Sistema HJ - Resolución: AUTO 67/2017 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 67/2017, de 28 de abril ECLI:ES:TC:2017:67A Sección Tercera. Auto 67/2017, de 28 de abril de
- Recurso de amparo 494-
- Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 494-2017, promovido en litigio social. AUTO I. Antecedentes
- Mediante escrito registrado el 30 de enero de 2017 la procuradora doña Lucia Agulla Lanza en nombre y representación de la entidad pública Enaire (Aeropuertos Españoles y Navegación aérea) presentó en el registro general del Tribunal recurso de amparo contra la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de fecha 16 de noviembre de 2016 dictada en el recurso de casación para unificación de doctrina 3757-2014, interpuesto contra la Sentencia de 2 de septiembre de 2014, dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el recurso de suplicación núm. 490-2014, que resolvió el formulado contra la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. 7 de Las Palmas de Gran Canarias de 13 de noviembre de 2013 recaída en autos núm. 313-2013, recurso de amparo que fue registrado con el núm. 494-
- Por escrito de 7 de marzo de 2017, registrado el día siguiente, la procuradora Sra. Agulla Lanza, en nombre y representación de la recurrente, desistió del recurso de amparo interpuesto solicitando el archivo de las actuaciones.
- Por diligencia de ordenación de 9 de marzo de 2017 se dio traslado al Ministerio Fiscal a fin de que formulara alegaciones, lo que hizo por escrito presentado el 22 de marzo de 2017 en el que manifiesta que no ve obstáculo para acceder al desistimiento solicitado poniendo fin al procedimiento. II. Fundamentos jurídicos Único. El desistimiento es una forma de terminación del procedimiento prevista en los artículos 80 y 86 de nuestra Ley Orgánica (LOTC), que se remite en el primero de dichos preceptos, en cuanto a requisitos y procedimiento, a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la Ley de enjuiciamiento civil. Cumplidos estos requisitos en el presente caso, y no oponiendo objeción alguna el Ministerio Fiscal a la voluntad de desistir manifestada por el recurrente y, por otro lado, no se aprecia perjuicio de parte ni daño para el interés general o público. Por tanto, dado el carácter rogado que, en principio, tiene la jurisdicción de amparo constitucional [arts. 161.1 b) CE y 41.3 LOTC], procede acceder al desistimiento solicitado. Por todo lo expuesto, la Sección ACUERDA Tener por desistido del presente recurso de amparo a Enaire (Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea) y archivar las presentes actuaciones. Madrid, a veintiocho de abril de dos mil diecisiete. Identificación Órgano Sección Tercera Magistrados Doña Encarnación Roca Trías, don Juan Antonio Xiol Ríos y don Pedro José González-Trevijano Sánchez. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recurso de amparo 494-2017 Fecha de resolución 28/04/2017 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 494-2017, promovido en litigio social. disposiciones citadas Constitución española, de 27 de diciembre de 1978 Artículo 161.1 b), f. único Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional Artículo 41.3, f. único Artículo 80, f. único Artículo 86, f. único Conceptos constitucionales Visualización Desistimiento en el recurso de amparoDesistimiento en el recurso de amparo, f. único Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web