Sistema HJ - Resolución: AUTO 247/2009 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 247/2009, de 29 de septiembre ECLI:ES:TC:2009:247A Pleno. Auto 247/2009, de 29 de septiembre de
- Recurso de inconstitucionalidad 2964-
- Acuerda el desistimiento parcial en el recurso de inconstitucionalidad 2964-2009, promovido por el Presidente del Gobierno en relación con la Ley de la Asamblea de Madrid 3/2008, de 29 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. AUTO I. Antecedentes
- Mediante escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 30 de marzo de 2009, el Abogado del Estado, actuando en la representación que legalmente ostenta, interpuso recurso de inconstitucionalidad contra los artículos 12 y 28 de la Ley de la Asamblea de Madrid 3/2008, de 29 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. Admitido a trámite el presente recurso por providencia de 21 de abril de 2009, los Letrados de la Comunidad de Madrid y de la Asamblea de Madrid formularon sus respectivas alegaciones el 14 de mayo de 2009, solicitando que se dictase Sentencia por la que se declarase la constitucionalidad de los preceptos legales controvertidos.
- Con fecha 6 de julio de 2009 el Abogado del Estado traslada a este Tribunal la certificación del acuerdo adoptado por el Consejo de Ministros, en sesión celebrada el día 3 anterior, en virtud del cual se desiste parcialmente del recurso de inconstitucionalidad en lo relativo al art. 28 de la Ley de la Asamblea de Madrid 3/2008, de 29 de diciembre.
- Mediante providencia de 13 de julio de 2009 se acordó incorporar a los Autos el escrito presentado por el Abogado del Estado y oír a las representaciones procesales del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid y de la Asamblea de Madrid para que en el plazo de diez días alegaran lo que estimasen procedente en relación con la solicitud de desistimiento parcial del presente procedimiento formulada en dicho escrito.
- El Letrado de la Comunidad de Madrid evacuó el trámite conferido por escrito presentado en el Registro General de este Tribunal Constitucional el 27 de julio de
- En dicho escrito manifestó su conformidad con el desistimiento parcial solicitado por el Abogado del Estado. II. Fundamentos jurídicos Único. Según hemos afirmado reiteradamente, el desistimiento aparece contemplado como modo de terminación de los procesos constitucionales en el art. 86 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, cuyo art. 80 remite, a su vez, a la Ley deenjuiciamiento civil (LEC) para la regulación con carácter supletorio de este acto procesal (arts. 19.1 y 20.2 LEC), que puede ser parcial, cuando afecta a alguna de las pretensiones en caso de pluralidad del objeto, y total, cuando se refiere a todas oa la única pretensión (SSTC 96/1990, de 24 de mayo, FJ 1 y 237/1992, de 15 de diciembre; AATC 33/1993, de 26 de enero; 173/1997, de 20 de mayo, y 297/2008, de 16 de septiembre). Así pues, en virtud de los citados preceptos puede estimarse como formaadmitida para poner fin a un recurso de inconstitucionalidad o a un conflicto positivo de competencia, total o parcialmente, la manifestación de la voluntad de desistir, siempre que, según reiterada doctrina de este Tribunal, no se opongan las demáspartes personadas a través de un motivo declarado válido por este Tribunal y no se advierta interés constitucional que justifique la prosecución sin partes del proceso hasta su finalización por Sentencia (por todos, AATC 234/2004, de 7 de junio y165/2005, de 19 de abril).El Abogado del Estado, debidamente autorizado para ello, pide que se le tenga por desistido del presente recurso de inconstitucionalidad en lo relativo al art. 28 de la Ley autonómica impugnada. Ni el Letrado de la Comunidad de Madrid ni la Letrada de la Asamblea de Madrid plantean objeción alguna al desistimiento formulado, sin que se advierta interés constitucional que aconseje la prosecución del recurso hasta su finalización por Sentencia. Por lo expuesto, el Pleno ACUERDA Tener por desistido parcialmente al Abogado del Estado del recurso de inconstitucionalidad núm. 2964-2009 por lo que se refiere al artículo 28 de la Ley de la Asamblea de Madrid 3/2008, de 29 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, manteniéndose el recurso en cuanto a la impugnación del artículo 12 de la misma Ley. Madrid, a veintinueve de septiembre de dos mil nueve. Identificación Órgano Pleno Magistrados Doña María Emilia Casas Baamonde, don Guillermo Jiménez Sánchez, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Ramón Rodríguez Arribas, don Pascual Sala Sánchez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recurso de inconstitucionalidad 2964-2009 Fecha de resolución 29/09/2009 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acuerda el desistimiento parcial en el recurso de inconstitucionalidad 2964-2009, promovido por el Presidente del Gobierno en relación con la Ley de la Asamblea de Madrid 3/2008, de 29 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. Síntesis Analítica Desistimiento en procesos constitucionales: desistimiento en el recurso de inconstitucionalidad, procedencia parcial. disposiciones con fuerza de ley impugnadas disposiciones citadas Ley de la Asamblea de Madrid 3/2008, de 29 de diciembre. Medidas fiscales y administrativas Artículos 12, 28 Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional Artículo 80 Artículo 86 Ley 1/2000, de 7 de enero, de enjuiciamiento civil Artículo 19.1 Artículo 20.2 Ley de la Asamblea de Madrid 3/2008, de 29 de diciembre. Medidas fiscales y administrativas Artículo 28 Conceptos constitucionales Visualización Desistimiento parcial en el recurso de inconstitucionalidadDesistimiento parcial en el recurso de inconstitucionalidad, Procedencia Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web