Sistema HJ - Resolución: AUTO 370/1983 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 370/1983, de 20 de julio ECLI:ES:TC:1983:370A Sala Segunda. Auto 370/1983, de 20 de julio de
- Recurso de amparo 398/
- Denegando la suspensión de la ejecución del acto que origina el recurso de amparo 398/1983 La Sala ha examinado la pieza de suspensión del recurso de amparo promovido por don José Carmona Frade. AUTO I. Antecedentes
- El Procurador de los Tribunales don Santos de Gandarillas Carmona presentó en 6 de junio pasado, y en representación de don José Carmona Frade, demanda de amparo frente a la Sentencia dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo en 25 de febrero de 1983, por la que se revoca la de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Cáceres de 27 de noviembre de 1982, relativa a sanción administrativa. Por otrosí de la demanda, se pedía la suspensión de la ejecución de la Sentencia del Tribunal Supremo.
- Formada la correspondiente pieza incidental, se acordó, por providencia de 29 de junio, oír sobre la suspensión al demandante y al Ministerio Fiscal.
- El Ministerio Fiscal, refiriéndose a su informe con respecto al recurso 338/1983, también interpuesto por don Santos de Gandarillas Carmona, en representación de don José Carmona Frade, y pendiente ante esta Sala, reitera las razones allí expuestas, dada la sustancial identidad existente entre aquél y éste, y entiende como entonces que procede se acuerde la suspensión de la ejecución de la Sentencia.
- La representación del demandante expone que desde el mes de abril último se encuentra, por razón de la sanción que en su día le impuso la Diputación de Cáceres, apartado de su empleo y sin percibir salario alguno, por lo que, aun en el supuesto de que no se le concediera el amparo, obtendría el salario que ahora le es denegado, pero no podría subsanarse el hecho de encontrarse sin prestar trabajo efectivo, lo que haría perder al amparo que se ha interpuesto su auténtica finalidad. II. Fundamentos jurídicos Único. Impugnada en este recurso constitucional de amparo resolución de los Tribunales ordinarios que mantuvo la sanción de catorce meses de suspensión de funciones impuesta al recurrente en su calidad de funcionario de la Diputación Provincial de Cáceres, no cabe decir que la ejecución del acto de los poderes públicos por razón del cual se reclama habría de ocasionar un perjuicio que haría perder al amparo su finalidad -que es lo que exige el art. 56.1 de la LOTC para acordar la suspensión-, por cuanto que en el supuesto de lograr una resolución de otorgamiento de amparo ello llevaría aparejada la reintegración del interesado al desempeño de la función, así como la percepción de las remuneraciones omitidas, sin producción de quebranto de derecho o interés alguno no reparable. En su virtud, la Sala acuerda denegar la suspensión de la ejecución del acto reclamado en este recurso constitucional de amparo. Madrid, a veinte de julio de mil novecientos ochenta y tres. Identificación Órgano Sala Segunda Magistrados Don Jerónimo Arozamena Sierra, don Francisco Rubio Llorente, don Luis Díez-Picazo y Ponce de León, don Francisco Tomás y Valiente y don Antonio Truyol Serra. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recurso de amparo 398-1983 Fecha de resolución 20/07/1983 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Denegando la suspensión de la ejecución del acto que origina el recurso de amparo 398/1983 Resumen Suspensión de la ejecución del acto que origina el amparo: Sentencia contencioso-administrativa: improcedencia. disposiciones citadas Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional Artículo 56.1 Conceptos constitucionales Visualización Suspensión cautelar de sentencias contencioso-administrativasSuspensión cautelar de sentencias contencioso-administrativas Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web