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Sistema HJ - Resolución: AUTO 89/2017

Sistema HJ - Resolución: AUTO 89/2017 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 89/2017, de 5 de junio ECLI:ES:TC:2017:89A Sala Primera. Auto 89/2017, de 5 de junio de

  1. Cuestión de inconstitucionalidad 686-
  2. Acepta una abstención en la cuestión de inconstitucionalidad 686-2017, planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en relación con el artículo 175.2 y 3 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de haciendas locales de Navarra. AUTO I. Antecedentes
  3. El 9 de febrero de 2017 tuvo entrada en el registro general de este Tribunal un escrito de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, al que se acompaña, junto al testimonio del correspondiente procedimiento, Auto de 16 de enero de 2017, recaído en el recurso de apelación núm. 324-2016, por el que se acuerda promover ante este Tribunal cuestión de inconstitucionalidad respecto de los artículos 175.2 y 3 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de haciendas locales de Navarra, por posible vulneración del artículo 31 de la Constitución.
  4. Mediante escrito de 22 de mayo 2017 el Magistrado don Alfredo Montoya Melgar manifestó, conforme a lo previsto en el artículo 217 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), en relación con el artículo 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, su voluntad de abstenerse en el conocimiento de la cuestión de inconstitucionalidad núm. 686-2017 y todas sus incidencias, al concurrir en él la causa establecida en el artículo 219.10 LOPJ (tener interés indirecto en la causa). II. Fundamentos jurídicos Único. Vista la comunicación efectuada por don Alfredo Montoya Melgar, en virtud de lo previsto en los artículos 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado Magistrado está incurso en la causa 10 del artículo 219 LOPJ (interés indirecto en la causa). Por todo lo expuesto, la Sala ACUERDA Estimar justificada la abstención formulada por el Magistrado don Alfredo Montoya Melgar en la cuestión de inconstitucionalidad núm. 686-2017 y apartarle definitivamente del conocimiento de la referida cuestión y de todas sus incidencias. Madrid, a cinco de junio de dos mil diecisiete. Identificación Órgano Sala Primera Magistrados Don Juan José González Rivas, don Andrés Ollero Tassara, don Santiago Martínez-Vares García, don Cándido Conde-Pumpido Tourón y doña María Luisa Balaguer Callejón. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Cuestión de inconstitucionalidad 686-2017 Fecha de resolución 05/06/2017 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acepta una abstención en la cuestión de inconstitucionalidad 686-2017, planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en relación con el artículo 175.2 y 3 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de haciendas locales de Navarra. disposiciones con fuerza de ley impugnadas disposiciones citadas Comunidad Foral de Navarra. Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de haciendas locales de Navarra Artículo 175.2 Artículo 175.3 Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional Artículo 80 (redactado por la Ley Orgánica 15/2015, de 16 de octubre), f. único Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder judicial Artículo 219.10 (redactado por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre), f. único Artículo 221.4, f. único Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial En general, f. único Ley Orgánica 15/2015, de 16 de octubre, de reforma de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, para la ejecución de las resoluciones del Tribunal Constitucional como garantía del Estado de Derecho En general, f. único Conceptos constitucionales Visualización Abstención de magistrados del Tribunal ConstitucionalAbstención de magistrados del Tribunal Constitucional, Acepta, f. único Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web

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