Sistema HJ - Resolución: AUTO 705/1984 Volver a la página principal [Español] English Français Tribunal Constitucional de España Buscador de jurisprudencia constitucional Buscador Listado Resolución Buscar doc print Búzon de sugerencias Búzon de sugerencias Resolución Ficha Técnica Índices Descriptores Edición completa Fundamentos Fallo Hallazgos Fundamentos Hallazgos AUTO 705/1984, de 21 de noviembre ECLI:ES:TC:1984:705A Sala Primera. Auto 705/1984, de 21 de noviembre de
- Recursos de amparo 488/1984 632/1984 (acumulados). Acordando la acumulación de los recursos de amparo 488 y 632/1984 En los asuntos de referencia, la Sala ha dictado la siguiente resolución de acumulación de procesos constitucionales: AUTO I. Antecedentes
- El 2 de julio de 1984 tuvo entrada en este Tribunal un escrito por el que la coalición electoral «Entesa de L'Esquerra Catalana» interponía recurso de amparo constitucional contra el Acta de proclamación de Diputados al Parlamento de Cataluña efectuada el 9 de mayo de 1984 por la Junta Electoral Provincial de Barcelona, que fue confirmada por la Sentencia de la Sala Primera de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Barcelona, de fecha 12 de junio siguiente.
- El 10 de agosto de 1984 se presentó por el Partit dels Comunistes de Catalunya (P.C.C.), ante este Tribunal recurso de amparo constitucional contra el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Barcelona, de 9 de mayo de 1984, por el que se proclamaron Diputados al Parlamento de Cataluña, confirmado por la Sentencia de 17 de julio de 1984 de la Sala Primera de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Barcelona. Por otrosí se solicita la acumulación del recurso interpuesto al anteriormente presentado por la representación de la coalición electoral «Entesa de L'Esquerra Catalana» por tener ambos procesos objetos conexos que justifican la unidad de trámite y decisión.
- Admitidas a trámite ambas demandas de amparo, y personadas las partes, se acordó concederles un plazo de diez días para alegaciones en relación con la petición de acumulación solicitada, mostrando tanto éstas como el Ministerio Fiscal y el Abogado del Estado su conformidad. II. Fundamentos jurídicos Único. El art. 83 de la LOTC prevé la posibilidad de que, a instancia de parte o de oficio, en cualquier momento, y previa audiencia de los comparecidos en el proceso constitucional, el Tribunal disponga la acumulación de los procesos en los que aparezca conexión en cuanto a su objeto.En favor de la acumulación de estos recursos concurre la voluntad concorde de las partes, y la realidad patente de que se interponen contra una misma resolución administrativa, con una misma causa petendi e invocándose idéntica vulneración de un derecho constitucional. En atención a lo expuesto, la Sala acuerda la acumulación del recurso 632/1984 al 488/1984, siguiéndose en lo sucesivo la misma y única tramitación. Madrid, a veintiuno de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro. Identificación Órgano Sala Primera Magistrados Don Ángel Latorre Segura, don Manuel Díez de Velasco Vallejo, doña Gloria Begué Cantón, don Rafael Gómez-Ferrer Morant y don Ángel Escudero del Corral. Número y fecha BOE Tipo y número de registro Recursos de amparo 488-1984, 632-1984 (acumulados) Fecha de resolución 21/11/1984 Síntesis y resumen Síntesis Descriptiva Acordando la acumulación de los recursos de amparo 488 y 632/1984 Resumen Acumulación de procesos constitucionales: procedencia. disposiciones citadas Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional Artículo 83 Conceptos constitucionales Visualización Acumulación de recursos de amparoAcumulación de recursos de amparo, Procedencia Arriba Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución. Ubicación de la errata En general Preámbulo Antecedentes Fundamentos Fallo Votos Particulares Extractos Ficha Técnica Índices Descripción Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico. Descriptor Fundamentos jurídicos Motivación Email Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml Mapa Web