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Sistema HJ - Resolución: AUTO 172/1983

Sistema HJ - Resolución: AUTO 172/1983 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 172/1983, de 20 de abril ECLI:ES:TC:1983:172A Sección Tercera. Auto 172/1983, de 20 de abril de

  1. Recurso de amparo 40/
  2. Acordando el archivo de las actuaciones en el procedimiento 40/1983 La Sección ha examinado la petición de amparo que formula don Jacinto Garijo Contreras. AUTO I. Antecedentes
  3. En 24 de enero pasado ingresó en este Tribunal escrito que dirigían don Jacinto Garijo Contreras y doña Consuelo Caballo de Miguel, ambos consortes y Maestros Nacionales jubilados, solicitando amparo constitucional respecto a los derechos pasivos que les corresponden y que no les son satisfechos, exponen, con quebranto de los arts. 14 y 50 de la Constitución.
  4. La Sección, por providencia de 23 de febrero puso de manifiesto al señor Garijo la exigencia de que formulase su demanda de amparo por medio de Procurador y Abogado de su designación o de oficio, y que, previamente a esta vía constitucional, debían agotar la judicial procedente; concediéndoles un plazo de diez días para subsanar y justificar los requisitos manifestados. Dicho proveído se notificó personalmente al señor Garijo en 14 de marzo pasado, no habiéndose recibido escrito alguno desde esa fecha. II. Fundamentos jurídicos Único. Los recurrentes han dejado transcurrir el plazo de diez días otorgado para que pudieran sostener el recurso de amparo como exigen los arts. 43, 49 y 81 de la Ley Orgánica de este Tribunal, conforme a los cuales son inexcusables el agotamiento de la vía judicial previa, los requisitos formales de la demanda y la postulación procesal al cargo de Abogado y Procurador de su designación o de oficio; en ese plazo no han presentado alegación ni petición alguna. Por lo expuesto la Sección acuerda declarar la inadmisibilidad de este recurso. Madrid, a veinte de abril de mil novecientos ochenta y tres. Identificación Órgano Sección Tercera Magistrados Don Jerónimo Arozamena Sierra, don Francisco Rubio Llorente y don Francisco Pera Verdaguer. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recurso de amparo 40-1983 Fecha de resolución 20/04/1983 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acordando el archivo de las actuaciones en el procedimiento 40/1983 Resumen Demanda: inexistencia. disposiciones citadas Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional Artículo 43 Artículo 49 Artículo 81 Conceptos constitucionales Visualización Falta de requisitos procesales de la demanda de amparoFalta de requisitos procesales de la demanda de amparo Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web

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