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Sistema HJ - Resolución: AUTO 242/2013

Sistema HJ - Resolución: AUTO 242/2013 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 242/2013, de 22 de octubre ECLI:ES:TC:2013:242A Sección Tercera. Auto 242/2013, de 22 de octubre de

  1. Recurso de amparo 329-
  2. Acepta una abstención en el recurso de amparo 329-2013, promovido por don Juan Carlos Torres-Dulce en proceso contencioso-administrativo. AUTO I. Antecedentes Único. En el recurso de amparo antes referido se impugna una Sentencia y Auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en recurso 183-2011 contra resolución del Pleno del Tribunal de Cuentas recurso 10-2010.Mediante escrito fechado el 4 de octubre de 2013, el Magistrado don Juan José González Rivas comunicó a los efectos oportunos que se abstenía de intervenir en el antes indicado recurso de amparo, de conformidad con el art. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por haber formado parte de la Sección Séptima de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que dictó la Sentencia de 10 de abril de 2012, resolución impugnada en el presente recurso de amparo número 329-
  3. II. Fundamentos jurídicos Único. Vista la comunicación efectuada por don Juan José González Rivas, Magistrado de esta Sección Tercera del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art. 80), estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado Magistrado formó parte de la Sección Séptima de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que dictó la Sentencia de 10 de abril de 2012, en el recurso de casación núm. 183-2011 que ha sido impugnado en el presente recurso de amparo 329-
  4. Por todo lo expuesto, la Sección ACUERDA Estimar justificada la abstención formulada por el Magistrado don Juan José González Rivas en el recurso de amparo número 329-2013, apartándole definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias. Madrid, a veintidós de octubre de dos mil trece. Identificación Órgano Sección Tercera Magistrados Doña Adela Asua Batarrita y don Pedro José González-Trevijano Sánchez. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recurso de amparo 329-2013 Fecha de resolución 22/10/2013 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acepta una abstención en el recurso de amparo 329-2013, promovido por don Juan Carlos Torres-Dulce en proceso contencioso-administrativo. Síntesis Analítica Abstención de Magistrados del Tribunal Constitucional, acepta: intervención en la vía judicial previa. disposiciones citadas Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional Artículo 80, f. único Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder judicial Artículo 219.11, f. único Conceptos constitucionales Visualización Abstención de magistrados del Tribunal ConstitucionalAbstención de magistrados del Tribunal Constitucional, Acepta, f. único Intervención en la vía judicial previaIntervención en la vía judicial previa, f. único Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web

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