1/13 Expediente Nº: E/06406/2012 RESOLUCIÓN DE ARCHIVO DE ACTUACIONES De las actuaciones practicadas por la Agencia Española de Protección de Datos ante las entidades AEROVIAS DE MEXICO SA DE C.V. (AEROMEXICO), AIR EUROPA LINEAS AEREAS SA, IBERIA LINEAS AEREAS DE ESPAÑA SOCIEDAD ANONIMA OPERADORA en virtud de denuncia presentada por FACUA - CONSUMIDORES EN ACCION y teniendo como base los siguientes HECHOS PRIMERO: Con fecha 24 de septiembre de 2012 se recibió en la Agencia Española de Protección de Datos escrito de la Asociación de Consumidores y usuarios en Acción FACUA en relación a los vuelos con destino a Toronto, Montreal, México DF y La Habana que sobrevuelan el espacio aéreo estadounidense pero sin realizar escalas en su territorio, en el que denuncia a las compañías aéreas AEROVIAS DE MEXICO SA DE C.V. (AEROMEXICO), AIR EUROPA LINEAS AEREAS SA, IBERIA LINEAS AEREAS DE ESPAÑA SOCIEDAD ANONIMA OPERADORA por las siguientes conductas: • La comunicación de datos de los pasajeros de dichos vuelos a las autoridades de Estados Unidos sin el consentimiento de los sujetos. • Incumplir el principio de calidad de datos al ser los datos comunicados no pertinentes y excesivos. • No informar a sus pasajeros de que sus datos serán suministrados a Estados Unidos en el momento de la contratación de dichos vuelos. SEGUNDO: Tras la recepción de la denuncia, la Subdirección General de Inspección de Datos procedió a la realización de actuaciones previas de investigación para el esclarecimiento de los hechos denunciados, teniendo conocimiento de los extremos que se detallan a continuación para cada una de las líneas aéreas. AEROVIAS DE MEXICO SA DE C.V. (AEROMEXICO) Respecto del procedimiento de información. 1. AEROMEXICO manifiesta que la información que se suministra a los pasajeros con anterioridad a recabar sus datos personales se encuentra: • En la página web de AEROMEXICO, www.aeromexico.com, en donde se les comunica que por disposición de la Administración para la Seguridad en el Transporte de los Estados Unidos (TSA) se implementa la norma “Secure Flight” para vuelos desde y hacia dicho país. Igualmente se les informa de la obligación de aportar los datos personales solicitados para poder efectuar la reserva del vuelo. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 2/13 o AEROMEXICO ha aportado copia de la información que aparece reflejada en su web www.aeromexico.com en la que figura: “Aeromexico informa a todos sus Agentes de Viaje que por disposición de la Administración de Seguridad en el Transporte Aéreo de Estados Unidos (TSA por sus siglas en inglés) y efectivo a partir deI 08 de Mayo de 2012, todas las reservaciones que contengan algún segmento de vuelo desde o hacia o que sobrevuele Estados Unidos de América deben incluir de forma obligatoria, la información requerida por la TSA que consiste en: Nombre completo del cliente, tal y como aparece en el pasaporte, Fecha de nacimiento (DD/MM/AA) y Género. o Estos elementos deben ser incluidos antes de finalizar la reservación y emisión del boleto a través de un SSRDOCS para cada uno de los clientes que conforman la reservación, incluyendo infantes. A partir del 08 de Mayo de 2012, todas las reservaciones de vuelos desde o hacia y que sobrevuelen Estados Unidos de América que no reporten la información de Secure Flight serán rechazadas por TSA, negando el ingreso o sobrevuelo a los Estados Unidos de América por no reportar el Secure Flight en su reservación…” • En el CALL CENTER: Se informa a los clientes en el momento de realizar su reserva. • En el Aeropuerto: Se informa a los clientes con carteles en los mostradores de ventas y check in. • A través de las Agencias de Viajes: Se editó un comunicado en fecha 4 de mayo de 2012 que se envió a todas las agencias de viajes españolas. AEROMEXICO ha aportado copia de dicho comunicado que es similar al que figura en la web, incluyendo, además el siguiente texto: “Por lo anterior, les informamos que a partir de la fecha de este comunicado aquellas reservaciones de vuelos de Aeromexico, Aeromexico Connect o en Código Compartido con código AM operados por otras aerolíneas desde o hacia o sobrevolando Estados Unidos de América que no presenten la información de Secure Flight, y que por consecuencia sean rechazadas, Aeromexico tendrá que aplicar los cargos correspondientes para su reinstalación una vez que se ingrese la información requerida. Asimismo, solicitamos su apoyo en revisar todas las reservaciones que no cuenten con el SSRDOCS correspondiente, reservaciones preexistentes que hayan realizado previas a la fecha en que les notificamos la norma de Secure Flight. Favor de contactar a su cliente, solicitar e ingresar la información necesaria en la reservación de vuelos. Los formatos para ingresar el SSRDOCS en las reservaciones varían de acuerdo a su Globalizador. En caso de tener alguna duda o desconocer los formatos para ingresar el SSRDOCS, deberá contactar a la mesa de ayuda de su Globalizador. Recuerda informarle al cliente que es un requerimiento mandatario de la Autoridad Americana de Seguridad TSA y la importancia de incluir sus datos correctamente en su reservación la información que aparece reflejada en su web www.aeromexico.com.” Desde la Inspección de Datos se ha verificado la existencia en la web www.aeromexico.com de información similar a la descrita en el apartado “Reglamentos y Políticas – Nueva norma para vuelos desde y hacia estados Unidos”. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 3/13 Respecto del procedimiento de remisión de la información 2. AEROMEXICO manifiesta que desde el pasado 24 de junio de 2010 se incluye dicha información en cada reserva realizada para los vuelos que sobrevuelan los EEUU en un campo denominado SSRDOCS (SECURE FLIGHT), con al menos setenta y dos horas de antelación a la salida del vuelo con la siguiente información de cada cliente: Nombre completo según aparece en el pasaporte, Género y Fecha de nacimiento. Asimismo manifiesta que setenta y dos horas antes de la salida del vuelo, el sistema de reservas SABRE envía de forma automática la información de Secure Flight de cada cliente a la base de datos de TSA (Transportation Security Administration) para que sea validada por ésta. En el caso de que se generen nuevas reservas dentro de esas setenta y dos horas, el sistema SABRE enviará automáticamente la información Secure Flight de la nueva reserva para su validación por TSA. En caso de que la información no esté presente en la reserva a la hora de retirar su tarjeta de embarque para el vuelo, el agente de facturación ingresa la información y ésta es transmitida automáticamente a la base de datos de TSA para su validación. Respecto de las normas legales 3. AEROMEXICO informa, con el siguiente texto, y que se puede consultar accediendo a los enlaces de la web de TSA: www.tsa.gov/secureflight y www.tsa.gov que igualmente figuran indicados en la página informativa de AEROMEXICO: “En cumplimiento con el título 49 US.C. sección 114 de la Reforma de Inteligencia y Prevención de Actos Terroristas de 2004 así como el título 49 C.F.R. partes 1540 y 1560, la Administración de Seguridad del Transporte (TSA por sus siglas en inglés), requiere que proporcione su nombre completo, fecha de nacimiento y género con el propósito de realizar una revisión. Usted podrá proporcionar su número de compensación si lo tiene disponible. Algún error al proporcionar su nombre completo, fecha de nacimiento y género, podría resultar en negarle el transporte o la Autoridad podrá negarle la entrada a la sala de abordaje. La TSA puede compartir la información que usted proporciona con agencias de inteligencia u otras bajo su sistema de aviso. Si requiere más información acerca de las políticas de privacidad de TSA o revisar el sistema de avisos, por favor visite el sitio Web de TSA: www.tsa.gov.” En relación con los vuelos operados con otras compañías 4. AEROMEXICO manifiesta que no tiene vuelos compartidos con otras aerolíneas desde España con destino Canadá, Cuba o México. AIR EUROPA LINEAS AEREAS SA Respecto del procedimiento de información. 5. AIR EUROPA manifiesta que cuando una persona compra un billete aéreo con la compañía, en el momento de recabar sus datos, se le remite a la Política de Privacidad de la Compañía. Durante el proceso de la reserva, en el caso de hacerla con origen o destino a los EEUU, Reino Unido o Cuba, o que se sobrevuele el espacio aéreo de EEUU, se le informa que en éste caso, según las instrucciones de las autoridades de esos países, se está obligado a incluir el nombre y apellidos de los pasajeros, además de incluir la fecha de nacimiento. A este respecto AIR EUROPA ha aportado a esta Agencia, impresiones de pantalla C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 4/13 del proceso de reserva en las que figura el siguiente texto: “Está usted haciendo una reserva con origen o destino EE.UU, REINO UNIDO o CUBA. También puede estar haciendo una reserva con un vuelo que sobrevuele el espacio aéreo de EE.UU. Por esta razón y siguiendo instrucciones de las autoridades de esos países está obligado a: incluir el nombre y apellidos de los pasajeros que coincidan exactamente con los que aparezcan en sus respectivos pasaportes. No vale usar ni diminutivos, ni iniciales, ni traducciones si éstas no están de esa manera en el mismo pasaporte, incluir datos extra: fecha de nacimiento”. Respecto del procedimiento de remisión de la información 6. AIR EUROPA manifiesta que los oficiales del Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos, pueden acceder a los datos concernientes a los viajeros a bordo (pasajeros, miembros de equipo, y, a veces, miembros del “non crew”) de los vuelos de la compañía AIR EUROPA, que llegan, salen, y sobrevuelan el espacio aéreo de los Estados Unidos. Los mismos, no tienen acceso a las reservas, solo tienen acceso a los datos que la compañía AIR EUROPA les envía vía SITA, de manera codificada. Para esto, existe una Instrucción facilitada a AMADEUS, para que se realice dicha acción. 7. La tipología de los datos concretos a los que se accede, como se especifica en el documento de las Autoridades Americanas “APIS Pre-Departure Final Rule”, se deben enviar completos y cumplimentados antes del cierre de puertas del avión. Estos datos incluyen los siguientes campos: Datos del Vuelo (Número de Vuelo, Fecha y hora de salida, Origen y Destino), Datos de los pasajeros (Número de Documento de Viaje, Apellido, Nombre, Fecha de Nacimiento, Fecha en que expira el documento, Nacionalidad, Sexo, País que emite el documento, País de residencia, Dirección en los Estados Unidos (Número/Calle/Código Postal/Ciudad). Respecto de las normas legales 8. AIR EUROPA manifiesta que para comenzar a operar en vuelos a Estados Unidos y/o sobrevolar su Espacio Aéreo, ha implementado todos los procedimientos de acuerdo a las instrucciones de la Agencia Estatal USA. Las bases que permiten que los Oficiales del Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos acceder a los datos de los pasajeros, están reguladas sobre: - Requerimientos que solicitan por parte de las autoridades Americanas (APIS Pre-Departure Final Rule 080307). - Capítulo 2 del Programa Nacional de Seguridad USA. (Extracto del Capítulo 2 apis.-secureflight) - Documento donde se confirma que las medidas en el MSP (Programa de Seguridad), se aplicarán por parte de la compañía AIR EUROPA. (Foreign Air carrier Security programme). - Documento en donde se confirma la lectura y aplicación de las medidas de seguridad USA, por parte de la compañía. (Check list begining Ops to USA.). AIR EUROPA ha aportado a esta Agencia los documentos mencionados. 9. AIR EUROPA manifiesta que en el convenio sobre aviación civil internacional C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 5/13 realizado en Chicago el 7 de diciembre de 1944, Instrumento de ratificación de 21 de febrero de 1947 (BOE de 24 de febrero de 1947), texto auténtico ratificado por España mediante instrumento de fecha de 18 de marzo de 1969 (BOE de 29 de diciembre de 1969), en sus artículos 1 y 2, “Soberanía y Territorio”, del Capítulo 1. Principios generales y aplicación del Convenio, se establece: “Artículo 1. Soberanía: Los Estados contratantes reconocen que todo Estado tiene soberanía plena y exclusiva en el espacio aéreo situado sobre su territorio. Artículo 2. Territorio: A los fines del presente Convenio se consideran como territorio de un Estado las áreas terrestres y las aguas territoriales adyacentes a ellas que se encuentren bajo la soberanía, dominio, protección o mandato de dicho Estado.” AIR EUROPA ha aportado el Convenio sobre Aviación Civil Internacional hecho en Chicago el 7 de diciembre de 1944. En relación con los vuelos operados con otras compañías 10. AIR EUROPA manifiesta que, con carácter general, cuando un pasajero compra un billete a la Compañía Air Europa, y ese vuelo lo opera otra compañía, ya sea en código compartido, subcharter o wet lease, la información ofrecida a dicho pasajero es exactamente la misma que cuando un vuelo es operado por Air Europa, pero con información adicional de la compañía operadora. En los vuelos con origen o destino a los EEUU, Reino Unido o Cuba, o que se sobrevuele el espacio aéreo de EEUU, actualmente no tienen ninguna ruta operada por otra compañía. IBERIA LINEAS AEREAS DE ESPAÑA SOCIEDAD ANONIMA OPERADORA Respecto del procedimiento de información. 11. IBERIA manifiesta que, dentro del proceso de compra de billetes, se solicita al usuario la aceptación de los términos y condiciones correspondientes al país de navegación en el que esté realizando la compra, condiciones a las que puede acceder en cualquier momento y que deben ser expresamente aceptadas por el pasajero para completar la compra. 12. En el caso de seleccionar un vuelo que sobrevuele el espacio aéreo de los Estados Unidos, por ejemplo con destino a México D.F., se muestra un mensaje destacado en la parte superior de la pantalla en la que se recaban los datos personales durante el proceso de compra con el siguiente texto: Estás reservando un vuelo que sobrevuela el espacio aéreo de EEUU. En cumplimiento de la legislación vigente, deben recabarse y cederse a EEUU ciertos datos de carácter personal. Para más información consulta la política de protección de datos y seguridad de la información 13. La frase subrayada es un enlace que conduce a la política de protección de datos y seguridad de la información de IBERIA, en la que explícitamente se señala: Asimismo le informamos que, en cumplimiento del requerimiento expreso efectuado a todas las compañías aéreas por motivos de control y salvaguarda de la seguridad pública, Iberia estará facultada a comunicar sus datos como pasajero a las Autoridades Gubernamentales de Control de la Seguridad Interna del país de origen, tránsito o destino en cualquier momento antes de su llegada, con dicha finalidad. Estados Unidos exige también esta información para los aviones que C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 6/13 sobrevuelen su espacio aéreo. Esta información también podrá ser facilitada también a otros Estados que, en virtud de lo dispuesto en las leyes o tratados aplicables, exijan la misma para el sobrevuelo de su espacio aéreo. (…) La recolección de ciertos datos personales es indispensable para realizar la Reserva y establecer el Contrato de Transporte. Naturalmente, el Pasajero puede ejercer su derecho de oposición a la recolección y al tratamiento de estos datos, pero se le informa que esto podría provocar la cancelación del viaje o la imposibilidad de acceder a ciertos servicios anexos específicos solicitados (comidas especiales, etc.). Asimismo, cabe recordar que, en conformidad con las leyes y reglamentos aplicables en España y a nivel internacional, el hecho de no comunicar ciertos datos o de comunicar datos inexactos podría conducir a una decisión de denegación de embarque o de entrada a un territorio extranjero, sin que el Transportista pueda ser considerado responsable por este particular. Respecto del procedimiento de remisión de la información 14. IBERIA ha aportado Notificación, de fecha 18 de julio de 2011 informando de la implementación del Programa SF/Overflights en el plazo de 180 días y Guía Técnica Operativa para su implementación (TSA Secure Flight, 18 de julio de 2011). En dichos documentos constam las directrices operacionales y técnicas para los sobrevuelos en el espacio aéreo de EE.UU por compañías aéreas extranjeras. Entre ellos, se exige a las compañías aéreas extranjeras presentar el Secure Flight Passenger Data (SFPD) para los pasajeros 72 horas antes de la salida del vuelo en los vuelos que sobrevuelan pero no aterrizan en el territorio continental de Estados Unidos, cuando ese país es Canadá o México. TSA determinó la lista inicial de pares de aeropuertos. TSA requerirá los siguientes datos: nombre, fecha de nacimiento, sexo, e información de itinerario y del pasaporte, 72 horas antes de la salida programada del vuelo. Las compañías aéreas extranjeras deben remitir a TSA las modificaciones realizadas en cualquiera de los datos de pasajeros o la información de reservas de vuelo en el momento en que la compañía aérea extranjera hace las modificaciones. IBERIA ha aportado documento del cambio 16 del Model Security Program para transportistas extranjeros, de fecha 8 de Febrero de 2012, y con fecha de efectividad 8 de Marzo de 2012. 15. IBERIA sólo se ve afectada en la ruta MAD/MEXIMAD (Madrid/México/Madrid). FUNDAMENTOS DE DERECHO I Es competente para resolver el Director de la Agencia Española de Protección de Datos, conforme a lo establecido en el artículo 37.
Explicación por IA a partir del texto oficial de la ley. Orientativa, no sustituye asesoramiento legal.