1/6 Expediente Nº: E/05963/2013 RESOLUCIÓN DE ARCHIVO DE ACTUACIONES De las actuaciones practicadas por la Agencia Española de Protección de Datos ante la entidad GRUPOPSCOM S C P en virtud de denuncia presentada por Don A.A.A. y teniendo como base los siguientes HECHOS PRIMERO: Con fecha de 12 de agosto de 2013 tiene entrada en esta Agencia un escrito de A.A.A., en nombre de la ASOCIACIÓN ANDALUZA DE COMERCIO ELECTRÓNICO el que declara lo siguiente: Que en junio de 2013 se solicitó, mediante correo electrónico, el cese al envío de correos electrónicos comerciales al tiempo que se ejerció la oposición mediante el enlace facilitado en el propio correo electrónico publicitario. Que a pesar de lo anterior, ha recibido entre julio de 2013 y agosto de 2013 una serie de correos electrónicos comerciales en la dirección .....@andce.es, correos que no han sido previamente solicitados ni consentidos. Junto a su denuncia aporta de los copia de los correos electrónicos denunciados. Copia de los siguientes envíos a través de email: o Email de fecha 13/4/2013 a las 10:13 remitido desde la dirección promo@...... a la dirección .....@andce.es. El correo lleva por asunto “El mejor del mundo, sin competencia…” e incluye publicidad relativa a productos de sexshop comercializados en la página web www.sensualand.com. El correo incluye con una cláusula informativa en la que se informa que la marca SENSUALAND pertenece a la empresa GRUPOPSCOM. El correo facilita un enlace para darse de baja en la recepción de publicidad o Email de fecha 7/7/2013 a las 13:44 remitido desde la dirección a la dirección .....@andce.es. El correo lleva por asunto “Hoy domingo especial REBAJAS: Tenga, Pipedream y Big Teaze Toys” e incluye publicidad relativa a productos de sexshop comercializados en la página web www.sensualand.com. El correo incluye con una cláusula informativa en la que se informa que la marca SENSUALAND pertenece a la empresa GRUPOPSCOM. El correo facilita un enlace para darse de baja en la recepción de publicidad. (Se adjunta cabeceras del correo). o Email de fecha 14/7/2013 a las 15:02 remitido desde la dirección info@email....... a la dirección .....@andce.es. El correo lleva por asunto C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 2/6 “Recuerda agregar UFFF en tus pedidos vamos!” e incluye publicidad relativa a productos de sexshop comercializados en la página web www.sensualand.com. El correo incluye con una cláusula informativa en la que se informa que la marca SENSUALAND pertenece a la empresa GRUPOPSCOM. El correo facilita un enlace para darse de baja en la recepción de publicidad. (Se adjunta cabeceras del correo). o Email de fecha 30/7/2013 a las 12:59 remitido desde la dirección info@email....... a la dirección .....@andce.es. El correo lleva por asunto “Acabamos el mes con un nuevo estreno: Swede en exclusiva” e incluye publicidad relativa a productos de sexshop comercializados en la página web www.sensualand.com. El correo incluye con una cláusula informativa en la que se informa que la marca SENSUALAND pertenece a la empresa GRUPOPSCOM. El correo facilita un enlace para darse de baja en la recepción de publicidad. (Se adjunta cabeceras del correo). o Email de fecha 7/6/2013 a las 15:11 remitido desde la dirección .....@andce.es a la dirección ......@sensualand.com y a la dirección info@......... en el que comunican que va a proceder a denunciar los envíos de comunicaciones comerciales a la Agencia Española de Protección de Datos. o Email de fecha 11/8/2013 a las 13:09 remitido desde la dirección ....@...sensualand.... a la dirección .....@andce.es. El correo lleva por asunto “35%” menos en todos tus pedidos sin limite de uso” e incluye publicidad relativa a productos de sexshop comercializados en la página web www.sensualand.com. El correo incluye con una cláusula informativa en la que se informa que la marca SENSUALAND pertenece a la empresa GRUPOPSCOM. El correo facilita un enlace para darse de baja en la recepción de publicidad. (Se adjunta cabeceras del correo). SEGUNDO: Tras la recepción de la denuncia la Subdirección General de Inspección de Datos procedió a la realización de actuaciones previas de investigación para el esclarecimiento de los hechos denunciados, teniendo conocimiento de los siguientes extremos: En fecha de 13/9/2013 se obtiene de la cláusula de protección de datos de página web de www.sensualand.com (www.sensualand..............) donde se recoge que el titular y responsable del fichero es la sociedad GRUPOPSCOM, SCP. Esta información coincide con la que figura en las propias comunicaciones comerciales denunciadas. 1. La empresa GRUPOPSCOM SCP ha sido denunciada en anteriores ocasiones dando lugar a la apertura de dos procedimientos sancionadores. El PS/730/2013 que culminó con la Resolución R/00964/2014 por la que se sancionó a GRUPOPSCOM C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 3/6 SCP por una infracción del artículo 21 de la LSSI y el PS/00184/2014 actualmente en tramitación. Hay que señalar que en el marco de ambas actuaciones se intentaron realizar sendas inspecciones a la sociedad GRUPOPSCOM SCP no resultando posible realizarlas debido a la falta de colaboración de su representante, D. B.B.B., con quien llegó a contactarse telefónicamente en el teléfono ***TEL.1 negándose a colaborar no facilitando la dirección real de la sociedad para realizar la correspondiente inspección. 2. Mediante diligencia practicada se ha constatado lo siguiente: 2.1. El dominio ***DOMINIO.1 a fecha de 23/7/2014 se encuentra libre. 2.2. La página web de www.sensualand.com refiere, a fecha de 13/9/2013, a la sociedad GRUPOPSCOM, SCP con NIF ***NIF.1 como titular y responsable de dicha página, informando de que los datos personales recabados a través de ella para la venta on-line de productos se incorporan a los ficheros de la sociedad. GRUPOPSCOM SCP cuenta con el fichero CLIENTES Y/O PROVEEDORES inscrito por dicha sociedad en el Registro General de la Agencia Española de Protección de Datos con el código ***CÓD.1. 2.3. La página web de www.sensualand.com refiere, a fecha de 23/7/2014, a la sociedad DROP BUSINESS, SL con NIF *********, empresa que no cuenta con ningún fichero inscrito en el Registro de Protección de Datos de la Agencia española de Protección de Datos, pese a que desde ella se recaban datos personales ya que se realizan ventas on-line de productos y en su cláusula de protección de datos informa de que los datos recabados a través de dicha página web se incorporarán a los fichero inscritos por la empresa en dicho Registro. 3. En el procedimiento PS/00184/2014 que se tramita en esta Agencia contra la empresa GRUPOPSCOM, SCP y D. B.B.B., la empresa GRUPOPSCOM SCP comunicó que fue cerrada a 31 de octubre de 2013, siendo informada de tal efecto la Agencia Tributaria, añadiendo que la página web www.sensualand.com no es propiedad de GRUPOPSCOM. 4. Finalmente, cabe señalar que de acuerdo con el artículo 38.3.c de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSI) en la redacción dada por la Ley 9/2014 de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, se considera infracción grave “El envío masivo de comunicaciones comerciales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente, o su envío insistente o sistemático a un mismo destinatario del servicio cuando en dichos envíos no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 21”. FUNDAMENTOS DE DERECHO I C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 4/6 La competencia para resolver los hechos relacionados con la comisión de las infracciones tipificadas en el artículo 38.4.
Explicación por IA a partir del texto oficial de la ley. Orientativa, no sustituye asesoramiento legal.