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Sistema HJ - Resolución: AUTO 209/2009

Sistema HJ - Resolución: AUTO 209/2009 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 209/2009, de 3 de julio ECLI:ES:TC:2009:209A Sección Segunda. Auto 209/2009, de 3 de julio de

  1. Recurso de amparo 4925-
  2. Estima el recurso de súplica del Fiscal sobre inadmisión del recurso de amparo 4925-2007, promovido por don Jordi Bertrán Santos en contencioso-administrativo. AUTO I. Antecedentes
  3. Mediante escrito registrado el 25 de mayo de 2007, la Procuradora de los Tribunales doña Miriam Rodríguez Crespo, en nombre y representación de don Jordi Bertrán Santos, y bajo la dirección del Letrado don Jordi Pineda Sánchez, interpuso demanda de amparo contra la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Gerona de 25 de abril de 2007, dictada en el procedimiento abreviado núm. 88-
  4. La Sección Segunda de este Tribunal, por providencia de 29 de octubre de 2008, acordó no admitir el recurso planteado, por no haber satisfecho la carga consistente en justificar la especial trascendencia constitucional del recurso (art. 49.1 LOTC, en su redacción aprobada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo).
  5. El Ministerio Fiscal, por escrito registrado el 28 de noviembre de 2008, interpuso recurso de súplica contra dicha providencia, argumentando que a este recurso de amparo, al haberse planteado antes de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, le es aplicable su disposición transitoria tercera, por lo que se regirá por la normativa anterior, no siendo posible, en consecuencia, inadmitirlo por la falta de justificación de su especial trascendencia constitucional.
  6. La Secretaria de Justicia de la Sección Segunda de este Tribunal, por diligencia de ordenación de 2 de diciembre de 2008, acordó dar traslado del recurso de súplica al demandante para que alegara lo que estimara conveniente. El recurrente no presentó alegaciones. II. Fundamentos jurídicos Único. El presente recurso de amparo fue registrado el 25 de mayo de 2007 y, por tanto, con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, que tuvo lugar el 26 de mayo de
  7. Ello determina, como pone de manifiesto elMinisterio Fiscal en su recurso y ha sido reiterado por este Tribunal (por todas, STC 146/2008, de 10 de noviembre, FJ 2), que, en aplicación de la disposición transitoria tercera de la citada Ley Orgánica 6/2007, le sea de aplicación, a los efectos desu admisibilidad, la normativa vigente en el momento de su interposición, en la que no se exigía como requisito de admisión la especial trascendencia constitucional del recurso ni, lógicamente, la necesidad de su justificación, cuya ausencia fue la causade inadmisión apreciada en la providencia impugnada. Por consiguiente, debemos estimar el recurso de súplica interpuesto y, en su virtud, anular la providencia recurrida, reponiendo las actuaciones al momento anterior a su dictado para resolver sobre laadmisión del presente recurso de amparo. Por todo ello, la Sección ACUERDA Estimar el recurso de súplica interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la providencia de 29 de octubre de 2008, dejándola sin efecto y reponer las actuaciones al momento anterior a dictarse la providencia anulada. Madrid, a tres de julio de dos mil nueve. Identificación Órgano Sección Segunda Magistrados Don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez y don Pablo Pérez Tremps. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recurso de amparo 4925-2007 Fecha de resolución 03/07/2009 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Estima el recurso de súplica del Fiscal sobre inadmisión del recurso de amparo 4925-2007, promovido por don Jordi Bertrán Santos en contencioso-administrativo. Síntesis Analítica Demanda de amparo: justificación de la especial trascendencia constitucional. Inadmisión de recurso de amparo: momento en que rigen los requisitos de admisibilidad. Recurso de súplica contra providencias de inadmisión del Tribunal Constitucional: estimación. disposiciones citadas Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional Disposición transitoria tercera Conceptos constitucionales Visualización Estimación de recurso de súplica contra providencias de inadmisión del Tribunal ConstitucionalEstimación de recurso de súplica contra providencias de inadmisión del Tribunal Constitucional Inadmisión de recurso de amparoInadmisión de recurso de amparo Justificación de la especial trascendencia constitucionalJustificación de la especial trascendencia constitucional Momento en que rigen los requisitos de admisibilidadMomento en que rigen los requisitos de admisibilidad Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web

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