Sistema HJ - Resolución: AUTO 355/2004 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 355/2004, 21 de septiembre ECLI:ES:TC:2004:355A Pleno. Auto 355/2004, 21 de septiembre de
- Conflicto positivo de competencias 2260-
- Acuerda el desistimiento en el conflicto positivo de competencia 2260-2001, planteado por el Gobierno de la Nación en relación con el Decreto 237/2000, de 28 de noviembre, por el que se crea en la Comunidad Autónoma del País Vasco la oficina pública, su comité y la inspección de elecciones sindicales. AUTO I. Antecedentes
- Mediante escrito presentado en el Registro de este Tribunal el día 20 de abril de 2001, el Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, promueve conflicto positivo de competencia contra el Decreto 237/2000, de 28 de noviembre, por el que se crea en la Comunidad Autónoma del País Vasco la Oficina Pública, su Comité y la Inspección de Elecciones Sindicales. Admitido a trámite el conflicto por providencia de 8 de mayo de 2001, los Letrados de la Comunidad Autónoma del País Vasco formularon alegaciones mediante escrito registrado el día 14 de junio de 2001, donde suplicaron que se dictara Sentencia en la que se declarase la titularidad autonómica de las competencias controvertidas.
- Con fecha 4 de junio de 2004, el Abogado del Estado presentó en este Tribunal un escrito en el que expuso que, debidamente autorizado en virtud de acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de mayo de 2004, solicitaba, al amparo de lo establecido en el art. 86 LOTC en conexión con el art. 80 de la misma Ley, tener por desistido al Gobierno de la Nación en el presente conflicto positivo de competencia.
- Mediante providencia de 29 de junio de 2004, la Sección Segunda acordó incorporar a los autos el escrito del Abogado del Estado y oír a la representación procesal de la Comunidad Autónoma del País Vasco para que, en el plazo de diez días, exponga lo que considere procedente sobre el desistimiento efectuado por el Abogado del Estado.
- El día 20 de julio de 2004, el Letrado de la Comunidad Autónoma del País Vasco dirigió un escrito al Tribunal en el que manifiesta que nada tiene que oponer al desistimiento solicitado. II. Fundamentos jurídicos Único. El desistimiento aparece contemplado como modo de terminación de los procesos constitucionales en el art. 86 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, cuyo art. 80 remite, a su vez, a la Ley de enjuiciamiento civil para la regulación concarácter supletorio de este acto procesal (arts. 19.1 y 20.2 LEC), que puede ser parcial, cuando afecta a alguna de las pretensiones en caso de pluralidad del objeto, y total, cuando se refiere a todas o a la única pretensión (SSTC 96/1990, de 24 demayo, FJ 1; 237/1992, de 15 de diciembre; AATC 33/1993, de 26 de enero; 173/1997, de 20 de mayo). Así pues, en virtud de los citados preceptos puede estimarse como forma admitida para poner fin a un recurso de inconstitucionalidad o a un conflictopositivo de competencia, total o parcialmente, la manifestación de la voluntad de desistir, siempre que, según reiterada doctrina de este Tribunal, no se opongan las demás partes personadas a través de un motivo declarado válido por este Tribunal y no seadvierta interés constitucional que justifique la prosecución sin partes del proceso hasta su finalización por Sentencia (AATC, por todos, 33/1993, de 26 de enero; 173/1997, de 20 de mayo; 278/2001, de 30 de octubre; 129/2002, de 16 de julio, 43/2004, de10 de febrero).El Abogado del Estado, debidamente autorizado, según certificación del Acuerdo adoptado al efecto por el Consejo de Ministros, pide que se le tenga por desistido del presente conflicto positivo de competencia. La representación procesal de la Comunidad Autónoma del País Vasco no plantea objeción alguna al desistimiento formulado, sin que se advierta interés constitucional que aconseje la prosecución del conflicto hasta su finalización por Sentencia. Por lo expuesto, el Pleno ACUERDA Tener por desistido al Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia núm. 2260-2001, planteado en relación con el Decreto 237/2000, de 28 de noviembre, por el que se crea en la Comunidad Autónoma del País Vasco la Oficina pública, su Comité y la Inspección de Elecciones Sindicales, declarándose extinguido el proceso. Madrid, a veintiuno de septiembre de dos mil cuatro. Identificación Órgano Pleno Magistrados Doña María Emilia Casas Baamonde, don Guillermo Jiménez Sánchez, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Eugeni Gay Montalvo, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Ramón Rodríguez Arribas, don Pascual Sala Sánchez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Conflicto positivo de competencia 2260-2001 Fecha de resolución 21/09/2004 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acuerda el desistimiento en el conflicto positivo de competencia 2260-2001, planteado por el Gobierno de la Nación en relación con el Decreto 237/2000, de 28 de noviembre, por el que se crea en la Comunidad Autónoma del País Vasco la oficina pública, su comité y la inspección de elecciones sindicales. Síntesis Analítica Desistimiento en procesos constitucionales: conflicto positivo de competencia, procede. disposiciones generales y resoluciones impugnadas disposiciones citadas Decreto del Gobierno Vasco 237/2000, de 28 de noviembre. Crea la Oficina pública de elecciones sindicales, su comité y la inspección En general Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional Artículo 80 Artículo 86 Ley 1/2000, de 7 de enero, de enjuiciamiento civil Artículo 19.1 Artículo 20.2 Conceptos constitucionales Visualización Desistimiento en el conflicto positivo de competenciaDesistimiento en el conflicto positivo de competencia, Procedencia Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web