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Sistema HJ - Resolución: AUTO 448/1984

Sistema HJ - Resolución: AUTO 448/1984 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 448/1984, de 18 de julio ECLI:ES:TC:1984:448A Sección Tercera. Auto 448/1984, de 18 de julio de

  1. Recursos de amparo 854/1983 873/1983 (acumulados). Acordando la solicitud de recibimiento a prueba en los recursos de amparo 854 y 873/1983 (acumulados) La Sección ha examinado el recurso de amparo promovido por don Ignacio-Anselmo Ruiz de Pinedo y otros. AUTO I. Antecedentes
  2. Don Ignacio-Anselmo Ruiz de Pinedo y 13 recurrentes más, presentaron ante este Tribunal Constitucional demanda de amparo contra la Sentencia dictada por el Tribunal Supremo en 29 de noviembre de 1983, en la causa seguida ante la Sala Segunda por delito de desórdenes públicos.
  3. Por medio de otrosí del escrito de demanda y en su escrito de alegaciones la parte demandante solicitó el recibimiento a prueba del recurso. Por providencia de 6 de junio pasado se concedió un plazo de diez días para que la representación de los recurrentes concretara los puntos de hecho que intentaba probar y los medios de prueba de que intentaba valerse. Por escrito de 23 de junio pasado el Procurador de la parte demandante concretó que los hechos a probar y medios para ello son los siguientes: 1.°) el contenido de los medios de prueba propuestos en su escrito de calificación provisional en la causa especial, rollo 200/1981 de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que fueron inadmitidos por dicho Tribunal; 2.°) que el acto celebrado en la Casa de Juntas de Guernica el 4 de febrero de 1981 constituyó una sesión o acto parlamentario; 3.°) que los procesados tenían la condición parlamentaria como Diputados y Senadores en las Cortes, Diputados en el Parlamento vasco y/o Juntas Generales; que fueron convocados a la sección conjunta de la Casa de Juntas de Guernica en razón de su cargo parlamentario y para el ejercicio de su función; que en dicho acto los procesados expresaron una opinión política, en ejercicio de su cargo y función; 4.°) que intervenciones políticas como la de Autos suelen producirse en las Cámaras Parlamentarias sin que ningún parlamentario haya sido objeto de proceso judicial. Como medios de prueba de que intenta valerse indica los propuestos en su día en su escrito de calificación y no admitidos por el tribunal Supremo. Dada vista al Ministerio Fiscal del anterior escrito del recurrente, manifestó que se opone a la solicitud de práctica de prueba interesada por los actores, toda vez que se pretende reiterar la acreditación de circunstancias que ya constan en el proceso penal y lo que se intenta es una valoración distinta de los hechos favorable a los actores. II. Fundamentos jurídicos Único. Los puntos de hecho señalados por el recurrente en su escrito ingresado el 23 de junio de 1984, en los apartados 2 y 3 [en sus extremos a) y b)], son puntos que pueden tener relevancia para la resolución del pleito.No tienen ese carácter los del apartado c) del núm. 3 y de los núms. 1 y
  4. Por lo expuesto, la Sección acuerda el recibimiento a prueba por plazo común para proponer y practicar de treinta días, debiendo las partes proponer en uno o varios escritos toda la prueba que les interese sobre los puntos señalados en los apartados 2 y 3, en sus extremos a) y b), del escrito de la parte actora, en la forma procesalmente procedente según la naturaleza de los medios que propongan. Madrid, a dieciocho de julio de mil novecientos ochenta y cuatro. Identificación Órgano Sección Tercera Magistrados Don Jerónimo Arozamena Sierra, don Francisco Rubio Llorente y don Antonio Truyol Serra. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recursos de amparo 854-1983, 873-1983 (acumulados) Fecha de resolución 18/07/1984 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acordando la solicitud de recibimiento a prueba en los recursos de amparo 854 y 873/1983 (acumulados) Resumen Prueba: admisión de recibimiento. Conceptos constitucionales Conceptos procesales Visualización Derecho a utilizar medios de pruebaDerecho a utilizar medios de prueba Admisión de recibimiento a pruebaAdmisión de recibimiento a prueba Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web

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