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Sistema HJ - Resolución: AUTO 194/1982

Sistema HJ - Resolución: AUTO 194/1982 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 194/1982, de 1 de junio ECLI:ES:TC:1982:194A Sala Segunda. Auto 194/1982, de 1 de junio de

  1. Recursos de amparo 104/1982 30/1982 (acumulados). Declarando no haber lugar a pronunciarse sobre la solicitud de suspensión solicitada del acto que origina el recurso de amparo 104/1982, previamente anulado por Sentencia 30/1982 La Sala ha examinado el referido asunto y dictado el presente Auto con base en los siguientes antecedentes y fundamentos jurídicos. AUTO I. Antecedentes
  2. Mediante escrito presentado en este Tribunal el 28 de abril pasado, el Procurador señor Vázquez Guillén promovió incidente de suspensión de la ejecución del acto que había recurrido en amparo en 25 de marzo anterior, en representación de Información y Prensa, S. A., y don Pedro J. Ramírez Codina, acto del Consejo Supremo de Justicia Militar referente a la suspensión de acreditaciones de «Diario 16».
  3. La Sección Tercera de este Tribunal acordó formar la correspondiente pieza incidental en la que han presentado sus respectivos escritos de alegaciones, relativas a la suspensión postulada, el Ministerio Fiscal y la representación de los recurrentes.
  4. Posteriormente y en la misma fecha en que ahora se resuelve en pieza incidental, esta Sala ha dictado en los autos principales Sentencia otorgando el amparo pedido. A estos antecedentes es de aplicación los siguientes II. Fundamentos jurídicos Único. Habiéndose dictado Sentencia otorgando el amparo pedido, en la medida en que esto era posible en el estado actual del proceso del cual trae causa el amparo, es obvio que la misma, al ser resolutoria de la pretensión principal, deja sin objeto la incidental, no siendo preciso pronunciarse sobre la suspensión de un acto que la referida Sentencia ha anulado. Por lo expuesto, la Sala acuerda que no ha lugar a pronunciarse sobre la petición de suspensión de que se ha hecho mérito. Madrid, a uno de junio de mil novecientos ochenta y dos. Identificación Órgano Sala Segunda Magistrados Don Jerónimo Arozamena Sierra, don Luis Díez-Picazo y Ponce de León, don Francisco Tomás y Valiente, don Plácido Fernández Viagas y don Antonio Truyol Serra. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recurso de amparo 104-1982 Fecha de resolución 01/06/1982 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Declarando no haber lugar a pronunciarse sobre la solicitud de suspensión solicitada del acto que origina el recurso de amparo 104/1982, previamente anulado por Sentencia 30/1982 Resumen Suspensión de la ejecución del acto que origina el amparo: Sentencia estimatoria: improcedencia. Conceptos constitucionales Visualización Pérdida sobrevenida de objeto del incidente de suspensión cautelarPérdida sobrevenida de objeto del incidente de suspensión cautelar Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web

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