1/8 Procedimiento Nº: A/00080/2016 RESOLUCIÓN: R/00970/2016 En el procedimiento A/00080/2016, instruido por la Agencia Española de Protección de Datos a la entidad ASISA ASISTENCIA SANITARIA INTERPROVINCIAL DE SEGUROS, SAU, vista la denuncia presentada por Don C.C.C., y en virtud de los siguientes ANTECEDENTES PRIMERO: Con fecha de 31 de marzo de 2015 tiene entrada en esta Agencia un escrito remitido por Don C.C.C., en el que declara lo siguiente: Que ha recibido por error, en fecha de 30 de marzo de 2015, un correo electrónico remitido por la compañía médica ASISA, que incluye adjunto un fichero en formato Microsoft EXCEL conteniendo un listado de más de 25.000 registros con datos personales: nombre y apellidos, NIF, fecha de nacimiento, teléfono, correo electrónico, nº de póliza, etc. de más de 25.000 clientes de esa compañía. Que dio cuenta del error al remitente por correo electrónico, que le contestó pidiendo disculpas y manifestando que se trataba de un correo interno al departamento de soporte y que por error, su cuenta se incluyó en el autocompletar al escribir el nombre del destinatario. Junto a la denuncia aporta la siguiente documentación: Copia del correo electrónico de fecha 30 de marzo de 2015 remitido desde la dirección F.F.F. a la dirección B.B.B.. El correo lleva por asunto “HOJA INCIDENCIAS CONTESTA 23-3-2015 RECTIFICADA v149”. El correo va firmado por Don A.A.A., Secretaría del Consejo, (C/...1), Madrid. Copia del correo electrónico de fecha 30 de marzo de 2015 remitido desde la misma dirección de correo a la dirección B.B.B. y firmado por la misma persona. En él se dan explicaciones sobre el envío erróneo del correo anterior. SEGUNDO: Tras la recepción de la denuncia la Subdirección General de Inspección de Datos procedió a la realización de actuaciones previas de investigación para el esclarecimiento de los hechos denunciados, teniendo conocimiento de los siguientes extremos: 1. En fecha de 22 de septiembre de 2015 se practica diligencia al objeto de incorporar a las actuaciones los dos correos electrónicos de fecha 1/6/2015 remitidos por el denunciante y en los que se incluyen respectivamente: 1.1. Fichero PANTALLAZO.DOC: contiene copia de pantalla del correo objeto de la C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 2/8 denuncia. 1.2. Fichero CABECERA.DOC: contiene la cabecera del correo objeto de la denuncia. 1.3. Fichero HOJA_INCIDENCIAS_CONTESTA_23-03-2015_RECTIFICADA _v149: contiene una hoja de cálculo en formato Microsoft EXCEL con más de 25.000 registros de los que se imprimen las cinco primeras hojas al objeto de reflejar su estructura. 1.4. Todos los correos anteriores incluidos los ficheros adjuntos se almacenan en un soporte CD que se incorpora a la presente diligencia. 2. En fecha de 9 de febrero de 2016 se realiza una inspección a la sociedad ASISA ASISTENCIA SANITARIA INTERPROVINCIAL DE SEGUROS, S.A.U. (en adelante referenciada como ASISA) en la que se comprueba lo siguiente: 2.1. Se constata que el fichero aportado por el denunciante efectivamente corresponde a clientes de ASISA y que le llegó, como afirma en su denuncia, a través de un correo electrónico remitido por una persona que en el momento del envío era empleado de ASISA. 2.1.1.Los inspectores seleccionaron un conjunto de 10 registros al azar del fichero HOJA_INCIDIDENCIAS_CONTESTA_23-03-2015_RECTIFICADA _v149 aportado por el denunciante, comprobándose que todas las personas figuraban en la base de datos de clientes de ASISA. 2.1.2.A petición de los inspectores, Don D.D.D., uno de los destinatarios que figuraba en el correo remitido al denunciante, comprobó que en su buzón de entrada de correo, H.H.H., figura un correo, de fecha 30 de marzo de 2015, remitido desde la dirección F.F.F. conteniendo el fichero HOJA_INCIDIDENCIAS_ CONTESTA_23-03-2015_RECTIFICADA_v149. En el citado correo se observa que también como destinatario figura la dirección B.B.B. correspondiente al denunciante. 2.2. Los representantes de ASISA realizaron las siguientes declaraciones: 2.2.1.Don A.A.A. fue empleado de ASISA hasta hace unos meses en que dejó la compañía. Mientras estuvo en ella se encargaba de facilitar soporte al usuario perteneciendo a la unidad de SOPORTE WEB. 2.2.2.El fichero objeto de la denuncia recoge un listado de incidencias en el acceso web que Don A.A.A. envió a sus superiores y en los que por error humano, se añadió la dirección B.B.B. del denunciante, persona que aunque cliente de ASISA, no debía ser receptor de dicho correo. Su inclusión se produjo ya que el programa OUTLOOK utilizado para la remisión de correo y al objeto de facilitar al usuario, incluye de forma automática destinatarios de correos recientes cuyo nombre correspondan con las iniciales de destinarios que el usuario vaya tecleando. De hecho uno de los destinatarios del correo era Don E.E.E., superior jerárquico de Don A.A.A. y con dirección de correo G.G.G.. 2.2.3.Como consecuencia de la inspección ASISA tiene previsto llevar a cabo una investigación interna para verificar la incidencia detectada, adicionalmente se ha convocado, con carácter extraordinario, al Comité de Seguridad LOPD de la compañía a fin de establecer las medidas C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 3/8 necesarias para evitar que en un futuro pueda suceder algún hecho análogo. Las decisiones que se adopten en el Comité de Seguridad serán trasladadas a la Agencia a fin de que tenga en consideración las medidas que se acuerden. TERCERO: Con fecha 25 de febrero de 2016, la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos acordó someter a trámite de audiencia previa el presente procedimiento de apercibimiento A/00080/2016. Dicho acuerdo fue notificado a los denunciantes y al denunciado. CUARTO: Con fecha 13 de marzo de 2016, se recibe en esta Agencia escrito del denunciado en el que comunica: que ASISA tiene implantados los estándares de seguridad exigidos para garantizar la confidencialidad de la información tratada en los sistemas. Tienen un Comité de Seguridad LOPD, que trimestralmente revisa los aspectos relevantes y aprueba decisiones para mejorar la seguridad. Se convocó el Comité, con carácter extraordinario, el 18 de febrero de 2016, para evitar errores como el acontecido y que ha dado origen a este procedimiento. ASISA dispone de un sistema que permite el cifrado de todas las comunicaciones internas que se efectúan en la compañía para garantizar la inaccesibilidad del contenido de lo enviado por terceros no autorizados. Si se envían archivos adjuntos a un correo fuera de las redes internas de la compañía va cifrado y con contraseña que se envía en mensajes diferentes. La seguridad está garantizada, salvo un error humano. Para evitar errores, se ha automatizado el envío de la información que fue objeto del error humano, así que desde el área afectada ya no se puede enviar un archivo a un destinatario no autorizado. Además se ha comenzado la implantación de un entorno de intercambio interno de archivos de forma segura, lo que permitirá compartir archivos sin que terceros no autorizados puedan tener acceso a la información, continuando con el cifrado de las Redes de la Compañía. Se está consultando al proveedor de servicio de correo electrónico para conocer la posibilidad de eliminar la memoria caché de los destinatarios de los buzones de correo, con lo que no se completara de forma automática el campo de destinatarios de correo una dirección utilizada con anterioridad. Asimismo, se completará la formación de los usuarios que por su actividad en la compañía sean susceptibles de remitir información conteniendo datos personales. HECHOS PROBADOS PRIMERO: El 30 de marzo de 2015, un cliente de ASISA recibió un correo electrónico remitido por la compañía médica que incluye adjunto un fichero en formato Microsoft EXCEL con un listado con datos personales de más de 25.000 clientes de esa compañía: nombre y apellidos, NIF, fecha de nacimiento, teléfono, correo electrónico, nº de póliza, etc. Que dio cuenta del error al remitente por correo electrónico, que le contestó pidiendo disculpas y manifestando que se trataba de un correo interno al departamento de soporte y que por error su cuenta se incluyó en el autocompletar al escribir el nombre del destinatario. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 4/8 SEGUNDO: El 9 de febrero de 2016 por la AEPD se realiza una inspección a la sociedad ASISA ASISTENCIA SANITARIA INTERPROVINCIAL DE SEGUROS, SAU. en la que se comprueba que el fichero aportado por el denunciante efectivamente corresponde a clientes de ASISA y que le llegó, como afirma en su denuncia, a través de un correo electrónico remitido por una persona que en el momento del envío era empleado de ASISA TERCERO: Los representantes de ASISA declararon, y los inspectores comprobaron que el fichero objeto de la denuncia recoge un listado de incidencias en el acceso web, que un empleado envió a sus superiores y en los que por error humano, se añadió la dirección de correo electrónico del denunciante, persona que, aunque cliente de ASISA, no debía ser receptor de dicho correo. Su inclusión se produjo porque el programa OUTLOOK incluye de forma automática destinatarios de correos recientes cuyo nombre correspondan con las iniciales de destinarios que el usuario vaya tecleando. CUARTO: Durante la inspección los representantes de ASISA manifestaron que tienen previsto llevar a cabo una investigación interna para verificar la incidencia detectada, adicionalmente se ha convocado, con carácter extraordinario, al Comité de Seguridad LOPD de la compañía a fin de establecer las medidas necesarias para evitar que en un futuro pueda suceder algún hecho análogo. Las decisiones que se adopten en el Comité de Seguridad serán trasladadas a la Agencia a fin de que tenga en consideración las medidas que se acuerden. QUINTO: ASISA ha señalado las medidas que ha tomado para evitar que se vuelva a producir el error que ha dado lugar a este procedimiento: Se convocó el Comité de Seguridad LOPD, con carácter extraordinario, el 18 de febrero de 2016, para evitar errores como el acontecido y que ha dado origen a este procedimiento. ASISA dispone de un sistema que permite el cifrado de todas las comunicaciones internas que se efectúan en la compañía para garantizar la inaccesibilidad del contenido de lo enviado por terceros no autorizados. Ahora, si se envían archivos adjuntos a un correo fuera de las redes internas de la compañía va cifrado y con contraseña que se envía en mensajes diferentes. La seguridad está garantizada, salvo un error humano. Para evitar estos errores, se ha automatizado el envío de la información que fue objeto del error humano, así que desde el área afectada ya no se puede enviar un archivo a un destinatario no autorizado. Además se ha comenzado la implantación de un entorno de intercambio interno de archivos de forma segura, lo que permitirá compartir archivos sin que terceros no autorizados puedan tener acceso a la información, continuando con el cifrado de las Redes de la Compañía. Se está consultando al proveedor de servicio de correo electrónico para conocer la posibilidad de eliminar la memoria caché de los destinatarios de los buzones de correo, con lo que no se completara de forma automática el campo de destinatarios de correo una dirección utilizada con anterioridad. Asimismo, se completará la formación de los usuarios que por su actividad en la compañía sean susceptibles de remitir información conteniendo datos personales. FUNDAMENTOS DE DERECHO I C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 5/8 Es competente para resolver este procedimiento la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.
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