Sistema HJ - Resolución: AUTO 366/1983 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 366/1983, de 20 de julio ECLI:ES:TC:1983:366A Sala Segunda. Auto 366/1983, de 20 de julio de
- Recurso de amparo 375/
- Denegando la suspensión de la ejecución del acto que origina el recurso de amparo 375/1983 La Sala ha examinado la pieza de suspensión del recurso de amparo promovido por don José Ramón Laíño Varela y doña María del Pilar Mariño Triñanes. AUTO I. Antecedentes Único. En el recurso de amparo 375/1983 interpuesto por don Antonio Barreiro-Meiro, en nombre y representación de don José Ramón Laíño Varela y doña María del Pilar Mariño Triñanes, contra la Sentencia de la Audiencia Provincial de La Coruña de 6 de mayo de 1983 por supuesta violación de su derecho a la presunción de inocencia, se pedía la suspensión de la Sentencia impugnada. La Sección Cuarta de este Tribunal, por providencia de 22 de junio acordó la formación de la correspondiente pieza separada y el otorgamiento de un plazo común de tres días para que el Ministerio Fiscal y los recurrentes pudieran presentar sus alegaciones. El Fiscal General del Estado ha presentado las suyas oponiéndose a la suspensión y los recurrentes han dejado transcurrir con creces el plazo sin formular las suyas. II. Fundamentos jurídicos Único. En la Sentencia impugnada los recurrentes en amparo fueron condenados a una pena de cinco meses de arresto mayor junto con las accesorias y otra de multa de 30.000 pesetas. Como el Fiscal General del Estado alega, en este caso no se ha ordenado el cumplimiento de la condena. Por ello y por defensa del interés general que toda sentencia judicial comporta no parece pertinente por ahora que decretemos la suspensión de la citada sentencia, aunque los recurrentes, si cambian las circunstancias ahora presentes, podrán, de acuerdo con el art. 56.2 de la Ley Orgánica de este Tribunal volver a instar dicha suspensión «en cualquier tiempo, antes de haberse pronunciado Sentencia». En atención a todo lo expuesto, la Sala acuerda por ahora la denegación de la suspensión solicitada. Madrid, a veinte de julio de mil novecientos ochenta y tres. Identificación Órgano Sala Segunda Magistrados Don Jerónimo Arozamena Sierra, don Francisco Rubio Llorente, don Luis Díez-Picazo y Ponce de León, don Francisco Tomás y Valiente, don Antonio Truyol Serra y don Francisco Pera Verdaguer. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recurso de amparo 375-1983 Fecha de resolución 20/07/1983 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Denegando la suspensión de la ejecución del acto que origina el recurso de amparo 375/1983 Resumen Suspensión de la ejecución del acto que origina el amparo: Sentencia penal: improcedencia. disposiciones citadas Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional Artículo 56.2 Conceptos constitucionales Visualización Suspensión cautelar de sentencias penalesSuspensión cautelar de sentencias penales Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web