1/8 Expediente Nº: E/00947/2016 RESOLUCIÓN DE ARCHIVO DE ACTUACIONES De las actuaciones practicadas por la Agencia Española de Protección de Datos ante el AYUNTAMIENTO DE OVIEDO, en virtud de denuncia presentada por Don A.A.A., y teniendo como base los siguientes HECHOS PRIMERO: Con fecha 11 de enero de 2016, tuvo entrada en esta Agencia un escrito remitido por Don A.A.A. en el que declara lo siguiente: Que el fichero que se utiliza en el Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento usa una aplicación que no registra los accesos y si ha sido objeto de modificaciones, conforme establece el artículo 103 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo RDLOPD). El fichero inscrito por los Bomberos está declarado como de nivel alto. Que en fecha 20 de mayo de 2015, el Ayuntamiento fue informado por un miembro de la Junta de Personal Funcionario del Ayuntamiento de Oviedo unas deficiencias relativas a un registro de acceso a una aplicación informática, que se ordenara la inmediata corrección de las deficiencias expuestas en su escrito, para asegurar y garantizar el cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo LOPD). Los hechos y las deficiencias que fueron denunciadas se resumen en la existencia de una aplicación informática del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento (en adelante SEIS), propiedad del Ayuntamiento de Oviedo. Dicha aplicación maneja datos de carácter personal que quedan reflejados en los partes de actuación, y que pueden recoger datos de carácter sensible (como pueden ser datos de salud). Que dicha aplicación, con independencia del número de personas que deben y tienen acceso a la misma, debería de contar con las autorizaciones que cada usuario tiene permitido y con la actividad realiza por cada usuario, ya que si no se estaría vulnerando la LOPD que en su artículo 103 del RDLOPD. Que pese a dicho escrito no se ha establecido ninguna medida para paliar las deficiencias denunciadas. Posteriormente, el denunciante aporta copia de la siguiente documentación: - Escrito con entrada en el AYUNTAMIENTO el día 20 de mayo de 2015 mediante el cual el denunciante informa al mismo de que: o C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid Que el SEIS del Ayuntamiento de Oviedo tiene un programa casero (base de datos) para su organización y funcionamiento, operando al margen del sistema municipal de gestión de Datos (FirmaDoc) y que fue realizada por el www.agpd.es sedeagpd.gob.es 2/8 inspector B.B.B., que es quien a su vez se ocupa de su mantenimiento y modificaciones. o Que no existe control sobre la cantidad de usuarios ni tampoco existe ningún sistema de autenticación ni firma digital que acredite modificaciones en los datos del programa; tampoco existe (como sería de esperar) un historial de edición/borrado de datos para que así quede constancia de los cambios realizados en los datos digitales del servicio. o Que a fecha del escrito y que se sepa, tiene acceso al programa de gestión de datos mediante clave: 1 Responsable-interino. 1 secretaria, (auxiliar administrativa). 1 Inspector. 3 sargentos. 10 subinspectores 5 operadoras telefónicas del Área de Seguridad Ciudadana. 1 agente técnico especialista. o Que el programa de gestión tiene como funciones, distintos menús posibles para el manejo de los siguientes datos privados, susceptibles de sufrir en la actualidad con el actual funcionamiento, modificaciones fraudulentas parciales o totales indetectables causando graves perjuicios e indefensión a terceros. - Partes de personal (asistencias, permisos, horas sindicales, vacaciones etc, etc) actividades, prácticas y revisión de vehículos. - Informes oficiales de intervención requeridos en ocasiones por particulares o aseguradoras - Cuadrantes de mantenimiento de hidrantes, Incidencias (avenas, paralizaciones, reparaciones) en vehículos y llamadas oficiales. - Listados de retenes y refuerzos del personal (control de horas extraordinarias). - Correo electrónico de fecha 15 de septiembre de 2015, emitido por Centralita Bomberos 080, a Jefatura Policía Local con el asunto “Incidencia Lunes DD/MM/AA” en que se informa que el parte de intervención 964 abierto a las 19:14 y cerrado a las 01:02 fue modificado sin el conocimiento de las operadoras telefónicas. - Escrito fechado el 22 de septiembre de 2015 en que el denunciante informa al AYUNTAMIENTO de la alteración de datos en la aplicación mencionada en la denuncia. - Capturas de pantalla de la aplicación en las que se muestra que la aplicación admite campos con texto libre, en los que el usuario puede escribir lo que desee. Por ello solicita la corrección de las deficiencias encontradas. SEGUNDO: Tras la recepción de la denuncia la Subdirección General de Inspección de C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 3/8 Datos procedió a la realización de actuaciones previas de investigación para el esclarecimiento de los hechos denunciados, teniendo conocimiento de los siguientes extremos: 1. En fecha 10 de junio de 2011 fueron inscritos en el Registro General de Protección de Datos los ficheros BOMBEROS y RECURSOS HUMANOS con códigos de inscripción ***CÓD.1 y ***CÓD.2 respectivamente. Ambos ficheros tienen declaradas medidas de seguridad de nivel alto, al recoger datos de salud. 2. De la información aportada por el AYUNTAMIENTO se desprende: a. El nombre del fichero físico origen de la denuncia es una aplicación con denominación *****.mdb, ubicada en los servidores del AYUNTAMIENTO. Se trata de una base de datos en formato Access utilizada para la gestión del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento (SEIS) y que dispone de las siguientes funcionalidades: - Generación de los siguientes partes (informes*) de: o Personal de cada jornada de trabajo. o Actividades realizadas en cada jornada de trabajo, donde se asignan las funciones de cada trabajador ese día concreto. o Realización de actividades físicas (gimnasia). o Realización de prácticas diarias. o Mantenimiento de vehículos o Intervenciones en emergencias. o Jefatura, sobre asuntos varios. o Mantenimiento de los desfibriladores semiautomáticos. o Incidencias que se observan en los vehículos, herramientas, etc. o Llamadas que se realizan desde el Parque de Bomberos y que precisan detallar su contenido. o Resúmenes a la Prensa de las intervenciones reseñables. o Jornadas de trabajo realizadas por cada persona. - Generación de faxes a enviar a destinatarios diariamente. - Gestión de horas extraordinarias que realiza cada trabajador por refuerzos, por retenes especiales o por prolongaciones de jornada. - Gestión de teléfonos de interés de servicios u organismos relacionados con las emergencias. - Gestión de calendarios de trabajo de los diferentes turnos de trabajo. - Envío y recepción de avisos entre los usuarios autorizados con acceso a la aplicación. - Gestión de relación numérica de las llamadas que entran y salen de la Centralita. - Control de llaves de las diferentes dependencias del SEIS. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 4/8 - Información sobre el callejero del municipio. - Búsqueda selectiva de intervenciones en emergencias, por calle o por número de intervención. - Gestión de los trabajadores que están ausentes. - Enlaces a diferentes páginas de Internet con información relacionada con las actividades propias del Servicio de Bomberos. b. La aplicación trata datos de carácter personal incluidos en los ficheros RECURSOS HUMANOS y BOMBEROS, inscritos en el Registro General de Protección de Datos (RGPD) bajo la titularidad del AYUNTAMIENTO. c. El AYUNTAMIENTO aporta copia de la estructura de la base de datos, incluyendo todas las tablas que la constituyen y la descripción de los campos de cada una de ellas. Examinado el diseño de las tablas, se observa que muchas de ellas no están destinadas a contener datos de carácter personal, en tanto que las demás están, en general, destinadas aparentemente a contener datos de carácter básico. d. Aporta igualmente copia de todas las pantallas de que dispone la aplicación. La aplicación cuenta con una pantalla de bienvenida en que se informa al usuario que las condiciones de uso del mismo. Tiene otra pantalla destinada a la Política de Privacidad en donde se informa que la aplicación está destinada a contener datos de carácter básico, por lo que no deben introducirse datos especialmente protegidos. Examinadas el resto de pantalla aportadas, se encuentra que muchas pantallas no recogen datos de carácter personal, y en las que sí que lo hacen, no se encuentra ninguna en que se soliciten datos que no sean de carácter básico. e. La identificación y autenticación de los usuarios autorizados para acceder a la aplicación se realiza a través de los mecanismos habilitados en el directorio activo del sistema en el que se ubica la aplicación, mediante la utilización de credenciales personales asignadas a cada usuario (nombre de usuario y clave). La aplicación dispone de distintos roles en función del tipo de usuario, estando limitado el acceso a ciertos apartados (por ejemplo: apartado administración), mediante clave de acceso asignada a aquellos usuarios autorizados. Los tipos de usuario que acceden a la aplicación son: - Los mandos - Los telefonistas - Un administrativo - El responsable de mantenimiento y logística f. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid Respecto del registro de accesos, informa el AYUNTAMIENTO que la aplicación está diseñada para cumplir con las medidas de seguridad de nivel básico por lo que dicho registro de accesos no ha sido www.agpd.es sedeagpd.gob.es 5/8 establecido. g. Con el fin de dotar a la aplicación de medidas de seguridad adicionales, se han habilitado las directivas de auditoria de Microsoft Windows Server. FUNDAMENTOS DE DERECHO I Es competente para resolver la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos, conforme a lo establecido en el artículo 37.
Explicación por IA a partir del texto oficial de la ley. Orientativa, no sustituye asesoramiento legal.