Sistema HJ - Resolución: AUTO 72/1981 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 72/1981, de 2 de julio ECLI:ES:TC:1981:72A Pleno. Auto 72/1981, de 2 de julio de
- Recurso de amparo 57/
- Acordando no haber lugar a la acumulación propuesta en el recurso de amparo 57/1981 AUTO I. Antecedentes
- El Procurador Don Samuel Martinez de Lecea actúando en nombre de la Sociedad Urbanizadora Móstoles Residencial, S.A. presentó con fecha 29 de Abril pasado escrito que calificó como Recurso de Amparo en virtud de lo que consideraba violación del art. 24 del texto constitucional cometido a su juicio por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Madrid en el expediente número 1.829/80 sobre secuestro y posesión interina de fincas promovido por el Banco Hipotecario de España.Con fecha 28 del mismo mes de Abril el citado Procurador actuando en nombre de Construcciones y Servicios Inmobiliarios, S.A promovió un Recurso de Amparo como consecuencia de las violaciones cometidas, según su criterio, del art.24 de la Constitución por el Juzgado de Primera Instancia número 11 de Madrid en el expediente número 1.848/80 promovido también por el Banco Hipotecario de España, sobre secuestro y posesión interina de fincas y también con fecha 28 de Abril el Procurador Sr Martinez de Lecea actuando en nombre de la Sociedad antes indicada, Urbanizadora Móstoles Residencial, S.A., promovió Recurso de Amparo por presunta violación del art. 24 de la Constitución supuestamente cometida por el propio Juzgado de Primera Instancia número 11 de Madrid en otro expediente también sobre secuestro y posesión interina de fincas.
- Que el Pleno del Tribunal por acuerdo de 9 de Junio pasado resolvió oir a los comparecidos por plazo de diez días a fin de que se pronunciaran acerca de la posible acumulación de los tres Recursos mencionados, registrados en los registros de este Tribunal con los números 55, 56 y 57 de 1.
- Que el Ministerio Fiscal único en ese momento comparecido ha evacuado el traslado conferido, dentro del término que se le concedió, mostrando su conformidad con la acumulación, no haciéndolo el solicitante del amparo. II. Fundamentos jurídicos Único. La acumulación fue propuesta a iniciativa del Tribunal por entender que puede existir una práctica identidad de los supuestos de hecho sometidos a la consideración del Tribunal, aunque sean diferentes las personas jurídicas recurrentes y las Autoridades Judiciales supuestamente causantes de la lesión.La acumulación tiene su fundamento más profundo en la conveniencia de dotar de mayor agilidad al proceso y de facilitar la economía procesal. En el momento actual, han podido practicarse las diligencias de citación y de reclamación de los autos respecto de los que se encontraban en el Juzgado de Primera Instancia número 11 , pero no de los que tramita el Juzgado de Primera Instancia número 4 que se encuentran en la Excma. Audiencia Territorial. Por esta razón, decretar en el momento actual la acumulación de los tres asuntos indicados puede entorpecer la economía del proceso, lejos de facilitarla. En virtud de todo ello, el Tribunal ha decidido: No haber lugar por ahora a la acumulación sin perjuició de la decisión que pueda adoptarse si así lo aconsejan las condiciones de los respectivos procedimientos de amparo. Madrid, a dos de julio de mil novecientos ochenta y uno. Identificación Órgano Pleno Magistrados Don Manuel García-Pelayo y Alonso, don Jerónimo Arozamena Sierra, don Ángel Latorre Segura, don Manuel Díez de Velasco Vallejo, don Francisco Rubio Llorente, doña Gloria Begué Cantón, don Luis Díez-Picazo y Ponce de León, don Francisco Tomás y Valiente, don Rafael Gómez-Ferrer Morant, don Ángel Escudero del Corral, don Plácido Fernández Viagas y don Antonio Truyol Serra. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recurso de amparo 57-1981 Fecha de resolución 02/07/1981 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acordando no haber lugar a la acumulación propuesta en el recurso de amparo 57/1981 Resumen Visualización Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web