1/9 Expediente N.º: EXP202307581 RESOLUCIÓN DE ARCHIVO DE ACTUACIONES De las actuaciones practicadas por la Agencia Española de Protección de Datos y teniendo como base los siguientes HECHOS PRIMERO: Con fecha 1 de mayo de 2023, se presentó reclamación con número de registro de entrada REGAGE23e00027698720 ante la Agencia Española de Protección de Datos contra TERRAVISION LONDON FINANCE LTD (en adelante, la parte reclamada). Los motivos en que basa la reclamación son los siguientes: La parte reclamante manifiesta que era usuario de la entidad reclamada y que en fecha 24 de agosto de 2021 solicitó la supresión de sus datos personales. Señala que, tras no obtener respuesta, en fecha 16 de octubre de 2021 solicitó nuevamente la supresión de sus datos, recibiendo respuesta en fecha 3 de noviembre de 2021 en la que le comunicaban que atendían su petición. Señala que en fecha 1 de mayo de 2023 ha comprobado, a través de la web https://haveibeenpwned.com/ que en febrero de 2023 la entidad reclamada sufrió una brecha de seguridad y que la misma afectó a sus datos, pese a que los mismos debían estar suprimidos en sus bases de datos. Aporta copia de correos intercambiados en 2021 con la parte reclamada para la supresión de sus datos y pantallazo de búsqueda en la web https://haveibeenpwned.com/ en la que se le informa de que su correo electrónico ha sido comprometido en su seguridad, tras una brecha de seguridad en los datos tratados por la entidad reclamada. SEGUNDO: De conformidad con el artículo 65.4 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante LOPDGDD), se dio traslado de dicha reclamación a TERRAVISION ESPAÑA, SL, para que procediese a su análisis e informase a esta Agencia en el plazo de un mes, de las acciones llevadas a cabo para adecuarse a los requisitos previstos en la normativa de protección de datos. El traslado, que se practicó conforme a las normas establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP), fue recogido en fecha 07/06/2023 como consta en el acuse de recibo que obra en el expediente. Con fecha 22/06/2023 se recibe en esta Agencia escrito de respuesta de TERRAVISION ESPAÑA, SL indicando que “la página web donde se ha registrado la C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.aepd.es sedeagpd.gob.es 2/9 parte reclamante “www.terravision.eu” es propiedad de TERRAVISION LONDON FINANCE, LTD, sociedad sujeta a derecho inglés lo que hace imposible que nuestra sociedad española pueda acceder a los datos de la parte reclamante o de cualquier otra persona en dicha página web”. El 30/06/2023 se dio traslado de dicha reclamación a TERRAVISION LONDON FINANCE, LTD, para que procediese a su análisis e informase a esta Agencia en el plazo de un mes, de las acciones llevadas a cabo para adecuarse a los requisitos previstos en la normativa de protección de datos. TERCERO: Con fecha 1 de agosto de 2023, de conformidad con el artículo 65 de la LOPDGDD, se remitió escrito a la parte reclamante en el que se le comunicaba la admisión a trámite de la reclamación presentada. El 05/09/2023, se recibe contestación al traslado de la reclamación por parte de TERRAVISION LONDON FINANCE LTD (Reino Unido) en el que confirma que es el responsable del tratamiento afectado y aporta captura de pantalla con el título “Resultados de búsqueda de la base de datos de producción”, mostrando un resultado de búsqueda negativo para el correo del reclamante ***EMAIL.1, con objeto de acreditar que no existen datos personales del reclamante en los sistemas de producción de este responsable. También aporta documento con el protocolo implantado en la organización para dar respuesta a las solicitudes de derechos de protección de datos, documento con la Política de Conservación de Datos Personales, documento con la Política de Seguridad y documento con el resultado de un Test de Penetración. CUARTO: La Subdirección General de Inspección de Datos procedió a la realización de actuaciones previas de investigación para el esclarecimiento de los hechos en cuestión, en virtud de las funciones asignadas a las autoridades de control en el artículo 57.1 y de los poderes otorgados en el artículo 58.1 del Reglamento (UE) 2016/679 (Reglamento General de Protección de Datos, en adelante RGPD), y de conformidad con lo establecido en el Título VII, Capítulo I, Sección segunda, de la LOPDGDD, teniendo conocimiento de los siguientes extremos: - En relación con el tratamiento afectado se confirma la existencia de los siguientes roles: el responsable tratamiento afectado es TERRAVISION LONDON FINANCE LTD (Reino Unido), el responsable de Protección de Datos es THE PRIVACYWORX LTD (Reino Unido) y el representante en la UE, PRIVINESS LTD (Estonia). - Ha quedado constatado que el reclamante solicitó en agosto de 2021, y posteriormente en octubre de 2021 (de forma reiterada), la supresión de sus datos personales al responsable de tratamiento "customerservices@terravision.eu", obteniendo respuesta en noviembre de 2021 donde se le confirmó que habían procedido con la eliminación de su cuenta y todos los datos personales asociados a ella. En fecha 1 de mayo de 2023, el reclamante tuvo conocimiento de la filtración de sus datos personales como consecuencia de una brecha sufrida por la empresa TERRAVISION en febrero de 2023. Tras volver a contactar con la empresa solicitando información de esta posible filtración, TERRAVISON contesta al reclamante C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.aepd.es sedeagpd.gob.es 3/9 confirmando la existencia de una brecha de seguridad y la afectación de sus datos personales, informándole que estos permanecían almacenados por la empresa porque una copia temporal de la base de datos de reservas había quedado olvidada en uno de los servidores y, por tanto, no se tuvo en cuenta cuando se llevó a cabo el borrado de sus datos tras el ejercicio del derecho de supresión. - Ha quedado constatado que en el año 2016 TERRAVISION migró el alojamiento de su proveedor en la nube y en el proceso de esta migración realizaron una copia temporal de la base de datos de reservas de clientes y se almacenó en un servidor que disponían en (…) con finalidades de prueba. Cuando finalizó el proceso de migración se pasó por alto la eliminación de esta copia temporal de la base de datos, manteniéndose olvidada y almacenada en este servidor (sin actualizarse) hasta que se detectó la brecha de seguridad en febrero de 2023. Cuando el reclamante solicitó la supresión de sus datos, no se borraron sus datos personales de la copia temporal almacenada en este servidor y los datos permanecieron almacenados, sin tener constancia la empresa. - En relación con la detección de la brecha ha quedado constatado que el 20 de marzo de 2023, TERRAVISION recibió correo de extorsión por parte de supuestos atacantes y tras realizar una investigación inicial interna concluyen que se trata de un correo falso. Posteriormente TERRAVISION tuvo conocimiento de la información publicada en varios foros y en el portal HaveIBeenPowned sobre la filtración de datos de sus clientes. En este momento inician una investigación más profunda de toda la infraestructura al completo y detectaron existencia de tráfico anómalo en el servidor de prueba. Es en este instante cuando detectan la existencia de la base de datos que existía almacenada en este servidor desde el año 2016 y proceden a su borrado. - Ha quedado constatado que la brecha tuvo como impacto la filtración de aproximadamente 2 millones de registros de clientes de TERRAVISION, con la siguiente tipología de datos: nombre, email y contraseña (cifrada). Aproximadamente 20.000 de estos registros también incluían la dirección física del cliente y su fecha de nacimiento. En relación con el vector de entrada de la brecha, la causa del incidente pudo estar relacionada con la exposición pública y abierta en internet del portal de administración de la web de reservas de clientes (Admin DashBoard) y la posible filtración de credenciales de usuarios vinculados a TERRAVISION. - En relación con las medidas preventivas implantadas por TERRAVISION ha quedado constatado: .a (…). (por afirmación de TERRAVISION, no se acredita documentalmente). .b (…). (por afirmación de TERRAVISION, no se acredita documentalmente). C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.aepd.es sedeagpd.gob.es 4/9 .c (…). (por afirmación de TERRAVISION, no se acredita documentalmente). Aclarar en este punto que esta medida de seguridad se aplica a la administración de servidores en nube, sistemas que no fueron afectados por la brecha. .d (…). (por afirmación de TERRAVISION, no se acredita documentalmente). .e (…) (acreditado documentalmente). .f (…). (acreditado con documento que incluye fecha posterior a la brecha, 25 de mayo de 2023). .g (…) (acreditado con documento que incluye fecha posterior a la brecha, 21 de junio de 2023), (…): .i (…). .ii (…). .iii (…). .iv (…). .v (…). No se ha podido recabar la acreditación documental de los análisis de riesgos para los derechos y libertades en los tratamientos afectados por la brecha. - - En relación con las medidas reactivas implantadas tras la brecha ha quedado constatado: .a (…). .b (…). .c (…). .d (…). .e (…). En relación con la posible insuficiencia de las medidas de seguridad previas implantadas en TERRAVISION, se extraen las siguientes afirmaciones incluidas en documentación aportada: Del documento interno con las investigaciones iniciales realizadas por el equipo de respuesta: “(…)” De los documentos aportados con los resultados de los Test de Penetración realizados tras la brecha: “(…)”. “(…)”. “(…)”. - En relación con la notificación de la brecha ha quedado constatado que TERRAVISION notificó únicamente a Information Commisioner`s Office (UK) y a National Crime Agency (UK). - En relación con la comunicación a los afectados ha quedado constatado que TERRAVISION no realizó esta comunicación al concluir que no existía alto riesgo para las personas cuyos datos personales se habían filtrado. Tras la brecha, TERRAVISION decide incorporar contenido adicional relacionado con la seguridad de los datos personales dentro del apartado FAQ del portal web, no obstante, no se ha podido acreditar que este contenido publicado incluyera C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.aepd.es sedeagpd.gob.es 5/9 información sobre la naturaleza de brecha de seguridad sufrida, la tipología de datos afectados o las posibles consecuencias para las personas afectadas. Con objeto de aclarar algunos aspectos de cara a cerrar la investigación, en fecha 14 de mayo de 2024 se realiza nuevo requerimiento de información dirigido a TERRAVISION, vía certificado postal internacional, marcado por la siguiente línea de actuación: - Conocer en número de registros de la base de datos filtrada que pertenecían a personas físicas residentes en España, así como solicitar copia del listado completo con los 20000 registros (aproximados) de clientes afectados que disponían de dirección física y fecha de nacimiento. En relación con este envío consta acuse de entrega por parte de Correos en fecha 22 de mayo de 2024; no obstante, a fecha 29 de julio de 2024, no constaba respuesta en esta Agencia, procediéndose a realizar nueva reiteración de la notificación, en fecha 20 de julio de 2024, vía certificado postal internacional y constando acuse de recibo de esta última notificación, en fecha 6 de agosto de 2024. En fecha 4 de septiembre de 2024 y registro de entrada REGAGE24e00065789098 se recibe respuesta a requerimiento anterior por parte de PRIVENESS LTD con las siguientes afirmaciones: “Debido a la naturaleza de la actividad de Terravision (traslados al aeropuerto) tenemos clientes procedentes de todas partes del mundo y no registramos su país de residencia u origen. Por lo tanto, no podemos proporcionar el número de clientes que son residentes o ciudadanos de España (si los hubiera). Los datos comprometidos consistían en una copia de seguridad de la base de datos de 2016 y fue borrada por el pirata informático después de haber realizado la copia. Terravisión no ha registrado la dirección física ni la fecha de nacimiento desde que se modificó el tratamiento en 2011. Nuestra política de retención es de siete años desde el último contacto por lo que muchos de los registros de 2016 habrían sido eliminados para 2023. Las direcciones físicas o fechas de nacimiento que quedaran fueron purgadas de la base de datos en 2023 después de que la Oficina del Comisionario de Información del Reino Unido nos informara que habían completado su investigación”. FUNDAMENTOS DE DERECHO I Competencia De acuerdo con las funciones que el artículo 57.1 a),
Explicación por IA a partir del texto oficial de la ley. Orientativa, no sustituye asesoramiento legal.