Sistema HJ - Resolución: AUTO 27/2006 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 27/2006, de 31 de enero ECLI:ES:TC:2006:27A Pleno. Auto 27/2006, de 31 de enero de
- Conflicto positivo de competencia 5229-
- Acepta una abstención en el conflicto positivo de competencia 5229/1998 y acumulado, promovido por la Diputación General de Aragón y la Junta de Andalucía contra determinados preceptos del Real Decreto 1760/1998, de 31 de julio. AUTO I. Antecedentes Único. En los conflictos positivos de competencia núms. 5229/98 y 5504/98, acumulados, se impugnan los artículos 1, 3 y 4, las disposiciones adicionales primera a séptima, el núm. 3 del Anexo I y el núm. 7 del Anexo II del Real Decreto 1760/1998, de 31 de julio, por el que se determina la composición y funcionamiento del Consejo de la Red de Parques Nacionales, de las Comisiones Mixtas de Gestión de dichos Parques y de sus Patronatos. En concreto el conflicto núm. 5504/98 ha sido promovido por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Mediante escrito fechado el 26 de enero de 2006 la Magistrada doña Elisa Pérez Vera comunicó a los efectos oportunos que se abstenía de intervenir en la deliberación y votación de los conflictos positivos de competencia núms. 5229/98 y 5504/98, acumulados, al haber participado, en su anterior condición de Presidenta del Consejo Consultivo de Andalucía, en la adopción del Dictamen núm. 120/1998, de 11 de diciembre, relativo al conflicto positivo de competencia que el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía pretendía formalizar contra determinados preceptos del Real Decreto 1760/1998, de 31 de julio, por el que se determina la composición y funcionamiento del Consejo de la Red de Parques Nacionales, de las Comisiones Mixtas de Gestión de dichos Parques y de sus Patronatos. II. Fundamentos jurídicos Único. Vista la comunicación efectuada por doña Elisa Pérez Vera, Magistrada de este Tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 LOTC y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que la mencionada Magistradaintervino, en calidad de Presidenta del Consejo Consultivo de Andalucía, en la adopción del Dictamen emitido por dicho órgano con carácter previo al planteamiento por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía del conflicto positivo decompetencia dirigido contra determinados preceptos del Real Decreto 1760/1998, de 31 de julio, por el que se determina la composición y funcionamiento del Consejo de la Red de Parques Nacionales, de las Comisiones Mixtas de Gestión de dichos Parques y desus Patronatos, lo que puede integrarse en las causas 13ª y 16ª del art. 219 LOPJ. Por lo expuesto, el Pleno ACUERDA Estimar justificada la abstención formulada por doña Elisa Pérez Vera en el conflicto positivo de competencia núm. 5504/98, así como, al haber sido acumulado al núm. 5229/98, abstenida también de éste, apartándola definitivamente de los referidos procedimientos. Madrid, a treinta y uno de enero de dos mil seis. Identificación Órgano Pleno Magistrados Doña María Emilia Casas Baamonde, don Guillermo Jiménez Sánchez, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Javier Delgado Barrio, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Eugeni Gay Montalvo, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Ramón Rodríguez Arribas, don Pascual Sala Sánchez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Conflictos positivos de competencia 5229-1998, 5504-1998 (acumulados) Fecha de resolución 31/01/2006 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acepta una abstención en el conflicto positivo de competencia 5229/1998 y acumulado, promovido por la Diputación General de Aragón y la Junta de Andalucía contra determinados preceptos del Real Decreto 1760/1998, de 31 de julio. Síntesis Analítica Abstención y recusación de magistrados del Tribunal Constitucional: abstención de magistrados, acepta. disposiciones citadas Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional Artículo 80 Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder judicial Artículo 219.13 Artículo 219.16 Artículo 221.4 Real Decreto 1760/1998, de 31 de julio. Determina la composición y funcionamiento del Consejo de la Red de parques nacionales, de las comisiones mixtas de gestión de dichos parques y de sus patronatos En general Conceptos constitucionales Visualización Abstención de magistrados del Tribunal ConstitucionalAbstención de magistrados del Tribunal Constitucional, Acepta Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web