1/2 Expediente Nº: E/06113/2014 RESOLUCIÓN DE ARCHIVO DE ACTUACIONES De las actuaciones practicadas por la Agencia Española de Protección de Datos ante A.A.A. en virtud de denuncia presentada por B.B.B. y C.C.C. y teniendo como base los siguientes HECHOS PRIMERO: Con fecha 23 de septiembre de 2014, tuvo entrada en esta Agencia escrito de B.B.B. y C.C.C. (en lo sucesivo las denunciantes), dirigido contra A.A.A., en el que se denuncia que dicho denunciado ha instalado una cámara de videovigilancia en el garaje de la finca, sin autorización de los propietarios. A su denuncia, las denunciantes acompañan tres fotografías en la que se observa la cámara instalada. SEGUNDO: Tras la recepción de la denuncia la Subdirección General de Inspección de Datos procedió a la realización de actuaciones previas de investigación para el esclarecimiento de los hechos denunciados. Con fecha 24 de septiembre de 2014, tiene entrada en la Agencia el escrito de las propias denunciantes, en el que manifiestan que la cámara instalada por el denunciado ha sido retirada el 19 de septiembre de
- FUNDAMENTOS DE DERECHO I Es competente para resolver el Director de la Agencia Española de Protección de Datos, conforme a lo establecido en el artículo 37.d) en relación con el artículo 36, ambos de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo LOPD). C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 2/2 II Según se pone de manifiesto en el apartado HECHOS de la presente resolución, por parte de dicho denunciado se ha procedido a la retirada de la cámara a la que se refiere la denuncia de las denunciantes, que se encontraba instalada en el garaje de la finca, por lo que procede finalizar las presentes actuaciones, acordando su “terminación” mediante el ARCHIVO de las mismas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 87 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, al concurrir causas sobrevenidas, y, en concreto, “la retirada de la cámara” a la que se refiere la denuncia, que imposibilitan materialmente la continuación del mismo. III Por lo tanto, de acuerdo con lo señalado, Por el Director de la Agencia Española de Protección de Datos,
- SE ACUERDA: PROCEDER AL ARCHIVO de las presentes actuaciones.
- NOTIFICAR la presente Resolución a A.A.A., y a B.B.B. y a C.C.C.. De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 37 de la LOPD, en la redacción dada por el artículo 82 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, la presente Resolución se hará pública, una vez haya sido notificada a los interesados. La publicación se realizará conforme a lo previsto en la Instrucción 1/2004, de 22 de diciembre, de la Agencia Española de Protección de Datos sobre publicación de sus Resoluciones y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 116 del Real Decreto 1720/2007, de 21 diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 48.2 de la LOPD), y de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Director de la Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, o, directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto, según lo previsto en el artículo 46.1 del referido texto legal. José Luis Rodríguez Álvarez Director de la Agencia Española de Protección de Datos C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es