Sistema HJ - Resolución: AUTO 45/2012 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 45/2012, de 13 de marzo ECLI:ES:TC:2012:45A Pleno. Auto 45/2012, de 13 de marzo de
- Conflicto positivo de competencia 4124-
- Acepta una abstención en los conflictos positivos de competencia núms. 4124-1999 y 4216-1999 (acumulados), promovidos por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y el Gobierno de la Generalitat de Cataluña en relación con determinados preceptos del Real Decreto 844/1999, de 21 de mayo. AUTO I. Antecedentes Único. En los conflictos positivos de competencia núms. 4124-1999, 4216-1999 y 3029-2006, acumulados, se impugnan, en los dos primeros, el Real Decreto 844/1999, de 21 de mayo, por el que se autoriza la explotación de una lotería instantánea o presorteada, y en el tercero el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, por el que se autoriza a la Organización Nacional de Ciegos Españoles la explotación de una lotería instantánea o presorteada. En concreto el conflicto núm. 4124-1999 ha sido promovido por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Mediante escrito fechado el 8 de marzo de 2012 la Magistrada doña Elisa Pérez Vera comunicó a los efectos oportunos que se abstenía de intervenir en la deliberación y votación de los indicados conflictos positivos de competencia, al haber participado, en su anterior condición de Presidenta del Consejo Consultivo de Andalucía, en la adopción del dictamen núm. 129-1999, de 6 de octubre, sobre el conflicto positivo de competencia que pretendía plantear el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía en relación con el Real Decreto 844/1999, de 21 de mayo, por el que se autoriza la explotación de una lotería instantánea o presorteada. II. Fundamentos jurídicos Único. Vista la comunicación efectuada por doña Elisa Pérez Vera, Magistrada de este Tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que la mencionada Magistrada intervino, en calidad de Presidenta del Consejo Consultivo de Andalucía, en la adopción del dictamen emitido por dicho órgano con carácter previo al planteamiento por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía del conflicto positivo de competencia dirigido contra el Real Decreto 844/1999, de 21 de mayo, por el que se autoriza la explotación de una lotería instantánea o presorteada, lo que puede integrarse en las causas 13 y 16 del art. 219 LOPJ. Por todo lo expuesto, el Pleno ACUERDA Estimar la causa de abstención formulada por doña Elisa Pérez Vera en los conflictos positivos de competencia núms. 4124-1999, 4216-1999, y 3029-2006, acumulados, apartándola definitivamente de los referidos procedimientos. Madrid, a trece de marzo de dos mil doce. Identificación Órgano Pleno Magistrados Don Pascual Sala Sánchez, don Eugeni Gay Montalvo, don Javier Delgado Barrio, don Ramón Rodríguez Arribas, don Manuel Aragón Reyes, don Pablo Pérez Tremps, don Francisco José Hernando Santiago, doña Adela Asua Batarrita, don Luis Ignacio Ortega Álvarez y don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Conflictos positivos de competencia 4124-1999, 4216-1999, 3029-2006 (acumulados) Fecha de resolución 13/03/2012 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acepta una abstención en los conflictos positivos de competencia núms. 4124-1999 y 4216-1999 (acumulados), promovidos por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y el Gobierno de la Generalitat de Cataluña en relación con determinados preceptos del Real Decreto 844/1999, de 21 de mayo. Síntesis Analítica Abstención de magistrados del Tribunal Constitucional, acepta. disposiciones generales y resoluciones impugnadas disposiciones citadas Real Decreto 844/1999, de 21 de mayo. Autorización de explotación de una lotería instantánea o presorteada En general Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre. Autorización a la Organización Nacional de Ciegos Españoles de la explotación de una lotería instantánea o presorteada En general Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional Artículo 80 Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder judicial Artículo 219.13 Artículo 219.16 Artículo 221.4 Real Decreto 844/1999, de 21 de mayo. Autorización de explotación de una lotería instantánea o presorteada En general Conceptos constitucionales Visualización Abstención de magistrados del Tribunal ConstitucionalAbstención de magistrados del Tribunal Constitucional, Acepta, f. único Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web