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Sistema HJ - Resolución: AUTO 430/2023

Sistema HJ - Resolución: AUTO 430/2023 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 430/2023, de 11 de septiembre ECLI:ES:TC:2023:430A Sección Cuarta. Auto 430/2023, de 11 de septiembre de

  1. Recurso de amparo 8550-
  2. Acepta una abstención en el recurso de amparo 8550-2022, promovido en proceso contencioso-administrativo. La Sección Cuarta del Tribunal Constitucional, compuesta por los magistrados don Ramón Sáez Valcárcel y don Enrique Arnaldo Alcubilla, en el recurso de amparo núm. 8550-2022, promovido por doña María Encarnación Zalabardo Leiva en proceso contencioso-administrativo, ha dictado el siguiente AUTO I. Antecedentes
  3. Por escrito registrado en este tribunal el 27 de diciembre de 2022, el procurador de los tribunales don José Ramón García García, en nombre y representación de doña María Encarnación Zalabardo Leiva, interpuso demanda de amparo que fue turnada a la Sección Cuarta de este tribunal para resolver sobre su admisión a trámite con el núm. 8550-
  4. Por escrito de 11 de septiembre de 2023, la magistrada doña María Luisa Balaguer Callejón comunicó a los efectos oportunos, su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.13 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) (art. 80), toda vez que intervino en la adopción del dictamen núm. 804/2015, de 2 de diciembre, del Consejo Consultivo de Andalucía, en su condición de consejera. II. Fundamentos jurídicos Único. Vista la comunicación efectuada por doña María Luisa Balaguer Callejón, magistrada de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 LOTC y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que la mencionada magistrada intervino, en calidad de consejera del Consejo Consultivo de Andalucía, en la adopción del dictamen núm. 804/2015 emitido por dicho órgano, lo que puede integrarse en la causa del art. 219.13 LOPJ. Por lo expuesto, la Sección ACUERDA Estimar la causa de abstención formulada por doña María Luisa Balaguer Callejón en el recurso de amparo núm. 8550-2022, apartándola definitivamente del conocimiento del mismo. Madrid, a once de septiembre de dos mil veintitrés. Identificación Órgano Sección Cuarta Magistrados Don Ramón Sáez Valcárcel y don Enrique Arnaldo Alcubilla. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recurso de amparo 8550-2022 Fecha de resolución 11/09/2023 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acepta una abstención en el recurso de amparo 8550-2022, promovido en proceso contencioso-administrativo. disposiciones citadas Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional Artículo 80, f. único Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder judicial Artículo 219.13, f. único Artículo 221.4, f. único Conceptos constitucionales Visualización Abstención de magistrados del Tribunal ConstitucionalAbstención de magistrados del Tribunal Constitucional, Acepta, f. único Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web

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