1/3 Expediente Nº: E/01904/2016 RESOLUCIÓN DE ARCHIVO DE ACTUACIONES De las actuaciones practicadas por la Agencia Española de Protección de Datos ante la entidad INVERSIONES COLECTIVAS EN LA RED SL. (ICIRED SL) en virtud de una investigación de oficio, con fecha 07/04/16, y teniendo como base los siguientes: HECHOS PRIMERO: Con fecha 12 de enero de 2016 se recibe en el registro de la Agencia Española de Protección de Datos un escrito en el que se pone de manifiesto la existencia de un fichero de solvencia patrimonial y crédito cuyo responsable es la empresa INVERSIONES COLECTIVAS EN LA RED S.L. (ICIRED SL), donde se recogen datos personales de personas físicas y jurídicas. SEGUNDO: Tras la recepción del escrito, la Subdirección General de Inspección de Datos procedió a la realización de actuaciones previas de investigación para el esclarecimiento de los hechos denunciados, teniendo conocimiento de los siguientes extremos:
- Con fechas 3/02/16 y 26/01/17, desde la Subdirección de Datos se accede a la dirección web https://iciredimpagados.com obteniendo constancia de que el portal se encuentra operativo y que es necesario registrarse para poder realizar cualquier operación.
- Con fecha 04/04/16, se realiza la Inspección E/1904/2016-I/1 en los locales de la empresa INVERSIONES COLECTIVAS EN LA RED, S.L. (ICIRED SL) y del Acta de Inspección se desprende: 2.
- ICIRED SL es una empresa cuyo objeto social es la prestación de servicios de información crediticia a particulares y empresas a través de Internet. 2.
- ICIRED SL consta en el Registro General de Protección de Datos como responsable del fichero “Expedientes información comercial” inscrito con el código ***CÓD.1 y con la finalidad de “datos proporcionados por usuarios referentes a expedientes judiciales y expedientes de impagos comerciales, contratos, requerimientos, sentencias, efectos bancarios, implicados en la relación comercial. Publicaciones de incidencias comerciales por impagos entre empresas/empresarios. Solicitudes de altas y bajas de publicación, gestión del expediente”. 2.
- ICIRED SL ha desarrollado una Plataforma para la prestación de los servicios de morosidad accesible en la dirección www.iciredimpagados.com que tiene por objeto el mantenimiento de un fichero multisectorial con información aportada por los acreedores o por quienes actúen por su cuenta o interés, relativo a la morosidad tanto de personas físicas (particulares y autónomos) como de personas jurídica y que permite publicar las deudas derivadas del incumplimiento a aquellos que ostenten un interés legítimo en obtener la información. La Plataforma de ICIRED SL se encuentra en funcionamiento con información sobre empresas y respecto de la inclusión de datos sobre personas físicas, ICIRED SL manifiesta que por problemas técnicos y debido a que esta C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 2/3 información debe de cumplir muchos requisitos legales, no está prevista su instalación hasta mayo de
- La plataforma de ICIRED SL se encuentra implantada bajo los servicios que facilita AMAZON WEB SERVICES INC (en adelante AMAZON) ubicados en Irlanda.
- La plataforma permite la indexación por buscadores de las incidencias comunicadas al fichero ICIRED, mostrándose los datos de nombre de empresa, CIF, importe de la deuda y motivo de la misma.
- Los acreedores, ya sea una empresa o una persona física, que quieran utilizar la Plataforma de ICIRED para la publicación de datos de morosidad deben darse de alta en la plataforma y aceptar las “Condiciones generales de Contratación de productos y servicios de ICIRED SL” que se encuentra publicadas en la web. En estas condiciones consta un apartado respecto del cumplimiento del artículo 12 de la LOPD y una referencia al compromiso de adoptar las medidas de seguridad previstas en el Reglamento de Desarrollo de la LOPD.
- Una vez registrados como clientes de ICIRED SL, la Plataforma permite dar de alta información sobre sus deudores y su posterior consulta.
- Con carácter general las incidencias dadas de baja no se almacenan en el fichero ICIRED sino en un fichero habilitado al efecto y únicamente la información necesaria para cumplir con los requisitos legales y atender posibles reclamaciones. Exclusivamente se mantendrá durante el plazo de tiempo en el que se pudiera derivar responsabilidad para el fichero.
- ICIRED SL tiene un procedimiento establecido para poder ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que se encuentra publicado en el Aviso Legal en la web, FUNDAMENTOS DE DERECHO I Es competente para resolver la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos, conforme a lo establecido en el artículo 37.d) en relación con el artículo 36, ambos de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo LOPD). II Los ficheros de información de solvencia patrimonial y crédito, quedan regulados en el artículo 29 de la LOPD, complementado en los artículos 37 al 44 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD. En el presente caso y en relación con las investigaciones realizadas, se detecta la existencia de un fichero nuevo de morosidad que pretende registrar datos de personas física, así como de personas jurídicas. No obstante, se constata que sólo está en vigor respecto a las personas jurídicas. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 3/3 Por lo tanto, de acuerdo con lo señalado, Por la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos, SE ACUERDA: PROCEDER AL ARCHIVO de las presentes actuaciones. NOTIFICAR la presente resolución a INVERSIONES COLECTIVAS EN LA RED SL. (ICIRED SL). De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 37 de la LOPD, en la redacción dada por el artículo 82 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, la presente Resolución se hará pública, una vez haya sido notificada a los interesados. La publicación se realizará conforme a lo previsto en la Instrucción 1/2004, de 22 de diciembre, de la Agencia Española de Protección de Datos sobre publicación de sus Resoluciones y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 116 del Reglamento de desarrollo de la LOPD aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 diciembre. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 48.2 de la LOPD), y de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, o, directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contenciosoadministrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto, según lo previsto en el artículo 46.1 del referido texto legal. Mar España Martí Directora de la Agencia Española de Protección de Datos C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es