1/8 Expediente Nº: E/00108/2016 RESOLUCIÓN DE ARCHIVO DE ACTUACIONES De las actuaciones practicadas por la Agencia Española de Protección de Datos ante la entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. en virtud de denuncia presentada por Dña. A.A.A. y teniendo como base los siguientes: HECHOS PRIMERO: Con fecha 23 de julio de 2015 tuvo entrada en esta Agencia escrito de Dña. A.A.A. (en lo sucesivo la denunciante) en el que denunciaba la inclusión de sus datos personales en el fichero de solvencia patrimonial ASNEF, habiendo sido informado por la entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., (en adelante BBVA) sin que se le hubiese requerido previamente al pago de la deuda. El 11 de noviembre de 2015, la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos acuerda no incoar actuaciones previas de investigación y no iniciar procedimiento sancionador al entender que esta Agencia no es competente para dirimir cuestiones relativas a la deuda. Posteriormente, con fecha 26 de noviembre de 2015, se interpuso recurso de reposición en el que se alegaba que no se ponía en cuestión la exactitud o la inexactitud de la deuda, sino la falta del requerimiento previo de pago como requisito previo para su inclusión en los ficheros de solvencia patrimonial y de crédito. Así las cosas, con fecha 20 de enero de 2016, la Directora de la Agencia resuelve estimar el recurso de reposición interpuesto por la denunciante, y ordena iniciar las presentes actuaciones de investigación. SEGUNDO: Tras la recepción de la denuncia la Subdirección General de Inspección de Datos procedió a la realización de actuaciones previas de investigación para el esclarecimiento de los hechos denunciados, teniendo conocimiento de los siguientes extremos: Con fecha 26 de febrero de 2016 se solicita a EQUIFAX IBERICA, SL información relativa a la denunciante. De la información recibida se constata a fecha 7 de marzo de 2016, relativa a deudas informadas por el BBVA. Respecto del fichero ASNEF: Consta una incidencia informada por BBVA con fecha de alta el 4 de diciembre de 2014, fecha de última actualización 3 de marzo de 2016, por vencimientos impagados primero y último de fechas agosto de 2014 y marzo de 2016 y por un importe de 5.510,89 euros. Consta una incidencia informada por BBVA con fecha de alta 4 de diciembre de 2014, fecha de última actualización 3 de marzo de 2016, por vencimientos impagados C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 2/8 primero y último de fechas agosto de 2014 y marzo de 2016 y por un importe de 355,87 euros. Respecto del fichero de NOTIFICACIONES: Constan un total de cuatro notificaciones de inclusión emitidas a nombre de la denunciante, remitidas a la (C/....1) (Toledo). Ninguna consta como devuelta. Consta una notificación emitida a nombre de la denunciante, con fecha de emisión 5 de diciembre de 2014 por un producto de financiación al consumo, por un importe de 1.079,93 euros y siendo la entidad informante BBVA. Esta notificación corresponde a la primera de las deudas descrita en el apartado anterior. Una segunda notificación fue emitida en relación a la misma deuda el 26 de enero de 2016 siendo el importe actualizado de 4.887,30 euros. Consta una notificación emitida a nombre de la denunciante, con fecha de emisión 5 de diciembre de 2014 por un descubierto en cuenta corriente, por un importe de 315,64 euros y siendo la entidad informante BBVA. Esta notificación corresponde a la segunda de las deudas descrita en el apartado anterior. Una segunda notificación fue emitida en relación a la misma deuda el 26 de enero de 2016 siendo el importe actualizado de 350,61 euros. Respecto del fichero de BAJAS: No constan bajas en relación a las deudas informadas por BBVA. Con fecha 26 de febrero de 2016 se solicita a EXPERIAN BUREAU DE CREDITO, SA información relativa a la denunciante. A continuación se resume la información que constaba a 21 de marzo de 2016 relativa a deudas informadas por el BBVA. Respecto del fichero BADEXCUG: Consta una incidencia informada por BBVA con fecha de alta 16 de agosto 2015, fecha de última actualización 20 de marzo de 2016, por vencimientos impagados primero y último de fechas 31 de agosto de 2014 y 17 de marzo de 2016 y por un importe de 5.510,89 euros. Consta una incidencia informada por BBVA con fecha de alta 16 de agosto 2015, fecha de última actualización 20 de marzo de 2016, por vencimientos impagados primero y último de fechas 29 de agosto de 2014 y 17 de marzo de 2016 y por un importe de 355,87 euros. Respecto del fichero de NOTIFICACIONES: Constan un total de cuatro notificaciones de inclusión emitidas a nombre de la denunciante, remitidas a la (C/....1) (Toledo). Ninguna consta como devuelta. Consta una notificación enviada a la denunciante como consecuencia de la inclusión de sus datos personales en el fichero BADEXCUG por la entidad BBVA. La C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 3/8 notificación fue emitida con fecha 9 de diciembre de 2014, por deuda de 1.071,93 euros. Esta notificación corresponde a la primera de las deudas descrita en el apartado anterior. Una segunda notificación fue emitida en relación a la misma deuda el 18 de agosto de 2015 siendo el importe actualizado de 3.447,31 euros. Consta una notificación enviada a la denunciante como consecuencia de la inclusión de sus datos personales en el fichero BADEXCUG por la entidad BBVA. La notificación fue emitida con fecha 9 de diciembre de 2014, por deuda de 315,64 euros. Esta notificación corresponde a la primera de las deudas descrita en el apartado anterior. Una segunda notificación fue emitida en relación a la misma deuda el 18 de agosto de 2015 siendo el importe actualizado de 337,19 euros. Respecto de fichero de ACTUALIZACIONES DE BADEXCUG. Ambas deudas fueron dadas de baja el 15 de julio de 2015 como consecuencia del ejercicio de cancelación por parte de la denunciante. Ambas fueron dadas de alta de nuevo por el BBVA el 16 de agosto de 2015. Con fechas 26 de febrero y 7 de abril de 2016 se solicita a BBVA información relativa a los productos contratados por la denunciante y de la respuesta recibida el 1 de abril se desprende lo siguiente: En los sistemas de la entidad constan a nombre de la denunciante entre otros productos, tres cuentas bancarias y un préstamo. La cuenta mini blue, terminada en ***0, y la cuenta blue, terminada en ***4, de las que son titulares dos menores de edad y en la que la denunciante figura como representante del titular. El domicilio postal para la recepción de notificaciones que figura es (C/....1), Toledo y (C/....1), Urb. XXXX, Toledo. La entidad aporta copia de los contratos de las cuentas firmados. La cuenta uno, terminada en ***6, fue dada de alta el 8 de noviembre de 2011 a nombre de la denunciante. El domicilio postal para la recepción de notificaciones que figura es (C/....1), Toledo. La entidad aporta copia del contrato de la cuenta firmado. La entidad aporta copia de póliza de fecha 10 de abril de 2014 de un préstamo personal, con número terminado en ***2 por importe de 19.500 euros a nombre de la denunciante que debía de cobrarse en la cuenta uno descrita previamente. El domicilio que figura es (C/....1), ***CP.1 Toledo. Con fechas 29 de junio de 2016 se recibe un escrito de BBVA con información relativa al requerimiento previo de pago cuya ausencia se denuncia. Carta de fecha 25 de marzo de 2015 referenciada e individualizada a nombre del denunciante a la dirección del denunciante, con detalle de la deuda (279,30 euros de descubierto en la cuenta terminada en ***6 e impago de 884,33 euros en el préstamo) y advertencia de que su impago puede ocasionar la inclusión en ficheros de morosidad. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 4/8 (Consta en la respuesta como documento 1) Carta de fecha 6 de noviembre de 2014 referenciada e individualizada a nombre del denunciante a la dirección del denunciante, con detalle de la deuda (90 euros de descubierto una cuenta terminada en ***9 que no figura en la información proporcionada en la anterior respuesta) y advertencia de que su impago puede ocasionar la inclusión en ficheros de morosidad. (Consta en la respuesta como documento 2) Aportan copia impresa de los datos que figuran en sus sistemas relativos al denunciante donde consta domicilio (C/....1), ***CP.1 Toledo. En los sistemas del denunciado consta un registro con la dirección del denunciante que coincide con la que aparece en los contratos con dicha entidad y con la que figura en su D.N.I. Certificados de la empresa NEXEA GESTION DOCUMENTAL SA, encargada de la generación, impresión y puesta en correos por BBVA (contrato en documento de 3 de la respuesta), de la tramitación de las cartas del denunciante con fechas 6 de abril de 2015 y 14 de noviembre de 2014 remitidas al domicilio (C/....1), ***CP.1 Toledo. (Consta en la respuesta como documento 4) Se adjunta contrato entre BBVA y NEXEA GESTION DOCUMENTAL SA de fecha 25 de julio de 2011. Documentos acreditativos del gestor postal CORREOS en los que figura la remisión de 1.304 y 7.862 documentos con fechas 14 de noviembre de 2014 y 6 de abril de 2015 respectivamente en nombre de BBVA control presupuestario, y validado por el gestor. (Consta en la respuesta como documento 5) Como control de la posible devolución de dicho requerimiento previo de pago, aportan copia del documento donde se describe el procedimiento para la gestión de las devoluciones por parte de NEXEA (consta como documento 6 en la respuesta). La entidad manifiesta que no tiene constancia de la devolución del requerimiento de pago remitido el 25 de marzo de 2015. FUNDAMENTOS DE DERECHO I Es competente para resolver la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos, conforme a lo establecido en el artículo 37.
Explicación por IA a partir del texto oficial de la ley. Orientativa, no sustituye asesoramiento legal.