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Sistema HJ - Resolución: AUTO 87/1983

Sistema HJ - Resolución: AUTO 87/1983 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 87/1983, de 2 de marzo ECLI:ES:TC:1983:87A Sección Primera. Auto 87/1983, de 2 de marzo de

  1. Recurso de amparo 317/
  2. Acordando la haber lugar al desistimiento del actor en el recurso de amparo 317/1982 En el asunto de referencia, la Sección ha acordado dictar el siguiente AUTO I. Antecedentes
  3. En 3 de agosto de 1982 se presentó ante este Tribunal demanda de amparo a nombre de doña Rita López Gómez contra Sentencia del Tribunal Central de Trabajo (TCT) de 28 de mayo anterior, que estimó el recurso de suplicación que el Instituto Nacional de Previsión había interpuesto contra Sentencia de la Magistratura de Trabajo núm. 4 de Madrid de 26 de septiembre de 1979, la cual había declarado el derecho de la demandante, trabajadora de aquel Instituto, a que se le compute como tiempo de servicio activo en el mismo el transcurrido en situación de excedencia, a la que pasó al contraer matrimonio, a un premio de constancia y a la cotización oportuna a efectos de jubilación y derechos pasivos; suplicaba, en consecuencia, la revocación de la Sentencia del Tribunal Central de Trabajo.
  4. La demanda de amparo fue admitida a trámite, continuando el procedimiento hasta el de alegaciones que regula el art. 52 de la Ley Orgánica de este Tribunal, así ordenado por providencia de 2 de febrero pasado.
  5. En 28 de febrero la representación demandante ha presentado to desistiendo y apartándose de la prosecución del presente procedimiento. II. Fundamentos jurídicos Único. El poder otorgado por la demandante a favor de su Procuradora incluye expresamente la facultad de desistir, por lo que debe la Sección acoger la eficacia procesal del desistimiento formulado en ejercicio de ese expreso apoderamiento. La Sección acordó tener a la parte demandante por apartada y desistida de la prosecución de este recurso. Archívense las actuaciones. Madrid, a dos de marzo de mil novecientos ochenta y tres. Identificación Órgano Sección Primera Magistrados Don Manuel García-Pelayo y Alonso, don Ángel Latorre Segura y doña Gloria Begué Cantón. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recurso de amparo 317-1982 Fecha de resolución 02/03/1983 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acordando la haber lugar al desistimiento del actor en el recurso de amparo 317/1982 Resumen Desistimiento: procedencia. Conceptos constitucionales Visualización Desistimiento en el recurso de amparoDesistimiento en el recurso de amparo, Procedencia Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web

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