1/9 Expediente Nº: E/03161/2016 RESOLUCIÓN DE ARCHIVO DE ACTUACIONES De las actuaciones practicadas por la Agencia Española de Protección de Datos ante la entidad HAPPY SOCIAL MEDIA LTD (WWW.CURSOSDECOMMUNITYMANAGERGRATIS.COM) en virtud de denuncias presentadas por denunciante 1, denunciante 2, denunciante 3, denunciante 4 y denunciante 5 y teniendo como base los siguientes HECHOS PRIMERO: Con fecha 20/04/2016, 14/06/2016, 05/07/2016, 19/11/2016 y 22/11/2016 tienen entrada en esta Agencia escritos de denunciante 1, denunciante 2, denunciante 3, denunciante 4 y denunciante 5 declarando que habían recibido publicidad no solicitada desde la dirección www.cursosdecommunitymangergratis.com, (perteneciente a la empresa HAPPY SOCIAL MEDIA LTD (en lo sucesivo HAPPY SOCIAL), y que a pesar solicitar la supresión de los datos y que se abstengan de enviar publicidad a través del formulario que figura en su web, siguen recibiendo mensajes. SEGUNDO: Tras la recepción de la denuncia la Subdirección General de Inspección de Datos procedió a la realización de actuaciones previas de investigación para el esclarecimiento de los hechos denunciados, teniendo conocimiento de los siguientes extremos: El dominio CursosDeComunityManagerGratis.com es titularidad de la entidad HAPPY SOCIAL MEDIA LTD, domiciliada en 20-22 Wenlock Road, London (England), Company No.
- Asimismo, la web www.cursosdecommunitymangergratis.com, es propiedad de la entidad HAPPY SOCIAL MEDIA LTD y además, en ella se informa que está disuelta desde diciembre de
- Por la Inspectora actuante se solicitó la colaboración de la autoridad británica Information Commissioner’s Office, en relación con la entidad HAPPY SOCIAL MEDIA LTD, sin que se haya recibido en esta Agencia información alguna al respecto. FUNDAMENTOS DE DERECHO I Es competente para resolver la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos, conforme a lo establecido en el artículo 43.1 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (en adelante la LSSI). II El artículo 126.1, apartado segundo, del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal establece: C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 2/9 “Si de las actuaciones no se derivasen hechos susceptibles de motivar la imputación de infracción alguna, el Director de la Agencia Española de Protección de Datos dictará resolución de archivo que se notificará al investigado y al denunciante, en su caso”. III En el presente caso, se solicitó la colaboración de la autoridad británica Information Commissioner’s Office, en relación con la entidad HAPPY SOCIAL MEDIA LTD, que tiene su sede en Inglaterra. Sin embargo no se ha recibido en esta Agencia respuesta a la colaboración solicitada. Hay que señalar que el artículo 45 de la LSSI establece que “las infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses”. Los hechos denunciados podrían ser constitutivos de una infracción leve y teniendo en cuenta la fecha en la que se produjeron debe concluirse que se ha producido la prescripción de la posible infracción denunciada. Por ello procede el archivo de actuaciones por prescripción de la supuesta infracción cometida. Además, hay que tener en cuenta que obra en la web de la entidad denunciada información sobre su disolución. Por lo tanto, de acuerdo con lo señalado, por la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos, SE ACUERDA:
- PROCEDER AL ARCHIVO de las presentes actuaciones.
- NOTIFICAR la presente Resolución a HAPPY SOCIAL MEDIA LTD (WWW.CURSOSDECOMMUNITYMANAGERGRATIS.COM) y el Anexo I y, notificar a cada uno de los denunciantes, la resolución y exclusivamente el anexo que le corresponda en el que se incluye su identificación. De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 37 de la LOPD, en la redacción dada por el artículo 82 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, la presente Resolución se hará pública, una vez haya sido notificada a los interesados. La publicación se realizará conforme a lo previsto en la Instrucción 1/2004, de 22 de diciembre, de la Agencia Española de Protección de Datos sobre publicación de sus Resoluciones y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 116 del Reglamento de desarrollo de la LOPD aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 diciembre. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 48.2 de la LOPD), y de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución o directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 3/9 artículo 25 y en el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto, según lo previsto en el artículo 46.1 del referido texto legal. Mar España Martí Directora de la Agencia Española de Protección de Datos C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 4/9 ANEXO I Denunciante 1: A.A.A. ***EMAIL.1 Denunciante 2: B.B.B. ***EMAIL.2 Denunciante 3: C.C.C. ***EMAIL.3 Denunciante 4: D.D.D. ***EMAIL.4 Denunciante 5: E.E.E. ***EMAIL.5 C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 5/9 ANEXO II Denunciante 1: A.A.A. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 6/9 ANEXO III Denunciante 2: B.B.B. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 7/9 ANEXO IV Denunciante 3: C.C.C. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 8/9 ANEXO V Denunciante 4: D.D.D. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 9/9 ANEXO VI Denunciante 5: E.E.E. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es