Sistema HJ - Resolución: AUTO 59/2018 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 59/2018, de 5 de junio ECLI:ES:TC:2018:59A Sala Primera. Auto 59/2018, de 5 de junio de
- Recurso de amparo 3883-
- Acepta una abstención en el recurso de amparo 3883-2017, promovido por doña María del Pilar Alonso Saura en proceso contencioso-administrativo. AUTO I. Antecedentes Único. Por acuerdo del pleno del Consejo General del Poder Judicial de fecha 26 de mayo de 2016, se acordó nombrar a don Miquel Pascual de Riquelme, Presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, frente a la recurrente doña María Pilar Alonso Saura.El Magistrado Excmo. Sr. don Cándido Conde-Pumpido Tourón es el cónyuge de la Vocal del Consejo General del Poder Judicial, Excma. Sra. doña Clara Martínez de Careaga y García, que formó parte del pleno de dicho órgano que ha dictado acuerdo con fecha 26 de mayo de 2016 contra el que se interpone el recurso de amparo núm. 3883-2017 que se halla pendiente de admisión en la Sección Primera.El acuerdo adoptado por el pleno del Consejo General del Poder Judicial fue recurrido por la Sra. Alonso Saura ante el pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que dictó Sentencia con fecha 27 de junio de 2.017 recaída en el recurso ordinario 4942-2016.Mediante escrito fechado el 28 de mayo de 2018 el Magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón comunicó a los efectos oportunos que se abstenía de intervenir en el antes indicado recurso de amparo, de conformidad con el artículo 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por concurrir la causa de abstención prevista en el artículo 219.15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. II. Fundamentos jurídicos Único. Vista la comunicación efectuada por don Cándido Conde-Pumpido Tourón Magistrado de esta Sala Primera del Tribunal Constitucional, la Sala, en virtud de lo previsto en el artículo 219.15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art. 80), estima justificada la causa de abstención formulada. Por todo lo expuesto, la Sala ACUERDA Estimar justificada la abstención formulada por el Magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón en el recurso de amparo núm. 3883-2017, apartándole definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias. Madrid, a cinco de junio de dos mil dieciocho. Identificación Órgano Sala Primera Magistrados Don Juan José González Rivas, don Andrés Ollero Tassara, don Santiago Martínez-Vares García, don Alfredo Montoya Melgar y doña María Luisa Balaguer Callejón. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recurso de amparo 3883-2017 Fecha de resolución 05/06/2018 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acepta una abstención en el recurso de amparo 3883-2017, promovido por doña María del Pilar Alonso Saura en proceso contencioso-administrativo. disposiciones citadas Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder judicial Artículo 219.15 (redactado por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre), f. único Conceptos constitucionales Visualización Abstención de magistrados del Tribunal ConstitucionalAbstención de magistrados del Tribunal Constitucional, f. único Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web