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Sistema HJ - Resolución: AUTO 176/2014

Sistema HJ - Resolución: AUTO 176/2014 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 176/2014, de 23 de junio ECLI:ES:TC:2014:176A Sección Segunda. Auto 176/2014, de 23 de junio de

  1. Recurso de amparo 6200-
  2. Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 6200-2013, promovido en proceso contencioso-administrativo. AUTO I. Antecedentes
  3. Por escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 23 de octubre de 2013, el Consejo Andaluz de Colegios de Procuradores representado por el Procurador de los Tribunales don Manuel Infante Sánchez, interpuso recurso de amparo contra Auto y Sentencia dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en recurso núm. 1160-
  4. El Procurador Sr. Infante Sánchez, por escrito presentado el 25 de marzo de 2014, estando el amparo pendiente de resolver sobre su admisión o inadmisión, manifiesta que desiste del recurso planteado.
  5. Por diligencia de ordenación de 31 de marzo de 2014 se dio traslado al Ministerio Fiscal para que alegara lo que estimara oportuno en relación con el desistimiento formulado.
  6. El Ministerio Fiscal, por dictamen que tuvo entrada en el Tribunal el 30 de abril de 2014, no se opuso a la aprobación del desistimiento. II. Fundamentos jurídicos Único. Entre las formas de terminación del recurso de amparo figura la del desistimiento, prevista en el artículo 86.1 de la Ley Orgánica de este Tribunal (LOTC), y a la que es de aplicación supletoria la legislación procesal ordinaria (art. 80 LOTC), que la recoge en los artículos 19.1 y 20.2 y 3 de la Ley de enjuiciamiento civil.Esta fórmula y decisión de la parte recurrente aparece revestida de los requisitos legales. Por otro lado, no se aprecia perjuicio de parte ni daño para el interés general o público. Es procedente, pues, sancionar afirmativamente esa voluntad de desistir. Por todo lo expuesto, la Sección ACUERDA Tener por desistido del recurso de amparo a Consejo Andaluz de Colegios de Procuradores y archivar las presentes actuaciones. Madrid, a veintitrés de junio de dos mil catorce. Identificación Órgano Sección Segunda Magistrados Don Luis Ignacio Ortega Álvarez, don Andrés Ollero Tassara y don Santiago Martínez-Vares García. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recurso de amparo 6200-2013 Fecha de resolución 23/06/2014 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 6200-2013, promovido en proceso contencioso-administrativo. Síntesis Analítica Desistimiento de recurso de amparo: procede. disposiciones citadas Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional Artículo 80, f. único Artículo 86.1 (redactado por la Ley Orgánica 6/1988, de 9 de junio), f. único Ley Orgánica 6/1988, de 9 de junio, por la que se modifican los artículos 50 y 86 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional En general, f. único Ley 1/2000, de 7 de enero, de enjuiciamiento civil Artículo 19.1, f. único Artículo 20.2, f. único Artículo 20.3, f. único Conceptos constitucionales Visualización Desistimiento en el recurso de amparoDesistimiento en el recurso de amparo, Procedencia, f. único Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web

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