Sistema HJ - Resolución: AUTO 99/2022 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 99/2022, de 16 de junio ECLI:ES:TC:2022:99A Sección Cuarta. Auto 99/2022, de 16 de junio de
- Recurso de amparo 4029-
- Acepta una abstención en el recurso de amparo 4029-2021, promovido en pleito civil. La Sección Cuarta del Tribunal Constitucional compuesta por el magistrado don Antonio Narváez Rodríguez, presidente, y el magistrado don Ramón Sáez Valcárcel, en el recurso de amparo núm. 4029-2021, promovido por don José Santacana Blanch en pleito civil, ha dictado el siguiente AUTO I. Antecedentes Único. Mediante escrito registrado en este tribunal el 15 de junio de 2021, don José Santacana Blanch, representado por la procuradora de los tribunales doña Paloma Manglano Thovar, bajo la dirección de la letrada doña Isabel Winkels Arce, interpuso demanda de amparo contra la sentencia de la Sección Decimosegunda de la Audiencia Provincial de Barcelona de 30 de marzo de 2021, que resuelve el recurso de apelación núm. 719-2019, interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 de Esplugues de Llobregat en el procedimiento de divorcio contencioso núm. 70-2018, y contra la providencia de 14 de mayo de 2021, de la misma Audiencia Provincial, que inadmite el incidente de nulidad promovido frente a aquella sentencia.Mediante escrito fechado el día 15 de junio de 2022, el magistrado don Enrique Arnaldo Alcubilla comunicó a los efectos oportunos su voluntad de abstenerse de intervenir en el conocimiento del recurso de amparo núm. 4029-2021 y todas sus incidencias, de conformidad con el art. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) y el art. 217 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al entender que concurre en su persona la causa establecida en el art. 219.9 LOPJ, por amistad íntima con la abogada del demandante de amparo. II. Fundamentos jurídicos Único. Vista la comunicación efectuada por el magistrado de esta Sección Cuarta del Tribunal Constitucional don Enrique Arnaldo Alcubilla, en virtud de lo previsto en los arts. 80 LOTC y 221.4 LOPJ se estima justificada la causa de abstención formulada, en atención a la relación de amistad que le une con la abogada de la parte demandante en el recurso de amparo núm. 4029-2021, se halla incurso en la causa novena del art. 219 LOPJ. Por lo expuesto, la Sección ACUERDA Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don Enrique Arnaldo Alcubilla en el recurso de amparo núm. 4029-2021, apartándole definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias. Madrid, a dieciséis de junio de dos mil veintidós. Identificación Órgano Sección Cuarta Magistrados Don Antonio Narváez Rodríguez y don Ramón Sáez Valcárcel. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recurso de amparo 4029-2021 Fecha de resolución 16/06/2022 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acepta una abstención en el recurso de amparo 4029-2021, promovido en pleito civil. disposiciones citadas Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional Artículo 80, f. único Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder judicial Artículo 219, f. único Artículo 221.4, f. único Conceptos constitucionales Visualización Abstención de magistrados del Tribunal ConstitucionalAbstención de magistrados del Tribunal Constitucional, Acepta, f. único Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web