motivación para el mantenimiento de su situación de prisión con base en un peligro de fuga; además la Sala no debió pronunciarse, sino abstenerse, sobre la medida cautelar una vez que había resuelto previamente el recurso de apelación. Señala también que debió existir un pronunciamiento judicial expreso sobre el mantenimiento y prórroga de la prisión provisional hasta la mitad de la pena impuesta.
  7. Por providencia de la Sección Cuarta de 10 de febrero de 1999 se declaró la inadmisión a trámite del presente recurso de amparo por concurrir el motivo comprendido en el art. 50.1 c) LOTC.
  8. El día 4 de marzo de 1999 tuvo entrada en el Registro General del Tribunal escrito del Ministerio Fiscal en cuya virtud, y de conformidad con lo previsto en el art. 50.2 LOTC, se interpone recurso de súplica contra la citada providencia, súplica que descansa en entender que, acordada la prisión provisional del actor, no existe en la causa resolución judicial alguna que acuerde la prórroga de la misma o que, una vez recaída Sentencia, acuerde su prolongación hasta la mitad de las penas impuestas; a juicio del Fiscal todo ello supondría una vulneración del derecho a la libertad personal. II. Fundamentos jurídicos Único. El recurso de súplica interpuesto por el Fiscal ante el Tribunal Constitucional, con base en el art. 50.2 LOTC, debe ser estimado. En efecto, de las actuaciones judiciales remitidas por los órganos judiciales, solicitadas a instancia del propioMinisterio Fiscal, parece deducirse que pudiera existir alguna de las vulneraciones de derechos constitucionales denunciadas por el actor. En consecuencia, ha de estimarse el recurso de súplica interpuesto por el Ministerio Fiscal y, dado que no seaprecia la concurrencia de otro motivo de inadmisión, procede, con revocación de la providencia impugnada, admitir a trámite la demanda de amparo. En virtud de lo expuesto, la Sección acuerda estimar el recurso de súplica deducido por el Ministerio Fiscal y, en consecuencia: 1.0 Dejar sin efecto la providencia de la Sección Cuarta de 1 de febrero de
  9. 2.0 Admitir a trámite el recurso de amparo núm. 3291/98 y, por tanto, abrir la oportuna pieza separada de suspensión. 3.0 Tener por recibido el testimonio de actuaciones remitido por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, del que se acusará recibo, requiriéndole para que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 51 LOTC, emplace a quienes fueron parte en el procedimiento, con excepción del recurrente en amparo, para que en el plazo de diez días puedan comparecer en este proceso constitucional, con traslado a dichos efectos de la copia de la demanda. Madrid, catorce de julio de mil novecientos noventa y nueve. Identificación Órgano Sección Cuarta Magistrados Don Rafael de Mendizábal Allende, don Tomás Salvador Vives Antón y don Guillermo Jiménez Sánchez. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recurso de amparo 3291-1998 Fecha de resolución 14/07/1999 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Estima recurso de súplica contra providencia de fecha 1 de febrero de 1999 y admite a trámite el recurso de amparo 3.291/
  10. Resumen Recurso de súplica contra providencias del Tribunal Constitucional: estima y admite a trámite recurso de amparo. Prisión provisional. disposiciones citadas Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional Artículo 50.2 Conceptos constitucionales Visualización Admisión de recurso de amparo por autoAdmisión de recurso de amparo por auto Estimación y admisión a trámite de recurso de amparoEstimación y admisión a trámite de recurso de amparo Recurso de súplica contra providencias de inadmisión del Tribunal ConstitucionalRecurso de súplica contra providencias de inadmisión del Tribunal Constitucional Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web

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