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Sistema HJ - Resolución: AUTO 125/2009

Sistema HJ - Resolución: AUTO 125/2009 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 125/2009, de 30 de abril ECLI:ES:TC:2009:125A Sección Segunda. Auto 125/2009, de 30 de abril de

  1. Recurso de amparo 6650-
  2. Estima el recurso de súplica del Fiscal sobre inadmisión del recurso de amparo 6650-2005, promovido por Alza, Abogados y Fiscalistas, S.A. AUTO I. Antecedentes
  3. Mediante escrito registrado en este Tribunal el 23 de septiembre de 2005, la Procuradora de los Tribunales doña Belén Aroca Flórez, en nombre y representación de la entidad Alza, Abogados y Fiscalistas, S.A., y bajo la dirección del Letrado don Juan Manuel Lozano Morante, interpuso demanda de amparo contra la Sentencia de la Sección Vigésima de la Audiencia Provincial de Madrid de 14 de julio de 2005, dictada en el rollo de apelación núm. 193-
  4. La Sección Segunda de este Tribunal, por providencia de 2 de abril de 2008, acordó no admitir el recurso planteado, conforme a lo previsto en el art. 50.1 a), en relación con el art. 44.2 LOTC, en su redacción anterior a la aprobada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, toda vez que el recurso incurría en extemporaneidad.
  5. La entidad recurrente, por escrito registrado el 17 de abril de 2008, solicitó aclaración de la mencionada providencia, alegando que la presentación del recurso se había realizado en plazo.
  6. El Ministerio Fiscal, por escrito registrado el 5 de junio de 2008, interpuso recurso de súplica contra dicha providencia, argumentando que la demanda fue presentada en el plazo de veinte días establecido en el art. 44.2 LOTC, toda vez que el recurso fue presentado el 23 de septiembre de 2005 y la Sentencia impugnada fue notificada el 22 de julio de
  7. La Secretaria de Justicia de la Sección Segunda de este Tribunal, por diligencia de ordenación de 11 de junio de 2008, acordó dar traslado del recurso de súplica para alegaciones al demandante, quien por escrito registrado el 23 de junio de 2008 se adhirió en todos sus términos a los argumentos esgrimidos en dicho recurso. II. Fundamentos jurídicos Único. El examen de las actuaciones aportadas a este proceso constitucional pone de relieve, como ha señalado el Ministerio Fiscal, que cuando el recurrente registró su demanda de amparo el 23 de septiembre de 2005 no había transcurrido el plazo deveinte días establecido en el art. 44.2 LOTC desde la notificación de la Sentencia impugnada, que se verificó el 22 de julio de
  8. Por consiguiente, debemos estimar el recurso de súplica interpuesto y, en su virtud, anular la providencia recurrida,reponiendo las actuaciones al momento anterior a su dictado para resolver sobre la admisión del presente recurso de amparo. Por todo ello, la Sección ACUERDA Estimar el recurso de súplica interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la providencia de 2 de abril de 2008, dejándola sin efecto y reponer las actuaciones al momento anterior a dictarse la providencia anulada. Madrid, a treinta de abril de dos mil nueve. Identificación Órgano Sección Segunda Magistrados Don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez y don Pablo Pérez Tremps. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recurso de amparo 6650-2005 Fecha de resolución 30/04/2009 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Estima el recurso de súplica del Fiscal sobre inadmisión del recurso de amparo 6650-2005, promovido por Alza, Abogados y Fiscalistas, S.A. Síntesis Analítica Inadmisión de recurso de amparo: inadmisión por extemporaneidad. Recurso de súplica contra providencias de inadmisión del Tribunal Constitucional: estimación. disposiciones citadas Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional Artículo 44.2 Conceptos constitucionales Visualización Estimación de recurso de súplica contra providencias de inadmisión del Tribunal ConstitucionalEstimación de recurso de súplica contra providencias de inadmisión del Tribunal Constitucional Extemporaneidad del recurso de amparoExtemporaneidad del recurso de amparo Inadmisión de recurso de amparoInadmisión de recurso de amparo Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web

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