Sistema HJ - Resolución: AUTO 29/2016 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 29/2016, de 15 de febrero ECLI:ES:TC:2016:29A Sección Tercera. Auto 29/2016, de 15 de febrero de
- Recurso de amparo 3767-
- Acepta una abstención en el recurso de amparo 3767-2012, promovido por doña Ana Serratosa Luján en proceso contencioso-administrativo. AUTO I. Antecedentes Único. En el recurso de amparo antes referido se impugnaba auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en recurso de casación 6137-2010, contra la Sentencia dictada por la Audiencia Nacional en recurso 265-
- El recurso fue inadmitido por providencia de 26 de septiembre de 2012, formulándose solicitud de declaración de funcionamiento anormal en 18 de noviembre último.Mediante escrito fechado el 12 de febrero de 2016, el Magistrado don Juan José González Rivas comunicó a los efectos oportunos que se abstenía de intervenir en el antes indicado recurso de amparo, de conformidad con el art. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por haber formado parte de la Sección Primera de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que dictó el Auto de 16 de junio de 2011, resolución impugnada en el presente recurso de amparo número 3767-
- II. Fundamentos jurídicos Único. Vista la comunicación efectuada por don Juan José González Rivas, Magistrado de esta Sección Tercera del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art. 80), estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado Magistrado formó parte de la Sección Primera de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que dictó el Auto de 16 de junio de 2011, en el recurso de casación núm. 6137-2010, que ha sido impugnado en el presente recurso de amparo. Por todo lo expuesto, la Sección ACUERDA Estimar justificada la abstención formulada por el Magistrado don Juan José González Rivas en el recurso de amparo núm. 3767-2012, apartándole definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias. Madrid, a quince de febrero de dos mil dieciséis. Identificación Órgano Sección Tercera Magistrados Doña Adela Asua Batarrita y don Pedro José González-Trevijano Sánchez. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recurso de amparo 3767-2012 Fecha de resolución 15/02/2016 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acepta una abstención en el recurso de amparo 3767-2012, promovido por doña Ana Serratosa Luján en proceso contencioso-administrativo. disposiciones citadas Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional Artículo 80, f. único Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder judicial Artículo 219.11, f. único Conceptos constitucionales Visualización Abstención de magistrados del Tribunal ConstitucionalAbstención de magistrados del Tribunal Constitucional, Acepta, f. único Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web