1/13 Expediente Nº: E/07297/2015 RESOLUCIÓN DE ARCHIVO DE ACTUACIONES De las actuaciones practicadas por la Agencia Española de Protección de Datos ante las entidades EQUIFAX IBERICA, S.L., y EXPERIAN BUREAU DE CRÉDITO S.A. en virtud de la denuncia presentada por Dña. B.B.B. y teniendo como base los siguientes: HECHOS PRIMERO: Con fecha 6 de noviembre de 2015, tuvo entrada en esta Agencia escrito de Dña. B.B.B. (en lo sucesivo la denunciante) en el que denuncia que sus datos han sido incluidos en los ficheros de solvencia sin haberle notificado la inclusión, por parte de dichos ficheros. SEGUNDO: Tras la recepción de la denuncia la Subdirección General de Inspección de Datos procedió a la realización de actuaciones previas de investigación para el esclarecimiento de los hechos denunciados, teniendo conocimiento de los siguientes extremos: Con fecha 5 de septiembre de 2016, se solicita información a EXPERIAN BUREAU DE CREDITO, sobre la acreditación de las notificaciones de inclusión de los datos de la denunciante en el fichero BADEXCUG. En la contestación de la empresa de fecha 5 de octubre de 2016, remiten la siguiente información: INCLUSION DE TELEFONICA DE ESPAÑA: Consta una notificación de la inclusión de los datos de la denunciante por parte de TELEFONICA DE ESPAÑA S.A., con fecha de alta 5 de agosto de 2015, al domicilio que coincide con el aportado a esta Agencia por la denunciante. Aportan copia de la notificación de inclusión de dichos datos personalizada. Aportan certificado de la empresa IMPRELASER acreditativo de la impresión de 8.011 cartas de la carga de 5 de agosto de 2015, donde figura que las correspondientes a TELEFONICA DE ESPAÑA son 356 notificaciones desde la ********1 hasta la ********1, la correspondiente a la denunciante es la número ********1. Aportan copia del certificado expedido por CTI TECNOLOGIA Y GESTION S.A., acreditativo del envío a través de UNIPOST de 8.011 notificaciones de la carga del día 5 de agosto de 2015. Aportan copia del albarán de entrega al gestor postal UNIPOST en el que figura la remisión de las citadas notificaciones con fecha 5 de agosto de 2015 a nombre de CTI TECNOLOGIA Y GESTION S.A. Como control de la posible devolución de dicho requerimiento, EXPERIAN tiene C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 2/13 encargado dicho control a IMPRELASER, la cual le remite semanalmente los datos de las cartas devueltas, que son cargadas en el sistema por EXPERIAN. No les consta que la notificación de la denunciante haya sido devuelta. INCLUSION DE TWICE LAMDA INVESTIME (WONGA): Consta una notificación de la inclusión de los datos de la denunciante por parte de WONGA, con fecha de alta 20 de diciembre de 2015, a un domicilio de Lleida que no coincide con el aportado a esta Agencia por la denunciante. Aportan copia de la notificación de inclusión de dichos datos, de fecha 22 de diciembre de 2015, personalizada con identificación ********2. Aportan certificado de la empresa IMPRELASER acreditativo de la impresión de 119.454 cartas de la carga de 20 de diciembre de 2015, donde figura que las correspondientes a WONGA son 14.937 notificaciones desde la ********3 hasta la ********4. Aportan copia del certificado expedido por CTI TECNOLOGIA Y GESTION S.A., acreditativo del envío a través de UNIPOST de 119.4541 notificaciones de la carga del día 5 de agosto de 2015. Aportan copia del albarán de entrega al gestor postal UNIPOST en el que figura la remisión de las citadas notificaciones con fecha 22 de diciembre de 2015 a nombre de CTI TECNOLOGIA Y GESTION S.A. Como control de la posible devolución de dicho requerimiento, EXPERIAN tiene encargado dicho control a IMPRELASER, la cual le remite semanalmente los datos de las cartas devueltas, que son cargadas en el sistema por EXPERIAN. La notificación que se remitió al domicilio “ A.A.A. de C.C.C.”, fue devuelta con el motivo “Dirección errónea”, lo que se comunicó a la entidad informante, la cual confirmó la dirección como la dirección contractual. INCLUSION DE NBQ TECHNOLOGY S.A. (DEENERO) Consta una notificación de la inclusión de los datos de la denunciante por parte de DENERO, con fecha de alta 15 de marzo de 2015, al domicilio de la denunciante que coincide con el aportado a esta Agencia por la denunciante. Aportan copia de la notificación de inclusión de dichos datos, de fecha 15 de marzo de 2015, personalizada con identificación ********5. Aportan certificado de la empresa IMPRELASER acreditativo de la impresión de 44.744 cartas de la carga de 15 de marzo de 2015, donde figura que las correspondientes a DEENERO son 432 notificaciones desde la ********6 hasta la ********7. Aportan copia del certificado expedido por RUTA OESTE, acreditativo del envío a través de UNIPOST de 344.744 notificaciones de la carga del día 15 de marzo de 2015. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 3/13 Aportan copia del albarán de entrega al gestor postal UNIPOST en el que figura la remisión de las citadas notificaciones con fecha 15 de marzo de 2015. Como control de la posible devolución de dicho requerimiento, EXPERIAN tiene encargado dicho control a IMPRELASER, la cual le remite semanalmente los datos de las cartas devueltas, que son cargadas en el sistema por EXPERIAN. No les consta que la notificación de la denunciante haya sido devuelta. INCLUSION DE (VIA SMS MINICREDIT) TWINERO S.L. Consta una notificación de la inclusión de los datos de la denunciante por parte de TWINERO S.L., con fecha de alta 13 de diciembre de 2015, al domicilio de la denunciante que coincide con el aportado a esta Agencia por la denunciante. Aportan copia de la notificación de inclusión de dichos datos, de fecha 5 de marzo de 2015, personalizada con identificación ********8. Aportan certificado de la empresa IMPRELASER acreditativo de la impresión de 67.013 cartas de la carga de 6 de marzo de 2016, donde figura que las correspondientes a VIASMSMINICREDIT son 15.030 notificaciones desde la ********9 hasta la ********10. Aportan copia del certificado expedido por CTI, acreditativo del envío a través de UNIPOST de 66.540 notificaciones de la carga del día 6 de marzo de 2016. Aportan copia del albarán de entrega al gestor postal UNIPOST en el que figura la remisión de las citadas notificaciones con fecha 6 de marzo de 2016. Como control de la posible devolución de dicho requerimiento, EXPERIAN tiene encargado dicho control a IMPRELASER, la cual le remite semanalmente los datos de las cartas devueltas, que son cargadas en el sistema por EXPERIAN. No les consta que la notificación de la denunciante haya sido devuelta. INCLUSION DE VIVUS FINANCE SAU (4 FINANCE) Consta una notificación de la inclusión de los datos de la denunciante por parte de 4 FINANCE, con fecha de alta 22 de febrero de 2015, al domicilio de la denunciante que coincide con el aportado a esta Agencia por la denunciante. Aportan copia de la notificación de inclusión de dichos datos, de fecha 22 de febrero de 2015, personalizada con identificación ********11. Aportan certificado de la empresa IMPRELASER acreditativo de la impresión de 40.922 cartas de la carga de 22 de febrero de 2015, donde figura que las correspondientes a VIVUS FINANCE son 1.270 notificaciones desde la ********12 hasta la ********13. Aportan copia del certificado expedido por RUTA OESTE, acreditativo del envío a través de UNIPOST de 40.922 notificaciones de la carga del día 22 de febrero de 2015. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 4/13 Aportan copia del albarán de entrega al gestor postal UNIPOST en el que figura la remisión de las citadas notificaciones con fecha 22 de febrero de 2015. Como control de la posible devolución de dicho requerimiento, EXPERIAN tiene encargado dicho control a IMPRELASER, la cual le remite semanalmente los datos de las cartas devueltas, que son cargadas en el sistema por EXPERIAN. No les consta que la notificación de la denunciante haya sido devuelta. Respecto de las entidades NOVUM BANK LIMITED Y SF CARREFOUR EFEC, no son clientes de EXPERIAN, por lo que no informan datos al fichero BADEXCUG. RESPECTO A LAS NOTIFICACIONES DE INCLUSIÓN DE LOS DATOS DE LA DENUNCIANTE EN EL FICHERO ASNEF: Con fecha 11 de octubre de 2016, EQUIFAX IBERICA ha remitido a esta Agencia la siguiente información: Aportan copia impresa de la información que figura en sus ficheros relativa a las notificaciones de inclusión realizadas a la denunciante, donde figuran setenta y siete notificaciones en el periodo comprendido entre 10 de septiembre de 2014 hasta el 9 de agosto de 2016. Dichas notificaciones corresponden a las entidades VIVUS FINANCE SAU, PROTOCOLOS Y SERVICIOS, SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR, TWICE LAMDA INVESTE, NBQ TECHNOLOGY, FINANCIERA EL CORTE INGLES, NOVEUM BANK, CLICK FINANCE, COFIDIS, VIA SMS, BANCO CETELEM, P10 FINANCE, GETBUKS SPAIN, FLASHCREDIT, TELEFONICA DE ESPAÑA, TELEFONICA MOVILES ESPAÑA, BANKIA, BLUE ALPHA y CREDITOMOVIL Todas las notificaciones constan remitidas al domicilio de la denunciante de LLeida que coincide con el aportado por la misma a la agencia en su escrito de denuncia. Inclusión de VIVUS FINANCE S.A.U: Aportan copia de la notificación de inclusión de dichos datos, de fecha 15 de enero de 2015, personalizada con identificación ********14. Aportan certificado de la empresa SERVINFORM S.A. acreditativo de la generación y puesta en el servicio de envíos postales de 1.473 cartas de la carga de 15 de enero de 2015, desde la notificación con referencia ********15 hasta la ********16. Aportan copia del albarán de entrega al gestor postal UNIPOST en el que figura la remisión de las citadas notificaciones con fecha 15 de enero de 2015, validado por el gestor postal. Así mismo aportan documentación acreditativa (certificado de SERVINFORM S.A. de la generación y puesta en el servicio de envíos postales y albarán del gestor UNIPOST validado por el gestor) del envío de otras notificaciones de inclusión de la misma entidad de fechas: 24 de septiembre de 2015, 22 de octubre de 2015, 8 de noviembre de 2015, 19 de noviembre de 2015, 3 de diciembre de 2015, 17 de diciembre C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 5/13 de 2015, 21 de enero de 2016 y 18 de febrero de 2016. Inclusión de TWICE LAMDA INVESTMENTS S.L.U. Aportan copia de la notificación de inclusión de dichos datos, de fecha 20 de febrero de 2015, personalizada con identificación ********17. La carta fue devuelta por el servicio de correos, con el indicativo de “Desconocido”, con fecha 1 de abril de 2015. Por parte de Equifax Iberica se solicitó a la entidad informante confirmación de la dirección de la denunciante, la cual confirmó dicha dirección como la contractual. Así mismo aportan documentación acreditativa (certificado de SERVINFORM S.A. de la generación y puesta en el servicio de envíos postales y albarán del gestor UNIPOST validado por el gestor) del envío de otra notificación de inclusión de la misma entidad de fecha 10 de diciembre de 2015. Inclusión de NBQ TECHNOLOGY S.A.U. Aportan copia de la notificación de inclusión de dichos datos, de fecha 13 de Marzo de 2015, personalizada con identificación ********18. Aportan certificado de la empresa SERVINFORM S.A. acreditativo de la generación y puesta en el servicio de envíos postales de 8.398 cartas de la carga de 13 de marzo de 2015, donde figura que con esa fecha, se generaron notificaciones desde la ********19 hasta la ********20. Aportan copia del albarán de entrega al gestor postal UNIPOST en el que figura la remisión de las citadas notificaciones con fecha 16 de marzo de 2015, validado por el gestor postal. Así mismo aportan documentación acreditativa (certificado de SERVINFORM S.A. de la generación y puesta en el servicio de envíos postales y albarán del gestor UNIPOST validado por el gestor) del envío de otras notificaciones de inclusión de la misma entidad de fechas: 11 de diciembre de 2015, 22 de octubre de 2015, 19 de noviembre de 2015, 3 de diciembre de 2015, 17 de diciembre de 2015, 21 de enero de 2016 y 18 de febrero de 2016. Inclusión de NOVUM BANK LIMITED Primera notificación. Aportan copia de la notificación de inclusión de dichos datos, de fecha 7 de abril de 2015, personalizada con identificación ********21. Aportan certificado de la empresa SERVINFORM S.A. acreditativo de la generación y puesta en el servicio de envíos postales de 43.872 cartas de la carga de 7 de abril de 2015, desde la notificación con referencia ********22 hasta la ********23. Aportan copia del albarán de entrega al gestor postal UNIPOST en el que figura C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 6/13 la remisión de las citadas notificaciones con fecha 8 de abril de 2015, validado por el gestor postal. Así mismo aportan documentación acreditativa (certificado de SERVINFORM S.A. de la generación y puesta en el servicio de envíos postales y albarán del gestor UNIPOST validado por el gestor) del envío de otras notificaciones de inclusión de la misma entidad de fechas 18 de julio, 12 de enero, 12 de septiembre, 21 de noviembre de 2015 y 12 de enero de 2016. Inclusión de VIA SMS Aportan copia de la notificación de inclusión de dichos datos, de fecha 22 de abril de 2015, personalizada con identificación ********24. Aportan certificado de la empresa SERVINFORM S.A. acreditativo de la generación y puesta en el servicio de envíos postales de 2.189 cartas de la carga de 22 de abril de 2015, desde la notificación con referencia ********25 hasta la ********26. Aportan copia del albarán de entrega al gestor postal UNIPOST en el que figura la remisión de las citadas notificaciones con fecha 22 de abril de 2015, validado por el gestor postal. Así mismo aportan documentación acreditativa (certificado de SERVINFORM S.A. de la generación y puesta en el servicio de envíos postales y albarán del gestor UNIPOST validado por el gestor) del envío de otra notificación de inclusión de la misma entidad de fecha 11 de diciembre de 2015. Inclusión de TELEFONICA DE ESPAÑA S.A. Aportan copia de la notificación de inclusión de dichos datos, de fecha 4 de agosto de 2015, personalizada con identificación ********27. Aportan certificado de la empresa SERVINFORM S.A. acreditativo de la generación y puesta en el servicio de envíos postales de 17575 cartas de la carga de 4 de agosto de 2015, desde la notificación con referencia ********28 hasta la ********29. Aportan copia del albarán de entrega al gestor postal UNIPOST en el que figura la remisión de las citadas notificaciones con fecha 5 de agosto de 2015, validado por el gestor postal. Así mismo aportan documentación acreditativa (certificado de SERVINFORM S.A. de la generación y puesta en el servicio de envíos postales y albarán del gestor UNIPOST validado por el gestor) del envío de otra notificación de inclusión de la misma entidad de fecha 24 de noviembre de 2015. Inclusión de TELEFONICA MOVILES ESPAÑA S.A. Aportan copia de la notificación de inclusión de dichos datos, de fecha 9 de agosto de 2016, personalizada con identificación ********30. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 7/13 Aportan certificado de la empresa SERVINFORM S.A. acreditativo de la generación y puesta en el servicio de envíos postales de 23.487 cartas de la carga de 9 de agosto de 2016, desde la notificación con referencia ********31 hasta la ********32. Aportan copia del albarán de entrega al gestor postal UNIPOST en el que figura la remisión de las citadas notificaciones con fecha 10 de agosto de 2016, validado por el gestor postal. FUNDAMENTOS DE DERECHO I Es competente para resolver la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos, conforme a lo establecido en el artículo 37.
- d)en relación con el artículo 36, ambos de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo LOPD). II En relación con la inclusión de sus datos personales en ficheros comunes de solvencia patrimonial y crédito hay que tener en cuenta lo que establece el artículo 29 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo LOPD), en relación al tratamiento de los datos por parte de los responsables de este tipo de ficheros: “1. Quienes se dediquen a la prestación de servicios de información sobre la solvencia patrimonial y el crédito sólo podrán tratar datos de carácter personal obtenidos de los registros y las fuentes accesibles al público establecidos al efecto o procedentes de informaciones facilitadas por el interesado o con su consentimiento. 2. Podrán tratarse también datos de carácter personal relativos al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias facilitados por el acreedor o por quien actúe por su cuenta o interés. En estos casos se notificará a los interesados respecto de los que hayan registrado datos de carácter personal en ficheros, en el plazo de treinta días desde dicho registro, una referencia de los que hubiesen sido incluidos y se les informará de su derecho a recabar información de la totalidad de ellos, en los términos establecidos por la presente Ley. 3. En los supuestos a que se refieren los dos apartados anteriores, cuando el interesado lo solicite, el responsable del tratamiento le comunicará los datos, así como las evaluaciones y apreciaciones que sobre el mismo hayan sido comunicadas durante los últimos seis meses y el nombre y dirección de la persona o entidad a quien se hayan revelado los datos. 4. Sólo se podrán registrar y ceder los datos de carácter personal que sean determinantes para enjuiciar la solvencia económica de los interesados y que no se C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 8/13 refieran, cuando sean adversos, a más de seis años, siempre que respondan con veracidad a la situación actual de aquéllos”. El apartado 2 de este precepto habilita al acreedor o a quien actué por su cuenta o interés para que, sin consentimiento del deudor, facilite los datos de carácter personal de sus deudores a ficheros comunes de solvencia patrimonial y crédito, siempre y cuando concurran los requisitos establecidos en el artículo 38.1 del Reglamento de Desarrollo de la LOPD, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, cuyo apartado
- a)requiere para la inclusión de datos personales en este tipo de ficheros la existencia previa de una deuda cierta, vencida, exigible, que haya resultado impagada. La exigencia de que la deuda sea "cierta" responde al principio de calidad de datos recogido en el artículo 4.3 de la LOPD, al expresar que "los datos de carácter personal serán exactos y puestos al día de forma que respondan con veracidad a la situación actual del afectado”. El acreedor o quien actúe por su cuenta o interés, por tanto, podrá facilitar datos de carácter personal, relativos al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias, a ficheros comunes de solvencia patrimonial y crédito, siempre que la información registrada en este tipo de ficheros respete el principio de veracidad y exactitud del mencionado artículo 4.3 de la LOPD. III El artículo 38.1 Real Decreto 1720/2007—RLOPD—en su redacción actualmente vigente tras la STS --Sentencia de 15 de julio de 2010, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo--dispone que: “1. Sólo será posible la inclusión en estos ficheros de datos de carácter personal que sean determinantes para enjuiciar la solvencia económica del afectado, siempre que concurran los siguientes requisitos: a. Existencia previa de una deuda cierta, vencida, exigible, que haya resultado impagada (…). b. Que no hayan transcurrido seis años desde la fecha en que hubo de procederse al pago de la deuda o del vencimiento de la obligación o del plazo concreto si aquélla fuera de vencimiento periódico. c. Requerimiento previo de pago a quien corresponda el cumplimiento de la obligación.” IV En el presente caso, del escrito de denuncia y de la diferente documentación de los agentes intervinientes en este proceso se desprende en primer lugar que, la entidad EXPERIAN BUREAU DE CRÉDITO, ha acreditado las notificaciones de inclusión de los datos de la denunciante en el fichero BADEXCUG. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 9/13 Es de señalar que consta la notificación de la inclusión de los datos de la denunciante por parte de Telefónica de España, con fecha de alta 5 de agosto de 2015, a su domicilio, por WONGA, con fecha de alta 20 de diciembre de 2015, a un domicilio de Lleida, por DEENERO, con fecha de alta 15 de marzo de 2015, a su domicilio, por TWINERO S.L., con fecha de alta 13 de diciembre de 23015, a su domicilio, por 4 FINANCE, con fecha de alta 22 de febrero de 2015, a su domicilio. En todas las notificaciones de inclusión de datos realizadas por EXPERIAN, consta en el certificado de la empresa IMPRELASER, acreditativo de la impresión de las cartas consta la impresión de 8.011 cartas de la carga de 5 de agosto de 2015, donde figura que las correspondientes a TELEFONICA DE ESPAÑA son 356 notificaciones desde la ********1 hasta la ********1, la correspondiente a la denunciante es la número ********1. Consta en el certificado de la empresa IMPRELASER acreditativo de la impresión de 119.454 cartas de la carga de 20 de diciembre de 2015, donde figura que las correspondientes a WONGA son 14.937 notificaciones desde la ********3 hasta la ********4. Consta en el certificado de la empresa IMPRELASER acreditativo de la impresión de 44.744 cartas de la carga de 15 de marzo de 2015, donde figura que las correspondientes a DEENERO son 432 notificaciones desde la ********6 hasta la ********7. Consta en el certificado de la empresa IMPRELASER acreditativo de la impresión de 67.013 cartas de la carga de 6 de marzo de 2016, donde figura que las correspondientes a VIASMSMINICREDIT son 15.030 notificaciones desde la ********9 hasta la ********10. Consta certificado de la empresa IMPRELASER acreditativo de la impresión de 40.922 cartas de la carga de 22 de febrero de 2015, donde figura que las correspondientes a VIVUS FINANCE son 1.270 notificaciones desde la ********12 hasta la ********13. Asimismo, en relación con Telefónica en el certificado expedido por CTI TECNOLOGIA Y GESTION S.A., acredita el envío a través de UNIPOST de 8.011 notificaciones de la carga del día 5 de agosto de 2015. En el de Wonga expedido por CTI TECNOLOGIA Y GESTION S.A., acredita el envío a través de UNIPOST de 119.4541 notificaciones de la carga del día 5 de agosto de 2015. En el de DEENERO expedido por RUTA OESTE, acredita el envío a través de UNIPOST de 344.744 notificaciones de la carga del día 15 de marzo de 2015. En el de TWINERO expedido por CTI, acredita el envío a través de UNIPOST de 66.540 notificaciones de la carga del día 6 de marzo de 2016. En el de 4 FINANCE expedido por RUTA OESTE, acredita el envío a través de UNIPOST de 40.922 notificaciones de la carga del día 22 de febrero de 2015. Igualmente en relación con Telefónica, en el albarán de entrega del gestor postal UNIPOST consta la remisión de las notificaciones con fecha 5 de agosto de 2015 a nombre de CTI TECNOLOGIA Y GESTION S.A. Igualmente respecto a WONGA en el albarán de entrega del gestor postal UNIPOST consta la remisión de las notificaciones C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 10/13 con fecha 22 de diciembre de 2015 a nombre de CTI TECNOLOGIA Y GESTION S.A. En el de DEENERO en el albarán de entrega al gestor postal UNIPOST consta la remisión de las notificaciones con fecha 15 de marzo de 2015. En el TWINERO en el albarán de entrega del gestor postal UNIPOST consta la remisión de las citadas notificaciones con fecha 6 de marzo de 2016. En el de 4FINANCE en el albarán de entrega del gestor postal UNIPOST consta la remisión de las citadas notificaciones con fecha 22 de febrero de 2015. A mayor abundamiento el control de las posibles devoluciones de dichos requerimientos, EXPERIAN lo tiene encargado a IMPRELASER, no constando que dichas notificaciones hayan sido devueltas, excepto la de la entidad WONGA, que fue devuelta por dirección errónea, lo que notificó EXPERIAN a la entidad informante, la cual confirmó la dirección. En relación con la inclusión de la denunciante en el fichero ASNEF, es de significar que las notificaciones de inclusión realizadas a la denunciante, figuran setenta y siete notificaciones en el período comprendido entre 10 de septiembre de 2014 hasta el 9 de agosto de 2016, y corresponden a las entidades VIVUS FINANCE SAU, PROTOCOLOS Y SERVICIOS, SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR, TWICE LAMDA INVESTE, NBQ TECHNOLOGY, FINANCIERA EL CORTE INGLES, NOVEUM BANK, CLICK FINANCE, COFIDIS, VIA SMS, BANCO CETELEM, P10 FINANCE, GETBUKS SPAIN, FLASHCREDIT, TELEFONICA DE ESPAÑA, TELEFONICA MOVILES ESPAÑA, BANKIA, BLUE ALPHA y CREDITOMOVIL. Todas las notificaciones constan remitidas a su domicilio. Respecto a la inclusión de VIVUS FINANCE S.A.U, es de señalar que consta la notificación de inclusión de dichos datos, de fecha 15 de enero de 2015, personalizada con identificación ********14. Constando en el certificado de la empresa SERVINFORM S.A. la generación y puesta en el servicio de envíos postales de 1.473 cartas de la carga de 15 de enero de 2015, desde la notificación con referencia ********15 hasta la ********16, y en el albarán de entrega al gestor postal UNIPOST figura la remisión de las citadas notificaciones con fecha 15 de enero de 2015, validado por el gestor postal, y en el certificado de SERVINFORM S.A. de la generación y puesta en el servicio de envíos postales y albarán del gestor UNIPOST validado por el gestor del envío de otras notificaciones de inclusión de la misma entidad de fechas: 24 de septiembre de 2015, 22 de octubre de 2015, 8 de noviembre de 2015, 19 de noviembre de 2015, 3 de diciembre de 2015, 17 de diciembre de 2015, 21 de enero de 2016 y 18 de febrero de 2016. Respecto a la Inclusión de TWICE LAMDA INVESTMENTS S.L.U., consta la notificación de inclusión de dichos datos, de fecha 20 de febrero de 2015, personalizada con identificación ********17, siendo la carta devuelta por el servicio de correos, con el indicativo de “Desconocido”, con fecha 1 de abril de 2015. Por parte de Equifax Iberica se solicitó a la entidad informante confirmación de la dirección de la denunciante, la cual confirmó dicha dirección como la contractual. Así mismo en el certificado de SERVINFORM S.A. de la generación y puesta en el servicio de envíos postales y albarán del gestor UNIPOST validado por el gestor consta del envío de otra notificación de inclusión de la misma entidad de fecha 10 de diciembre de 2015. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 11/13 Respecto a la inclusión de NBQ TECHNOLOGY S.A.U., consta notificación de inclusión de dichos datos, de fecha 13 de Marzo de 2015, personalizada con identificación ********18, y en el certificado de la empresa SERVINFORM S.A. acreditativo de la generación y puesta en el servicio de envíos postales de 8.398 cartas de la carga de 13 de marzo de 2015, donde figura que con esa fecha, se generaron notificaciones desde la ********19 hasta la ********20, constando en el albarán de entrega del gestor postal UNIPOST que la remisión de las citadas notificaciones fue con fecha 16 de marzo de 2015, validado por el gestor postal. Así mismo aportan documentación acreditativa (certificado de SERVINFORM S.A. de la generación y puesta en el servicio de envíos postales y albarán del gestor UNIPOST validado por el gestor) del envío de otras notificaciones de inclusión de la misma entidad de fechas: 11 de diciembre de 2015, 22 de octubre de 2015, 19 de noviembre de 2015, 3 de diciembre de 2015, 17 de diciembre de 2015, 21 de enero de 2016 y 18 de febrero de 2016. Respecto a la inclusión de NOVUM BANK LIMITED, consta la notificación de inclusión de dichos datos, de fecha 7 de abril de 2015, personalizada con identificación ********21, y en el certificado de la empresa SERVINFORM S.A. consta la generación y puesta en el servicio de envíos postales de 43.872 cartas de la carga de 7 de abril de 2015, desde la notificación con referencia ********22 hasta la ********23, y en el albarán de entrega al gestor postal UNIPOST en el que figura la remisión de las citadas notificaciones con fecha 8 de abril de 2015, validado por el gestor postal. Así mismo en el (certificado de SERVINFORM S.A. de la generación y puesta en el servicio de envíos postales y albarán del gestor UNIPOST validado por el gestor) del envío de otras notificaciones de inclusión de la misma entidad de fechas 18 de julio, 12 de enero, 12 de septiembre, 21 de noviembre de 2015 y 12 de enero de 2016. Respecto a la Inclusión de VIA SMS, consta notificación de inclusión de dichos datos, de fecha 22 de abril de 2015, personalizada con identificación ********24, y en el certificado de la empresa SERVINFORM S.A. consta la generación y puesta en el servicio de envíos postales de 2.189 cartas de la carga de 22 de abril de 2015, desde la notificación con referencia ********25 hasta la ********26, constando igualmente en el albarán de entrega del gestor postal UNIPOST en el que figura la remisión de las citadas notificaciones con fecha 22 de abril de 2015, validado por el gestor postal. Así mismo consta en el certificado de SERVINFORM S.A. de la generación y puesta en el servicio de envíos postales y albarán del gestor UNIPOST validado por el gestor del envío de otra notificación de inclusión de la misma entidad de fecha 11 de diciembre de 2015. Respecto a la inclusión de TELEFONICA DE ESPAÑA S.A., consta notificación de inclusión de dichos datos, de fecha 4 de agosto de 2015, personalizada con identificación ********27, y en el certificado de la empresa SERVINFORM S.A. acreditativo de la generación y puesta en el servicio de envíos postales de 17575 cartas de la carga de 4 de agosto de 2015, desde la notificación con referencia ********28 hasta la ********29, y en el albarán de entrega al gestor postal UNIPOST en el que figura la remisión de las citadas notificaciones con fecha 5 de agosto de 2015, validado por el gestor postal. Es de significar que en el certificado de SERVINFORM S.A. de la generación y puesta en el servicio de envíos postales y albarán del gestor UNIPOST validado por el C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 12/13 gestor del envío de otra notificación de inclusión de la misma entidad de fecha 24 de noviembre de 2015. Respecto a la Inclusión de TELEFONICA MOVILES ESPAÑA S.A, consta la notificación de inclusión de dichos datos, de fecha 9 de agosto de 2016, personalizada con identificación ********30, y en el certificado de la empresa SERVINFORM S.A. acreditativo de la generación y puesta en el servicio de envíos postales de 23.487 cartas de la carga de 9 de agosto de 2016, desde la notificación con referencia ********31 hasta la ********32, y en el albarán de entrega al gestor postal UNIPOST en el que figura la remisión de las citadas notificaciones con fecha 10 de agosto de 2016, validado por el gestor postal. V Por todo lo cual, se ha de concluir, que tras el análisis de los hechos denunciados y de las actuaciones de investigación llevadas a cabo por esta Agencia, no se han acreditado elementos probatorios que permitan atribuir a las entidades EQUIFAX IBERICA, S.L. y EXPERIAN BUREAU DE CRÉDITO S.A una vulneración de la normativa en materia de protección de datos. Por lo tanto, de acuerdo con lo señalado, Por la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos, SE ACUERDA: 1. PROCEDER AL ARCHIVO de las presentes actuaciones. 2. NOTIFICAR la presente Resolución a EQUIFAX IBERICA, S.L. y EXPERIAN BUREAU DE CRÉDITO S.A. y a Dña. B.B.B.. De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 37 de la LOPD, en la redacción dada por el artículo 82 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, la presente Resolución se hará pública, una vez haya sido notificada a los interesados. La publicación se realizará conforme a lo previsto en la Instrucción 1/2004, de 22 de diciembre, de la Agencia Española de Protección de Datos sobre publicación de sus Resoluciones y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 116 del Reglamento de desarrollo de la LOPD aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 diciembre. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 48.2 de la LOPD), y de conformidad con lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, o, directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto, según lo previsto en el artículo 46.1 del referido texto legal. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 13/13 Mar España Martí Directora de la Agencia Española de Protección de Datos C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es