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Sistema HJ - Resolución: AUTO 430/2005

Sistema HJ - Resolución: AUTO 430/2005 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 430/2005, de 13 de diciembre ECLI:ES:TC:2005:430A Pleno. Auto 430/2005, de 13 de diciembre de

  1. Recurso de inconstitucionalidad 3394-
  2. Acepta una abstención en el recurso de inconstitucionalidad 3394-1997, promovido por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura contra artículos del Reglamento de la Asamblea de Extremadura. AUTO I. Antecedentes Único. En el recurso de inconstitucionalidad núm. 3394-1997, promovido por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, se impugnan los arts. 111.1 y 121.4 del Reglamento de la Asamblea de Extremadura en la redacción dada por la Reforma del Reglamento de 29 de mayo de
  3. A dicho recurso se ha acumulado el recurso de inconstitucionalidad núm. 3449-
  4. Mediante escrito fechado el 30 de noviembre de 2005 el Magistrado don Pablo Pérez Tremps manifestó su voluntad de abstenerse en el conocimiento del presente procedimiento y en todas sus incidencias, al concurrir la causa establecida legalmente en el art. 219.6ª LOPJ (haber emitido dictamen sobre el pleito o causa), toda vez que, previo a su nombramiento como Magistrado de este Tribunal, y a solicitud del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, redactó, junto con otro colega, dictamen de fecha 15 de mayo de 1997 sobre el presente asunto. II. Fundamentos jurídicos Único. Vista la comunicación efectuada por don Pablo Pérez Tremps, Magistrado de este Tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 LOTC y 221.4 Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), se estima justificada la causa de abstención formulada, puestoque el mencionado Magistrado, al haber emitido dictamen de fecha 15 de mayo de 1997 sobre el particular a petición del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, está incurso en la causa de abstención del párrafo 6ª del art. 219 LOPJ. Por lo expuesto, el Pleno ACUERDA Estimar justificada la abstención formulada por don Pablo Pérez Tremps en el recurso de inconstitucionalidad núm. 3394-1997 y acumulado, apartándolo definitivamente del referido procedimiento. Madrid, a trece de diciembre de dos mil cinco. Identificación Órgano Pleno Magistrados Doña María Emilia Casas Baamonde, don Guillermo Jiménez Sánchez, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Eugeni Gay Montalvo, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Ramón Rodríguez Arribas, don Pascual Sala Sánchez y don Manuel Aragón Reyes. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recurso de inconstitucionalidad 3394-1997 Fecha de resolución 13/12/2005 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acepta una abstención en el recurso de inconstitucionalidad 3394-1997, promovido por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura contra artículos del Reglamento de la Asamblea de Extremadura. Síntesis Analítica Abstención y recusación de magistrados del Tribunal Constitucional: abstención de magistrados, acepta. disposiciones citadas Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional Artículo 80 Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder judicial Artículo 219 Artículo 221.4 Conceptos constitucionales Visualización Abstención de magistrados del Tribunal ConstitucionalAbstención de magistrados del Tribunal Constitucional, Acepta Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web

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