Sistema HJ - Resolución: AUTO 91/2013 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 91/2013, de 6 de mayo ECLI:ES:TC:2013:91A Sala Primera. Auto 91/2013, de 6 de mayo de
- Recurso de amparo 2605-
- Acepta una abstención en el recurso de amparo 2605-2012, promovido por Promotora de Informaciones, S.A., en proceso contencioso-administrativo. AUTO I. Antecedentes
- Mediante escrito registrado en este Tribunal el 4 de mayo de 2012, el Procurador de los Tribunales don Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de la entidad Promotora de Informaciones, S.A., interpuso demanda de amparo contra Auto de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo recaído en recurso de casación núm. 1499-2011, contra Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en procedimiento ordinario núm. 57-
- Por escrito de 29 de abril de 2013, el Magistrado Excmo. Sr. don Juan José González Rivas manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, supletoria de la Ley Ordinaria 2/1979 (art. 80), al haber intervenido en instancia anterior en su condición de Magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución recurrida. II. Fundamentos jurídicos Único. Vista la comunicación efectuada por don Juan José González Rivas, Magistrado de este Tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado Magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 a) del art. 219 LOPJ. Por todo lo expuesto, la Sala ACUERDA Estimar justificada la abstención formulada por el Magistrado Excmo. Sr. don Juan José González Rivas en el recurso de amparo núm. 2605-2012 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias. Madrid, a seis de mayo de dos mil trece. Identificación Órgano Sala Primera Magistrados Don Pascual Sala Sánchez, don Manuel Aragón Reyes, doña Adela Asua Batarrita, don Andrés Ollero Tassara y don Fernando Valdés Dal-Ré. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recurso de amparo 2605-2012 Fecha de resolución 06/05/2013 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acepta una abstención en el recurso de amparo 2605-2012, promovido por Promotora de Informaciones, S.A., en proceso contencioso-administrativo. Síntesis Analítica Abstención de Magistrados del Tribunal Constitucional: acepta; intervención en la vía judicial previa. disposiciones citadas Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional Artículo 80, f. único Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder judicial Artículo 219.11, f. único Artículo 221.4, f. único Conceptos constitucionales Visualización Abstención de magistrados del Tribunal ConstitucionalAbstención de magistrados del Tribunal Constitucional, Acepta, f. único Intervención en la vía judicial previaIntervención en la vía judicial previa, f. único Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web