1/6 Procedimiento Nº: E/08370/2020 RESOLUCIÓN DE ARCHIVO DE ACTUACIONES De las actuaciones practicadas por la Agencia Española de Protección de Datos y teniendo como base los siguientes, HECHOS PRIMERO: Con fecha 21/10/19, tiene entrada en esta Agencia, denuncia presentada por D. A.A.A., (en adelante, “el reclamante”) en la que indicaba, entre otras, lo siguiente: “En la web www.tirotactico.net existen las irregularidades que detallo a continuación: No hay identidad y datos de contacto del responsable. No hay aviso legal. No hay política de privacidad. No hay finalidad del tratamiento. No hay casilla de aceptación ni consentimiento expreso en los formularios. No hay base jurídica del tratamiento razón por la cual los datos se tratan fuera de un marco jurídico. No se detallan los destinatarios de los datos recogidos ni con quien son compartidos. No hay información sobre el plazo durante el cual se conservarán los datos personales o los criterios utilizados para determinar ese plazo. No hay forma de contacto para ejercitar el derecho a solicitar del responsable el acceso a los datos personales relativos al interesado y su rectificación o supresión o la limitación de su tratamiento o a oponerse al tratamiento, así como el derecho a la portabilidad de datos. No hay información sobre el derecho a presentar una reclamación ante la autoridad de control”. SEGUNDO: A la vista de los hechos expuestos en la reclamación y de los documentos aportados por el reclamante, la Subdirección General de Inspección de Datos procedió a realizar actuaciones para su esclarecimiento, al amparo de los poderes de investigación otorgados a las autoridades de control en el art 57.1 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD). Así, con fecha 27/11/19, se dirige requerimiento informativo a la persona reclamada. Según certifica la entidad de Correos, el requerimiento realizado a la persona reclamada fue devuelto a origen con la anotación de “ausente”. TERCERO: A tenor de la información preliminar de la que se dispone y al apreciarse indicios racionales de una posible vulneración de la normativa en materia de protección de datos, con fecha 23/09/20, la Directoria de Agencia Española de Protección de Datos, de acuerdo con el artículo 65 de la LOPDGDD, acordó admitir a trámite la denuncia presentada por la reclamante. CUARTO: Con fecha 04/10/20, por parte de esta Agencia se comprueban las siguientes características de la página web denunciada: www.tirotactico.net: 1º.- Sobre la recogida de datos personales de los usuarios de la web: A través de la pestaña de <<contacto>>, https://tirotactico.net/contacta-con-nosotros/, se pueden recoger datos personales de los usuarios, como el nombre y el email. 1.a.- En la misma página de contacto, existe la siguiente información: El responsable: B.B.B.; la finalidad Moderar los comentarios: Responder las consultas; la legitimación; los destinatarios y los derechos de los usuarios. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.aepd.es sedeagpd.gob.es 2/6 1.b.- También existe la posibilidad de dejar un comentario en el foro existente en la misma página de <<contacto>> https://tirotactico.net/contacta-con-nosotros/, pero antes de enviarlo se debe incluir el nombre y la dirección de correo electrónico y aceptar que “_Guarda mi nombre, correo electrónico y web en este navegador para la próxima vez que comente” y “_ Acepto la política de privacidad”. 2.- Sobre la Política de Privacidad: En la parte inferior de la página inicial, existe un link con el nombre de <<política de privacidad>>, a través del cual, se redirige a la página https://tirotactico.net/politica-deprivacidad/ (accesible a través de la pestaña <<aviso legal>>), que proporciona información sobre: la Identidad del responsable del tratamiento de datos; la actividad social; los principios aplicados en el tratamiento de datos; la obtención; de datos personales; los derechos de los usuarios; la finalidad del tratamiento de datos personales; el formulario de contacto; La seguridad de los datos personales; el contenido de otros sitios web; la legitimación para el tratamiento de datos; las categorías de datos personales; la conservación de datos personales; los destinatarios de datos personales; la exactitud y veracidad de los datos personales; la aceptación y consentimiento y la revocabilidad 3.- Sobre la política de cookie de la página web: 3.1.- Cuando se accede a la página inicial de la web, existe un banner en la parte inferior de la misma con la siguiente información: Esta web utiliza cookies para funcionar correctamente, que recopilan y almacena información sobre tu navegación. Puede <<aceptarlas>> o <<rechazarlas>>. <<configuración de las cookies>> <<política de cookies>> 3.2.- Si se accede a la configuración de las cookies, a través del enlace correspondiente, la web despliega una página donde se puede desactivar las cookies no necesarias: Necesarias Siempre activado No Necesarias ON<>OFF 3.3.- Si se accede a la política de privacidad, a través del enlace correspondiente, la web redirige a la página https://tirotactico.net/politica-de-cookies/ (accesible también desde la pestaña <<aviso legal>>), donde se informa de: Qué son las cookies; Tipos de cookies utilizadas; Desactivar las cookies; Advertencia sobre eliminar cookies; Contacto e Identificación de las cookies que utiliza la web, descripción, duración y el tipo FUNDAMENTOS DE DERECHO I Competencia: A).- Sobre la Política de Privacidad: C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.aepd.es sedeagpd.gob.es 3/6 En virtud de los poderes que el art 58.2 del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27/04/16, relativo a la Protección de las Personas Físicas en lo que respecta al Tratamiento de Datos Personales y a la Libre Circulación de estos Datos (RGPD) reconoce a cada Autoridad de Control y, según lo establecido en los arts. 47, 64.2 y 68.1 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos es competente para iniciar este procedimiento. Los apartados 1) y 2), del artículo 58 el RGPD, enumeran, respectivamente, los poderes de investigación y correctivos que la autoridad de control puede disponer al efecto, mencionando en el punto 1.d), el de: “notificar al responsable o encargo del tratamiento las presuntas infracciones del presente Reglamento” y en el 2.i), el de: “imponer una multa administrativa con arreglo al artículo 83, además o en lugar de las medidas mencionadas en el presente apartado, según las circunstancias de cada caso.”. B).- Sobre la Política de Cookies: De conformidad con lo establecido en el art. 43.1, párrafo segundo, de la de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI), es competente para iniciar y resolver este Procedimiento Sancionador, la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos. II A).- Sobre la política de privacidad de la página web denunciada: Se ha comprobado que, a través del link: “Política de Privacidad”, la web redirige a una página donde se proporciona información sobre aspectos de la política de privacidad como son: los datos identificativos del titular de la página web; la legislación aplicable; la identificación del responsable del tratamiento; la legitimación del tratamiento de datos; el tiempo de conservación de los datos; la cesión de datos a terceros; los derechos del interesad o donde ejercer dichos derechos. El artículo 13 del RGPD, establece la información que se debe proporcionar al interesado en el momento de recogida de sus datos personales. Información que debería aparecer en la “política de privacidad” de la página web en cuestión: 1.Cuando se obtengan de un interesado datos personales relativos a él, el responsable del tratamiento, en el momento en que estos se obtengan, le facilitará toda la información indicada a continuación:
Explicación por IA a partir del texto oficial de la ley. Orientativa, no sustituye asesoramiento legal.