← España

Sistema HJ - Resolución: AUTO 56/2024

Sistema HJ - Resolución: AUTO 56/2024 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 56/2024, de 4 de junio ECLI:ES:TC:2024:56A Pleno. Auto 56/2024, de 4 de junio de

  1. Cuestión de inconstitucionalidad 2714-
  2. Acepta una abstención en la cuestión de inconstitucionalidad 2714-2024, planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en relación con el artículo 23 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial. El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón, don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don Juan Carlos Campo Moreno y doña Laura Díez Bueso, en la cuestión de inconstitucionalidad núm. 2714-2024, promovida por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en relación con el artículo 23 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial, ha dictado, con ponencia de la magistrada doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, el siguiente AUTO I. Antecedentes
  3. Con fecha 18 de abril de 2024 tuvo entrada en el registro de este tribunal un oficio de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, al que se acompañaba, junto al testimonio del procedimiento ordinario núm. 682-2022 y del auto de 11 de abril de 2024, por el que se acuerda plantear cuestión de inconstitucionalidad en relación con el art. 23 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial, por su posible contradicción con los arts. 14 y 23 CE.
  4. Por escrito de 27 de mayo de 2024, el magistrado don César Tolosa Tribiño comunicó su abstención en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurrían las causas establecidas en el artículo 219.12, 13 y 16 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), toda vez que el procedimiento de inconstitucionalidad trae causa de la reclamación administrativa y posterior recurso contencioso-administrativo formulados por M.T.H. frente al Ministerio de Justicia por no reconocerle el complemento específico como letrada coordinadora del área de lo contencioso-administrativo del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo. Indica que las retribuciones controvertidas se devengaron en el periodo en que M.T.H. dependía funcionalmente del magistrado en tanto presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que en dicha condición firmó una petición dirigida al indicado ministerio a fin de que se le reconociera el referido complemento, formando criterio sobre la viabilidad de la reclamación de la que trae causa el presente procedimiento de inconstitucionalidad. II. Fundamentos jurídicos Único. Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estiman justificadas las causas de abstención formuladas, puesto que atendida la dependencia funcional que tenía M.T.H. en el momento de la reclamación administrativa formulada y la intervención que efectuó en apoyo de dicha reclamación, que obra en el expediente administrativo, en la que anticipó criterio sobre el fondo de la cuestión de la que trae causa el presente proceso de inconstitucionalidad, está incurso en las causas de abstención de los párrafos 12, 13 y 16 del art. 219 LOPJ. Por lo expuesto, el Pleno ACUERDA Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en la cuestión de inconstitucionalidad núm. 2714-2024 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias. Madrid, a cuatro de junio de dos mil veinticuatro. Identificación Órgano Pleno Magistrados Don Cándido Conde-Pumpido Tourón, doña Inmaculada Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón, don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don Juan Carlos Campo Moreno y doña Laura Díez Bueso. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Cuestión de inconstitucionalidad 2714-2024 Fecha de resolución 04/06/2024 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acepta una abstención en la cuestión de inconstitucionalidad 2714-2024, planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en relación con el artículo 23 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial. disposiciones citadas Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional Artículo 80, f. único Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder judicial Artículo 219.12, 13 y 16, f. único Artículo 221.4, f. único Conceptos constitucionales Visualización Abstención de magistrados del Tribunal ConstitucionalAbstención de magistrados del Tribunal Constitucional, Acepta, f. único Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web

🔗 A la fuente oficial

Explicación por IA a partir del texto oficial de la ley. Orientativa, no sustituye asesoramiento legal.