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Sistema HJ - Resolución: AUTO 247/1983

Sistema HJ - Resolución: AUTO 247/1983 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 247/1983, de 1 de junio ECLI:ES:TC:1983:247A Sección Cuarta. Auto 247/1983, de 1 de junio de

  1. Recurso de amparo 52/
  2. Acordando la concesión del beneficio de pobreza al actor del recurso de amparo 52/1983 La Sección ha examinado el recurso de amparo promovido por don Andrés Palomino Salazar. AUTO I. Antecedentes
  3. En 31 de enero pasado se presentó por don Andrés Palomino Salazar escrito promoviendo recurso de amparo contra Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción núm. 5 de Madrid, en apelación de juicio de faltas. Por otrosí se designaba Abogado al colegiado de Madrid don José Folguera Crespo, que aceptó el nombramiento y se pedía la declaración de pobreza y la designación de Procurador del turno de oficio.
  4. La Sección recabó esta designación, efectuada la cual se requirió a la representación procesal ya constituida para que formalizase la demanda de amparo, que fue efectivamente presentada, y justificase que el demandante había gozado en la vía judicial del beneficio de pobreza o bien solicitase su concesión de este Tribunal mediante la correspondiente demanda incidental.
  5. Presentada demanda de pobreza se formó pieza separada para tramitar el incidente en el que se acordó oír al Ministerio Fiscal y al Abogado del Estado, quienes nada opusieron a aquella petición. II. Fundamentos jurídicos Único. De la relación circunstanciada contenida en el escrito inicial de este recurso, completada por la demanda de amparo, se infiere, en principio, que la materia sobre que versa corresponde a la jurisdicción de este Tribunal. Por otra parte, al justificarse que el demandante se halla en situación de paro, percibiendo el subsidio de desempleo en cantidad inferior al doble del salario mínimo y sin otros ingresos añadidos que los que pueda proporcionarle alguna ocasional colaboración en su profesión de fotógrafo, se cumplen las exigencias contenidas en el art. 4 de las Normas acerca de la defensa por pobre aprobadas por el Pleno de este Tribunal de 20 de diciembre de 1982 («Boletín Oficial del Estado» de 9 de febrero de 1983); cumpliéndose igualmente lo previsto en los apartados 1.° y 2.° del art. 15 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Por lo expuesto, la Sección acuerda habilitar de pobreza en este recurso al demandante de amparo. Madrid, a uno de junio de mil novecientos ochenta y tres. Identificación Órgano Sección Cuarta Magistrados Don Jerónimo Arozamena Sierra, don Luis Díez-Picazo y Ponce de León y don Francisco Tomás y Valiente. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recurso de amparo 52-1983 Fecha de resolución 01/06/1983 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acordando la concesión del beneficio de pobreza al actor del recurso de amparo 52/1983 Resumen Beneficio de pobreza: habilitación. disposiciones citadas Real Decreto de 14 de septiembre de 1882, por el que se aprueba la Ley de enjuiciamiento criminal Artículo 15.1 Artículo 15.2 Acuerdo del Tribunal Constitucional de 20 de diciembre de
  6. Normas de defensa por pobre en los procesos constitucionales Artículo 4 Conceptos procesales Visualización Concesión de justicia gratuitaConcesión de justicia gratuita Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web

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