Sistema HJ - Resolución: AUTO 16/1984 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 16/1984, de 12 de enero ECLI:ES:TC:1984:16A Pleno. Auto 16/1984, de 12 de enero de
- Conflicto positivo de competencia 568/
- Ratificando la suspensión, previamente acordada, del Decreto 34/1983, del Gobierno Vasco, en el conflicto positivo de competencia 568/1983 El Pleno del Tribunal Constitucional, en el asunto de referencia, ha acordado dictar el siguiente AUTO I. Antecedentes
- El Abogado del Estado, en representación del Gobierno, mediante escrito presentado el 30 de julio último, formalizó conflicto positivo de competencia contra el Decreto del Gobierno vasco 34/1983, de 8 de marzo, de Creación de Centros de Coordinación Operativa, haciendo invocación del art. 161.2 de la Constitución a efectos de la suspensión de la disposición objeto de conflicto.
- Por providencia de la Sección Cuarta de este Tribunal de 5 de agosto de 1983 se tuvo por planteado el conflicto y se dio traslado de la demanda al Gobierno vasco, teniéndose por producida la suspensión de la vigencia y aplicación del Decreto referido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), lo que se comunicó al Presidente de dicha Comunidad Autónoma y se publicó en los «Boletines Oficiales» del Estado y del País Vasco.
- El Gobierno vasco se personó en el proceso y formuló escrito de alegaciones con fecha de 23 de septiembre último, solicitando se dicte Sentencia por la que se declare que el Decreto impugnado está promulgado en el legítimo ejercicio de las competencias que la Comunidad Autónoma del País Vasco tiene atribuidas.
- Por providencia de la Sección Cuarta de 14 de diciembre último se acordó oír a las partes para que en el plazo de cinco días hicieran alegaciones acerca del mantenimiento o levantamiento de la suspensión que en su día se acordó. Dentro del plazo concedido presentó escrito de alegaciones el Abogado del Estado solicitando el mantenimiento de la suspensión, pues sin perjuicio de la Sentencia que en su día dicte el Tribunal señala el Abogado del Estado que el levantamiento en este momento de la suspensión comportaría un período de indefinición y de interferencias competenciales, precisamente en una materia (la coordinación de los servicios de protección civil) donde la certeza resulta la primera y mayor exigencia y se provocarían consecuencias de inseguridad jurídica. El Gobierno vasco no formuló alegaciones dentro del plazo concedido a tal fin en la providencia citada anteriormente. II. Fundamentos jurídicos
- La suspensión del Decreto del Gobierno vasco objeto del presente conflicto positivo de competencia, producida como consecuencia de la invocación por el Gobierno de la Nación del art. 161.2 de la Constitución, obliga en cumplimiento de lo establecido en dicho precepto constitucional, así como en el art. 65.2 de la LOTC, dado el tiempo transcurrido desde la formalización, a resolver acerca del mantenimiento o levantamiento de la medida suspensiva.
- Examinadas las circunstancias concurrentes en el presente caso y valorando los posibles perjuicios que podrían derivarse del levantamiento de la suspensión, atendida la materia de la norma objeto del conflicto que tiene como finalidad organizar y coordinar la actividad de organismos o entidades en caso de incidente o emergencia para la seguridad de las personas, sus bienes y derechos, hace aconsejable mantener la suspensión existente hasta que la Sentencia que en su día se dicte decida a quién corresponde la titularidad de la competencia cuestionada. Por lo expuesto en Pleno del Tribunal Constitucional, acuerda mantener la suspensión del Decreto del Gobierno vasco 34/1983, de 8 de marzo, de Creación de Centros de Coordinación Operativa. Publíquese en los «Boletines Oficiales» del Estado y del País Vasco. Madrid, a doce de enero de mil novecientos ochenta y cuatro. Identificación Órgano Pleno Magistrados Don Manuel García-Pelayo y Alonso, don Jerónimo Arozamena Sierra, don Ángel Latorre Segura, don Manuel Díez de Velasco Vallejo, don Francisco Rubio Llorente, doña Gloria Begué Cantón, don Luis Díez-Picazo y Ponce de León, don Francisco Tomás y Valiente, don Rafael Gómez-Ferrer Morant, don Ángel Escudero del Corral, don Antonio Truyol Serra y don Francisco Pera Verdaguer. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Conflicto positivo de competencia 568-1983 Fecha de resolución 12/01/1984 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Ratificando la suspensión, previamente acordada, del Decreto 34/1983, del Gobierno Vasco, en el conflicto positivo de competencia 568/1983 Resumen Suspensión de disposiciones de las Comunidades Autónomas impugnadas por el Gobierno: ratificación de la suspensión. disposiciones citadas Constitución española, de 27 de diciembre de 1978 Artículo 161.2 Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional Artículo 65.2 Decreto del Gobierno Vasco 34/1983, de 8 de marzo. Creación de Centros de Coordinación Operativa En general Conceptos constitucionales Visualización Mantenimiento de la suspensión de disposiciones de las Comunidades AutónomasMantenimiento de la suspensión de disposiciones de las Comunidades Autónomas Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web